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Seguirá detenido el joven condenado por atacar con una tijera a su ex pareja

Aunque la sentencia aún no está firme, confirmaron la prisión preventiva. Fue sentenciado a 11 años de prisión.

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Foto: Archivo.

El Tribunal de Impugnación (TI) confirmó la prisión preventiva que cumple un hombre de Roca condenado sin sentencia firme a 11 años de prisión como autor del delito de tentativa de femicidio. La medida cautelar había sido prorrogada por un Tribunal de Juicio de Roca y esa decisión fue recurrida por la defensa del imputado, pero el planteo fue rechazado esta semana, cuando el TI avaló que la detención preventiva se extienda hasta que la sentencia quede firme.

El TI consideró que no hay otra medida cautelar menos grave que pueda “asegurar los fines del proceso”, puesto que se mantienen las condiciones que llevaron a los jueces de Roca a considerar que existe riesgo de fuga. También señaló que la detención cautelar está dentro de los plazos judiciales admitidos por el Superior Tribunal de Justicia y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que no hay afectación a la garantía de “plazo razonable”. Además, declaró que el cómputo de la prisión preventiva está suspendido desde que el caso entró en etapa de impugnación extraordinaria, luego de que el TI confirmara la sentencia condenatoria de primera instancia.

Según reseña el fallo, el 12 de marzo de 2020 el imputado Jorge Alberto Quiroz fue condenado en Roca como autor del delito de tentativa de homicidio agravado por la relación de pareja con la víctima y por mediar violencia de género. El 10 de junio, la sentencia fue revisada y confirmada por el Tribunal de Impugnación y el caso ingresó a la etapa extraordinaria de recursos con un nuevo planteo de la defensa. El 7 de julio de 2020 se cumplían los 18 meses de prisión preventiva que permite el Código Procesal Penal como plazo legal máximo, pero ese plazo dejó de computarse antes de su vencimiento, desde la interposición de los recursos extraordinarios de la defensa, por lo que el 3 de julio, mediante una nueva resolución, el Tribunal de Roca extendió la medida “hasta que la sentencia quede firme”. Contra esa última decisión la defensa interpuso una impugnación, la cual fue ahora rechazada por el TI.

“El Tribunal de Juicio fundó correctamente la necesidad de mantener al imputado en prisión, toda vez que no ha encontrado la posibilidad de disponer otras medidas cautelares que puedan limitar los riesgos procesales que argumentan la Fiscalía y la querella. Queda así también desechado el planteo subsidiario del defensor en cuanto solicitó (…) el cambio a prisión domiciliaria, porque (…) tampoco se observa que lo peticionado cumpla la finalidad de evitar el peligro de fuga”, el cual se vio acrecentado desde junio, con la confirmación de la condena de primera instancia, señaló el Tribunal de Impugnación.

Al confirmar la medida, el TI reconoció los argumentos de la Fiscalía orientados a mantener la detención: “el aumento de culpabilidad” del imputado, por la sucesión de sentencias no firmes ya dictadas en su contra, sumado a su “capacidad económica certera para eludir la acción de la justicia, por tener recursos económicos para fugarse ante el avance de las instancias recursivas”. Consideró, por otra parte, “que este es un caso de violencia de género” que impone “cumplir con la convención de Belém do Pará” y que “a los fines de asegurar la sentencia de condena era necesario abortar cualquier peligro de fuga, con perspectiva de género”. Contempló, finalmente, “la gravedad de los hechos de la acusación y la pena impuesta

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Compró un iPhone, lo envió por encomienda y llegó la caja vacía: La Justicia condenó a la empresa transportista

El destinatario, un vecino de Roca, recibió el paquete abierto y sin el teléfono. La firma no respondió el reclamo.

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Lo que debía ser un simple envío terminó convertido en un conflicto judicial. Un hombre de General Roca había comprado un iPhone 14 Pro Max nuevo para regalárselo a una amiga y, como en ocasiones anteriores, optó por enviarlo mediante un servicio de encomiendas desde la terminal local. Sin embargo, esta vez el paquete no llegó como debía.

Cuando la destinataria se acercó a retirar la encomienda, encontró la caja abierta y sin el dispositivo en su interior. Sorprendida, realizó el reclamo en el momento, pero la empresa de transporte no le ofreció ninguna respuesta.

Frente a la falta de soluciones, el comprador decidió iniciar una demanda por daños y perjuicios. En su presentación sostuvo que la firma incumplió el contrato de consumo al no garantizar la entrega en condiciones adecuadas. Tras analizar el caso, el fuero Civil de Roca le dio la razón y ordenó a la firma transportista indemnizarlo.

