Judiciales
Por usurpación, imputaron a una pareja y en 15 días deberán desalojar un terreno municipal
Asimismo el Municipio denunció al hombre por amenazar a un inspector que lo fue a notificar.

Ayer (09/10) al mediodía el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a dos personas por el delito de usurpación de un lote perteneciente a la Municipalidad de Roca.
Según la acusación fiscal, la mujer y el hombre hoy imputados, «usurparon, de forma clandestina, de manera oculta a quien tenía derecho a repeler la acción, con claros fines de despojo, desde antes del 8 de septiembre último y continúan allí, un lote ubicado en calle Mitre propiedad del Municipio y que está destinado a gente que salga seleccionada por el programa PROCREAR», describió el equipo fiscal en la audiencia por Zoom.
«Inmediatamente a que lo ocuparon comenzaron con la construcción de una base de hormigón, y ese mismo día personal municipal los intimó a que dejaran de construir pero hicieron caso omiso», dijo el fiscal del caso.
«El 12 de septiembre, sin ocupantes en el lote, la Municipalidad valló el lugar, y dos días después, a la tarde, llegaron cinco autos, dos de ellos ingresaron al patio del vecino lindante al oeste y 9 personas con unos cinco niños ingresaron al terreno, mientras que la parte frontal estaba custodiada por personal policial. Luego de dos horas aproximadamente, sólo se quedaron en el lote la imputada con sus dos hijos, menores de edad», detalló la Fiscalía.
«El 13 de septiembre, cuando un inspector municipal concurrió al predio usurpado para realizar una nueva inspección, el hombre imputado en este legajo, desde el interior de su vehículo, en presencia de dos efectivos policiales, lo intimidó manifestándole: no te olvides de mi cara, provocándole real temor», concluyó la acusación fiscal.
En relación a esos hechos, el Ministerio Público Fiscal imputó a la mujer el delito de «usurpación» (Art. 181 del Código Penal), y al hombre también de «usurpación en concurso real con amenazas simples», (Art. 181, 45 y 55 del Código Penal).
En relación al sustento probatorio presentado para esta instancia de formulación de cargos, la fiscalía mencionó la denuncia penal efectuada por el Área de Asuntos Jurídicos y Técnicos de la Municipalidad de Roca, todas las actas de inspección Municipal, fotografías del lugar, entrevistas realizadas a efectivos policiales, entre otras evidencias.
La querella, representada por la Municipalidad local acompañó el pedido fiscal de la imputación mientras que los abogados particulares de ambas personas se opusieron. De todas maneras, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos en los términos esgrimidos por el Ministerio Público Fiscal.
Medidas cautelares
En esta audiencia, el Ministerio Público Fiscal solicitó además medidas cautelares “tendientes a cesar con el delito de manera inmediata para que no siga avanzando la comisión del mismo por parte de los imputados”.
Es así que el fiscal del caso argumentó que «el desalojo es necesario para evitar que la construcción se afiance, cuestión que ya está sucediendo sobre el terreno usurpado».
«Entiendo que están dados los requisitos del Artículo 118 para imponer el desalojo, dicho Artículo habilita a los jueces a tomar medidas en los casos como los que hoy tenemos aquí, para que cese el delito o que no continúe y de esa manera no tener otro tipo de consecuencias», continuó la Fiscalía.
«La aplicación del Art. 118 requiere la verosimilitud del hecho, ya con la formulación de cargos aceptada por la Jueza de Garantías contamos con ello. Sumamos la certificación catastral que establece con absoluta certeza que el terreno usurpado es de la Municipalidad. No olvidemos el peligro de la demora en relación al avance de la obra, ellos hicieron caso omiso cuando recibieron la notificación municipal, y esto puede provocar una situación que luego no podamos controlar», argumentó el representante fiscal.
Por lo anterior es que se solicitó que en un plazo no superior a 15 días desalojen el inmueble de manera voluntaria, además la fiscalía pidió la aplicación de la medida de no innovar, Artículo 230 del Código Civil, para evitar un daño irreversible a las acciones que se están llevando a cabo, específicamente que se introduzca nuevo material o se avance con la construcción. «Todo bajo apercibimiento de que cometan el delito de desobediencia a una orden judicial y también pedimos que en caso de que se desocupe de manera voluntaria suceda bajo caución juratoria».
La jueza de Garantías interviniente fijó un cuarto intermedio para resolver acerca de las medidas cautelares, a las que también adhirió la querella, y dará a conocer su resolución el próximo martes 13 de octubre a las 11.30 de la mañana.
Judiciales
Condenaron a un trabajador de la SENAF por abuso y amenazas a niños bajo su cuidado
El hombre reconoció los hechos ocurridos entre 2021 y 2023 en un Centro de Atención Integral de Roca. Recibió una pena de 3 años de prisión condicional e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Esta mañana (05/11), uno de los dos imputados por delitos cometidos en el marco de su función en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) de General Roca fue condenado a 3 años de prisión condicional, tras reconocer su responsabilidad en los hechos.
El hombre, que se desempeñaba como auxiliar asistencial, aceptó los cargos de abuso sexual simple agravado por ser encargado de la guarda y amenazas coactivas continuadas, cometidos entre abril de 2021 y septiembre de 2023.
Según detalló la Fiscalía, el acusado ejercía violencia y amenazas contra los menores, generándoles temor para evitar que contaran lo ocurrido. En uno de los episodios, ocurrido entre julio y agosto de 2023, abusó de una adolescente en el sector de la cocina del establecimiento.
La condena fue dictada en el marco de un acuerdo abreviado, con el aval de la defensora de menores que representa a las víctimas. Además de la pena de prisión condicional, se impuso la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos en la administración pública, la inscripción en el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual (REPROCOINS) y el pago de las costas del proceso.
El condenado deberá cumplir reglas de conducta durante 3 años: fijar domicilio, no acercarse ni contactar a la víctima, directa o indirectamente, y abstenerse de todo tipo de vínculo con menores en el ámbito institucional.
La investigación incluyó denuncias institucionales, testimonios de operadores y psicólogos, pericias forenses y registros de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF).
Por su parte, la segunda persona imputada en la causa, una mujer, continúa bajo proceso judicial: la audiencia de control de acusación se retomará el próximo lunes (10/11) a las 10.00.
Judiciales
Condenan a 4 años de prisión a dos acusados de distribuir material de abuso sexual infantil
Los hechos fueron detectados tras reportes de Google y WhatsApp al Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC), que alertó al Ministerio Público Fiscal rionegrino. Uno de ellos es de Roca.

El Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción Judicial logró esta semana que dos hombres fueran condenados a cuatro años de prisión efectiva por delitos vinculados con la tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil (MASI).
Las causas, tramitadas en General Roca y Choele Choel, se resolvieron en el marco de juicios abreviados, luego de que ambos imputados reconocieran su responsabilidad penal.
El primer caso ocurrió en Choele Choel y fue detectado en agosto de 2022, cuando Google denunció la actividad sospechosa a través del Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC), organismo con el cual el Ministerio Público Fiscal argentino mantiene un convenio de cooperación. La investigación determinó que el acusado tenía en su poder múltiples fotos y videos con contenido de abuso sexual infantil, lo que derivó en su procesamiento y condena.
El segundo hecho fue investigado en General Roca, donde un hombre aceptó haber cometido tres delitos durante 2024. Según la Fiscalía, el imputado subió videos a los servidores de WhatsApp, facilitó contenido a otros usuarios y almacenó material en su teléfono celular, el cual fue secuestrado durante un allanamiento. La pericia de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) confirmó que el dispositivo contenía 21 videos con imágenes de víctimas menores de edad.
Las pruebas reunidas incluyeron los reportes internacionales, los allanamientos realizados en los domicilios de los acusados, peritajes informáticos de OITel, informes del Gabinete de Criminalística y evaluaciones médicas del Cuerpo de Investigación Forense, que confirmaron la edad de las víctimas.
En Choele Choel, la condena fue por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil, en concurso ideal, mientras que en Roca, la figura legal aplicada fue tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil agravadas por ser las víctimas menores de 13 años, ambas previstas en el artículo 128 del Código Penal.
Tanto la Fiscalía como la defensa coincidieron en la pena solicitada y, tras renunciar a los plazos procesales, los dos condenados ya se encuentran cumpliendo su condena.
Judiciales
Se realizó el sorteo de jurados populares para los próximos dos años
En las circunscripción con cabecera en General Roca fueron seleccionados 500 mujeres y 500 varones.

El Poder Judicial de Río Negro llevó a cabo el sorteo de potenciales jurados populares, mediante el cual se seleccionaron 3.600 personas que podrán integrar tribunales populares durante los años 2026 y 2027.
El procedimiento, conforme al Código Procesal Penal, fue supervisado por el Juzgado Electoral Provincial y estuvo a cargo de Lotería de Río Negro. Participaron el vocal del STJ Sergio Ceci, el juez electoral Carlos Da Silva, la secretaria electoral Verónica Belloso, el director de la Oficina Judicial de la Primera Circunscripción Nicolás Farina, Virginia Sastre, del Tribunal de Impugnación y Nicolas Rochas del Ministerio Público. También asistieron la defensora del Pueblo, Adriana Santagati, autoridades de Lotería y representantes del Colegio de la Abogacía de la Primera Circunscripción, en nombre de todos los colegios de la provincia.
Se sortearon 1.800 mujeres y 1.800 varones del padrón electoral provincial. En la Primera Circunscripción, con asiento en Viedma, se seleccionaron 300 mujeres y 300 varones. En las circunscripciones con cabecera en General Roca, Bariloche y Cipolletti se sortearon 500 mujeres y 500 varones en cada una.
Las personas seleccionadas recibirán información a través de las Oficinas Judiciales Penales de cada circunscripción, donde se les indicarán los pasos a seguir y los canales de contacto disponibles.
Cada persona sorteada recibirá una comunicación oficial que incluirá una nota de la Oficina Judicial Penal, un formulario de declaración jurada y un sobre para la respuesta. Esta podrá remitirse gratuitamente por Correo Argentino o completarse en forma digital a través del sitio web: jurados.jusrionegro.gov.ar.
Los datos recabados permitirán realizar una primera verificación para detectar incompatibilidades o impedimentos legales que impidan integrar un tribunal popular. La información será tratada de manera confidencial por las Unidades de Juicios por Jurados de cada circunscripción.
Ningún funcionario o funcionaria judicial solicitará datos bancarios, claves digitales ni información personal sensible.
Desde la implementación del juicio por jurados en Río Negro, las personas seleccionadas por sorteo participan en los procesos penales más graves y públicos. El sistema establece que el jurado popular esté compuesto por doce miembros cuando el fiscal anticipa que solicitará una pena superior a doce años de prisión.
Para integrar un jurado popular en Río Negro es necesario ser argentino o argentina, tener más de 18 años y residir en la zona donde ocurrió el delito. Quedan excluidas las personas con condenas por delitos dolosos, así como quienes ejerzan profesiones jurídicas, funcionarias y funcionarios judiciales, auxiliares de justicia, integrantes activos de las fuerzas de seguridad y referentes religiosos.








