Política
COVID-19: Carreras anunció medidas restrictivas por 15 días para Bariloche y Dina Huapi
Suspensión de clases presenciales y restricciones horarias para circular son algunas de las nuevas medidas que comenzarán a regir desde este jueves en ambas localidades andinas.

A raíz del crecimiento de contagios de COVID-19 en la zona Andina de la provincia, la gobernadora Arabela Carreras anunció hoy (28/04) nuevas restricciones para Bariloche y Dina Huapi que incluirán la suspensión de clases presenciales por 15 días y una fuerte reducción horaria de circulación de personas.
En conferencia de prensa, y acompañada por la secretaria de Estado de Seguridad y Justicia, Betiana Minor; los intendentes de Bariloche, Gustavo Gennuso y de Dina Huapi, Mónica Balseiro y el director del Hospital de la ciudad, Leonardo Gil, la gobernadora anunció las nuevas medidas restrictivas que comenzarán a tener vigencia desde las 00:00 del 29 de abril hasta las 24 horas del 13 de mayo de 2021.
“En los últimos días realizamos numerosas reuniones en toda la localidad con los actores del sistema de salud y de los sectores económico y político. Es una realidad compleja y contradictoria, porque tenemos que comprender que el movimiento de las personas permite activar la economía, pero a su vez es lo que genera mayor cantidad de contagios. Hablamos de los empleos, de las familias que tienen que salir a buscar su sustento, por lo tanto cualquier decisión es delicada y transita por un equilibrio entre dos polos que se contradicen. Lo importante es lograr los consensos que nos lleven a cuidarnos y poder lograr que la economía siga funcionando”, expresó la gobernadora.
Frente a este panorama, la mandataria recalcó la importancia de tomar medidas que restrinjan la circulación de personas para evitar que el virus se siga propagando.
“Decidimos hacer una fuerte restricción horaria en la circulación entiendo que hay un fuerte componente de personas que se reúnen informalmente; también decidimos restringir la circulación de personas hacia y desde las escuelas. Hemos demostrado que los chicos, docentes y jóvenes no se contagian en la escuela, los protocolos escolares están funcionando muy bien y por eso seguimos sosteniendo la escolaridad en toda la provincia; sin embargo, en este momento de extrema delicadeza en materia epidemiológica, necesitamos que se disminuya la circulación, por eso se frenan todas las actividades incluida la presencialidad en las escuelas”.
Sobre la decisión de suspender las clases, Carreras dio números de la cantidad de personas que circulan. Sostuvo que son unos 34.000 estudiantes los que tiene Bariloche en todos sus niveles, de los cuales la mitad circula desde y hacia las escuelas y hay 4225 docentes que también circulan, más las madres y padres que acompañan.
Las medidas fueron consensuadas y respaldadas por ambos intendentes. Gennuso marcó que será clave que se respeten estas acciones, para poder pensar en una posible temporada de invierno. “Lo que quiero puntualizar es que todos sabemos que la actividad productiva principal de Bariloche es el turismo, y para tener la temporada de invierno hay que lograr que la ciudad tenga un número de casos manejable, al igual que el país; por eso tenemos que cuidarnos por nuestro propio trabajo, porque si no va a ser muy difícil y la economía tiene que seguir funcionando”.
Medidas anunciadas
-La circulación de las personas, por cualquier medio habilitado, sólo podrá realizarse entre las 07:00 horas y las 20:00. Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial a los fines de la atención de la emergencia sanitaria en los términos del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, debiendo acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad pública.
-Los comercios de productos esenciales, no esenciales, restoranes, bares, cafés, heladerías, establecimientos similares y aquellas actividades de servicios no esenciales podrán funcionar en el horario comprendido entre las 10:00 y las 19:00 horas. En todos los casos los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del COVID-19.
-Quedan suspendidos por este período la apertura de gimnasios y afines para la práctica de deportes en lugares cerrados.
