Río Negro
Minor apunta a continuar las políticas en Seguridad y Justicia y habló de nuevos ejes a trabajar
Aunque ahora pasó a ser una Secretaría de Estado mantiene el rango ministerial.

La secretaria de Estado de Seguridad y Justicia se refirió a los distintos objetivos para su gestión.
A pocos días de asumir su cargo de secretaria de Estado de Seguridad y Justicia, Betiana Minor se refirió a los diferentes puntos en los que se basará su gestión. Remarcó que continuará con las políticas ya desarrolladas por Gastón Pérez Estevan quien venía desempeñándose al frente de la cartera.
La funcionaria agradeció a la gobernadora Arabela Carreras la confianza por la designación del cargo en el área de Seguridad y Justicia, en la cual viene trabajando desde 2016 cuando ingresó como directora de la Secretaría de Narcocriminalidad, pasando luego a la Secretaría de Justicia.
En ese sentido, explicó que el cambio de denominación de Ministerio a Secretaría de Estado, no modifica las funciones principales del organismo: “Es una Secretaría de Estado con rango de Ministerio, solo no podré refrendar decretos lo cual se hara a través del Ministerio de Gobierno. En cuanto a la estructura presupuestaria, el organigrama, las misiones y funciones no cambia absolutamente nada. Por eso la Gobernadora tomó la decisión de poder optar por esta modificación, que tuvo su paso por la Legislatura, aprobada por unanimidad. El cambio solo se debe a que no cumplía con los requisitos de residencia inmediata anterior a la toma del cargo”.
Ejes de trabajo
En cuanto a los ejes a trabajar durante su gestión, Minor indicó que los mismos fueron presentados en diciembre a la gobernadora junto a todo el plan de acción de la ahora Secretaría de Estado: “Obviamente vamos a seguir la línea de continuidad que ya fue planteada y seguiremos avanzando en virtud de la nueva problemática que la realidad nos presente en el día a día. Apelamos también a profundizar todas las herramientas de prevención, de resolución alternativa de conflictos, de mediación producto de la nueva conflictividad que se presenta hoy en la sociedad. Siempre en un marco de gobernanza, esto quiere decir que todos podamos ser partícipes tanto del problema como de la solución. Se trata de participar a todas las áreas”, comentó.
Sobre esta idea, habló de la necesidad de concebir a la seguridad como seguridad ciudadana en su conjunto. “Si bien obviamente la seguridad y las cuestiones inmediatas deben ser resueltas a través de las fuerzas de seguridad y la justicia, claramente la seguridad es mucho más y es mucho más integral, así que en esos términos pensamos trabajar».
En este objetivo se plantea una participación de la comunidad en materia de seguridad y de allí la importancia de conceptos como gobernanza “Me parece que debemos trabajar en un marco de horizontalidad donde entendamos que todos somos parte del problema y también somos parte de la solución, más alla obviamente del rol y la responsabilidad que tiene el Estado como garante de la seguridad y la justicia”.
Minor es la séptima mujer en la primera línea de conducción en el gobierno provincial lo cual habla a las claras de una profundización de la perspectiva de género en el Ejecutivo rionegrino.
La cuestión de género venía ocupando un lugar muy importante en el área de Seguridad y Justicia y se continuará con ese enfoque: “Fue uno de los ejes de abordaje de la Secretaría de Justicia y en esto agradezco también al doctor Gastón Pérez Estevan que en mi llegada a la Secretaría me permitió trabajar y abordar la perspectiva de género, transversalizandola a través de todas las áreas. Entendiendo la misma en términos de equidad e igualdad. Desde esa posición quiero trabajar y construir, hoy estamos en otra realidad histórica. Creo que debemos zanjar ciertas diferencias entre los hombres y las mujeres y tenemos que trabajar en conjunto en términos de equidad e igualdad básicamente”, concluyó la secretaria de Estado de Seguridad y Justicia.
Judiciales
Vive en Asia y le prohíben ingresar al país hasta que pague la deuda alimentaria con un niño de Viedma
La deuda supera los 4 millones de pesos.

