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Imputaron a los tres policías acusados de abuso y continuarán con prisión preventiva

El hecho ocurrió el pasado sábado en Allen. «Está claro el hecho que denuncia la víctima y están claras las lesiones relacionadas con un abuso sexual», dijo el juez.

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Foto: Archivo (Patagonia FotoPress).

El Ministerio Público Fiscal imputó los delitos de abuso sexual agravado y privación ilegítima de la libertad, cometidos por tres funcionarios policiales contra una joven el pasado sábado en la ciudad de Allen y solicitó la prisión preventiva.

La calificación legal por la que acusó el Ministerio Público Fiscal para los tres es la de ser “co-autores de abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas y por el uso de arma de fuego en concurso real con privación ilegítima de la libertad, agravado por el uso de violencia”.

Entre el sustento probatorio mencionado, se encuentra la denuncia penal radicada en sede fiscal, el pormenorizado informe del médico forense del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial, que tras la revisión de la víctima se la derivó con urgencia al Hospital local.

La Fiscalía cuenta con el informe confeccionado por las especialistas de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), un allanamiento concretado en la vivienda donde ocurrieron los hechos, y varios testimonios.

“La complejidad de los hechos amerita que pidamos cuatro meses de investigación penal preparatoria”, solicitó el Ministerio Público Fiscal.

Una vez que el juez de Garantías Julio Martínez Vivot tuvo por formulados los cargos, la fiscal jefe Teresa Giuffrida solicitó “para los tres imputados la prisión preventiva para asegurar los fines del procedimiento”.

“El hecho existió, los imputados están siendo investigados por el delito ya mencionado, además se da el peligro procesal de entorpecimiento de investigación que justifica el dictado de la preventiva. Para ello, tengo presente la declaración de la víctima, tengo en cuenta que para concretar el hecho se usó un arma, como también la presencia de tres personas, una de ellas con un arma. Todo esto influye en el estado de vulnerabilidad de la joven, tal lo establecido por las especialistas de la Oficina de Atención a la Víctima”, argumentó la fiscal jefa.

“Estamos ante un claro caso de violencia de género, que debe ser analizado en el marco de la Ley 26485 y la Convención Belém Do Para, donde el Estado tiene el deber que proteger a la víctima, no solo física, sino también psicológicamente”.

Finalmente, la fiscal dijo que “en relación al plazo de la investigación preparatoria es el mismo que solicitamos para la prisión preventiva, cuatro meses. Es un hecho grave, que merece una investigación exhaustiva, entre ellos se deben concretar variados análisis, hay que peritar los celulares que fueron secuestrados”.

Tanto la defensa pública penal encabezada por Luis Carrera y que asiste a uno de los imputados, como al defensor particular que está encargado de las otras dos personas, se opusieron tanto a la imputación fiscal como al pedido de prisión preventiva.

Carrera planteó que existe una insuficiencia probatoria, como para formular cargos e iniciar una investigación, y su asistido prestó declaración sin contestar preguntas.

Resolución judicial

Con respecto a la imputación formulada por la fiscalía, el juez de Garantías sostuvo que “a menos de 48 horas de ocurrido el hecho, hay elementos suficientes para dar por formulados los cargos”, coincidiendo tanto en la descripción de lo ocurrido como en la calificación legal propuesta por la fiscal. “Está claro el hecho que denuncia la víctima y están claras las lesiones relacionadas con un abuso sexual”, dijo el juez. Valoró además la actitud de la mujer posterior al hecho, pues activó inmediatamente la denuncia y permitió la intervención judicial para los primeros exámenes forenses y de la Oficina de Atención a la Víctima.

Sobre la prisión preventiva que la fiscalía solicitó por 4 meses, y a la que se opusieron ambos defensores, el juez impuso una detención cautelar de 3 meses, instando a la realización de las pericias pendientes durante la feria judicial de enero.

El juez avaló la preventiva con varios argumentos: en primer lugar, porque el delito que se investiga tendría, en caso de demostrarse, una pena mínima de 8 años de prisión efectiva. Luego consideró acreditado el peligro procesal de entorpecimiento de la investigación por el temor manifestado por la víctima.

“Su declaración será una prueba fundamental el día del juicio. Si no garantizamos su resguardo la señora no va a poder gozar de la libertad necesaria para declarar”, valoró. Consideró además que la víctima está en una especial situación de vulnerabilidad, “en el caso de que recuperarán la libertad no tengo certeza de que no le pudiera pasar nada a la víctima”, sostuvo el juez.

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Solicitó la baja del servicio de TV y le debitaron 14 facturas más: Condenan a la empresa de cable

La compañía reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio.

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Un hombre solicitó la baja del servicio de televisión por cable. Lo hizo de manera personal en la sucursal de Roca. En esa ocasión tomó nota del número de trámite y se retiró del local. A pesar de las gestiones, la empresa siguió debitando el servicio. Desde ese momento, el hombre persiguió el reclamo por el reintegro de 14 facturas abonadas sin su consentimiento. Ante la falta de respuestas, recurrió al Poder Judicial.

El fuero Civil hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios contra Telecom Argentina S.A. El Tribunal consideró que la empresa no brindó un trato digno al cliente ni proporcionó la información necesaria. Esta situación demoró la resolución del conflicto, lo que derivó en el reclamo judicial.

La empresa reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio. Según su versión, el vínculo contractual continuó durante un año y dos meses más.

La jueza consideró que la proveedora del servicio no presentó el contrato actualizado ni documentación suficiente sobre la presunta recontratación. La empresa, finalmente, también reconoció un saldo a favor del cliente, correspondiente a ajustes por facturación indebida.
La magistrada explicó que «el incumplimiento de la carga probatoria constituye una presunción en contra de los proveedores, en tanto es la parte fuerte de la relación de consumo quien se encuentra en mejor posición para aportar una evidencia que acredite la finalización de la relación de consumo y la presunta renovación del servicio».

Un peritaje informático reveló una solicitud telefónica de anulación del servicio, lo que despejó dudas sobre la supuesta reactivación. Incluso en su sistema interno, la empresa consignó «no lo quiere», en referencia al servicio.

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Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari

El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

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El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.

La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.

El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.

Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.

Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.

Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.

De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).

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Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

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Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

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