-Queda prohibido en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas, o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de dos (2) metros entre los y las concurrentes y sin la ventilación constante y adecuada de todos los ambientes.
-Se prohíbe la realización de actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
-Se prohíben la realización de actividades deportivas y culturales cualquiera sea la cantidad de personas.
Las medidas aquí implementadas revisten carácter preventivo, temporario y excepcional.
-Asimismo, disponer la suspensión del dictado de clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades en las localidades de San Carlos de Bariloche y Dina Huapi desde el 29 de abril hasta el 13 de mayo de 2021, inclusive.
-En este período los establecimientos escolares permanecerán abiertos debiendo asegurar el intercambio de actividades, materiales, devoluciones, con estudiantes y familiares.
-El Ministerio de Educación y Derechos Humanos establecerá el mecanismo a implementar para garantizar la continuidad pedagógica durante el período de suspensión establecido por la presente.
-Que a los fines de disminuir la circulación en las localidades de San Carlos de Bariloche y Dina Huapi, se sugiere al sector público y privado fomentar el teletrabajo en la medida de las posibilidades de cada área como medida preventiva contra el COVID-19.
-La infracción a las disposiciones de la presente Resolución deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación, como también a los fines de la aplicación de la multa establecida en el Decreto N° 265/20.
Judiciales
Fallo judicial permite recuperar deuda de obras sociales
Los certificados de deuda del Ministerio de Salud suman $1.042.459.789 en obligaciones impagas por parte de obras sociales, aseguradoras y prepagas.

El Gobierno Provincial logró un fallo judicial que permite recuperar una deuda superior a los $65 millones que la Obra Social de Obreros Empacadores de Fruta mantiene con el Ministerio de Salud, en el marco de la ejecución iniciada por Fiscalía de Estado.
En total, las obras sociales y prepagas acumulan más de $1.040 millones de deuda con el sistema de salud estatal. El listado completo se puede verificar en este link: https://tinyurl.com/24dqtrnt
Esta es la primera sentencia de tres causas similares impulsadas gracias a la Ley 5754, que le brindó a la Provincia un andamiaje legal moderno y ágil, necesario para avanzar en estas acciones luego de que Nación eliminara la Superintendencia de Servicios de Salud.
La resolución de la Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa Nº13 de Viedma habilita la ejecución por un capital de $65.066.112, más intereses y costas estimados en $36.290.624, lo que representaría ingresos por $101.356.736 para las arcas provinciales.
Según la normativa vigente, el 32% de lo recuperado se podrán destinar directamente a un fondo estímulo para el personal y el resto a los hospitales para su funcionamiento diario, en forma proporcional a la facturación de cada uno.
El fallo otorga un plazo de cinco días para que la obra social pague voluntariamente o presente excepciones. En caso contrario, se avanzará directamente con el cumplimiento forzado.
La acción judicial fue impulsada por la Fiscalía de Estado mediante los abogados Gastón Pérez Estevan, Luciano Minetti Kern y Federico Rosbaco, responsables de llevar adelante el reclamo y asegurar la restitución de los recursos públicos.
Más de $1.042 millones de deuda total con Salud
Los certificados de deuda del Ministerio de Salud suman $1.042.459.789 en obligaciones impagas por parte de obras sociales, aseguradoras y prepagas. A agosto, entre los mayores deudores se encuentran:
- OSECAC, con más de $219 millones.
- OSPRERA, con casi $188 millones.
- OSPECON, con $133 millones.
- Unión Personal Civil de la Nación, con más de $31 millones.
- SANCOR Medicina Privada, OSDE, Swiss Medical y otras grandes prestadoras, con deudas que van de $3 a $9 millones.
El listado, que supera los 150 ítems, incluye obras sociales de sectores industriales, comercio, medios, transporte, seguridad, alimentación y servicios, lo que refleja la magnitud de los recursos que la Provincia adelanta para garantizar la atención.
