Judiciales
Informe especial: Se cumplen 8 años de la condena a Freydoz por el crimen del ‘Gringo’ Soria
Un día como hoy pero del 2012, Susana Freydoz era condenada a 18 años de prisión por asesinar de un disparo al ex gobernador Carlos Soria.

Apenas diez meses después de haber asesinado a su marido Carlos Soria en aquella madrugada del primer día del 2012, Susana Graciela Freydoz fue condenada a 18 años de prisión. La lectura de la sentencia, con una sala de la Ciudad Judicial de General Roca repleta de medios locales y nacionales, duró más de seis horas.
Durante el juicio, Freydoz estuvo acompañada por su abogado Alberto Riccheri y el día de la condena, por su hija, la actual intendenta de Roca María Emilia Soria.

Entre lágrimas, la acusada escuchó su sentencia dictada por los jueces Gauna Kroeger y Fernando Sánchez Freytes, quienes coincidieron en los 18 años de prisión, mientras que la magistrada María E. García Balduini había votado por la prisión perpetua, pero quedó en minoría.

Desde el día del asesinato, estuvo varios días en coma por un intento de suicidio. Permaneció detenida en Allen, internada en Cipolletti y luego en una clínica privada en Almagro, Buenos Aires. Luego la trasladaron al Penal de Ezeiza, donde cumplió varios años de condena. A principios de este año fue beneficiada con arresto domiciliario.
Crónicas de LaSuperDigital del 20 de noviembre de 2012 – Por Eduardo Luis Fernández, quien siguió el caso desde el día cero.

18 años para Susana Freydoz
La Cámara Primera en lo Criminal de General Roca dio a conocer la sentencia por el homicidio de Carlos Soria, dictaminando 18 años de prisión para la imputada Susana Graciela Freydoz. A sala repleta, el Tribunal de juicio, presidido por el juez Carlos A. Gauna Kroeger, consideró por mayoría que «no existió inimputabilidad ni emoción violenta» a la hora de producido el hecho el pasado 1 de enero de 2012. Además, convirtieron en prisión preventiva su actual internación en la habitación Nº 9 del Área de Salud Mental del Hospital Doctor Pedro Mogillansky de Cipolletti.
Se encuentra en ese lugar, por sentencia del Juez de Instrucción que para preservar un integridad personal y en virtud de los informes de los peritos que decian que existia la posibilidad de que intente un suicidio y del cuadro depresivo que tenía después del hecho. María Emilia Soria, hija del matrimonio Freydoz-Soria, acompañó a su madre en la lectura de la sentencia. En la sala se encontraba también la hermana de Susana Freydoz y su familia, como asimismo allegados muy cercanos.

El juez Gauna Kroeger, junto al magistrado subrogante Fernando Sánchez Freytes, coincidieron en los dieciocho años de prisión para la imputada, mientras que la jueza María E. García Balduini había votado por la prisión perpetua, pero quedó en minoría. La jueza consideró que lo mató estando acostado y hasta dormitando y que no consideraba atenuantes por el hecho. Los jueces Gauna Kroeger y Sánchez Freytes vieron circunstancias extraordinarias de atenuación en las motivaciones del hecho y en virtud de la proporcionalidad que deben tener las condenas penales, coincidieron en la pena.
Para los magistrados quedó probado que la imputada, de 61 años de edad, fue quien disparó un revólver Smith & Wesson Special calibre 38 contra su marido, de 62 años, que se encontraba recostado sobre el lecho matrimonial, causándole graves lesiones destructivas y hemorrágicas en el cerebro, que lo llevaron a la muerte a los pocos minutos, a sólo 21 días de haber asumido la gobernación de la provincia de Río Negro.
La pena es menor a lo que había solicitado la Fiscal de Cámara doctora Laura Pérez, quien en su alegato había requerido prisión perpetua por homicidio calificado agravado por el vínculo y con uso de arma de fuego. Por su parte, el abogado defensor Alberto Riccheri había pedido la absolución de Freydoz, considerando su ininputabilidad.
Los jueces coincidieron que al ser un hecho que ocurrió en una habitación donde sólo habían dos personas, una de ellas la víctima que falleció y la otra la imputada, que en ningún momento del proceso prestó declaración y relató lo que sucedió, haciendo uso de su derecho constitucional, y ellos tuvieron que interpretar las circunstancias del hecho de acuerdo a las pruebas existentes. Por ello, incluso hubo diferencias entre los jueces sobre lo que creen que sucedió en la chacra de los Soria.
También los integrantes de Tribunal coincidieron en la crítica al accionar de los peritos de parte. Desecharon en forma total sus informes y declaraciones. Creen que se desvirtúa el papel de los peritos de parte, que la ley prevé que sean el control de los que actúan de oficio y que deben hacerlo con neutralidad.

