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Sociedad

Piden que se cumpla la resolución judicial y se garantice el libre acceso al Lago Escondido

La iniciativa, presentada por el legislador Montecino Odarda, expresa también la necesidad de incluir al lago Escondido dentro del Corredor Turístico de la provincia de Río Negro.

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El legislador Facundo Montecino Odarda (Frente de Todos) presentó un proyecto en el que solicita a la gobernadora rionegrina, Arabela Carreras, que cumpla con la Resolución 64/2009 del Superior Tribunal de Justicia y que garantice el libre acceso al lago Escondido a partir de la apertura del camino de Tacuifí.

La iniciativa expresa también la necesidad de incluir al lago Escondido dentro del Corredor Turístico de la provincia de Río Negro.

Montecino Odarda recordó que «la causa por el libre acceso al lago Escondido se inició en el año 2005 por medio de la presentación de un amparo judicial impulsado por la entonces legisladora provincial María Magdalena Odarda junto a la Gobernadora (MC) de la Provincia de Tierra del Fuego, Fabiana Ríos, con el patrocinio letrado del Dr. Darío Rodríguez Duch y el acompañamiento de una gran cantidad de organizaciones sociales».

«Este proceso que busca hacer respetar el Art. 73 de la Constitución de Río Negro lleva casi 15 años de peregrinación judicial y más de 10 años de impunidad porque -a pesar de la sentencia firme que ordena (desde 2009) la apertura del camino de Tacuifí- el acceso al lago Escondido se encuentra al día de hoy cerrado al público. Teniendo en cuenta los ocasionales y recientes fallos express con los que la justicia rionegrina nos asombra, pareciera una burla que esta causa siga sospechosamente adormecida y los derechos de toda la ciudadanía intencionalmente vulnerados», manifestó el parlamentario.

El legislador sostuvo que «más de 24 jueces de nuestra provincia han tomado intervención en esta causa, hecho que habla por sí solo respecto de los abusos de estrategias procesales que determinan el incumplimiento de la manda judicial. El gobierno de Río Negro es quien -por sentencia judicial- debió abrir el camino de Tacuifí en un plazo de 60 días. Si así se hubiera hecho, se habrían evitado muchas lesiones y daños a la integridad de las personas que desde hace años intentan ingresar al lago pero que son violentamente reprimidos por patotas locales organizadas y financiadas por la empresa Hidden Lake en defensa de una propiedad privada que, como queda claro, no existe».

Montecino Odarda ratificó que «la incomprensible demora en el cumplimiento de un amparo ganado por y para todos los ciudadanos y ciudadanas pone en evidencia la impunidad y el poder de personajes privilegiados que parecieran manejar a su antojo al poder político y judicial. Pareciera que esta tríada no solo está en contra de abrir un acceso a un lago que es de todos, sino que también se resiste a la defensa de la soberanía nacional y a la vigencia de los derechos constitucionales».

«Al día de hoy, el expediente se encuentra a la espera de que alguien tenga el coraje de hacer cumplir la sentencia (vigente desde el año 2009). Alguien que sea consciente de que ya han sido demasiados los retardos, las dilaciones, los artilugios legales y las presiones. Alguien que deje de perpetuar la impunidad y permita el acceso a un derecho reconocido judicialmente. Y que además profundice otra causa judicial en trámite referida a la posibilidad cierta de que estemos frente a una operación de compra de tierras fraudulenta. Las evidentes violaciones a lo dispuesto por la Ley de Defensa Nacional 23.554, del Decreto Ley 15.385/44 y de la Ley 26.737 configuran una operación abiertamente ilegal por haberse habilitado la compra por parte de un extranjero en zona de seguridad de fronteras, por haber adquirido más hectáreas que las permitidas y por el escandaloso acto de cesión de soberanía», aseguró el legislador del Frente de Todos.

El joven parlamentario añadió que «deben quedar en clara evidencia los privilegios que conceden a Lewis los funcionarios del gobierno provincial y de la Fiscalía de Estado de Río Negro al hacer caso omiso al cumplimiento de lo ordenado hace más de una década por el Superior Tribunal de Justicia. Los argumentos judiciales y las medidas solicitadas en los escritos de la empresa Hidden Lake y de la Fiscalía de Estado parecen un calco exacto. Basta solamente leer el expediente de la causa para intuir que ambas partes son fanáticas del copiar y pegar».

Finalmente, Montecino Odarda expuso que «parte de estos privilegios es que el lago Escondido no está incluido en el Corredor Turístico de la provincia de Río Negro, a pesar de que se encuentra a escasos 24 km de la transitada Ruta 40 que une la ciudad de El Bolsón con San Carlos de Bariloche. Resulta incomprensible si se trata de una omisión. Pero se transforma en grotesco si la exclusión del lago en el Corredor es parte de los beneficios que la provincia le dispensa a Lewis en detrimento de toda la ciudadanía que exige la vigencia de sus derechos».

Acompañan el proyecto los legisladores José Luis Berros, Ramón Chiocconi, Daniela Salzotto, Pablo Barreno, Ignacio Casamiquela, María Inés Grandoso, Marcelo Mango, Luis Ángel Noale, Graciela Abraham, Alejandro Marinao y María Eugenia Martini.

Judiciales

Ordenaron el retiro del carnet de conducir y la suspensión de la línea telefónica por una deuda alimentaria

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado.

