Sociedad
Se extiende el Distanciamiento Social hasta el 28 de febrero
El nuevo decreto presidencial establece las condiciones del reinicio de clases y dispone la continuidad de los parámetros de riesgo sanitario .

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 67/2021, el Gobierno de la Nación dispuso extender el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) hasta el 28 de febrero.
El nuevo decreto presidencial establece las condiciones del reinicio de clases y dispone la continuidad de los parámetros de riesgo sanitario que se deberán tener en cuenta para que las provincias definan posibles restricciones de circulación nocturna.
Todas las Provincias y la Ciudad de Buenos Aires se encuentran bajo esquema de DISPO. La medida entrará en vigencia el lunes 1 de febrero.
Reinicio de clases
Las clases y actividades educativas no escolares presenciales se podrán reanudar, según los parámetros definidos por el Consejo Federal de Educación. Cada provincia decidirá la efectiva reanudación y, eventualmente, la suspensión de acuerdo con la situación epidemiológica.
En aquellos casos en que resulte necesario disminuir la circulación de personas a fin de mitigar la propagación del virus, se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales.
Los docentes y personal no docente, alumnos y sus acompañantes quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de pasajeros. Deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante de Circulación”.
Medidas de Prevención
Las medidas continúan siendo distanciamiento social de dos metros, el uso de tapabocas y la constante higiene de manos con agua y jabón o sustancias sanitizantes. Se deberán cumplir los protocolos aprobados para cada actividad.
Actividades económicas
Podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria de las jurisdicciones.
Espacios cerrados
El máximo de uso de los espacios cerrados es del 50% de su capacidad (excepto el AMBA, donde será 30%).
Actividades deportivas y artísticas
Solo podrán realizarse con cumplimiento de las pautas de higiene y cuidado y respetando los protocolos de cada una de ellas. En lugares cerrados, la concurrencia no podrá ser superior a 10 personas
Actividades que continúan prohibidas
• Los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados y en espacios privados al aire libre.
• Eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas.
• Práctica de deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros.
• Cines, teatros, clubes y centros culturales.
Personas en situación de riesgo
Se mantiene la suspensión del deber de asistencia a sus trabajos conforme lo dispuesto en la reglamentación.
Reuniones sociales
Se autorizan las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre con una distancia mínima de dos metros, utilización de tapabocas y cumplimiento de los protocolos y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias locales y nacionales.
Río Negro
Río Negro abonó la totalidad de los salarios al personal estatal
Este martes cobraron todos los trabajadores públicos rionegrinos.

El Gobierno Provincial concretó hoy (02/06) el pago de sueldos al personal de la Administración Pública, «ratificando la política sostenida de previsiblidad, con un orden financiero que permite llevar certezas a estatales de Río Negro», destacaron desde el Ejecutivo.
«De esta manera, se sostiene el rumbo que se enmarca en una gestión responsable de los recursos públicos, cumpliendo en tiempo y forma con las obligaciones en materia de salarios a la planta de trabajadores estatales», agregaron.
Percibieron sus haberes personal de la Salud Pública, con guardias y horas extras; Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial; docentes y porteros; agentes de la Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios, y los poderes Legislativo y Judicial junto a organismos de control.
Judiciales
Quisieron cobrarle una deuda en dólares, pero la firma del pagaré era falsa
El fuero Civil ordenó una pericia caligráfica y el estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa.

