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El Consejo de la Magistratura cerró el año con designaciones en Roca

Se designaron a dos nuevos jueces, tres defensores penales y dos fiscales adjuntos.

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Foto: Archivo (Patagonia FotoPress).

El Consejo de la Magistratura designó, por unanimidad, a dos nuevos jueces, tres defensores penales adjuntos, dos fiscales adjuntos y una secretaria de Cámara en la sesión semipresencial que se desarrolló entre el martes y ayer (30/12) en el Auditorio del Poder Judicial de Roca.

La abogada Ángela Sosa fue designada como Jueza de Familia en Roca, tras obtener un puntaje cercano al máximo en la entrevista personal. Será la titular del tercer Juzgado de Familia de Roca, próximo a ponerse en funcionamiento.

El abogado Fernando Romera, por su parte, fue designado como nuevo titular del Juzgado de Ejecución N° 10 de Roca.

El abogado Agustín Bianchi fue elegido por el Consejo para el cargo de Fiscal Adjunto para Villa Regina y la abogada Vanesa Giardina para el mismo cargo, en Roca.

También en el fuero penal, el Consejo eligió al abogado Mario Orlandini como Defensor Penal Adjunto para Choele Choel y a los abogados Máximo Ballvé Bengolea y Giuliana Grippo como Defensores Penales Adjuntos para Roca.

En el fuero Laboral, el Consejo de la Magistratura designó a la abogada Magdalena Tartaglia como Secretaria de la Cámara Segunda del Trabajo de la Segunda Circunscripción. La postulante obtuvo 38 puntos en la entrevista personal ante el Consejo y un total de 90,73 puntos en el concurso.

Balance y despedida

En la última sesión del año, la presidenta del Superior Tribunal de Justicia y del Consejo de la Magistratura, Liliana Piccinini, destacó la labor de los consejeros durante la pandemia, especialmente a los consejeros por el Colegio de Abogados, “quienes ejercen la función ad honorem y quitando tiempo a sus estudios jurídicos o a su descanso”, y deseó a todos los integrantes del organismo que el 2021 sea “un año mejor”.

Durante 2020 el Consejo mantuvo 20 reuniones remotas y semipresenciales para tratar expedientes disciplinarios y avanzó en 85 legajos relacionados con el desempeño de magistrados y funcionarios judiciales. Otras cuatro reuniones fueron para definir las modificaciones necesarias al Reglamento, con el fin de adecuarlo a la modalidad virtual por la pandemia. Realizó también cinco reuniones para la finalización de concursos públicos de oposición y antecedentes, que culminaron este miércoles con ocho nuevas designaciones, para totalizar así 23 nuevos cargos designados por el Consejo a lo largo del año.

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Incineraron 43 kilos de cannabis y casi 900 plantas de marihuana en Roca

La quema se realizó en la Planta de Residuos II y corresponde a droga incautada en el marco de 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras avanzadas.

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La Unidad Fiscal de General Roca llevó adelante ayer por la mañana la quema de estupefacientes en la Planta de Residuos II de la ciudad. El procedimiento se realizó en el marco de la Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737.

Según informó el Ministerio Público Fiscal, el material destruido corresponde a 43 kilos de cannabis entre cogollos y picadura de marihuana, y 874 plantas y plantines de marihuana.

La quema abarcó elementos incautados en 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras en etapa avanzada.

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Volcó el acoplado y perdió toda la fruta que iba al norte: Condenan parcialmente a la conductora que chocó al camión

El siniestro ocurrió en el cruce de la Ruta 22 y calle Félix Heredia.

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Foto: Archivo.

Un camión que transportaba 1.300 bultos de fruta transitaba por la Ruta Nacional N° 22 en sentido oeste en Roca, volcó y perdió todo su cargamento. El rodado, al llegar al cruce con la calle Félix Heredia, fue colisionado en el costado derecho por una camioneta que circulaba en sentido contrario.

El golpe provocó el vuelco del semirremolque y la pérdida total de la carga. El impacto generó un efecto tijera entre el acoplado y el camión, que terminó en un desagüe.