Un fallo del fuero de Familia de Viedma dispuso que un hombre residente en Israel no podrá ingresar a la Argentina hasta que abone una deuda alimentaria de más de 4 millones de pesos.
La madre del niño afronta sola la crianza y los gastos desde hace años. En ese marco, hace un par de meses el Poder Judicial aprobó la liquidación de lo adeudado.
«En este caso tan especial, con un demandado viviendo en el Estado de Israel y con domicilio desconocido, exigir la notificación al domicilio real equivaldría a desvirtuar los derechos aquí reconocidos o tornarlos ilusorios», señala el fallo.
Por ello, consideró necesario buscar «soluciones más creativas por parte de la judicatura que, en los tiempos presentes y la era de las comunicaciones digitales, preserven la seguridad jurídica y el derecho de defensa, pero que al mismo tiempo garanticen la eficacia y el cumplimiento de la sentencia».
La jueza tuvo en cuenta que el incumplimiento reiterado de la cuota alimentaria vulnera el derecho del niño a recibir asistencia económica de su progenitor y constituye violencia económica contra la madre, en los términos de la Ley 26.485. Además, destacó que no se conocen bienes a nombre del demandado ni su empleador actual, y que las intimaciones previas fueron desoídas.
En los fundamentos, la magistrada citó el artículo 553 del Código Civil y Comercial y el artículo 98 del Código Procesal de Familia, que autorizan a imponer medidas razonables y no pecuniarias para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
De esta manera, dispuso que el hombre no podrá ingresar al país si no certifica que saldó la deuda. «No existe, a mi criterio, otra medida que resulte más eficaz para lograr que el ejecutado cumpla con el pago de la suma adeudada, toda vez que se desconocen bienes a su nombre e incluso ha hecho caso omiso a las intimaciones judiciales de pago».
El oficio a la Dirección Nacional de Migraciones establece que el hombre sólo podrá entrar a la Argentina si acredita el pago completo en una cuenta del Banco Nación a nombre de la madre del niño. De no hacerlo, la prohibición se mantendrá vigente.
Judiciales
«Acá mandan los hombres”: Condenan a un Municipio rionegrino por violencia de género e institucional
La sentencia condena al Estado local al pago de una indemnización por daño moral agravado equivalente a 15 sueldos brutos mensuales.

Una trabajadora municipal de Bariloche fue víctima de hostigamiento, amenazas y desplazamiento arbitrario por parte de sus superiores jerárquicos. La Cámara Segunda del Trabajo dictó una sentencia que responsabiliza a la Municipalidad por haber omitido intervenir ante hechos probados de violencia de género en el ámbito laboral. La sentencia condena al Estado local al pago de una indemnización por daño moral agravado equivalente a 15 sueldos brutos mensuales.
Los hechos ocurrieron entre 2020 y 2022. La denunciante —empleada de planta con funciones de jefatura en un departamento del área de Fiscalización— presentó una demanda luego de haber sido despojada progresivamente de funciones, presionada para dejar el cargo, desplazada sin causa formal y finalmente reubicada en condiciones que el Tribunal calificó como indignas.
La sentencia señala que, a partir de su designación en el cargo, la trabajadora comenzó a sufrir situaciones de maltrato reiterado por parte de funcionarios políticos, uno de ellos identificado en el expediente como director del área. El hostigamiento incluyó insultos, gritos, desautorizaciones públicas y comunicaciones con contenido discriminatorio. En uno de los mensajes incorporados como prueba pericial, el funcionario le escribió: “No te hagás la ofendida. Sabés cómo es esto. Acá mandan los hombres.”
El Tribunal consideró probada la existencia de violencia verbal, simbólica y psicológica, con connotaciones de género, y concluyó que el entorno laboral fue hostil. La prueba testimonial incluyó declaraciones de trabajadoras del mismo sector que relataron haber presenciado insultos y comentarios ofensivos hacia mujeres. La prueba pericial informática, no impugnada, incorporó conversaciones de WhatsApp con frases intimidatorias y humillantes.
