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Río Negro

Intensifican trabajos preventivos en temporada de cosechas con patrullas productivas

Ya llegaron varios trabajadores de otras provincias al Valle Medio, para la temporada de cosecha.

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En el marco de las distintas acciones de vigilancia y control sanitario ante la pandemia por COVID-19, el Ministerio de Salud, a través de la Unidad Regional de Epidemiología y Salud Ambiental (URESA), intensificó trabajos en chacras y campos productivos ante la temporada de cosecha y llegada de trabajadores migrantes al Valle Medio.

Las patrullas productivas están integradas por profesionales de las URESAs, equipos interdisciplinarios que trabajan en conjunto con personal de salud, del Ministerio de Producción y Agroindustria, de la Secretaría de Trabajo, y de los municipios del Valle Medio para evaluar las actividades que se desarrollan en terreno.

Durante las visitas y recorridas por establecimientos productivos se visualiza específicamente lo que son las gamellas, los galpones de empaque, y lo que se considere como punto crítico de contagio de COVID-19.

Cabe señalar que el ministro de Salud, Fabián Zgaib, se reunió, oportunamente en Chimpay, con autoridades locales y representantes de empresas para delinear acciones ante la llegada de trabajadores migrantes para la cosecha de cereza, ocasión en la que se repasó el protocolo para llevar adelante la actividad.

En este sentido, Zgaib remarcó que el objetivo es minimizar los riesgos de contagio entre los trabajadores y expresó que las patrullas tienen como función llevar adelante un seguimiento y control en los campos, salas de empaques y espacios de descanso.

“La finalidad es poder desarrollar las actividades productivas sin riesgos de contagios, con medidas de prevención que garanticen la salud de los trabajadores y de la población, por eso trabajamos en conjunto con autoridades locales y las empresas”, señaló el Ministro.

Por su parte, Pablo Crowley, coordinador de la URESA de esa región, explicó que “el modelo de trabajo es un sistema de auditoría en terreno con el que se evalúa y se da cumplimiento los protocolos sanitarios de control y prevención de COVID-19”.

Agregó que se trabaja en conjunto con personal de los siete municipios de la región que es capacitado por la URESA para llevar adelante las tareas de seguimiento y acompañar en las auditorías.

Crowley indicó que en este momento se está trabajando en Chimpay en la cosecha de cereza, con monitoreo y auditoría de casi todos los establecimientos de producción frutícola. “Durante las visitas a los establecimientos se realiza una inspección y si hay observaciones, se vuelve a corroborar si se han hecho modificaciones y ajustes establecidos por los trabajadores de las patrullas”, señaló.

Además, las patrullas realizan monitoreo de trazabilidad de documentación desde origen a destino y verificación de las condiciones higiénicas sanitarias en destino de los trabajadores, así como el cumplimiento de cuarentenas y aislamientos que se desarrollan, aseguró el coordinador de la URESA Valle Medio.

Para poder llevar adelante esta tarea y las de control de foco, el Ministerio de Salud y la URESA trabajan conjuntamente con los Municipios en capacitaciones a auditores sobre la enfermedad, los métodos de protección y las labores terreno.

Cabe señalar que este tipo de trabajo se realiza desde el inicio de la pandemia y se ha trabajado en la temporada de cosecha de cebolla con muy buenos resultados.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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