Seguinos

Judiciales

Se realizó en Roca el juicio político al juez Dalsasso

El Fiscal General del Poder Judicial solicitó al Consejo de la Magistratura que imponga al magistrado la sanción de destitución.

el

El Consejo de la Magistratura realizó ayer (27/04) el juicio político al juez de garantías de Villa Regina Federico Dalsasso, quien afronta un proceso por presuntos desarreglos de conducta. Tras escuchar un total de 16 testimonios en el debate, el Fiscal General del Poder Judicial, Fabricio Brogna López, solicitó al Consejo que imponga al magistrado la sanción de destitución. En tanto que el abogado defensor, Ricardo Mendaña, pidió la absolución. La sentencia del Consejo de la Magistratura se conocerá el próximo martes (04/05).

La audiencia se realizó en el Auditorio de la Ciudad Judicial de Roca, cumpliendo un estricto protocolo sanitario. Comenzó alrededor de las 9.30 con la lectura del requerimiento de juicio político del Fiscal General y continuó con planteos preliminares de la Defensa. Luego se escucharon los testimonios, las palabras finales de descargo del juez Dalsasso -quien negó las agresiones verbales que se le atribuyen- y a partir de las 19:30 las partes expusieron sus alegatos.

La acusación respecto del magistrado, quien se encuentra preventivamente suspendido de sus funciones a raíz del presente sumario, lo señala como presunto responsable de dos hechos puntuales que habrían incluido tratos inapropiados e intimidantes hacia dos niños de Villa Regina, ocurridos en 2018, fuera del ejercicio de su cargo como juez.

Para resguardar la identidad e intimidad de todos los niños mencionados durante la audiencia, las declaraciones testimoniales recibidas hoy por el Consejo fueron reservadas, al igual que las manifestaciones que realizaron la parte acusadora y la defensa luego de la lectura de la acusación formal.

La producción probatoria del debate fue la reproducción de cuatro declaraciones en Cámara Gesell de tres niños y un adolescente, más la declaración de 12 testigos.

El Consejo de la Magistratura sesionó bajo la conducción del presidente del Superior Tribunal de Justicia, Ricardo Apcarián, y se integró con el juez de juicio Fernando Sánchez Freytes, los legisladores Lucas Pica, Julia Fernández y Marcelo Mango, y los consejeros por el Colegio de Abogados de la Circunscripción Santiago Hernández, Susana Uriz y Daiana Reynoso.

Los testimonios

Fueron escuchadas las Cámaras Gesell de los dos niños afectados por los hechos que se le imputaron al juez, más los relatos de otros dos menores de edad relacionados con el caso.

Luego declararon dos psicólogas del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial que trabajaron con esos niños, los respectivos padres de los afectados, una testigo presencial de uno de los episodios, un periodista, una escribana, un entrenador deportivo, una jueza jubilada, la esposa del juez Dalsasso y dos personas de Villa Regina que declararon a través de la plataforma Zoom.

Alegatos

El Fiscal General solicitó la destitución del juez y su inhabilitación para volver a ocupar cargos en el Poder Judicial de Río Negro, considerando que “la materialidad de la acusación está acreditada más allá de toda duda razonable: los hechos existieron y su conducta resultó atentatoria a los derechos de los menores y contraria a la conducta esperada para un juez”. Sostuvo que existieron “actos de violencia” y “violación de las leyes de protección de la minoridad”, todo lo que a su criterio configuró la causal de destitución por “graves desarreglos de conducta” prevista en la Constitución, la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código de Bangalore sobre Conducta Judicial, entre otras normas.

El abogado Defensor, por su parte, sostuvo que no está acreditado el contenido agraviante de las manifestaciones hacia los niños que se le atribuyen al juez; se refirió a la presunta animosidad de un grupo de personas para perjudicar a Dalsasso y pidió finalmente su absolución.

Por último, el juez hizo uso del derecho a la última palabra y acusó la existencia de una “conspiración” en su contra.

Judiciales

Condenaron al ginecólogo que abusó sexualmente a una joven en un sanatorio privado de Roca

En los próximos días se conocerá el monto de la pena.

el

Un ginecólogo de Roca fue encontrado culpable de abuso sexual simple, en el término de los Artículos 45 y 119, primer párrafo del Código Penal. El hecho ocurrió en el marco de una consulta ginecológica en noviembre de 2021, en el sanatorio Juan XXIII. Cabe aclarar que el profesional ya no se encontraba en la ciudad y está trabajando en un Hospital de la provincia de Buenos Aires.

La Fiscalía, querella y defensa particular a medida que iban sucediendo las declaraciones realizaron sus interrogatorios. De esta manera, en primera instancia fue la mujer víctima quien prestó su testimonio acerca de los hechos, otros testigos, las especialistas en salud mental que la atendieron inmediatamente sucedido el episodio y quienes la acompañaron posteriormente.

También, de manera remota, expuso la pericia realizada el titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones y Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público de Río Negro.

Luego prestaron testimonio de su intervención las técnicas del Cuerpo de Investigación Forense, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), los testigos propuestos por la defensa.