En el fallo, el juez remarcó que las relaciones de consumo deben interpretarse bajo el principio de protección al consumidor, que exige buena fe contractual, información clara sobre los servicios y cumplimiento estricto de las obligaciones asumidas. La empresa, además, no contestó la demanda y quedó en rebeldía, lo que permitió dar por acreditados los hechos tal como fueron relatados por el afectado.

El testimonio de la mujer que retiró el paquete fue clave: confirmó que el envío estaba correctamente embalado, describió la apertura visible de la caja al momento de recibirla y detalló la falta de respuesta de la firma ante sus reclamos. También mencionó que ya había usado el servicio en otras oportunidades sin problemas.

Finalmente, el juez concluyó que la empresa incumplió sus obligaciones contractuales y vulneró los derechos previstos en la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial. Recordó que en estos casos rige un régimen de responsabilidad objetiva para el proveedor, quien debe garantizar que la mercadería llegue en las condiciones pactadas.

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Detectaron faltantes en la bóveda de un casino y confirmaron el despido

Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones

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Una trabajadora del casino Crown de Cipolletti fue despedida luego de que una auditoría interna detectara maniobras irregulares en el manejo de dinero. Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones. La Cámara del Trabajo de Cipolletti confirmó la validez del despido con causa dispuesto por la empresa.

La persona se desempeñaba en el área de Tesorería del casino y contaba con acceso directo a los sistemas de resguardo de valores. Según el fallo, durante varias jornadas se detectaron diferencias entre los montos informados como recaudación en mesas de juego y los valores efectivamente encontrados al realizar el conteo. Las grabaciones mostraron una secuencia reiterada de ingresos en soledad a la bóveda, manipulación de drop box sin autorización y acciones contrarias a los protocolos internos.

Al momento de retirarse del establecimiento, la trabajadora fue interceptada por personal de seguridad. En presencia de un escribano se constató que llevaba consigo una suma importante de dinero, sin haberla declarado previamente al ingresar, tal como lo exigían las normas internas de la empresa. La empleadora consideró que estos hechos configuraron una violación de los deberes de buena fe, diligencia y lealtad, y notificó el despido con causa mediante acta notarial.

Durante el proceso judicial, testigos del área de vigilancia, seguridad y administración relataron que las diferencias de dinero sólo se produjeron cuando la trabajadora cumplía turno en el área. También indicaron que no existía ninguna necesidad operativa para los movimientos que realizaba dentro de la bóveda, y que el comportamiento registrado en las cámaras se repitió durante varias jornadas consecutivas.

El voto mayoritario del fallo destacó que la empleadora actuó de manera inmediata al constatar las irregularidades y que comunicó la decisión en forma clara y fundada. El tribunal valoró la prueba testimonial, documental y técnica, y concluyó que la conducta de la trabajadora resultó incompatible con las funciones que desempeñaba y con los niveles de confianza que exige el manejo de fondos.

Con esos fundamentos, la Cámara del Trabajo resolvió rechazar la demanda iniciada por la trabajadora y confirmó la legalidad del despido con causa comunicado por el casino Crown.

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Acuerdo Institucional: Ricardo Apcarian presidirá el Superior Tribunal desde febrero

El magistrado ya había ocupado la Presidencia del máximo órgano judicial provincial en 2021.

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El Superior Tribunal de Justicia se reunió en Acuerdo Institucional y designó autoridades para el año judicial que comenzará el 1 de febrero de 2026. El juez Ricardo Apcarian presidirá el máximo órgano judicial provincial, según quedó estipulado en la Acordada 33/2025.

La Ley Orgánica establece que «la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia será ejercida anualmente por el juez o la jueza que el mismo Cuerpo designe en la primera quincena de diciembre de cada año. En la misma oportunidad se establecerá el orden en que sus integrantes reemplazarán la Presidencia en caso de ausencia u otro impedimento».

En cuanto al orden de subrogancias en la presidencia se dispuso en primer término al vocal Sergio Barotto, en segundo a Liliana Piccinini, luego Sergio Ceci y por último a la actual presidenta, Cecilia Criado.

También se dispusieron los jueces y juezas delegadas en cada circunscripción. Se mantienen en la Primera Liliana Piccinini, en la Segunda Sergio Barotto. Sergio Ceci estará a cargo de la Cuarta y la Tercera Circunscripción tendrá como jueza delegada a Cecilia Criado.

La resolución también asigna las representaciones institucionales para el período. En el Foro Patagónico de Superiores Tribunales participarán Sergio Barotto y Sergio Ceci. La Presidencia del Superior Tribunal representará al Poder Judicial ante la Junta Federal de Cortes y ante el Foro Federal de los Consejos de la Magistratura, además de ejercer la representación ante la Justicia de Paz, el Centro de Documentación Jurídica y la Oficina de Derechos Humanos y Género.

Por su parte, Barotto encabezará la Escuela de Capacitación Judicial, mientras que Apcarian hará lo propio en el Comité de Informatización.

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