Ley 5754: la base legal que permite recuperar costos y fortalecer el sistema
La Ley 5754, promulgada a fines de 2024, fue impulsada por el Poder Ejecutivo para garantizar la sostenibilidad financiera de los hospitales provinciales, obligando a los terceros pagadores -obras sociales, prepagas y ART- a cubrir el costo de las prestaciones brindadas a sus afiliados en el sistema público.
La norma dio a Río Negro un marco sólido para el recupero de costos, especialmente después de la eliminación de los mecanismos nacionales que aseguraban el cobro. En este contexto, el ministro de Salud, Demetrio Thalasselis, destacó que «contar con esta herramienta legal nos permitirá avanzar en la recuperación de las deudas acumuladas por las obras sociales y prepagas, para que esos fondos se destinen a fortalecer nuestro sistema de salud y mejorar el financiamiento de nuestros hospitales, especialmente en el actual contexto de crisis económica».
Judiciales
Causa Techo Digno: La jueza frenó el intento de archivo y confirmó la vigencia de la acusación
La magistrada resolvió que los plazos de prescripción están suspendidos y rechazó los planteos de nulidad y recaratulación presentados por las defensas de Tortoriello y Baratti.

La jueza Alejandra Berenguer resolvió no hacer lugar al pedido de sobreseimiento por prescripción en la causa que investiga presuntas irregularidades en la ejecución del programa habitacional Techo Digno en Cipolletti. También rechazó un planteo de nulidad y descartó modificar la calificación legal solicitada por una de las defensas.
La magistrada consideró que la acción penal no está extinguida, ya que uno de los imputados -Aníbal Tortoriello- aún ocupa un cargo público, circunstancia que activa la suspensión del plazo de prescripción prevista en el artículo 67 del Código Penal. Berenguer sostuvo que esta interpretación es consistente con la doctrina legal ya establecida por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.
Los hechos investigados
La causa se originó a partir de la implementación del programa Techo Digno mediante un convenio entre la Municipalidad de Cipolletti y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, que contemplaba la construcción de más de 400 viviendas adjudicadas a empresas privadas.
Según la acusación, durante las gestiones municipales de Abel Baratti y Aníbal Tortoriello se habrían realizado pagos que no se correspondían con el avance real de las obras, lo que habría generado un perjuicio al patrimonio público.
El Ministerio Público Fiscal, integrado por el fiscal jefe Santiago Márquez Gauna y la fiscal adjunta Natalia Poblete, atribuyó a Baratti y Tortoriello los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en concurso real con peculado.
En tanto que a Lucila Chiocconi, Arturo Mendiberri, Domingo Mocciola y José Daniel Zoppi se los acusó como partícipes necesarios del delito de administración fraudulenta.
Los argumentos de las defensas
Las defensas reclamaron el sobreseimiento al sostener que la causa estaba prescripta. El defensor de Baratti, Rafael Cuchinelli, afirmó que habían pasado más de seis años desde que su cliente dejó el cargo de intendente, y cuestionó además que los hechos pudieran configurarse como peculado.
El defensor de Tortoriello, Gustavo Palmieri, planteó que la prescripción debía computarse desde la rescisión de los contratos en 2016, y sostuvo que su defendido no tuvo injerencia posterior en la administración del programa.
El resto de los defensores -Scianca, Vincenty, Gadano y Chelia- adhirieron a esos argumentos.
Lo que resolvió la jueza
La jueza rechazó los planteos de prescripción al considerar que, aunque se investigan dos hechos diferenciados, ambos se vinculan al mismo convenio -identificado como ACU 813/2015- y deben analizarse en un mismo marco.
Además, sostuvo que la continuidad de Tortoriello en funciones públicas -actualmente diputado nacional- impide que opere la prescripción, tal como establece el Código Penal.
Tampoco prosperó el pedido de cambio de calificación de la defensa de Baratti, que pretendía reemplazar la figura de peculado por la de malversación de caudales públicos. Para la magistrada, esa discusión deberá darse en etapa de juicio.
