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Política

COVID-19: Carreras anunció medidas restrictivas por 15 días para Bariloche y Dina Huapi

Suspensión de clases presenciales y restricciones horarias para circular son algunas de las nuevas medidas que comenzarán a regir desde este jueves en ambas localidades andinas.

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A raíz del crecimiento de contagios de COVID-19 en la zona Andina de la provincia, la gobernadora Arabela Carreras anunció hoy (28/04) nuevas restricciones para Bariloche y Dina Huapi que incluirán la suspensión de clases presenciales por 15 días y una fuerte reducción horaria de circulación de personas.

En conferencia de prensa, y acompañada por la secretaria de Estado de Seguridad y Justicia, Betiana Minor; los intendentes de Bariloche, Gustavo Gennuso y de Dina Huapi, Mónica Balseiro y el director del Hospital de la ciudad, Leonardo Gil, la gobernadora anunció las nuevas medidas restrictivas que comenzarán a tener vigencia desde las 00:00 del 29 de abril hasta las 24 horas del 13 de mayo de 2021.

“En los últimos días realizamos numerosas reuniones en toda la localidad con los actores del sistema de salud y de los sectores económico y político. Es una realidad compleja y contradictoria, porque tenemos que comprender que el movimiento de las personas permite activar la economía, pero a su vez es lo que genera mayor cantidad de contagios. Hablamos de los empleos, de las familias que tienen que salir a buscar su sustento, por lo tanto cualquier decisión es delicada y transita por un equilibrio entre dos polos que se contradicen. Lo importante es lograr los consensos que nos lleven a cuidarnos y poder lograr que la economía siga funcionando”, expresó la gobernadora.

Frente a este panorama, la mandataria recalcó la importancia de tomar medidas que restrinjan la circulación de personas para evitar que el virus se siga propagando.

“Decidimos hacer una fuerte restricción horaria en la circulación entiendo que hay un fuerte componente de personas que se reúnen informalmente; también decidimos restringir la circulación de personas hacia y desde las escuelas. Hemos demostrado que los chicos, docentes y jóvenes no se contagian en la escuela, los protocolos escolares están funcionando muy bien y por eso seguimos sosteniendo la escolaridad en toda la provincia; sin embargo, en este momento de extrema delicadeza en materia epidemiológica, necesitamos que se disminuya la circulación, por eso se frenan todas las actividades incluida la presencialidad en las escuelas”.

Sobre la decisión de suspender las clases, Carreras dio números de la cantidad de personas que circulan. Sostuvo que son unos 34.000 estudiantes los que tiene Bariloche en todos sus niveles, de los cuales la mitad circula desde y hacia las escuelas y hay 4225 docentes que también circulan, más las madres y padres que acompañan.

Las medidas fueron consensuadas y respaldadas por ambos intendentes. Gennuso marcó que será clave que se respeten estas acciones, para poder pensar en una posible temporada de invierno. “Lo que quiero puntualizar es que todos sabemos que la actividad productiva principal de Bariloche es el turismo, y para tener la temporada de invierno hay que lograr que la ciudad tenga un número de casos manejable, al igual que el país; por eso tenemos que cuidarnos por nuestro propio trabajo, porque si no va a ser muy difícil y la economía tiene que seguir funcionando”.

Medidas anunciadas

-La circulación de las personas, por cualquier medio habilitado, sólo podrá realizarse entre las 07:00 horas y las 20:00. Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial a los fines de la atención de la emergencia sanitaria en los términos del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, debiendo acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad pública.

-Los comercios de productos esenciales, no esenciales, restoranes, bares, cafés, heladerías, establecimientos similares y aquellas actividades de servicios no esenciales podrán funcionar en el horario comprendido entre las 10:00 y las 19:00 horas. En todos los casos los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del COVID-19.

-Quedan suspendidos por este período la apertura de gimnasios y afines para la práctica de deportes en lugares cerrados.

-Queda prohibido en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas, o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de dos (2) metros entre los y las concurrentes y sin la ventilación constante y adecuada de todos los ambientes.

-Se prohíbe la realización de actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

-Se prohíben la realización de actividades deportivas y culturales cualquiera sea la cantidad de personas.

Las medidas aquí implementadas revisten carácter preventivo, temporario y excepcional.

-Asimismo, disponer la suspensión del dictado de clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades en las localidades de San Carlos de Bariloche y Dina Huapi desde el 29 de abril hasta el 13 de mayo de 2021, inclusive.

-En este período los establecimientos escolares permanecerán abiertos debiendo asegurar el intercambio de actividades, materiales, devoluciones, con estudiantes y familiares.

