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Río Negro

Lanzan Río Negro Suelo Urbano, un plan que busca facilitar el acceso a la tierra con servicios

El Gobierno de Río Negro pondrá a disposición un mínimo de 12.000 lotes en los próximos cinco años.

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La gobernadora Arabela Carreras lanzó hoy (30/10) el plan Río Negro Suelo Urbano, una herramienta transversal orientada a facilitar el rápido acceso de lotes con servicios para familias de toda la provincia.

A través de esta política pública activa y sostenida, el Gobierno de Río Negro pondrá a disposición un mínimo de 12.000 lotes en los próximos cinco años, para dar soluciones habitacionales a las rionegrinas y rionegrinos. Cada terreno tendrá entre 200 y 300 metros cuadrados.

El plan –que será enviado a la Legislatura en las próximas horas- prevé el trabajo articulado con mutuales, cooperativas, instituciones, sindicatos y municipios para facilitar el acceso de las familias al suelo urbanizado, todo esto con el cumplimiento de una serie de mínimos requisitos.

“Se da inicio a un arduo trabajo, que requerirá la participación de todos y todas. Se abre una oportunidad para ordenar el acceso a la tierra, una tarea que se merecen todos los rionegrinos y rionegrinas”, resaltó la gobernadora.

Carreras explicó que el diagnóstico de la situación actual “es coincidente en la mayoría de los actores” considerando que “a lo largo de la historia del país se ha dado una distribución desigual de la tierra, pero además vemos un mercado inmobiliario que impone sus propias reglas y los trabajadores con su salario no pueden acceder a un terreno con servicios”.

Remarcó que, más allá de este contexto, “de ningún modo la toma de terrenos es una solución, no solo porque es ilegal y no contribuye al orden de la sociedad, sino además porque condena a las familias a una vida de pobreza e indigna, sin servicios básicos”.

En ese marco, entendió que el Estado “es el gran articulador en la búsqueda de soluciones, impulsando políticas activas para intervenir en esta puja de intereses”.

El Río Negro Suelo Urbano es “un programa que brindará servicios sobre la tierra existente, en articulación con Municipios y entidades” cumpliendo con una política de Estado de “brindar un ordenamiento del suelo, proveer servicios y ofrecer accesibilidad”.

Destacó que se eligió Cipolletti para el lanzamiento porque “es una ciudad que tiene un antecedente muy exitoso, que es el Distrito Vecinal Noreste. Es la política de Estado más revolucionaria que ha tenido la provincia y nos ha inspirado”.

Carreras señaló además de trabajar en este plan, se avanza en la vivienda como solución definitiva. “Como Gobierno de Juntos Somos Río Negro, desde el 10 diciembre hemos entregado ya 300 viviendas, tenemos 1200 en construcción y hemos presentado un proyecto a Nación por otras 1700 más”.

«Este plan permitirá desarrollarse en familia»

El ministro de Gobierno y Comunidad, Rodrigo Buteler, fue el encargado de presentar los detalles y ejes del plan. Confirmó que a la brevedad el plan será enviado a la Legislatura y se someterá la voto de todos los parlamentarios.

“Este plan permitirá desarrollarse en familia. Sabemos del déficit que existe con el acceso a los terrenos y la decisión de la gobernadora Carreras es darle una solución a esta temática. Además, el programa requiere de una voluntad de acompañar y sumarse, para trabajar articuladamente”, señaló Buteler.

Acompañaron la presentación, el vicegobernador, Alejandro Palmieri; el intendente local, Claudio Di Tella; el senador nacional, Alberto Weretilneck; la secretaria de Estado de Planificación y Desarrollo sustentable, Laura Perilli; la secretaria de Estado de Energía, Andrea Confini y la interventora del IPPV, Inés Pérez Raventos, entre otras autoridades.

Requisitos para acceder

• Residentes que superen los cinco años en la provincia.
• Ingreso familiar mínimo de un Salario Mínimo, Vital y Móvil o máximo de diez Salarios Mínimo, Vital y Móvil.
• Ningún inmueble registrado a título personal.
• Plazo de construcción: inicio en un año y finalización antes de los tres.
• Quedarán excluidos quienes tengan procesos judiciales en trámite o con condena por usurpaciones y/o tomas de tierras privadas o públicas.

Los cuatro ejes centrales

• Banco Provincial de Tierras: Registrará los inmuebles públicos y privados nacionales, provinciales y municipales.
• Registro Provincial de la Demanda: Centralizará los registros existentes y los municipales a crear.
• Consejo Provincial: Estará integrado por referentes del Ministerio de Gobierno y Comunidad y del IPPV, además de Planificación, Tierras, Municipios, Cooperativas y Mutuales. Coordinará acciones de las políticas de generación del suelo urbano.
• Fondo Específico: incluirá diferentes ítems en su conformación, como recursos propios, bienes transferidos, aportes múltiples y recupero por canon abonado por beneficiarios.

Río Negro

Está depositada la compensación de noviembre para estatales

Las sumas van de $100.000 a $200.000, según la categoría.

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El Gobierno de Río Negro completó este miércoles (26/11) el pago de la compensación excepcional, cumpliendo con el compromiso asumido en octubre. La medida alcanza a 53.000 agentes de la Administración Pública, Policía y Servicio Penitenciario.

Con este depósito, «la Provincia cumple con la segunda cuota y cierra el esquema de pagos por planilla complementaria. Se trata de un aporte directo destinado a reforzar los ingresos del mes frente al contexto económico actual», destacaron desde el Gobierno.

La compensación alcanza a los trabajadores del Poder Ejecutivo y se extiende al personal de la Policía de Río Negro y del Servicio Penitenciario Provincial.

Los montos totales percibidos (sumando ambas cuotas) varían según el agrupamiento. Las categorías 1 a 10 reciben un total de $100.000; las categorías 11 a 15, $150.000; y las categorías 16 a 25, $200.000.

En el caso del sector docente, los valores finales se asignaron según la antigüedad: $100.000 (hasta 11 años), $150.000 (de 12 a 21 años) y $200.000 (de 22 a 40 años).

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Judiciales

Una demora administrativa dejó a un estudiante sin examen, pero la Justicia confirmó que había abonado en término

La universidad no registró a tiempo la cuota de junio y bloqueó el acceso a los exámenes. El juez de Paz determinó que el alumno cumplió con lo pactado y reconoció la relación de consumo educativa.

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Un estudiante de abogacía de una universidad privada vivió una situación inesperada luego de abonar la cuota mensual prácticamente sobre el límite del segundo vencimiento. Aunque realizó el pago dentro del plazo permitido, la institución no lo registró a tiempo y el joven quedó imposibilitado de rendir los exámenes del cuatrimestre, dado que la habilitación para presentarse depende de tener todas las cuotas acreditadas.

Desde la universidad le informaron por correo electrónico que la habilitación del parcial se activaría recién «dos horas después de acreditado el pago», una demora administrativa que el alumno consideró determinante para su desempeño académico. A pesar de insistir con reclamos internos y participar de una instancia de mediación, no consiguió que la institución reconociera el pago en el momento oportuno.

Ante la falta de respuestas, decidió acudir al Juzgado de Paz de Allen, que intervino por tratarse de un conflicto encuadrado en una relación de consumo educativa. Tras la audiencia entre las partes, el juez determinó que la cuota correspondiente a junio de 2025 había sido pagada en tiempo y forma.

Para arribar a esa conclusión, el magistrado analizó principalmente la prueba documental aportada por ambas partes. Consideró innecesarias otras presentaciones y rechazó la testimonial ofrecida por la universidad al no estar debidamente justificada su pertinencia. Entre los elementos presentados por el estudiante se encontraba el recibo del pago efectuado el 30 de junio de 2025 en un centro autorizado, correspondiente al segundo vencimiento. Esa documentación acreditaba que el pago se realizó a través de los medios habilitados por la propia institución.