El Dr. Ulises Terbay, a cargo de la querella, se mostró conforme con la sentencia. «Es un gran paso para que las víctimas de estos abusos que ocurren a puertas cerradas, sin testigos y bajo una relación de poder, se animen a denunciar. El Poder Judicial de Río Negro tiene buenos equipos de contención psicológica que han acompañado a la víctima en todas las instancias», destacó.

«Espero que esto sirva para que cada vez más hombres y mujeres se animen a denunciar un delito tan común como el abuso sexual», agregó Terbay.

El juez Gastón Martín lo declaró culpable y en los próximos días se conocerá el monto de la pena. La decisión judicial no está firme y puede ser apelada.

Continuar leyendo

Judiciales

Recién a los 17 años logró que se inscriba su nacimiento y a los 30, que su mamá la reconozca

De esta manera, tras tres décadas, la mujer pudo completar su identidad.

el

En su adolescencia, una joven solicitó judicialmente que el Registro Civil inscriba su nacimiento «fuera de término». Lo logró, pero en ese momento no pudo determinarse la filiación materna ni paterna.

Más de una década después, se presentó nuevamente en sede judicial porque tenía nuevos datos. Una señora la había reconocido públicamente como su hija biológica, «sin perjuicio de que la presentó en algunas oportunidades como hija de una amiga fallecida».

Según expresó, «esta situación le provocaba una negación a su identidad, truncaba sus posibilidades de estudio, controles de salud y la posibilidad de que su propia descendencia conociera su origen por la rama materna».

Ya en el expediente ante una jueza de Familia de Viedma, la mujer reconoció que quien inició la demanda es su hija biológica. Había nacido en un hospital de una provincia vecina «en una etapa difícil de su vida».

La mamá luego tuvo dos hijos más. En total, seis. De esta manera, brindó su consentimiento para llevar adelante la prueba genética.

Así, el Cuerpo de Investigación Forense de la Primera Circunscripción Judicial realizó la extracción de sangre «mediante la punción de un pulpejo de dedo de la mano izquierda» en ambas mujeres.

Finalmente se produjo el Informe Pericial del Laboratorio Regional de Genética Forense. Efectivamente, eran madre e hija con una certeza superior al 99,99999998%.

La jueza recordó que «pasados más de treinta años del nacimiento y por la inacción de la demandada con respecto a la identidad» de su hija, esta «se vio en la necesidad de instar la acción de filiación para corroborar su realidad biológica, a pesar del reconocimiento público, y dejar asentada la maternidad en su partida de nacimiento».

Explicó que «la acción se encuentra encuadrada en el actual art. 582 del CCyC que permite al hijo/a reclamar su filiación extramatrimonial contra quienes considere sus progenitores, sin hacer distinción si se trata de un reclamo de emplazamiento de la maternidad o de la paternidad».

Tuvo en cuenta que «la jurisprudencia ha erigido a la prueba genética de la filiación como la prueba por excelencia». De esta manera, hizo lugar a la demanda de la mujer, que pudo completar su identidad.

Continuar leyendo

Judiciales

La mediación posibilitó dividir el lote en común de una pareja que se separó: Ahora serán vecinos

Las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos.

el

Foto: Ilustrativa.

Tras decidir su separación, una pareja debió resolver la división del terreno que tenían en conjunto. Para ello se reunieron en una mediación y logran recomponer el conflicto. En el lote habían dos viviendas. Una de material, donde residían ambos cuando estaban juntos. Otra, de madera, que requiere refacciones.

A través del proceso de diálogo en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc), de común acuerdo resolvieron qué parte le queda a cada uno.

Tras la fructífera mediación, las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos. De esa manera, se garantizó el resguardo de los patrimonios de ambas partes y se acordaron los puntos centrales de las pretensiones de cada uno.

La mediación es parte de la esencia de una política judicial definida por el Superior Tribunal de Justicia, orientada a la resolución pacífica y anticipada de los conflictos. Es una senda que conduce a soluciones que encajen para todas las personas involucradas. Es gratuita, es obligatoria en ciertos asuntos y resulta un mecanismo mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional, en el que un juez o una jueza define sobre las pretensiones de cada parte.
De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica, durante 2023 se firmaron 4.867 acuerdos de mediación en la provincia. Eso se traduce en que todos esos conflictos pudieron solucionarse antes de llegar a un juicio del fuero Civil o del fuero de Familia.

En materia de mediaciones por conflictos de Familia, la gran mayoría respondió a requerimientos por cuotas alimentarias y por derechos y obligaciones vinculados con la responsabilidad parental. En tercer lugar estuvieron los conflictos por distribución de bienes ante separaciones o divorcios, seguido por otras temáticas derivadas del divorcio, por atribución de la vivienda familiar y por compensaciones económicas entre cónyuges o personas convivientes.

El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades y en otras localidades donde existen delegaciones descentralizadas. En el último tiempo se ha fortalecido el trabajo de la defensa pública para el área de mediación con un equipo de defensores y defensoras titulares y adjuntos, especialmente capacitados para representar a las personas en las mediaciones.

Para conocer más sobre el proceso de mediación y la distribución de los organismos: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement