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Sociedad

Derribando mitos: verdades y mentiras del COVID-19

Desde que beber alcohol te protege del Covid-19 a que las redes de telefonía móvil propagan el virus, son algunos de los rumores que generan desinformación en plena pandemia.

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En el último año de pandemia, los rumores sobre el COVID-19 se propagaron tanto como el propio virus. Ante la llegada de la nueva ola, y para evitar desinformación y malos entendidos, respondemos algunas de las consultas todavía siguen siendo comunes.

Los suplementos vitamínicos no ayudan a curar el COVID-19

Los micronutrientes pueden ser importantes para el buen funcionamiento del sistema inmunológico, siempre que estén recomendados por profesionales médicos, pero no sirven como tratamiento de COVID-19.

Rociar alcohol o cloro en el cuerpo no mata el virus

Utilizar alcohol o cloro para rociarse el cuerpo no mata ningún virus que haya entrado al organismo. Esto incluye al COVID-19. Por el contrario, esta práctica puede dañar los ojos, la boca, y la ropa.

No es conveniente usar tapabocas al hacer ejercicio

El uso de barbijo al hacer ejercicio reduce la capacidad de respirar con comodidad, pero debe ser colocado en caso de detenerse y tomar contacto con otra persona. Lo importante para protegerse durante el ejercicio físico es mantenerse a distancia de los demás.

Nadar o estar en el agua no transmite el virus

El virus que causa la COVID-19 no se contagia a través del agua o mientras se nada. Sin embargo, sí se puede transmitir con el contacto cercano con una persona infectada.

Los zapatos pueden propagar el virus

Si bien es baja, existe una posibilidad de propagar el virus con los zapatos. Como medida de precaución, especialmente en hogares donde haya bebés y niños pequeños que gateen o jueguen en el suelo, se debe dejar los zapatos a la entrada de su casa.

La enfermedad no es causada por una bacteria

El COVID-19 es causado por un virus de la familia de los Coronaviridae. Los antibióticos no funcionan contra los virus. Algunas personas que enferman pueden desarrollar una infección bacteriana como complicación y en ese caso se pueden recetar antibióticos.

El uso prolongado de tapabocas no produce intoxicación por dióxido de carbono o hipoxia

Utilizar tapabocas o barbijo durante mucho tiempo puede ser incómodo, pero es esencial para evitar contagios y no provoca intoxicación ni hipoxia.

La mayoría de las personas que contraen COVID-19 se recuperan

Estadísticamente, la mayoría de las personas que contraen la enfermedad presentan síntomas leves o moderados y pueden recuperarse sin mayores inconvenientes. Sin embargo, estas personas pueden contagiar a otras mayores de 60 o con factores de riesgo que cursan la enfermedad con complicaciones, provocando incluso la muerte.

Añadir picantes a la comida no cura el COVID-19

No existen alimentos que curen el virus. El mejor modo de protegerse es cumplir con las medidas protección y sostener una dieta equilibrada y una adecuada hidratación.

Las moscas domésticas no transmiten COVID-19

Hasta la fecha no existe ningún dato ni información que indique que las moscas u otros insectos puedan transmitir el virus.

Ingerir desinfectantes no nos protege del COVID-19

Es totalmente falso, y muy peligroso. Jamás se deben ingerir desinfectantes o lavandina pura. Estas sustancias pueden ser tóxicas, e incluso el mínimo contacto irrita y daña la piel y los ojos. Los desinfectantes deben utilizarse únicamente para limpieza de superficies.

Las redes de telefonía móvil propagan el COVID-19

Falso. Los virus no se desplazan por las ondas electromagnéticas ni las redes de telefonía móvil. El COVID-19 se está propagando en numerosos países en los que no existe una red de telefonía móvil.

Exponerse al sol o a temperaturas superiores a los 25 grados no previene la enfermedad

Se puede contraer COVID-19, por muy soleado o cálido que sea el clima. Se han notificado casos en países cálidos. Además, la exposición prolongada al sol o a altas temperaturas puede ocasionar quemaduras en la piel.