-El Ministerio de Educación y Derechos Humanos establecerá el mecanismo a implementar para garantizar la continuidad pedagógica durante el período de suspensión establecido por la presente.

-Que a los fines de disminuir la circulación en las localidades de San Carlos de Bariloche y Dina Huapi, se sugiere al sector público y privado fomentar el teletrabajo en la medida de las posibilidades de cada área como medida preventiva contra el COVID-19.

-La infracción a las disposiciones de la presente Resolución deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación, como también a los fines de la aplicación de la multa establecida en el Decreto N° 265/20.

Judiciales

Por el aumento de causas, Roca tendrá una nueva Unidad Procesal del Fuero de Familia

El Poder Judicial detectó durante la última década un incremento sostenido de expedientes en el Fuero de Familia de General Roca.

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La Legislatura de Río Negro aprobó el proyecto impulsado por el Superior Tribunal de Justicia para crear una nueva Unidad Procesal del Fuero de Familia con sede en General Roca, correspondiente a la Segunda Circunscripción Judicial.

Al fundamentar la iniciativa, la legisladora Natalia Reynoso (JSRN) explicó que la propuesta surge a partir de los estudios realizados por la Dirección de Planificación Estratégica del Poder Judicial, que durante los últimos diez años registró un crecimiento sostenido de las causas y expedientes que ingresan al fuero de Familia.

Según detalló, el relevamiento correspondiente al período comprendido entre 2016 y 2026 permitió detectar un incremento que calificó como «exponencial, sostenido y estructural», particularmente en la Segunda Circunscripción Judicial.

Reynoso destacó además que el Poder Judicial modificó la metodología utilizada para determinar la carga que soportan los distintos organismos. Hasta ahora, uno de los principales parámetros era simplemente cuantitativo: se contabilizaba la cantidad de expedientes ingresados y tramitados.

La nueva metodología incorpora el concepto de «carga ponderada de trabajo», que busca determinar no solamente cuántos expedientes tramita un organismo, sino también cuánto esfuerzo y tiempo demanda cada uno de ellos de acuerdo con su complejidad.

Para establecer ese indicador se tuvieron en cuenta variables como la complejidad de las causas, su duración y el grado de intervención judicial requerido.

«No es lo mismo una causa que puede resolverse mediante una audiencia y posterior homologación que aquellos procesos que demandan seguimientos durante dos años o más, sucesivas audiencias y la participación de equipos interdisciplinarios», explicó la legisladora.

Entre las problemáticas de mayor complejidad mencionó las situaciones de violencia de género e intrafamiliar, además de causas relacionadas con alimentos, filiaciones y adopciones.

La metodología, elaborada con participación de juezas de Familia de las diferentes circunscripciones judiciales, permitió establecer con mayor precisión la carga efectiva de trabajo de cada organismo.

En el caso de General Roca, los resultados mostraron no solamente un aumento en la cantidad de expedientes, sino también una creciente exigencia funcional derivada de la complejidad de las causas.

Reynoso sostuvo que la ciudad viene registrando «un nivel de demanda estructural superior al resto de las localidades analizadas», pese a contar con estructuras organizativas similares a las existentes en organismos que atienden volúmenes y niveles de demanda considerablemente menores.

Ese desequilibrio, explicó, determinó la necesidad de avanzar con la creación de una nueva Unidad Procesal de Familia.

La iniciativa busca así adecuar la estructura judicial de General Roca a una realidad que se modificó sustancialmente durante la última década y mejorar la capacidad de respuesta del fuero frente a causas que, además de haber aumentado en cantidad, requieren intervenciones cada vez más prolongadas y complejas.

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Judiciales

Causa Techo Digno: El STJ revisará la absolución de Gennuso y fallará el 5 de noviembre

El máximo tribunal de Río Negro admitió por mayoría la queja presentada por el Fiscal General y abrió el tratamiento de fondo. La sentencia se conocerá el 5 de noviembre a las 12.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro admitió por mayoría la queja presentada por el Fiscal General contra la absolución del ex intendente de San Carlos de Bariloche, Gustavo Gennuso, en la denominada causa Techo Digno. El máximo tribunal provincial abrió así el tratamiento de fondo y fijó para el 5 de noviembre a las 12 la lectura de la sentencia.

La causa es la primera vinculada con la construcción de viviendas mediante el programa nacional Techo Digno que llega a consideración del STJ.

El tribunal estuvo presidido por Ricardo Apcarian e integrado por Liliana Piccinini, Sergio Ceci y Cecilia Criado, con la participación de Adrián Zimmermann, juez del Tribunal de Impugnación en subrogancia. La acusación estuvo representada por el Fiscal General, Fabricio Brogna, mientras que Manuel Maza y Luciano Perdriel ejercieron la defensa de Gennuso, quien participó de la audiencia mediante Zoom.

