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Sociedad

Derribando mitos: verdades y mentiras del COVID-19

Desde que beber alcohol te protege del Covid-19 a que las redes de telefonía móvil propagan el virus, son algunos de los rumores que generan desinformación en plena pandemia.

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En el último año de pandemia, los rumores sobre el COVID-19 se propagaron tanto como el propio virus. Ante la llegada de la nueva ola, y para evitar desinformación y malos entendidos, respondemos algunas de las consultas todavía siguen siendo comunes.

Los suplementos vitamínicos no ayudan a curar el COVID-19

Los micronutrientes pueden ser importantes para el buen funcionamiento del sistema inmunológico, siempre que estén recomendados por profesionales médicos, pero no sirven como tratamiento de COVID-19.

Rociar alcohol o cloro en el cuerpo no mata el virus

Utilizar alcohol o cloro para rociarse el cuerpo no mata ningún virus que haya entrado al organismo. Esto incluye al COVID-19. Por el contrario, esta práctica puede dañar los ojos, la boca, y la ropa.

No es conveniente usar tapabocas al hacer ejercicio

El uso de barbijo al hacer ejercicio reduce la capacidad de respirar con comodidad, pero debe ser colocado en caso de detenerse y tomar contacto con otra persona. Lo importante para protegerse durante el ejercicio físico es mantenerse a distancia de los demás.

Nadar o estar en el agua no transmite el virus

El virus que causa la COVID-19 no se contagia a través del agua o mientras se nada. Sin embargo, sí se puede transmitir con el contacto cercano con una persona infectada.

Los zapatos pueden propagar el virus

Si bien es baja, existe una posibilidad de propagar el virus con los zapatos. Como medida de precaución, especialmente en hogares donde haya bebés y niños pequeños que gateen o jueguen en el suelo, se debe dejar los zapatos a la entrada de su casa.

La enfermedad no es causada por una bacteria

El COVID-19 es causado por un virus de la familia de los Coronaviridae. Los antibióticos no funcionan contra los virus. Algunas personas que enferman pueden desarrollar una infección bacteriana como complicación y en ese caso se pueden recetar antibióticos.

El uso prolongado de tapabocas no produce intoxicación por dióxido de carbono o hipoxia

Utilizar tapabocas o barbijo durante mucho tiempo puede ser incómodo, pero es esencial para evitar contagios y no provoca intoxicación ni hipoxia.

La mayoría de las personas que contraen COVID-19 se recuperan

Estadísticamente, la mayoría de las personas que contraen la enfermedad presentan síntomas leves o moderados y pueden recuperarse sin mayores inconvenientes. Sin embargo, estas personas pueden contagiar a otras mayores de 60 o con factores de riesgo que cursan la enfermedad con complicaciones, provocando incluso la muerte.

Añadir picantes a la comida no cura el COVID-19

No existen alimentos que curen el virus. El mejor modo de protegerse es cumplir con las medidas protección y sostener una dieta equilibrada y una adecuada hidratación.

Las moscas domésticas no transmiten COVID-19

Hasta la fecha no existe ningún dato ni información que indique que las moscas u otros insectos puedan transmitir el virus.

Ingerir desinfectantes no nos protege del COVID-19

Es totalmente falso, y muy peligroso. Jamás se deben ingerir desinfectantes o lavandina pura. Estas sustancias pueden ser tóxicas, e incluso el mínimo contacto irrita y daña la piel y los ojos. Los desinfectantes deben utilizarse únicamente para limpieza de superficies.

Las redes de telefonía móvil propagan el COVID-19

Falso. Los virus no se desplazan por las ondas electromagnéticas ni las redes de telefonía móvil. El COVID-19 se está propagando en numerosos países en los que no existe una red de telefonía móvil.

Exponerse al sol o a temperaturas superiores a los 25 grados no previene la enfermedad

Se puede contraer COVID-19, por muy soleado o cálido que sea el clima. Se han notificado casos en países cálidos. Además, la exposición prolongada al sol o a altas temperaturas puede ocasionar quemaduras en la piel.

Tener COVID-19 no otorga inmunidad, porque existe la reinfección

La mayoría de las personas que contraen COVID-19 pueden recuperarse y eliminar el virus de sus cuerpos. Pero no quedan inmunes al virus. Existen casos de reinfección en todo el mundo, incluso con diferentes síntomas.

Beber alcohol no protege del COVID-19

El consumo frecuente o excesivo de alcohol puede aumentar el riesgo de sufrir problemas de salud y no ayuda a evitar los contagios ni cura el COVID-19

El virus puede transmitirse en zonas cálidas y frías

Las pruebas científicas obtenidas hasta ahora indican que el COVID-19 puede transmitirse en cualquier zona, sin importar su clima. Con independencia de las condiciones, hay que adoptar medidas de protección.

El frío no mata el virus

El frío y la nieve no pueden matar el Coronavirus. La temperatura normal del cuerpo humano se mantiene en torno a 36,5° y 37°, con independencia de la temperatura exterior o de las condiciones meteorológicas. Por lo tanto, no hay razón para creer que el frío pueda matar al COVID-19 o acabar con otras enfermedades.

Bañarse en agua caliente no previene la infección por el nuevo Coronavirus

Con independencia de la temperatura del agua, la temperatura corporal continuará siendo la misma. De hecho, si el agua está muy caliente puede causar quemaduras.

El nuevo coronavirus no puede transmitirse a través de picaduras de mosquitos

Hasta la fecha no hay información ni pruebas que indiquen que el COVID-19 pueda transmitirse por medio de la picadura de mosquitos u otros insectos. Se trata de un virus respiratorio que se propaga a través de las gotículas respiratorias que se generan en la tos o el estornudo, por ejemplo.

Las lámparas de luz ultravioleta no desinfectan las manos

La radiación UV puede irritar la piel y dañar los ojos. El modo más eficaz de eliminar los virus es limpiarse las manos con un gel desinfectante o lavárselas con agua y jabón.

Las pistolas de temperatura no detectan el COVID-19

Técnicamente, es cierto. Las pistolas detectan casos de aumento de la temperatura corporal (fiebre) como síntoma compatible con el COVID-19. De cumplir con todos los requisitos de fabricación, resultan muy eficaces.

Las vacunas antigripales no protegen contra el COVID-19

Las vacunas antigripales o contra la neumonía, no protegen contra el nuevo coronavirus. Esto no significa que no sea importante seguir aplicándolas, sobre todo en personas con factores de riesgo.

Comer ajo no puede ayudar a prevenir la infección

El ajo es un alimento saludable que puede tener algunas propiedades antimicrobianas. Pero, no comerlo no protege contra el virus que causa la pandemia.

Judiciales

Ordenaron el retiro del carnet de conducir y la suspensión de la línea telefónica por una deuda alimentaria

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado.

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El retiro del carnet de conducir y la suspensión de líneas telefónicas fueron las medidas dispuestas contra un padre que no acreditó el pago de una cuota alimentaria fijada a favor de su hija menor de edad. Las decisiones se adoptaron en el marco de un expediente de familia y tuvieron como finalidad compeler el cumplimiento de una obligación alimentaria vigente.

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia de Cipolletti luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado. Además del retiro de la licencia de conducir o, en su caso, la prohibición de tramitarla o renovarla, la magistrada dispuso oficiar al Registro Provincial de Deudores Alimentarios para la inscripción correspondiente y ordenó la suspensión de líneas telefónicas fijas o móviles de su titularidad.

La resolución se dictó tras una intimación previa cursada el año pasado, en la que se requirió al padre que acreditara el pago de los alimentos bajo apercibimiento de adoptar medidas razonables para garantizar la obligación. Esa intimación no fue impugnada y, ante la persistencia del incumplimiento, la jueza hizo efectivos los apercibimientos anunciados.

Contra esa decisión, el progenitor presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En su planteo sostuvo que las medidas adoptadas no resultaban eficaces para asegurar el pago de los alimentos y que su situación económica le impedía cumplir regularmente con la cuota. Señaló que realizaba trabajos informales vinculados a tareas domiciliarias y que se encontraba sin empleo. También cuestionó la valoración de la prueba y afirmó que efectuó depósitos y transferencias parciales que, a su criterio, no fueron considerados de manera adecuada. En ese contexto, solicitó que se dejaran sin efecto las sanciones y que se le concediera un plazo para regularizar una cuota correspondiente a un período determinado.