Una mujer de Cipolletti enfrentó un intento de cobro por una suma en dólares a través de un pagaré. Ella se opuso a la ejecución, negó que la firma fuera suya y el fuero Civil ordenó una pericia caligráfica. El estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa, por lo que se rechazó el reclamo y se dejó sin efecto la sentencia monitoria dictada al inicio del trámite.
El reclamo fue promovido por un hombre que poseía un pagaré. En una primera etapa, el trámite avanzó con una sentencia monitoria. Luego, la mujer se presentó en el expediente y planteó una excepción de falsedad de título, una defensa prevista en el Código Procesal Civil y Comercial para discutir la autenticidad del documento utilizado como base de una ejecución.
En su presentación, la mujer sostuvo que la firma atribuida a ella no le pertenecía. También negó haber mantenido trato con la persona que reclamó el pago y desconoció la existencia de la deuda. El planteo abrió el análisis sobre la validez del pagaré presentado para exigir el cobro.
La contraparte no contestó el traslado de esa defensa. Ante esa situación, el fuero Civil dispuso la producción de prueba y ordenó una pericia caligráfica. La medida tuvo como objetivo examinar la firma cuestionada y comparar sus características con material indubitado de la mujer.
El informe técnico marcó varios puntos. La perita indicó que no resultaba posible determinar la antigüedad relativa de las inscripciones ni establecer si la firma y el resto del contenido del pagaré se realizaron en el mismo momento. También señaló que se utilizaron dos instrumentos escriturales distintos y que el completado del documento revelaba una secuencia de plasmación.
La conclusión central fue categórica: «La firma estampada en el documento base de la presente acción no fue realizada de puño y letra» por la mujer. En otros términos, según el dictamen, esa firma no le pertenecía. La pericia no recibió impugnaciones ni pedidos de explicaciones.
La resolución del fuero Civil destacó que, en los procesos ejecutivos, la excepción de falsedad de título puede plantearse cuando se cuestiona una adulteración del documento. En el caso de la firma, la falsedad puede configurarse si se acredita que la rúbrica inserta en el instrumento no pertenece a la persona contra la cual se dirige el reclamo.
El fallo también recordó que la pericia caligráfica resulta una prueba fundamental cuando se discute la autenticidad de una firma. Aunque ese dictamen no obliga de manera automática a quien decide, la resolución indicó que no corresponde apartarse de sus conclusiones sin fundamentos.
En este expediente, el informe fue considerado claro, preciso y ajustado a las exigencias procesales. La resolución valoró que la especialista detalló la metodología empleada, el instrumental científico utilizado, la bibliografía de base y los materiales de cotejo.
Con esos elementos, el fuero Civil hizo lugar a la excepción de falsedad de título presentada por la mujer. En consecuencia, rechazó la ejecución promovida en su contra y dejó sin efecto la sentencia monitoria. También dispuso que, una vez firme la resolución, se levante el embargo trabado sobre sus fondos.
Roca
Retuvieron 45 vehículos en una semana de controles de tránsito en Roca
8 vehículos fueron retenidos por delegar la conducción a menores de edad y 7 por generar ruidos molestos.

Los operativos de control de tránsito realizados en General Roca durante la última semana finalizaron con 93 actas de infracción labradas y la retención preventiva de 45 vehículos por distintas irregularidades.
Según informó el Municipio, los procedimientos fueron llevados adelante por inspectores de Tránsito entre el lunes (25/05) y el domingo (31/05) en distintos puntos de la ciudad, con el objetivo de reforzar la seguridad vial tanto en el sector urbano como en la zona rural.
Como resultado de los controles, se detectaron 10 casos de alcoholemia positiva. Además, se procedió al secuestro preventivo de 33 motocicletas y 12 automóviles.
De acuerdo con el detalle oficial, 7 vehículos fueron retenidos por alcoholemia positiva, otros 7 por generar ruidos molestos, 8 por delegar la conducción a menores de edad y 23 por falta de documentación obligatoria.
Las infracciones más recurrentes estuvieron relacionadas con la falta de licencia de conducir, ausencia de seguro, falta de chapa patente y circulación en contramano.
Desde la Dirección de Tránsito recordaron que en la ciudad se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una graduación alcohólica superior a cero.
La normativa contempla multas que van desde los 1.000 hasta los 3.000 USAM, equivalentes actualmente a entre $1.200.000 y $3.600.000, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.
Las autoridades insistieron en la necesidad de evitar el consumo de alcohol antes de conducir y recomendaron designar un conductor responsable para prevenir siniestros viales y proteger la seguridad de toda la comunidad.








