Sociedad
Río Negro dispuso medidas sanitarias obligatorias para transportistas e ingresantes del exterior
Si tenés que viajar o volver a la provincia, mirá los pasos a seguir para poder ingresar a Río Negro.

El Gobierno de Río Negro dispuso una serie de medidas de cumplimiento obligatorio para transportistas y todas las personas que ingresen a la provincia desde el exterior del país. Es con el objetivo de seguir priorizando la prevención ante posibles contagios de COVID-19, especialmente de las nuevas variantes detectadas en países limítrofes.
A través de dos Resoluciones del Ministerio de Salud se aprobó el protocolo sanitario para la actividad de transporte y los recaudos preventivos que deberá cumplir cada ciudadano rionegrino que ingrese al territorio provincial, siempre en ambos casos que sea proveniente de otro país.
Protocolo para transportistas provenientes del extranjero (Resolución 2352/21)
Transportes que están en tránsito hacia otro destino y no pernoctan en Río Negro:
- Se solicitará registrar el ingreso a la provincia conforme los protocolos de acceso específicos y cumplir con las pautas de control y seguimiento a través de la aplicación y el sitio web Circulación RN
- Contar con permiso de circulación otorgado por autoridad nacional o provincial, exigiendo el cumplimiento de las normas de distanciamiento y pautas de cuidado detalladas en los protocolos nacionales de transporte.
- La documentación electrónica o en formato papel que acredite el permiso para circular debe ser requerida por las fuerzas de seguridad en los accesos camineros a la jurisdicción, y cada vez que la autoridad lo considere necesario.
Transportes que tengan a Río Negro como destino final (ya sea para carga o descarga) y aquellos que deban permanecer en el territorio por más de 12 horas:
- Contar con permiso de circulación otorgado por autoridad provincial o nacional.
- Presentar test de COVID-19 con resultado negativo, realizado con antelación no mayor a 72 horas al ingreso a la provincia. En caso de no contar con dicho test, se deberá realizar la prueba en forma obligatoria. Desde los puestos de control se dará aviso al equipo de salud local para coordinar la toma de la muestra.
- La presentación de un certificado médico que defina a la persona como “Libre de COVID-19” no se aceptará como equivalente a las pruebas solicitadas, pues hay personas que cursan la enfermedad de forma asintomática o bien oligosintomática. Esta medida es para evitar la circulación de nuevas variantes del virus en el territorio. No se podrá continuar con el ingreso hasta tanto no cuente con una prueba negativa.
- De presentar una prueba positiva, la decisión sobre el sitio de aislamiento del caso y detección de contactos estrechos quedará bajo la órbita de la Autoridad Sanitaria Local.
- Los costos que acarree el cumplimiento de los requisitos aquí previstos deberán ser afrontados directamente por los transportistas provenientes de otros países que ingresen al territorio rionegrino.
Cada autoridad municipal debe definir el sitio de espera tanto para el resultado como para aguardar el momento de carga y descarga; entendiendo que la circulación de los transportistas provenientes del exterior deberá limitarse a lo estrictamente necesario por motivo de su viaje, protegiendo a la población local de eventuales contactos.
Los resultados negativos de pruebas en el marco de tamizajes ni la vacunación, exceptúan a las personas de cumplir con las normas individuales de distanciamiento social, uso de protector facial e higiene de manos.
Medidas de recaudos preventivos para personas que ingresen desde el exterior (Resolución 2353/21):
- Registrar el ingreso a la provincia conforme los protocolos de acceso específicos y cumplir con las pautas de control y seguimiento a través de la aplicación y el sitio web Circulación RN.
- Cargar en Circulación RN la prueba para COVID-19 con resultado negativo realizada al ingreso al país, conforme Decisión Administrativa N° 268/21 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de Nación.
- Realizar un aislamiento preventivo de 10 días a contar a partir del resultado negativo de la prueba al ingresar al país, en el domicilio particular denunciado al ingreso y realizarse una prueba para COVID-19 transcurridos siete días de aislamiento. Quienes se desempeñen como personal docente, no docente, niñas, niños, y adolescentes en etapa escolar deberán cumplir un período de aislamiento de 14 días.