La persona que reclamó los alimentos respondió y sostuvo que la cuota alimentaria convenida y homologada continuaba plenamente vigente. Indicó que el padre no promovió ningún incidente tendiente a modificar la prestación y que, hasta tanto ello ocurra y exista una resolución judicial, la obligación resulta exigible en los términos fijados. También remarcó que las medidas dispuestas se encuentran previstas en la normativa vigente y dentro de las facultades del Poder Judicial para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En el mismo sentido se pronunció la Defensora de Menores, quien recomendó mantener lo resuelto.

Al intervenir en el caso, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo de Cipolletti analizó el recurso y señaló que la resolución cuestionada constituyó una consecuencia directa de una intimación anterior que había quedado firme. En ese contexto, destacó que no resulta procedente impugnar la providencia que hace efectivo un apercibimiento cuando el acto que le dio origen no fue cuestionado oportunamente, ya que los plazos procesales operan de manera preclusiva.

El Tribunal también recordó que el derecho alimentario de niñas, niños y adolescentes se encuentra protegido por normas de jerarquía constitucional y supralegal, y que la obligación alimentaria no se modifica por manifestaciones unilaterales sobre la situación laboral del progenitor. Para alterar una cuota vigente resulta necesario promover el trámite judicial correspondiente y obtener una resolución que así lo disponga.

Con esos fundamentos, la Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución dictada en primera instancia en todo lo que fue materia de agravio, incluidas las medidas de retiro del carnet de conducir y suspensión de la línea telefónica.

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Roca

Alta Barda tiene nueva iluminación LED: Cambiaron 70 puntos de luz y sumaron 12 nuevas luminarias

La reconversión tecnológica permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad y bajar los costos de mantenimiento.

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El Municipio de Roca completó una obra de modernización del alumbrado público en el Barrio Alta Barda, donde reemplazó luminarias de sodio por tecnología LED en 70 puntos e incorporó 12 nuevas luminarias que amplían la cobertura del servicio en el sector.

Los trabajos se llevaron adelante sobre las calles Darwin, Elías Quilodrán, El Ceibo, Las Petuñas y Félix Heredia.

La tecnología LED permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad nocturna y disminuir los costos de mantenimiento, además de generar un menor impacto ambiental en comparación con el sistema anterior.

Con esta intervención, el Municipio avanza en el plan de reconversión del alumbrado público en distintos barrios de la ciudad, con «el objetivo de brindar espacios más seguros y eficientes para los vecinos», destacaron.

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Roca

Los combustibles acumulan entre un 16% y un 18% de aumento sólo en marzo

Desde enero, el combustible acumula una suba del 22%, cifra que ya supera más de la mitad del aumento registrado a lo largo de todo el año 2025.

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La guerra en Medio Oriente llegó a los surtidores del Alto Valle. En lo que va de marzo, los combustibles acumularon aumentos de entre el 16% y el 18% en las diferentes estaciones de servicio de General Roca.

Los especialistas explican que las subas no responden a un criterio uniforme: cada petrolera las aplica en forma independiente, en diferentes momentos y con distintos porcentajes. Básicamente, todos los días, en alguna petrolera o en alguna ciudad se registra un incremento.

Los números reflejan el impacto en el bolsillo. La nafta Súper, que en febrero costaba $1.609 el litro, trepó a $1.912 en marzo, un incremento del 18,8% -datos de YPF en Roca-. En lo que va de 2026, la suba acumulada ya alcanza el 22%, superando más de la mitad del aumento registrado durante todo el año 2025, cuando el precio pasó de $1.128 a $1.611, con una variación del 42,8%.

La evolución de los precios dependerá tanto del conflicto bélico como de la inflación interna. Y es que una sola declaración del presidente Donald Trump logró que el precio del petróleo bajara de manera considerable, lo que abre la posibilidad de una corrección si el escenario internacional se estabiliza.

No obstante, la región tiene una posición particular frente a esta situación: mientras el aumento golpea a los consumidores, el Alto Valle se beneficia como zona exportadora de crudo a precios más favorables en el mercado externo.

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