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Sociedad

En Roca se podrá circular hasta las 2 de la mañana en la semana y hasta las 3 los findes

Además, kioscos podrán abrir a las 6.30 horas y se extiende hasta las 23 horas la atención en los almacenes de barrio.

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El Municipio de Roca adhirió a la Resolución provincial que extiende hasta el 31 de marzo las restricciones en los horarios de circulación nocturna. De esta forma, el horario será hasta las 2 de la madrugada, mientras que los fines de semana y feriados se extenderá una hora más.

La nueva disposición municipal también habilita a los kioscos para que puedan abrir a partir de las 6.30 hs y a los almacenes de barrios para podrán permanecer abiertos hasta las 23 hs. Además, se especifica que las actividades deportivas, tanto en espacios cerrados como al aire libre deben realizarse sin espectadores, salvo que cuenten con autorización expresa del Ministerio de Salud de la provincia de Río Negro.

Esquema vigente:

a) SUPERMERCADOS TOTALES, SUPERMERCADOS Y AUTOSERVICIOS: Establecer que los comercios indicados en el artículo 1 inc. a) y b) de la Ley 18.425, el horario de atención al público será de 7:00 hs a 22:00 hs, de lunes a domingos.

b) ALMACENES, DESPENSAS, VERDULERIAS, Y OTROS: Disponer que el horario de atención al público será de 7:00 hs a 23:00 hs, de lunes a domingos.

c) KIOSCOS: Disponer que el horario de atención al público será de 6:30 hs a 01:00 hs, de lunes a domingos.

d) COMERCIOS DE PRODUCTOS NO ESENCIALES Y ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO ESENCIALES (centro de belleza y estética, peluquerías, barberías, actividad que requiera atención administrativa, profesiones liberales, etc): Podrán brindar atención al público de lunes a domingos hasta un máximo de nueve horas diarias, en la franja comprendida entre las 7:00hs y las 22:00hs, cada comerciante deberá tener visible el horario elegido en la puerta de ingreso de cada comercio.

e) RESTORANES. BARES, CAFÉS, HELADERIAS Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES: podrán funcionar de lunes a domingo en horario de 7:00 hs a 02:00 hs, con servicio de atención de mesas, y una hora mas de lo previsto los días viernes y sábados (entiéndase noche del viernes, madrugada del sábado, noche del sábado madrugada del domingo), como así también en vísperas de feriados y feriados. Los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contigo del COVID-19, teniendo en cuenta su factor de ocupación, con un limite del 50% del factor de ocupación total y un tope máximo de 10 comensales por mesa, dependiendo de cada lugar si el espacio lo permite, manteniendo una distancia de 2mts entre mesa y mesa.

f) SALONES DE EVENTOS: podrán funcionar de lunes a domingo de 9:00 hs a 02:00hs, y una hora mas de lo previsto los días viernes y sábados (entiéndase noche del viernes, madrugada del sábado, noche del sábado madrugada del domingo), como así también en vísperas de feriados y feriados, teniendo en cuenta su factor de ocupación, con un limite del 50% del factor de ocupación total y un tope máximo de hasta 100 personas en modo simultaneo en todo el inmueble, con burbujas de baile de hasta 10 personas, cumplimentando los protocolos sanitarios dispuestos por el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro.

g) ESPECTÁCULOS: se podrán realizar en las actividades del inc. e) y f) al aire libre con espacio escénico disponible en piso o sobre elevado que permita el distanciamiento entre artistas de 2,00 mts como mínimo y 5 mts de la primera línea de público; en caso de ser espacios cerrados la disponibilidad de la escena debe ser la misma como mínimo con el agregado de contar la sala con ventanas y/o puertas que aseguren la circulación cruzada de ventilación natural (no forzada por aparatos eléctricos como ventiladores o aire acondicionado).

h) CARROS GASTRONÓMICOS: podrán funcionar en horario de 8:00 hs a 01:00hs

i) SALAS DE CINES: podrán funcionar en horario de 8:00 hs a 02:00hs, cumplimentando los protocolos sanitarios dispuestos por el Ministerio de Cultura de la Nación.

j) ACTIVIDAD DEPORTIVA AL AIRE LIBRE: Estará permitida la realización de actividad deportiva al aire libre en el horario de 7:00 hs a 24:00 hs, de lunes a domingo, respetando las pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.

k) GIMNASIOS, NATATORIOS, CENTRO DE PILATES, YOGA, ACADEMIAS DE DANZAS, ETC: Podrán funcionar de lunes a sábados en horario de 7:00 hs a 24:00 hs.

l) CANCHAS DE FÚTBOL, CANCHAS DE PADDLE, CANCHAS DE HOCKEY, Y TENIS: Podrán funcionar de lunes a domingos en horario de 8:00 hs a 24:00 hs. Sin espectadores, salvo aquellos eventos autorizados por el Ministerio de Salud Publica con asistencia de publico.

