Roca
Amplían hasta las 21 horas, la atención comercial en Roca
Además se habilitan espectáculos musicales al aire libre y gimnasios, natatorios, escuelas de yoga y pilates, canchas de fútbol 5 y paddle podrán abrir todos los días.

El Municipio de Roca definió ampliar el horario de atención para las actividades habilitadas en la ciudad. De esta forma, al igual que en otras localidades del Alto Valle, la actividad gastronómica en Roca podrá abrir todos los días hasta las 24 hs, incluidos los domingos. Por su parte, los gimnasios, natatorios, escuelas de yoga, pilates, danzas, etc., así como las canchas de fútbol 5, paddle y tenis podrán funcionar todos los días, incluidos los domingos hasta las 22 hs con turnos de 45 minutos, sin espectadores ni bufet.
Entre las principales modificaciones, también se habilita a los restaurantes, bares y confiterías a presentar shows musicales en vivo y al aire libre con bandas de hasta tres integrantes. Además, los comercios esenciales, así como los comercios y servicios no esenciales podrán funcionar hasta las 21 hs y los domingos hasta las 15 hs.
Punto por punto, la Resolución Municipal N° 2156/20 dispone el siguiente esquema de excepciones al cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y a la prohibición de circular, a partir del sábado 14 de noviembre:
a) SUPERMERCADOS TOTALES, SUPERMERCADOS Y AUTOSERVICIOS: el horario de atención al público será de 7:00 hs a 21:00hs, de lunes a sábados y en el horario de 8.00 a 15.00 hs los días domingos.
b) ALMACENES, DESPENSAS, KIOSCOS, VERDULERIAS, Y OTROS: el horario de atención al público será de 7.00 a 21.00 hs, de lunes a sábados y en el horario de 8.00 a 21.00 hs los días domingos.
c) COMERCIOS DE PRODUCTOS NO ESENCIALES Y ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO ESENCIALES (centro de belleza y estética, peluquerías, barberías, actividad que requiera atención administrativa, profesiones liberales, etc): de lunes a sábado hasta un máximo de ocho horas diarias, en la franja comprendida entre las 8.00 y las 21.00 hs. Permanecerán cerrado los días domingos.
d) RESTAURANTES, BARES, CAFÉS Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES: de lunes a sábado en horario de 8.00 a 24.00 hs y domingo de 9.00 a 24.00 hs, con servicio de atención de mesas, take away y delivery. Los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contigo del virus COVID-19. Se autorizan espectáculos al aire libre con espacio escénico disponible en piso o sobre elevado que permita el distanciamiento entre artistas de 2 mts como mínimo y 5 mts de la primera línea de público; en caso de ser espacios cerrados la disponibilidad de la escena debe ser la misma como mínimo con el agregado de contar la sala con ventanas y/o puertas que aseguren la circulación cruzada de ventilación natural (no forzada por aparatos eléctricos como ventiladores o aire acondicionado). La cantidad de artistas integrantes puede variar desde solista hasta trio como máximo y de acuerdo a las normas arriba mencionadas respetando los protocolos sanitarios sobre escenario.
e) HELADERÍAS: de lunes a domingos de .00 a 24.00 hs.
f) CARROS GASTRONOMICOS: de lunes a sábado de 8.00 a 24.00 hs y domingo de 9.00 a 24.00 hs.
g) ACTIVIDAD DEPORTIVA AL AIRE LIBRE: Estará permitida la realización de actividad deportiva al aire libre de forma individual en el horario de 9 a 21 hs, de lunes a domingo, respetando las pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.
h) GIMNASIOS, NATATORIOS, CENTRO DE PILATES, YOGA, ACADEMIAS DE DANZAS, ETC: de lunes a sábados en horario de 7.00 a 22.00 hs.
i) CANCHAS DE FUTBOL 5, CANCHAS DE PADEL Y TENIS: de lunes a domingos en horario de 9.00 a 22.00 hs. Sin espectadores y sin bufet.
j) VIVEROS Y FLORERIAS: de lunes a sábados en horario de 8.00 a 21.00 hs y domingos de 9.00 a 15.00 hs.
k) CEMENTERIOS: Podrán funcionar de lunes a domingos en horario de 8.00 a 18.00 hs con florerías habilitadas.
l) OBRA PRIVADA: Con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico. Dicha actividad estará sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que determina el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales, provinciales y locales.
m) TRABAJADORAS Y TRABAJADORES AFECTADOS AL RÉGIMEN DE PERSONAL DE CASAS PARTICULARES SERVICIO DOMÉSTICO.
n) IGLESIAS Y TEMPLOS: Celebración de cultos con una ocupación máxima del 25% y un límite de 30 personas en lugares cerrados y un máximo de 30 personas en lugares al aire libre. Los mismos no deberán superar los 45 minutos, se mantendrá el distanciamiento y el uso de protección facial durante toda la celebración.
Policiales
El perro Máximo descubrió cocaína y marihuana en un control de Cervantes
El procedimiento culminó con la detención de dos personas y el secuestro de un vehículo, celulares, dinero en efectivo y una balanza de precisión.