- Si el aislamiento preventivo se realiza fuera de la Provincia de Río Negro, al ingresar a ésta deberá cargar en Circulación RN una certificación de cumplimiento del aislamiento preventivo emitido por la autoridad sanitaria local. De no contar con dicha certificación, deberá cargar en Circulación RN el resultado negativo de la prueba de COVID-19 realizada al ingresar al país y la prueba para COVID-19 efectuada a los siete días.
- Ante el supuesto de haber tenido resultado positivo en el control de ingreso al país, deberá cumplir con el aislamiento obligatorio en los términos de la Decisión Administrativa N° 268/21 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de Nación. Al ingresar a la Provincia de Río Negro deberá cargar en Circulación RN el certificado de alta médica.
- La realización de las pruebas para COVID-19 serán obligatorias para todas aquellas personas que regresen al país y sean mayores de seis años de edad.
Los costos que acarree el cumplimiento de los requisitos aquí previstos deberán ser afrontados directamente por aquellas personas que ingresen al territorio rionegrino, provenientes de otros países.
La infracción a lo dispuesto en esta Resolución deberá ser denunciada por la autoridad interviniente, con el fin de que se determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación, independientemente de la aplicación de la multa establecida en el Decreto N° 265/20.
Roca
El Hospital de Roca modernizó su sala de radiología
Esta tecnología de vanguardia reemplaza al equipamiento que prestaba servicio desde hace más de 26 años.

El Hospital Francisco López Lima dio un salto cualitativo en materia de diagnóstico por imágenes tras la adquisición e instalación de un nuevo equipo de rayos X y un Sistema Digital Directo de RX convencional. Esta tecnología de vanguardia reemplaza al equipamiento que prestaba servicio desde hace más de 26 años.
En el marco del plan de modernización hospitalaria que lleva adelante el Ministerio de Salud, el Hospital de General Roca renovó integralmente su capacidad de respuesta en diagnóstico radiológico. La incorporación de este sistema digital directo no solo optimiza la calidad de las imágenes, sino que redefine los estándares de seguridad y rapidez para los pacientes rionegrinos.
Entre los beneficios más destacados de esta tecnología se encuentran la menor exposición a la radiación, que el nuevo sistema reduce la incidencia de radiación ionizante entre un 50% y un 80% en comparación con los equipos convencionales. Gracias a la nitidez de la captura, ya no son necesarias exposiciones reiteradas para obtener una imagen clara.
Además, al ser un proceso digital, los diagnósticos son fidedignos y se obtienen en menor tiempo, agilizando el flujo de atención en la sala de guardia y consultorios.
Otro de los beneficios es que el sistema elimina el uso de películas y líquidos reveladores, lo que se traduce en un ahorro de costos operativos y una eliminación total de desechos químicos contaminantes.
Tecnología única para estudios complejos
Más allá de la radiología convencional, este nuevo equipo cuenta con un software especializado que permite realizar estudios de alta complejidad, tales como:
Espino-gramas: unión de imágenes para visualizar la columna completa (desde el cuello hasta la pelvis) en una sola placa, fundamental para el tratamiento de la escoliosis.
Medición de miembros inferiores: visualización panorámica de huesos largos para detectar asimetrías óseas desde la cadera hasta el tobillo.
Impacto regional
La actualización de la sala de radiología no solo beneficia a los habitantes de General Roca, sino que fortalece la red sanitaria de todo el Alto Valle. Con esta inversión, el Hospital «Francisco López Lima» se posiciona a la vanguardia tecnológica, garantizando un servicio de salud pública más eficiente, seguro y preciso para toda la comunidad.
Sociedad
Pidió gasoil y le cargaron nafta: Tendrán que compensar los daños en el vehículo
El error ocurrió en una estación concesionada de la región y derivó en fallas mecánicas y un reclamo judicial.

Pidió gasoil para una camioneta diésel, pero en el surtidor le cargaron nafta. A las pocas cuadras el motor empezó a fallar y el conductor volvió de inmediato a la estación para reclamar. Ese error en la carga activó un traslado al taller y, más tarde, un nuevo desperfecto en plena ruta. El episodio terminó en un juicio por daños y perjuicios en Cipolletti con una sentencia favorable al dueño de la Mitsubishi Montero.