Seis horas de lectura y repercusión nacional
Seis horas, sin interrupciones ni cuartos intermedios, duró la lectura de la sentencia por el juicio oral que la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca llevó adelante a Susana Freydoz. Cada uno de los jueces leyó su voto siendo el primero el del presidente de la Cámara Primera Carlos Gauna Kroeger.
Mucha expectativa había generado esta lectura y se vio en la cantidad de personas que colmaron la sala y la cantidad de medios de comunicación que cubrieron el hecho. Unas doce cámaras estuvieron registrando la decisión de la Cámara y algunas radios transmitieron en directo.
Una de ellas fue LRG 746 Súper Radio que fue tomada por varias emisoras de radio ubicadas en distintas zonas de la provincia.
La imputada, Susana Freydoz, permaneció casi inmutable sentada junto a su abogado defensor, a su hija María Emilia y a la acompañante terapéutica, muy cerca se encontraban los tres efectivos policiales que, vestidos de civil, tienen la responsabilidad de transportarla desde Cipolletti y custodiarla. Fue permitida la transmisión en directo de la lectura de la sentencia y muy rápido los canales de televisión de alcance nacional la emitieron en sus programaciones.
También, se encontraban cubriendo el final del juicio, cronistas de diarios y agencias de noticias de alcance nacional. Cerca del ingreso a la Ciudad Judicial se encontraban estacionados varios camiones de exteriores de televisión y móviles de radioemisoras. Por supuesto, como ocurrió durante todo el juicio, muchos medios locales y regionales estuvieron presentes.
Judiciales
Condenaron a un trabajador de la SENAF por abuso y amenazas a niños bajo su cuidado
El hombre reconoció los hechos ocurridos entre 2021 y 2023 en un Centro de Atención Integral de Roca. Recibió una pena de 3 años de prisión condicional e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Esta mañana (05/11), uno de los dos imputados por delitos cometidos en el marco de su función en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) de General Roca fue condenado a 3 años de prisión condicional, tras reconocer su responsabilidad en los hechos.
El hombre, que se desempeñaba como auxiliar asistencial, aceptó los cargos de abuso sexual simple agravado por ser encargado de la guarda y amenazas coactivas continuadas, cometidos entre abril de 2021 y septiembre de 2023.
Según detalló la Fiscalía, el acusado ejercía violencia y amenazas contra los menores, generándoles temor para evitar que contaran lo ocurrido. En uno de los episodios, ocurrido entre julio y agosto de 2023, abusó de una adolescente en el sector de la cocina del establecimiento.
La condena fue dictada en el marco de un acuerdo abreviado, con el aval de la defensora de menores que representa a las víctimas. Además de la pena de prisión condicional, se impuso la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos en la administración pública, la inscripción en el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual (REPROCOINS) y el pago de las costas del proceso.
El condenado deberá cumplir reglas de conducta durante 3 años: fijar domicilio, no acercarse ni contactar a la víctima, directa o indirectamente, y abstenerse de todo tipo de vínculo con menores en el ámbito institucional.
La investigación incluyó denuncias institucionales, testimonios de operadores y psicólogos, pericias forenses y registros de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF).
Por su parte, la segunda persona imputada en la causa, una mujer, continúa bajo proceso judicial: la audiencia de control de acusación se retomará el próximo lunes (10/11) a las 10.00.
Judiciales
Condenan a 4 años de prisión a dos acusados de distribuir material de abuso sexual infantil
Los hechos fueron detectados tras reportes de Google y WhatsApp al Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC), que alertó al Ministerio Público Fiscal rionegrino. Uno de ellos es de Roca.

El Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción Judicial logró esta semana que dos hombres fueran condenados a cuatro años de prisión efectiva por delitos vinculados con la tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil (MASI).
Las causas, tramitadas en General Roca y Choele Choel, se resolvieron en el marco de juicios abreviados, luego de que ambos imputados reconocieran su responsabilidad penal.
El primer caso ocurrió en Choele Choel y fue detectado en agosto de 2022, cuando Google denunció la actividad sospechosa a través del Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC), organismo con el cual el Ministerio Público Fiscal argentino mantiene un convenio de cooperación. La investigación determinó que el acusado tenía en su poder múltiples fotos y videos con contenido de abuso sexual infantil, lo que derivó en su procesamiento y condena.
El segundo hecho fue investigado en General Roca, donde un hombre aceptó haber cometido tres delitos durante 2024. Según la Fiscalía, el imputado subió videos a los servidores de WhatsApp, facilitó contenido a otros usuarios y almacenó material en su teléfono celular, el cual fue secuestrado durante un allanamiento. La pericia de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) confirmó que el dispositivo contenía 21 videos con imágenes de víctimas menores de edad.
Las pruebas reunidas incluyeron los reportes internacionales, los allanamientos realizados en los domicilios de los acusados, peritajes informáticos de OITel, informes del Gabinete de Criminalística y evaluaciones médicas del Cuerpo de Investigación Forense, que confirmaron la edad de las víctimas.
En Choele Choel, la condena fue por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil, en concurso ideal, mientras que en Roca, la figura legal aplicada fue tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil agravadas por ser las víctimas menores de 13 años, ambas previstas en el artículo 128 del Código Penal.
Tanto la Fiscalía como la defensa coincidieron en la pena solicitada y, tras renunciar a los plazos procesales, los dos condenados ya se encuentran cumpliendo su condena.
Judiciales
Se realizó el sorteo de jurados populares para los próximos dos años
En las circunscripción con cabecera en General Roca fueron seleccionados 500 mujeres y 500 varones.

El Poder Judicial de Río Negro llevó a cabo el sorteo de potenciales jurados populares, mediante el cual se seleccionaron 3.600 personas que podrán integrar tribunales populares durante los años 2026 y 2027.
El procedimiento, conforme al Código Procesal Penal, fue supervisado por el Juzgado Electoral Provincial y estuvo a cargo de Lotería de Río Negro. Participaron el vocal del STJ Sergio Ceci, el juez electoral Carlos Da Silva, la secretaria electoral Verónica Belloso, el director de la Oficina Judicial de la Primera Circunscripción Nicolás Farina, Virginia Sastre, del Tribunal de Impugnación y Nicolas Rochas del Ministerio Público. También asistieron la defensora del Pueblo, Adriana Santagati, autoridades de Lotería y representantes del Colegio de la Abogacía de la Primera Circunscripción, en nombre de todos los colegios de la provincia.
Se sortearon 1.800 mujeres y 1.800 varones del padrón electoral provincial. En la Primera Circunscripción, con asiento en Viedma, se seleccionaron 300 mujeres y 300 varones. En las circunscripciones con cabecera en General Roca, Bariloche y Cipolletti se sortearon 500 mujeres y 500 varones en cada una.
Las personas seleccionadas recibirán información a través de las Oficinas Judiciales Penales de cada circunscripción, donde se les indicarán los pasos a seguir y los canales de contacto disponibles.
Cada persona sorteada recibirá una comunicación oficial que incluirá una nota de la Oficina Judicial Penal, un formulario de declaración jurada y un sobre para la respuesta. Esta podrá remitirse gratuitamente por Correo Argentino o completarse en forma digital a través del sitio web: jurados.jusrionegro.gov.ar.
Los datos recabados permitirán realizar una primera verificación para detectar incompatibilidades o impedimentos legales que impidan integrar un tribunal popular. La información será tratada de manera confidencial por las Unidades de Juicios por Jurados de cada circunscripción.
Ningún funcionario o funcionaria judicial solicitará datos bancarios, claves digitales ni información personal sensible.
Desde la implementación del juicio por jurados en Río Negro, las personas seleccionadas por sorteo participan en los procesos penales más graves y públicos. El sistema establece que el jurado popular esté compuesto por doce miembros cuando el fiscal anticipa que solicitará una pena superior a doce años de prisión.
Para integrar un jurado popular en Río Negro es necesario ser argentino o argentina, tener más de 18 años y residir en la zona donde ocurrió el delito. Quedan excluidas las personas con condenas por delitos dolosos, así como quienes ejerzan profesiones jurídicas, funcionarias y funcionarios judiciales, auxiliares de justicia, integrantes activos de las fuerzas de seguridad y referentes religiosos.








