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Seguirá detenido el joven condenado por atacar con una tijera a su ex pareja

Aunque la sentencia aún no está firme, confirmaron la prisión preventiva. Fue sentenciado a 11 años de prisión.

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Foto: Archivo.

El Tribunal de Impugnación (TI) confirmó la prisión preventiva que cumple un hombre de Roca condenado sin sentencia firme a 11 años de prisión como autor del delito de tentativa de femicidio. La medida cautelar había sido prorrogada por un Tribunal de Juicio de Roca y esa decisión fue recurrida por la defensa del imputado, pero el planteo fue rechazado esta semana, cuando el TI avaló que la detención preventiva se extienda hasta que la sentencia quede firme.

El TI consideró que no hay otra medida cautelar menos grave que pueda “asegurar los fines del proceso”, puesto que se mantienen las condiciones que llevaron a los jueces de Roca a considerar que existe riesgo de fuga. También señaló que la detención cautelar está dentro de los plazos judiciales admitidos por el Superior Tribunal de Justicia y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que no hay afectación a la garantía de “plazo razonable”. Además, declaró que el cómputo de la prisión preventiva está suspendido desde que el caso entró en etapa de impugnación extraordinaria, luego de que el TI confirmara la sentencia condenatoria de primera instancia.

Según reseña el fallo, el 12 de marzo de 2020 el imputado Jorge Alberto Quiroz fue condenado en Roca como autor del delito de tentativa de homicidio agravado por la relación de pareja con la víctima y por mediar violencia de género. El 10 de junio, la sentencia fue revisada y confirmada por el Tribunal de Impugnación y el caso ingresó a la etapa extraordinaria de recursos con un nuevo planteo de la defensa. El 7 de julio de 2020 se cumplían los 18 meses de prisión preventiva que permite el Código Procesal Penal como plazo legal máximo, pero ese plazo dejó de computarse antes de su vencimiento, desde la interposición de los recursos extraordinarios de la defensa, por lo que el 3 de julio, mediante una nueva resolución, el Tribunal de Roca extendió la medida “hasta que la sentencia quede firme”. Contra esa última decisión la defensa interpuso una impugnación, la cual fue ahora rechazada por el TI.

“El Tribunal de Juicio fundó correctamente la necesidad de mantener al imputado en prisión, toda vez que no ha encontrado la posibilidad de disponer otras medidas cautelares que puedan limitar los riesgos procesales que argumentan la Fiscalía y la querella. Queda así también desechado el planteo subsidiario del defensor en cuanto solicitó (…) el cambio a prisión domiciliaria, porque (…) tampoco se observa que lo peticionado cumpla la finalidad de evitar el peligro de fuga”, el cual se vio acrecentado desde junio, con la confirmación de la condena de primera instancia, señaló el Tribunal de Impugnación.

Al confirmar la medida, el TI reconoció los argumentos de la Fiscalía orientados a mantener la detención: “el aumento de culpabilidad” del imputado, por la sucesión de sentencias no firmes ya dictadas en su contra, sumado a su “capacidad económica certera para eludir la acción de la justicia, por tener recursos económicos para fugarse ante el avance de las instancias recursivas”. Consideró, por otra parte, “que este es un caso de violencia de género” que impone “cumplir con la convención de Belém do Pará” y que “a los fines de asegurar la sentencia de condena era necesario abortar cualquier peligro de fuga, con perspectiva de género”. Contempló, finalmente, “la gravedad de los hechos de la acusación y la pena impuesta

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La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra

Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

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El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.

La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.

La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.

El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.

Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.

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Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes

La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

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La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.

Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.

La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.

Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.

Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.

Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.

El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.

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Caso Valentín Mercado: Piden confirmar la condena contra el anestesiólogo por el daño cerebral irreversible

Tras la apelación de la defensa del profesional condenado por homicidio culposo, la Fiscalía solicitó al Tribunal de Impugnación que ratifique la sentencia en todos sus términos.

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La causa por la muerte del niño Valentín Mercado Toledo sumó una instancia clave en el Tribunal de Impugnación de Río Negro. Tras el recurso presentado por la defensa del anestesiólogo condenado por homicidio culposo, la Fiscalía y la querella solicitaron formalmente que se confirme la sentencia original, rechazando cualquier reducción de la pena o limitación de la inhabilitación profesional.

El eje del conflicto radica en el planteo del profesional, quien busca que su inhabilitación para ejercer se circunscriba únicamente al ámbito pediátrico. Ante esto, el fiscal del caso fue tajante al señalar que la desatención durante la cirugía fue la causa directa del desenlace fatal. «Lo sucedido fue que la desatención por parte del imputado impidió advertir el súbito taponamiento, lo que derivó en un paro cardíaco», explicó. Según el Ministerio Público, el médico no cumplió con el consentimiento informado en el que asumía la responsabilidad de velar por el paciente durante toda la intervención.

La reconstrucción de los hechos indica que existieron cuatro minutos iniciales y determinantes en los que el anestesiólogo no actuó conforme a su rol. Si bien luego se logró estabilizar al niño con adrenalina y un cambio de tubo traqueal, la demora fue tan extensa que el daño cerebral resultó irreversible.

La querella acompañó estos argumentos, dejando la decisión final en manos del Tribunal, que ya pasó a deliberar.

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