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El retiro del carnet de conducir y la suspensión de líneas telefónicas fueron las medidas dispuestas contra un padre que no acreditó el pago de una cuota alimentaria fijada a favor de su hija menor de edad. Las decisiones se adoptaron en el marco de un expediente de familia y tuvieron como finalidad compeler el cumplimiento de una obligación alimentaria vigente.

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia de Cipolletti luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado. Además del retiro de la licencia de conducir o, en su caso, la prohibición de tramitarla o renovarla, la magistrada dispuso oficiar al Registro Provincial de Deudores Alimentarios para la inscripción correspondiente y ordenó la suspensión de líneas telefónicas fijas o móviles de su titularidad.

La resolución se dictó tras una intimación previa cursada el año pasado, en la que se requirió al padre que acreditara el pago de los alimentos bajo apercibimiento de adoptar medidas razonables para garantizar la obligación. Esa intimación no fue impugnada y, ante la persistencia del incumplimiento, la jueza hizo efectivos los apercibimientos anunciados.

Contra esa decisión, el progenitor presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En su planteo sostuvo que las medidas adoptadas no resultaban eficaces para asegurar el pago de los alimentos y que su situación económica le impedía cumplir regularmente con la cuota. Señaló que realizaba trabajos informales vinculados a tareas domiciliarias y que se encontraba sin empleo. También cuestionó la valoración de la prueba y afirmó que efectuó depósitos y transferencias parciales que, a su criterio, no fueron considerados de manera adecuada. En ese contexto, solicitó que se dejaran sin efecto las sanciones y que se le concediera un plazo para regularizar una cuota correspondiente a un período determinado.

La persona que reclamó los alimentos respondió y sostuvo que la cuota alimentaria convenida y homologada continuaba plenamente vigente. Indicó que el padre no promovió ningún incidente tendiente a modificar la prestación y que, hasta tanto ello ocurra y exista una resolución judicial, la obligación resulta exigible en los términos fijados. También remarcó que las medidas dispuestas se encuentran previstas en la normativa vigente y dentro de las facultades del Poder Judicial para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En el mismo sentido se pronunció la Defensora de Menores, quien recomendó mantener lo resuelto.

Al intervenir en el caso, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo de Cipolletti analizó el recurso y señaló que la resolución cuestionada constituyó una consecuencia directa de una intimación anterior que había quedado firme. En ese contexto, destacó que no resulta procedente impugnar la providencia que hace efectivo un apercibimiento cuando el acto que le dio origen no fue cuestionado oportunamente, ya que los plazos procesales operan de manera preclusiva.

El Tribunal también recordó que el derecho alimentario de niñas, niños y adolescentes se encuentra protegido por normas de jerarquía constitucional y supralegal, y que la obligación alimentaria no se modifica por manifestaciones unilaterales sobre la situación laboral del progenitor. Para alterar una cuota vigente resulta necesario promover el trámite judicial correspondiente y obtener una resolución que así lo disponga.

Con esos fundamentos, la Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución dictada en primera instancia en todo lo que fue materia de agravio, incluidas las medidas de retiro del carnet de conducir y suspensión de la línea telefónica.

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Roca

Alta Barda tiene nueva iluminación LED: Cambiaron 70 puntos de luz y sumaron 12 nuevas luminarias

La reconversión tecnológica permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad y bajar los costos de mantenimiento.

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El Municipio de Roca completó una obra de modernización del alumbrado público en el Barrio Alta Barda, donde reemplazó luminarias de sodio por tecnología LED en 70 puntos e incorporó 12 nuevas luminarias que amplían la cobertura del servicio en el sector.

Los trabajos se llevaron adelante sobre las calles Darwin, Elías Quilodrán, El Ceibo, Las Petuñas y Félix Heredia.

La tecnología LED permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad nocturna y disminuir los costos de mantenimiento, además de generar un menor impacto ambiental en comparación con el sistema anterior.

Con esta intervención, el Municipio avanza en el plan de reconversión del alumbrado público en distintos barrios de la ciudad, con «el objetivo de brindar espacios más seguros y eficientes para los vecinos», destacaron.

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Roca

Los combustibles acumulan entre un 16% y un 18% de aumento sólo en marzo

Desde enero, el combustible acumula una suba del 22%, cifra que ya supera más de la mitad del aumento registrado a lo largo de todo el año 2025.

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La guerra en Medio Oriente llegó a los surtidores del Alto Valle. En lo que va de marzo, los combustibles acumularon aumentos de entre el 16% y el 18% en las diferentes estaciones de servicio de General Roca.

Los especialistas explican que las subas no responden a un criterio uniforme: cada petrolera las aplica en forma independiente, en diferentes momentos y con distintos porcentajes. Básicamente, todos los días, en alguna petrolera o en alguna ciudad se registra un incremento.

Los números reflejan el impacto en el bolsillo. La nafta Súper, que en febrero costaba $1.609 el litro, trepó a $1.912 en marzo, un incremento del 18,8% -datos de YPF en Roca-. En lo que va de 2026, la suba acumulada ya alcanza el 22%, superando más de la mitad del aumento registrado durante todo el año 2025, cuando el precio pasó de $1.128 a $1.611, con una variación del 42,8%.

La evolución de los precios dependerá tanto del conflicto bélico como de la inflación interna. Y es que una sola declaración del presidente Donald Trump logró que el precio del petróleo bajara de manera considerable, lo que abre la posibilidad de una corrección si el escenario internacional se estabiliza.

No obstante, la región tiene una posición particular frente a esta situación: mientras el aumento golpea a los consumidores, el Alto Valle se beneficia como zona exportadora de crudo a precios más favorables en el mercado externo.

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