Según surge del fallo, el hecho ocurrió en una estación de servicio concesionada de la región. La persona que conducía el vehículo solicitó expresamente gasoil, aunque la factura acreditó que se despachó nafta. Tras advertir fallas en el funcionamiento, regresó al lugar y efectuó el reclamo. Desde la estación se informó que se harían cargo del inconveniente y se dispuso el traslado del rodado a un taller mecánico.
En ese primer ingreso al taller se realizaron tareas de vaciado y limpieza del sistema de combustible, además de la carga del combustible correspondiente. El vehículo regresó a la estación y fue retirado por su titular, quien firmó una constancia vinculada a los trabajos realizados. Sin embargo, el conflicto no terminó allí.
De acuerdo con la versión expuesta en el expediente, tiempo después el vehículo volvió a presentar fallas mientras circulaba en la Ruta Provincial N° 65, en cercanías de Fernández Oro. Ante esa situación, el conductor intentó comunicarse con personal de la estación y, al no obtener respuesta inmediata, recurrió a un tercero para recibir asistencia. Luego llevó la camioneta a otro taller mecánico, donde se efectuó un nuevo diagnóstico y reparaciones más amplias.
La estación de servicio reconoció que existió una carga errónea de combustible, aunque sostuvo que el pedido efectuado por el cliente había generado confusión. Aun así, afirmó que asumió los costos del primer traslado, de la descontaminación y de una segunda intervención posterior, que incluyó el cambio de determinadas piezas, todo sin cargo para el usuario. También destacó que en ambas oportunidades el vehículo fue retirado en marcha y con constancias firmadas de conformidad.
Durante el proceso judicial declararon mecánicos que intervinieron en las reparaciones y personal de la estación. Un taller explicó el procedimiento habitual ante una contaminación de combustible y sostuvo que, tras la limpieza, el rodado no presentó fallas. El otro taller describió un cuadro distinto, con componentes afectados y la necesidad de trabajos adicionales. El expediente incorporó documentación, testimonios y registros que dieron cuenta de ambas intervenciones.
Al analizar el caso, el juez encuadró el conflicto dentro de una relación de consumo y aplicó la Ley de Defensa del Consumidor. El fallo tuvo por acreditado el hecho central: se suministró un producto distinto al solicitado, lo que constituyó una prestación defectuosa del servicio. El magistrado remarcó que el control de la operación de carga recae en quien la ejecuta y que la estación debía extremar los cuidados por tratarse de un producto riesgoso.
Uno de los puntos clave fue la relación entre el error inicial y los daños posteriores. La sentencia señaló que no se produjo una pericia mecánica que permitiera establecer con precisión el alcance técnico de la contaminación ni la causa exacta de las fallas detectadas tiempo después. Frente a esa falta de prueba concluyente, el juez aplicó el principio de interpretación favorable al consumidor cuando subsisten dudas razonables.
Con ese criterio, el Poder Judicial responsabilizó a la estación de servicio por los daños materiales acreditados y reconoció un resarcimiento por las molestias y padecimientos derivados del episodio. Por eso la firma Servicios Cipolletti S.R.L deberá indemnizar al cliente. El fallo es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado.
Roca
Controles de tránsito en Roca: 38 vehículos retenidos y 14 alcoholemias positivas en una semana
Las multas por alcoholemia positiva pueden superar los 3 millones de pesos.

La Dirección de Tránsito del Municipio de General Roca informó los resultados de los controles vehiculares realizados durante la última semana en distintos puntos de la ciudad, en el marco de los operativos preventivos habituales.
Entre el lunes (02/02) y el domingo (08/02), los inspectores municipales confeccionaron 114 actas de infracción. En ese período se detectaron 14 casos de alcoholemia positiva, lo que motivó la retención de 10 vehículos. Sumadas a otras 28 retenciones por diferentes infracciones, el total de rodados retenidos ascendió a 38, entre motos y automóviles.
Las infracciones más reiteradas fueron la falta de licencia habilitante y de seguro, ambas consideradas faltas graves por la normativa vigente.
En ese sentido, recordaron que en la ciudad rige la Ordenanza 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir con cualquier graduación alcohólica en sangre. Las sanciones por incumplir esta norma van de 1.000 a 3.000 USAM, lo que equivale a montos de entre $1.200.000 y $3.600.000, según la tarifaria vigente, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.