La pericia psicológica concluyó que la trabajadora presentaba un Trastorno por Estrés Postraumático complejo, con síntomas compatibles con afectación derivada de violencia laboral prolongada. El informe señaló una relación causal directa entre los hechos denunciados y el cuadro clínico.
Durante el proceso judicial, la Municipalidad negó la existencia de violencia, sostuvo que la reubicación fue administrativa y argumentó un supuesto mal desempeño funcional. Sin embargo, el Tribunal destacó que no se aportaron pruebas objetivas que sustentaran esa afirmación. Por el contrario, se incorporaron evaluaciones de desempeño firmadas por los propios superiores que luego solicitaron su desplazamiento, donde se recomendaba renovar su designación y se valoraba positivamente su tarea.
El fallo señaló que la denuncia fue tramitada por los canales internos, que el Municipio activó el procedimiento previsto por la ordenanza local 2245-CM-11, y que la presentación fue calificada como verosímil. Sin embargo, el expediente fue cerrado sin resolución de fondo, bajo el argumento de que el funcionario denunciado ya no ocupaba un cargo formal. El Tribunal consideró que la falta de actuación oportuna por parte de la administración configuró una omisión relevante en los términos de la Ley 26.485 y los tratados internacionales con jerarquía constitucional.
La resolución afirmó que el Estado municipal incurrió en responsabilidad por omisión, al no adoptar medidas inmediatas de protección ni promover instancias disciplinarias. Indicó que la obligación estatal en materia de violencia de género impone un estándar de diligencia reforzada, incluso cuando el agresor sea un funcionario político sin estabilidad.
En el fallo se citó jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la obligación de los poderes públicos de juzgar con perspectiva de género y actuar preventivamente ante situaciones de discriminación estructural en el ámbito institucional.
La sentencia de primera instancia impuso el pago de una indemnización por daño moral agravado, calculada sobre la base del salario que percibía la trabajadora al momento de su remoción.
Los hechos denunciados ocurrieron durante la gestión municipal saliente. El procedimiento disciplinario fue clausurado sin sanción, y la actual administración no reabrió la instancia ni impulsó acciones institucionales de reparación. La reubicación laboral de la trabajadora solo se concretó como resultado del proceso judicial.
Río Negro
Vacunación Antigripal: Más de 98.000 dosis aplicadas en Río Negro
Del total de 129.600 dosis recibidas, La Provincia ya aplicó y registró el 76,2% de las vacunas.

La Provincia de Río Negro avanza en la Vacunación Antigripal, con más de 98.000 dosis aplicadas y registradas. Desde el Ministerio de Salud se invita siempre a reforzar esquemas.
El último registro indica que al 31 de julio, el sistema público de Salud vacunó gratuitamente contra la gripe a 98.751 rionegrinas y rionegrinos incluidos en los grupos priorizados por el Programa Nacional de Inmunizaciones.
Del total, 36.358 dosis pertenecen a personas de 2 a 64 años con factores de riesgo. En tanto, 41.155 a personas mayores de 65 años.
En cuanto al personal de salud con 8.768 dosis se alcanzó el 98% de cobertura; con 2.846 se llegó al 71,57% de cobertura en embarazadas; 364 dosis a puérperas; y 6.479 primeras dosis en menores de 6 meses a 2 años y 2.241 en segundas dosis en este mismo grupo etario.
¿Para qué sirve la vacuna antigripal?
Desde el Departamento de Inmunizaciones recordaron que la vacuna ayuda a reducir las probabilidades de propagar enfermedades y protegen contra infecciones que pueden ser graves. Asimismo, remarcaron la importancia de avanzar con el porcentaje de vacunación en los grupos priorizados, especialmente personal de salud.
La dosis antigripal forma parte del Calendario Nacional de Vacunación, es gratuita y obligatoria y tiene como principal propósito reducir las complicaciones, hospitalizaciones, secuelas y muertes ocasionadas por el virus de influenza en la población de riesgo en el país.