Sociedad
Vacaciones sin COVID: recomendaciones para relajarse sin descuidarse
Viajes, piletas y salidas de verano ¿qué debemos saber para disfrutar reduciendo el riesgo de contagio?

Con la llegada del verano se estima que una gran cantidad de personas viajará por vacaciones o se movilizará dentro de su ciudad. Debido a las condiciones particulares de este año, surgen muchos interrogantes sobre los cuidados, riesgos y medidas para evitar el contagio.
El coronavirus pandémico SARS-COV 2, continuará produciendo infecciones respiratorias durante el verano en nuestro país, si bien la situación epidemiológica nos permite viajar y circular solos o en grupos reducidos, el riesgo de trasmisión y la circulación del virus sigue existiendo.
En este escenario la Asociación Argentina de Medicina Respiratoria acerca una serie de recomendaciones para relajarse sin descuidarse:
¿Vas a viajar? La clave es prevenir: Intentemos interactuar solo con los integrantes de la nuestra burbuja familiar (convivientes o grupo habitual de contacto) durante las 2 semanas previas al viaje, es decir evitando salidas a bares, reuniones de amigos (aunque sean pocos) o eventos que reúnan mucha gente, aún si es al aire libre.
Aprovechemos el clima: Planear actividades al aire libre, pero manteniendo distancia de al menos 2 mts con demás personas. Recordar que en lugares de uso común o cerrados, como un baño, almacén o bar, debo siempre llevar el barbijo (cubriendo nariz, boca y mentón). Cuando utilicemos la pileta, no se ha probado el contagio en el agua, pero debemos utilizar barbijo antes del ingreso y al salir de a la pileta. Lo mismo el uso en los vestuarios y manteniendo la mayor distancia posible.
Si vas a la playa: no ingreses si hay mucha gente y no te permite colocar tus objetos personales como toalla, reposeras y demás cumpliendo con el distanciamiento interpersonal. Utilizá solamente las duchas al aire libre e intentá no compartir mate, cubiertos, vajilla, bebidas en general y elementos de uso personal, como el protector solar. En las actividades deportivas grupales, recordá mantener la distancia interpersonal establecida.
Si vas a hacer tours o actividades turísticas: siempre optá por las que sean al aire libre. Asegurate que si te entregan equipos o algún tipo de vestimenta, como chaleco salvavidas, estén desinfectados previamente y que sea de manipulación individual. Nuevamente, evitá compartir alimentos y/o bebidas, mantené la distancia mínima entre personas y recordá utilizar el barbijo cuando la actividad es en grupo, aún si es al aire libre.
Si vas a un hotel: consultá si podés realizar el check in virtual, para evitar hacerlo en el alojamiento y evitar filas o acumulación de personas. Mantené ventilados los ambientes de la habitación. Tratá de no manipular dinero, si está la opción de pago virtual, utilizala siempre. No tomes ascensor si está ocupado, tratá de utilizarlo individualmente. A la hora de utilizar el comedor, respetá los turnos y distancias establecidas, evitá el uso de utensillos de autoservicio como cucharas o pinzas. No compartas vajilla ni bebidas.
¿Sirve testearme antes de viajar? Para contestar esto, hay que tener en cuenta el periodo de 14 días de incubación del virus. Desde que una persona está expuesta al virus, en general, se tarda aproximadamente 5 días en desarrollar niveles mesurables del virus, periodo que se conoce como «ventana de incubación» donde pueden darse falsos negativos, generalmente con el paciente asintomático, ya que los síntomas pueden tardar hasta 14 días en aparecer. Mientras tanto, la persona puede transmitir el virus si tiene contacto con otros. Entonces, aunque tu prueba sea negativa, no es posible afirmar que no has estado expuesto al virus. Pero en muchas ocasiones, puede servir para pesquisar a positivos asintomáticos, por lo que en muchas jurisdicciones lo solicitan para entrar al lugar. Tomá en cuenta esto e informate antes de viajar según la política y reglas de cada centro turístico.
Si bien no es necesario quedarse en casa, y se espera que muchos argentinos puedan disfrutar de sus vacaciones, debemos hacerlo tomando las medidas necesarias para cuidarnos. Es fundamental mantener las condiciones de cuidado personal, es decir, el uso de barbijo, higiene de manos y distanciamiento social.
Recordá que disfrutar y aprovechar nuestro tiempo en soledad o con nuestros seres queridos se puede a pesar del COVID-19. Permitamos tomarnos un merecido descanso luego de este año tan estresante y lleno de incertidumbres, pero siempre relajándonos sin descuidarnos.
Fuente: Prensa Asociación Argentina de Medicina Respiratoria.
Cultura
La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026
Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.
Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.
El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.
La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.
El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.
Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.
Roca
Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites
Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.
Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.
También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.
Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.
Judiciales
Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital
La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.
Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.
La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.
En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.
El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.
En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.
En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.
En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.
Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.
Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.
Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.