La empresa se dedica a la carga de peras y manzanas para abastecer el norte del país. Además, realiza el traslado de azúcar a los supermercados de la zona. Luego del siniestro, la firma inició una demanda por daños y perjuicios contra la conductora de la camioneta.

El fuero civil de Roca admitió parcialmente el reclamo. Reconoció el costo de reparación del camión y rechazó la indemnización por el semirremolque porque ya había sido cubierta por el seguro, lo que impedía un doble cobro. También desestimó los reclamos por el equipo de frío y la carga transportada por falta de pruebas.

Mediante una pericia técnica, el fallo consideró acreditada la mecánica del accidente. Así, concluyó que la conductora ingresó a la ruta sin las precauciones necesarias.

La prueba producida no confirmó la existencia de pérdidas económicas derivadas del accidente ni la interrupción de contratos comerciales. La sentencia destacó la ausencia de una pericia contable que respaldara ese perjuicio.

En cambio, sí admitió la indemnización por privación de uso del vehículo. Consideró que la imposibilidad de utilizar el camión genera un daño en sí mismo, por la afectación a la actividad normal de la empresa. Fijó este concepto en el monto reclamado.

Finalmente, la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la conductora a pagar una indemnización. También extendió la condena a la aseguradora según la póliza vigente.

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Los gatos no lo dejaban dormir y ahuyentaron a sus inquilinos: Condenan a vecinos por los daños

Además del pago de una indemnización, la sentencia impone la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.

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Un hombre buscaba tranquilidad en su casa de Ingeniero Huergo, pero las noches se volvieron un mal sueño. El silencio se rompía cada madrugada con golpes secos sobre las chapas. Varios gatos saltaban, peleaban y corrían sobre su techo.

Esta situación afectó su salud y también su bolsillo. Sus inquilinos no soportaron el ruido y abandonaron el departamento que él alquila. Un joven que estudiaba y trabajaba fue uno de los más afectados. Nunca lograba el descanso adecuado.

Así, el hombre bajó el precio del alquiler para que el lugar no quedara vacío. Mientras los desechos de los animales se acumulaban sobre su vivienda.

El Juzgado de Paz de Ingeniero Huergo hizo lugar a la demanda de menor cuantía iniciada por el dueño de la casa. La acción fue por los daños y perjuicios derivados de ruidos molestos e inmisiones producidas por animales.

Además del pago de una indemnización, la sentencia impone a los vecinos la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.

El hombre sostuvo que desde 2023 sufre perturbaciones constantes por la presencia de gatos provenientes de la vivienda vecina. Indicó que los animales circulan por los techos, generan ruidos nocturnos, se pelean y dejan excrementos en su propiedad.

También señaló que existieron denuncias previas en el Juzgado de Faltas Municipal, con sanciones que no fueron cumplidas por los vecinos.

Las personas negaron los hechos. Declararon ejercer una tenencia responsable de sus animales. Dijeron que los gatos se encuentran castrados. En su defensa, señalaron que existe sobrepoblación de animales y que no puede atribuirse a ellos la conducta denunciada. Además, acusaron al hombre de hostigar a vecinos y de exagerar los perjuicios.

Durante el proceso se produjeron pruebas documentales y testimoniales. Un testigo que alquilaba al actor confirmó que los ruidos de los gatos eran diarios y nocturnos, y que le impedían descansar, lo que motivó su mudanza. El tribunal consideró relevante la ubicación de los inmuebles, que facilita el tránsito de animales entre ambos fondos.

El juez analizó el caso bajo el Código Civil y Comercial, que regula las inmisiones entre vecinos. Concluyó que las molestias superaron el umbral de tolerancia normal debido a su frecuencia, horario y duración. También valoró el incumplimiento previo de la normativa municipal y de decisiones del Juez de Faltas.

Se consideró acreditada la conducta ilegal por omisión; esto quiere decir que, ante las advertencias y los llamados de atención, los vecinos no actuaron y tomaron una actitud pasiva. Además, se dio por probado el daño moral sufrido por el propietario.

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