Por último, desestimó el planteo de nulidad de la acusación fiscal presentado por las defensas de Baratti y Tortoriello. Consideró que la Fiscalía no modificó los hechos atribuidos y que no se afectó el derecho de defensa.
La causa sigue su curso
Con esta resolución, el expediente continuará en la etapa intermedia hacia el juicio, donde se analizará toda la prueba recolectada.
Según informó la Fiscalía, ninguno de los imputados registra antecedentes penales.
La decisión no quedó firme y podrá ser revisada por instancias superiores del fuero Penal.
Política
Río Negro aseguró que más de 4.000 personas tengan su medicación gratuita
Se garantiza acceso gratuito a medicamentos para pacientes con enfermedades crónicas no transmisibles.

El Gobierno de Río Negro entregó 4.011 tarjetas del programa Río Negro Presente Salud, una iniciativa impulsada por el gobernador Alberto Weretilneck que asegura el acceso gratuito a medicamentos para pacientes con enfermedades crónicas no transmisibles sin cobertura social.
A través de la articulación de los Ministerios de Salud y de Desarrollo Humano, se continúa intensificando la entrega en todas las localidades, que desde mayo de 2024 hasta noviembre de 2025, lleva 4.011 tarjetas entregadas, con el objetivo de garantizar que cada paciente pueda sostener sus tratamientos de forma regular y controlada.
La subsecretaria de Articulación de Programas del Ministerio de Salud, Marina Deorsola, destacó la importancia de la política provincial, no sólo en términos de salud pública sino también de impacto económico local.
Deorsola enfatizó que el programa es una estrategia que debe ser priorizada por la alta prevalencia de las Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT) a nivel mundial y en Río Negro. «La idea es poder darle accesibilidad al tratamiento y, además, asegurar la atención en los hospitales y en el primer nivel de atención, en los Centros de Salud», sostuvo.
Además, explicó que el programa se centra inicialmente en los principales factores de riesgo cardiovascular: hipertensión y diabetes. En este sentido, la Tarjeta funciona como un pilar junto a la estrategia HEARTS de la OPS/OMS, que busca el diagnóstico y tratamiento basado en evidencia en los Centros de Salud.
Beneficio local y cambios en el hábito
Un aspecto fundamental de la tarjeta es su impacto en la economía de cada ciudad. «El paciente va una vez por mes a su farmacia más cercana para poder retirar la medicación. Esto significa que el dinero de la medicación queda en la economía local, beneficiando a la comunidad», indicó.
La subsecretaria también hizo hincapié en la prevención, alentando a la población a adoptar hábitos saludables. «Son mínimos cambios que generan grandes resultados. Tenemos el lema: ‘Pequeñas acciones hacen grandes cambios’. Esto tiene que ver con disminuir el consumo de sal, mejorar la alimentación y hacer 30 o 35 minutos de actividad física al día», agregó.
Detalles del programa y requisitos de acceso
El programa ha avanzado en etapas de implementación progresiva, iniciando una prueba piloto en General Conesa y expandiéndose a varias localidades. Busca beneficiar a personas que cumplen con tres requisitos fundamentales:
- DNI: Presentar fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
Certificación ANSES Negativa: No poseer ningún tipo de cobertura de obra social o prepaga.
Diagnóstico Médico: Contar con el diagnóstico certificado de ECNT, con foco en hipertensión y/o diabetes, y la correspondiente indicación médica (receta)
Una vez cumplidos los requisitos, el Ministerio se encarga de realizar el circuito administrativo para que la tarjeta y la acreditación del monto lleguen a la persona. La Tarjeta permite el retiro de la medicación prescrita una vez por mes en la farmacia de cercanía.
El Ministerio de Salud reafirma su compromiso de seguir priorizando estas estrategias para controlar las ECNT y disminuir las complicaciones asociadas, como el infarto o el ACV.