Tener COVID-19 no otorga inmunidad, porque existe la reinfección

La mayoría de las personas que contraen COVID-19 pueden recuperarse y eliminar el virus de sus cuerpos. Pero no quedan inmunes al virus. Existen casos de reinfección en todo el mundo, incluso con diferentes síntomas.

Beber alcohol no protege del COVID-19

El consumo frecuente o excesivo de alcohol puede aumentar el riesgo de sufrir problemas de salud y no ayuda a evitar los contagios ni cura el COVID-19

El virus puede transmitirse en zonas cálidas y frías

Las pruebas científicas obtenidas hasta ahora indican que el COVID-19 puede transmitirse en cualquier zona, sin importar su clima. Con independencia de las condiciones, hay que adoptar medidas de protección.

El frío no mata el virus

El frío y la nieve no pueden matar el Coronavirus. La temperatura normal del cuerpo humano se mantiene en torno a 36,5° y 37°, con independencia de la temperatura exterior o de las condiciones meteorológicas. Por lo tanto, no hay razón para creer que el frío pueda matar al COVID-19 o acabar con otras enfermedades.

Bañarse en agua caliente no previene la infección por el nuevo Coronavirus

Con independencia de la temperatura del agua, la temperatura corporal continuará siendo la misma. De hecho, si el agua está muy caliente puede causar quemaduras.

El nuevo coronavirus no puede transmitirse a través de picaduras de mosquitos

Hasta la fecha no hay información ni pruebas que indiquen que el COVID-19 pueda transmitirse por medio de la picadura de mosquitos u otros insectos. Se trata de un virus respiratorio que se propaga a través de las gotículas respiratorias que se generan en la tos o el estornudo, por ejemplo.

Las lámparas de luz ultravioleta no desinfectan las manos

La radiación UV puede irritar la piel y dañar los ojos. El modo más eficaz de eliminar los virus es limpiarse las manos con un gel desinfectante o lavárselas con agua y jabón.

Las pistolas de temperatura no detectan el COVID-19

Técnicamente, es cierto. Las pistolas detectan casos de aumento de la temperatura corporal (fiebre) como síntoma compatible con el COVID-19. De cumplir con todos los requisitos de fabricación, resultan muy eficaces.

Las vacunas antigripales no protegen contra el COVID-19

Las vacunas antigripales o contra la neumonía, no protegen contra el nuevo coronavirus. Esto no significa que no sea importante seguir aplicándolas, sobre todo en personas con factores de riesgo.

Comer ajo no puede ayudar a prevenir la infección

El ajo es un alimento saludable que puede tener algunas propiedades antimicrobianas. Pero, no comerlo no protege contra el virus que causa la pandemia.

Río Negro

Río Negro abonó la totalidad de los salarios al personal estatal

Este martes cobraron todos los trabajadores públicos rionegrinos.

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El Gobierno Provincial concretó hoy (02/06) el pago de sueldos al personal de la Administración Pública, «ratificando la política sostenida de previsiblidad, con un orden financiero que permite llevar certezas a estatales de Río Negro», destacaron desde el Ejecutivo.

«De esta manera, se sostiene el rumbo que se enmarca en una gestión responsable de los recursos públicos, cumpliendo en tiempo y forma con las obligaciones en materia de salarios a la planta de trabajadores estatales», agregaron.

Percibieron sus haberes personal de la Salud Pública, con guardias y horas extras; Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial; docentes y porteros; agentes de la Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios, y los poderes Legislativo y Judicial junto a organismos de control.

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Judiciales

Quisieron cobrarle una deuda en dólares, pero la firma del pagaré era falsa

El fuero Civil ordenó una pericia caligráfica y el estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa.

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Una mujer de Cipolletti enfrentó un intento de cobro por una suma en dólares a través de un pagaré. Ella se opuso a la ejecución, negó que la firma fuera suya y el fuero Civil ordenó una pericia caligráfica. El estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa, por lo que se rechazó el reclamo y se dejó sin efecto la sentencia monitoria dictada al inicio del trámite.