Un operativo de Toxicomanía y Sección Canes realizado sobre la Ruta Nacional N° 22 a la altura de Cervantes permitió el hallazgo de más de un kilo de droga lista para la comercialización. El procedimiento culminó con la detención de dos personas y el secuestro de un vehículo, celulares, dinero en efectivo y una balanza de precisión.
En primer lugar, el control vehicular se desarrolló durante la madrugada, con participación de personal de Toxicomanía, Seguridad Vial y perros detectores de estupefacientes. A las 2 de la mañana, un Ford Focus blanco que circulaba desde Villa Regina hacia el oeste, con destino aún no precisado, fue interceptado. En su interior viajaban una mujer de 31 años y un joven de 22.
Fue entonces cuando el perro Máximo, especialmente entrenado para detectar estupefacientes, marcó la puerta del conductor. Esa señal resultó clave: se dispuso la requisa inmediata del rodado, que permitió confirmar la sospecha.
Durante la inspección se encontraron dos envoltorios con cocaína, uno de 151 gramos y otro más pequeño con restos de la misma sustancia, y tres paquetes de marihuana con pesos de 375, 209 y 203 gramos respectivamente. En total, se incautaron más de 938 gramos de cannabis y 152 gramos de cocaína.

Además, se secuestraron cuatro teléfonos celulares, dinero en efectivo y una balanza de precisión, elementos que evidencian la preparación para la comercialización.
La Fiscalía Federal a cargo de Matías Zanona ordenó la detención de los ocupantes bajo la Ley 23.737 de estupefacientes, y quedaron alojados en la Comisaría 22º de Cervantes.
El operativo contó con la participación coordinada de la División Toxicomanías Alto Valle Este, la Sección Canes de Allen y el Cuerpo de Seguridad Vial. La acción conjunta demostró la eficacia del trabajo policial y el rol fundamental de los canes en la lucha contra el narcotráfico.
Policiales
Intentó robar una bebida alcohólica en un comercio y terminó detenida
Ocurrió en las 250 Viviendas.

Una mujer de 29 años fue detenida este sábado (30/05) en General Roca luego de ser acusada de intentar sustraer una bebida alcohólica de un comercio ubicado en la intersección de las calles Panamá y Paraná.
La intervención estuvo a cargo de personal de la Comisaría 31°, cuyos efectivos advirtieron movimientos sospechosos en el local mientras se encontraban en la unidad policial, por lo que decidieron acercarse al lugar para verificar la situación.
Al arribar, los uniformados fueron informados de que la mujer había intentado llevarse una bebida alcohólica sin abonarla. Según se pudo establecer, antes de la llegada de los policías entregó el producto a un hombre que la acompañaba, quien se retiró del lugar.
La propietaria del comercio realizó la denuncia correspondiente, mientras que las empleadas que presenciaron el episodio también brindaron su testimonio ante los efectivos.
Tras tomar conocimiento de los hechos, la Fiscalía de turno dispuso la imputación de la mujer por el delito de tentativa de hurto y ordenó la continuidad de las actuaciones judiciales.
Judiciales
Revocaron un fallo y obligan a Salud a proveer injertos para una paciente de Roca
La paciente necesitaba una cirugía reconstructiva «a la brevedad posible», según informes médicos incorporados en el expediente judicial.

El Superior Tribunal de Justicia revocó una sentencia de primera instancia y, sin reenviar el expediente, hizo lugar a un amparo para que el Ministerio de Salud entregue el material solicitado para una cirugía reconstructiva en Roca.
El caso trataba sobre la provisión de injertos de piel porcina para una paciente con una herida grave en una pierna. El pedido médico inicial había sido realizado con carácter «urgente» y luego reiterado ante la persistencia de las úlceras.
La sentencia de primera instancia había rechazado el amparo. Para resolver de ese modo, consideró que no estaban acreditados los requisitos exigidos para la procedencia de la acción, en especial la urgencia y el peligro de imposible reparación ulterior. Se basó en un fallo anterior del Superior Tribunal. Sin embargo, el STJ señaló que el precedente utilizado por la primera instancia «no es aplicable por sus diferencias sustanciales con el caso en examen».
En ese punto, el fallo remarcó que en aquel antecedente se habían acreditado gestiones administrativas concretas. Según la sentencia, en esa oportunidad el Ministerio había brindado información «acerca de las gestiones realizadas tendientes a la adquisición de la prótesis y demás insumos» y se habían respaldado «los sucesivos llamados a contratación que resultaron desiertos por falta de oferentes».
En cambio, en este expediente, el STJ afirmó que «solo consta un pedido de cotización con fecha de apertura en enero de 2026, es decir, transcurrido un año desde la solicitud inicial». También indicó que «tampoco se expresaron motivos para justificar la demora incurrida ni se adjuntó documental que demuestre la adopción de medidas dirigidas a la obtención de las prótesis objeto de amparo».
El máximo Tribunal tuvo en cuenta que el formulario de solicitud de prótesis, firmado por el especialista, la auditoría médica y la dirección hospitalaria, consignaba «expresamente el carácter urgente del requerimiento de material para la cirugía de reconstrucción», sin que se hubiera concretado la provisión.
La sentencia también señaló que la existencia del expediente administrativo «corrobora que si bien se desplegó una actividad administrativa en procura de dar solución a la problemática planteada, aquella no resultó conciliable con la urgencia determinada por el especialista tratante y la auditoría médica».
Para el STJ, en este caso estaba acreditada la urgencia. La paciente presentaba una «herida grave de miembro inferior izquierdo con falta de cobertura cutánea» y que requería cirugía «a la brevedad posible», según los informes médicos.
Por esas razones, resolvió hacer lugar al recurso de apelación, revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar directamente a la acción de amparo, evitando su reenvío.