El expediente también incorporó correos electrónicos intercambiados entre las partes, en los cuales la universidad reconocía que la habilitación a los exámenes dependía de la acreditación del pago y que el sistema se actualizaba dentro de las dos horas siguientes. El joven informó haber realizado el pago durante esa misma jornada hábil, sin que la institución actualizara la información a tiempo.

Frente a esa evidencia, el juez sostuvo que el alumno cumplió con lo pactado y que su pago debía considerarse válido. En su resolución aplicó la Ley de Defensa del Consumidor y jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia, ratificando la existencia de una relación de consumo en el ámbito educativo.

De todos modos, no se expidió sobre una eventual responsabilidad de la universidad en las demoras del sistema ni en los procesos internos de acreditación, ya que ese punto excedía el objeto de la acción. La institución, por su parte, argumentó que se trataba de una cuestión estrictamente académica. Finalmente, el juzgado dictó una acción meramente declarativa en favor del estudiante, cerrando el conflicto desde la normativa vigente en materia de defensa del consumidor.

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Judiciales

Impidió el regreso de su hijo a Brasil para perjudicar a la madre: Fallo lo calificó como violencia vicaria y autorizó el retorno

La mujer había llegado a Bariloche junto a su hijo para pasar unos días con familiares.

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Un hombre utilizó a su hijo menor de edad como herramienta para perjudicar a su ex pareja. Revocó un permiso de viaje con el único objetivo de impedir que la mujer y el niño pudieran volver a Brasil, donde están radicados desde hace más de un año. Una jueza de Familia de Bariloche determinó que el progenitor ejerció violencia vicaria e hizo lugar a una medida cautelar para que madre hijo puedan volver al país limítrofe.

La mujer había llegado a la ciudad cordillerana junto a su hijo para pasar unos días con familiares. El viaje era temporal. La vida del niño transcurre en el estado de Bahía, Brasil, junto a su madre y sus abuelos maternos. La casa, el trabajo, los controles médicos, todo está allá. Pero el regreso no fue posible. El padre, sin previo aviso, revocó la autorización de salida del país.

En el expediente judicial quedó claro que el hombre no tenía ninguna intención de revincularse con el niño. Tampoco inició un pedido de restitución internacional. Lo que hizo fue usar al hijo como una barrera para inmovilizar a la madre, dejarla sin ingresos y lejos de su entorno.

La magistrada interviniente fue terminante: revocar el permiso de viaje no fue un acto de interés paterno, sino una forma encubierta de agresión. «Violencia vicaria», definió. Esa figura se aplica cuando alguien ataca a otra persona valiéndose de alguien cercano. En este caso, la persona menor de edad. La magistrada sostuvo que impedir el regreso a Brasil fue una forma de continuar con la violencia previa, ahora dirigida a través del hijo.

La madre ya había sido víctima de violencia de género. Lo había denunciado en otro expediente, también en el fuero de Familia de Bariloche. Esa situación fue la que motivó su decisión de mudarse a otro país y construir un entorno más seguro para ella y el niño. La jueza recordó que incluso durante el embarazo la mujer fue agredida por su expareja.

El fallo tomó en cuenta que el niño tenía residencia migratoria legal en Brasil, atención médica, arraigo afectivo y social, y una vida consolidada. También que el padre no mostró interés en el menor de edad durante más de un año. En ese tiempo, no presentó ningún recurso ni hizo ningún intento por restablecer el vínculo. Por el contrario, eligió intervenir solo cuando pudo interferir en la vida de la madre.

Con el respaldo de la Defensora de Menores, la jueza interviniente autorizó el regreso inmediato del niño a Brasil como medida autosatisfactiva. Dispuso que Migraciones tome conocimiento para evitar trabas administrativas.

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