El reclamo fue promovido por un hombre que poseía un pagaré. En una primera etapa, el trámite avanzó con una sentencia monitoria. Luego, la mujer se presentó en el expediente y planteó una excepción de falsedad de título, una defensa prevista en el Código Procesal Civil y Comercial para discutir la autenticidad del documento utilizado como base de una ejecución.

En su presentación, la mujer sostuvo que la firma atribuida a ella no le pertenecía. También negó haber mantenido trato con la persona que reclamó el pago y desconoció la existencia de la deuda. El planteo abrió el análisis sobre la validez del pagaré presentado para exigir el cobro.

La contraparte no contestó el traslado de esa defensa. Ante esa situación, el fuero Civil dispuso la producción de prueba y ordenó una pericia caligráfica. La medida tuvo como objetivo examinar la firma cuestionada y comparar sus características con material indubitado de la mujer.

El informe técnico marcó varios puntos. La perita indicó que no resultaba posible determinar la antigüedad relativa de las inscripciones ni establecer si la firma y el resto del contenido del pagaré se realizaron en el mismo momento. También señaló que se utilizaron dos instrumentos escriturales distintos y que el completado del documento revelaba una secuencia de plasmación.

La conclusión central fue categórica: «La firma estampada en el documento base de la presente acción no fue realizada de puño y letra» por la mujer. En otros términos, según el dictamen, esa firma no le pertenecía. La pericia no recibió impugnaciones ni pedidos de explicaciones.

La resolución del fuero Civil destacó que, en los procesos ejecutivos, la excepción de falsedad de título puede plantearse cuando se cuestiona una adulteración del documento. En el caso de la firma, la falsedad puede configurarse si se acredita que la rúbrica inserta en el instrumento no pertenece a la persona contra la cual se dirige el reclamo.

El fallo también recordó que la pericia caligráfica resulta una prueba fundamental cuando se discute la autenticidad de una firma. Aunque ese dictamen no obliga de manera automática a quien decide, la resolución indicó que no corresponde apartarse de sus conclusiones sin fundamentos.

En este expediente, el informe fue considerado claro, preciso y ajustado a las exigencias procesales. La resolución valoró que la especialista detalló la metodología empleada, el instrumental científico utilizado, la bibliografía de base y los materiales de cotejo.

Con esos elementos, el fuero Civil hizo lugar a la excepción de falsedad de título presentada por la mujer. En consecuencia, rechazó la ejecución promovida en su contra y dejó sin efecto la sentencia monitoria. También dispuso que, una vez firme la resolución, se levante el embargo trabado sobre sus fondos.

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Roca

Retuvieron 45 vehículos en una semana de controles de tránsito en Roca

8 vehículos fueron retenidos por delegar la conducción a menores de edad y 7 por generar ruidos molestos.

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Los operativos de control de tránsito realizados en General Roca durante la última semana finalizaron con 93 actas de infracción labradas y la retención preventiva de 45 vehículos por distintas irregularidades.

Según informó el Municipio, los procedimientos fueron llevados adelante por inspectores de Tránsito entre el lunes (25/05) y el domingo (31/05) en distintos puntos de la ciudad, con el objetivo de reforzar la seguridad vial tanto en el sector urbano como en la zona rural.

Como resultado de los controles, se detectaron 10 casos de alcoholemia positiva. Además, se procedió al secuestro preventivo de 33 motocicletas y 12 automóviles.

De acuerdo con el detalle oficial, 7 vehículos fueron retenidos por alcoholemia positiva, otros 7 por generar ruidos molestos, 8 por delegar la conducción a menores de edad y 23 por falta de documentación obligatoria.

Las infracciones más recurrentes estuvieron relacionadas con la falta de licencia de conducir, ausencia de seguro, falta de chapa patente y circulación en contramano.

Desde la Dirección de Tránsito recordaron que en la ciudad se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una graduación alcohólica superior a cero.

La normativa contempla multas que van desde los 1.000 hasta los 3.000 USAM, equivalentes actualmente a entre $1.200.000 y $3.600.000, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.

Las autoridades insistieron en la necesidad de evitar el consumo de alcohol antes de conducir y recomendaron designar un conductor responsable para prevenir siniestros viales y proteger la seguridad de toda la comunidad.

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