m) PRACTICA DE DEPORTES EN ESPACIOS CERRADOS MANTENIENDO EL DISTANCIAMIENTO MÍNIMO DE DOS METROS ENTRE LOS Y LAS PARTICIPANTES: Podrán funcionar de lunes a domingos en horario de 8:00 hs a 24:00 hs. Sin espectadores, salvo aquellos eventos autorizados por el Ministerio de Salud Publica con asistencia de publico.

n) CEMENTERIOS: Podrán funcionar de lunes a domingos en horario de 8:00hs a 18:00hs con florerías habilitadas.

o) OBRA PRIVADA: Con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico. Dicha actividad estará sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que determina el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales, provinciales y locales.

p) TRABAJADORAS Y TRABAJADORES AFECTADOS AL RÉGIMEN DE PERSONAL DE CASAS PARTICULARES SERVICIO DOMÉSTICO

q) IGLESIAS Y TEMPLOS: Celebración de cultos con un limite del 50% del factor de ocupación total y un tope máximo de hasta 100 personas en modo simultaneo en todo el inmueble. Se mantendrá el distanciamiento y el uso de protección facial durante toda la celebración.

El incumplimiento de lo establecido hará pasible al infractor de la clausura del comercio y de la aplicación de las sanciones previstas en el art. 24 del Código Procesal de Faltas Municipales, según Ordenanza 2359/96.

Roca

Más de 100 actas y 12 alcoholemias positivas en controles de tránsito en Roca

En total, Tránsito municipal retuvo 14 motos y 2 automóviles en la última semana.

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En el marco de los controles preventivos que se realizan semanalmente en General Roca, inspectores municipales de tránsito llevaron adelante nuevos operativos en distintos puntos de la ciudad.

«Este tipo de operativos tienen como finalidad reforzar la seguridad vial tanto en sectores urbanos como rurales», destacaron desde el área de Tránsito municipal. Los mismos dejaron como saldo la confección de 117 actas de infracción durante el período comprendido entre el 4 y el 10 de mayo.

Del total de infracciones registradas, 12 estuvieron relacionadas con alcoholemia positiva.

Además, los agentes procedieron a la retención preventiva de 16 vehículos, entre ellos 14 motos y 2 automóviles. Según detallaron desde el Municipio, las causas de los secuestros fueron 4 casos de alcoholemia positiva, 4 por ruidos molestos, 3 por delegar el manejo a menores de edad y 5 por falta de documentación.

Las infracciones más frecuentes detectadas en los controles fueron la falta de licencia de conducir, ausencia de seguro obligatorio y/o de chapa patente y circulación en contramano.

En este sentido, la Dirección de Tránsito recordó que se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, mediante la cual se establece la prohibición de conducir con cualquier graduación alcohólica en sangre.

También señalaron que las multas previstas por la normativa oscilan entre 1.000 y 3.000 USAM, es decir, entre $1.200.000 y $3.600.000 según la tarifaria vigente al 11 de mayo de 2026, además de la inhabilitación para conducir.

Por último, remarcaron que el alcohol al volante representa un riesgo para todos los usuarios de la vía pública y recomendaron evitar el consumo antes de conducir o designar previamente un conductor responsable.

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Roca

Hallaron a la joven de 26 años que era buscada en la región

Fue encontrada en buen estado de salud.

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El Ministerio Público Fiscal confirmó que fue hallada Danitza Edith Rivera Wistuba, la joven de 26 años que era buscada en la región.

La mujer fue encontrada en buen estado de salud, por lo que quedó sin efecto el pedido de ubicación y paradero vigente.

Por el momento no trascendieron mayores detalles sobre las circunstancias en las que fue localizada.

La joven había sido vista por última vez en la madrugada del domingo (10/05) en un bar ubicado en calle Avenida Roca al 1300.

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Policiales

Buscan intensamente a una joven chilena desaparecida en Roca

Danitza Edith Rivera Wistuba tiene 26 años y fue vista por última vez durante la madrugada del domingo en un bar de Avenida Roca al 1300.

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La Policía de Río Negro lanzó un pedido de colaboración a la comunidad para dar con el paradero de Danitza Edith Rivera Wistuba, una joven de 26 años de nacionalidad chilena que desapareció en General Roca.

Según informaron fuentes policiales, la mujer fue vista por última vez durante la madrugada del domingo en un bar ubicado sobre Avenida Roca al 1300. A partir de allí, se inició una búsqueda para intentar localizarla.

Danitza es de contextura delgada, mide aproximadamente 1,50 metros, pesa 57 kilos, tiene tez blanca, ojos verdes y cabello largo color castaño claro. Además, posee una cicatriz en el brazo derecho como seña particular.

Al momento de su desaparición vestía un pantalón de jean azul tipo chupín, un saco negro con dos botones del mismo color y llevaba una cartera violeta.

Ante cualquier información sobre su paradero, solicitaron comunicarse de inmediato con la Comisaría 3° de General Roca, llamar al 911 o acercarse a la unidad policial más cercana.

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