Luego de los argumentos iniciales de la Fiscalía y la defensa se dispuso un cuarto intermedio. Al retomar la audiencia, el STJ resolvió, por mayoría, abrir la queja en su totalidad, al considerar que la Fiscalía había presentado argumentos suficientes respecto de la posible configuración de una sentencia arbitraria.

A partir de esa decisión comenzó el tratamiento del Recurso Extraordinario. El debate se concentró principalmente en el principio de congruencia, la eventual arbitrariedad del fallo y la discusión sobre si los fondos habían sido sustraídos de las esferas de control público.

Brogna sostuvo que Gennuso había «sustraído» los fondos del control y afirmó que el exintendente había admitido esa circunstancia, justificándola en la necesidad de «no perderlos». La Fiscalía también planteó que una eventual condena por una calificación menos gravosa que el peculado, como la administración fraudulenta, no necesariamente vulneraría el principio de congruencia.

La defensa rechazó esa interpretación. Maza sostuvo que los fondos permanecieron siempre dentro de la órbita municipal y que, por lo tanto, no habían salido de los controles públicos. También afirmó que peculado y malversación son delitos diferentes y que una eventual condena por una figura distinta afectaría el derecho de defensa. Además, planteó que la malversación estaría prescripta.

Tras escuchar a las partes, el STJ dio por finalizada la audiencia y estableció que la sentencia será leída el 5 de noviembre a las 12. La admisión de la queja no modifica por sí misma la absolución vigente ni implica una condena.

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Política

Aporte adicional de $12.347 millones al año para los Municipios rionegrinos

Roca percibirá $608.587.677.

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El Gobierno de Río Negro destinará más de $12.347 millones anuales adicionales a 14 municipios a través del convenio de Compensación Financiera Transitoria. A valores iniciales, el esquema representa un aporte provincial de aproximadamente $1.029 millones por mes, financiado con recursos del Tesoro Provincial, sin reducir los fondos que reciben las demás localidades por el régimen vigente de coparticipación.

La medida busca reconocer las diferencias surgidas a partir de la actualización de los datos utilizados para la distribución, manteniendo al mismo tiempo los índices establecidos por la actual Ley de Coparticipación.

De esta manera, la Provincia cubrirá con recursos propios la diferencia correspondiente a los 14 municipios alcanzados por el esquema, mientras los otros 25 continuarán recibiendo los recursos que les corresponden actualmente.

«Tomamos esta decisión porque entendemos que el crecimiento de nuestras ciudades también exige más capacidad de respuesta. Queremos municipios fuertes, con herramientas para sostener servicios, hacer inversiones y acompañar las necesidades de cada comunidad. La Provincia va a hacer ese esfuerzo con recursos propios», señaló el gobernador Alberto Weretilneck.

Los nuevos recursos estarán orientados específicamente a sostener y mejorar servicios públicos esenciales, ejecutar infraestructura asociada a esas prestaciones y adquirir bienes de capital que fortalezcan la capacidad operativa de los municipios. El convenio establece, además, que esos fondos no podrán utilizarse para financiar gastos de personal.

«Esta compensación permite actualizar la distribución sin perjudicar a ningún municipio. Es una decisión de equilibrio y de responsabilidad: reconocer las nuevas realidades de cada localidad, fortalecer la gestión municipal y garantizar que los recursos lleguen donde hoy son necesarios», agregó Weretilneck.

El impacto será concreto en cada localidad. En términos anuales, Cipolletti incorporará $3.832.872.960; San Carlos de Bariloche, $2.350.831.387; General Fernández Oro, $1.796.179.764; El Bolsón, $1.653.996.966; Dina Huapi, $1.071.083.602; Catriel, $464.844.798; Cervantes, $260.679.049; Los Menucos, $194.190.821; General Roca, $608.587.677; Comallo, $37.907.144; Ramos Mexía, $32.121.394; Darwin, $26.851.276; Guardia Mitre, $12.316.523; e Ingeniero Huergo, $4.708.773. Todos los montos expresados corresponden a pesos argentinos.

El esquema tendrá carácter transitorio y contempla actualizaciones semestrales vinculadas a la evolución positiva del IVA y de Ingresos Brutos. Por eso, los $12.347 millones constituyen una proyección anual realizada sobre los montos iniciales: el esfuerzo efectivo del Tesoro Provincial podría incrementarse a medida que se apliquen esas actualizaciones.

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