Sociedad
Ya rigen las nuevas restricciones en el Departamento General Roca
Conocé las nuevas medidas que dispuso el gobierno nacional para la región debido al crecimiento de los casos de Covid-19. Esta tarde se conocerá si el Municipio de Roca adhiere parcial o totalmente a las nuevas medidas.

A partir del Decreto de Necesidad y Urgencia 287/21, el gobierno nacional dispuso nuevas medidas de prevención en los Departamentos Roca y Adolfo Alsina por ser considerados de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario. Las restricciones rigen desde este lunes 3 de mayo. No obstante, en el caso particular de la localidad de General Roca, aún resta conocer la adhesión total o parcial del Municipio.
Departamentos General Roca
Las nuevas medidas, establecidas por el DNU 287/21, tendrán efectivo cumplimiento a partir del lunes 3 de mayo y hasta el 21 de mayo de 2021.
Circulación
Con el objetivo de proteger la salud pública y evitar situaciones que puedan favorecer la circulación del COVID-19, se establece la restricción de circular para las personas entre las 00.00 horas y las 06.00 horas. Quedan exceptuadas de la medida de restricción a la circulación nocturna las personas incluidas en el Artículo 20º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 287/21.
Actividades suspendidas
• Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
• Reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.
• La práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados. Queda autorizada la realización de las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y/o provinciales, según corresponda.
• Actividades de casinos, bingos, y discotecas.
Actividades permitidas
Las siguientes actividades quedan permitidas, sujetas al cumplimiento estricto de las medidas de cuidado recomendadas por las autoridades sanitarias, y a la aplicación de un coeficiente de ocupación de las superficies cerradas reducido a un máximo del 30% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación, y respetando las exigencias previstas en los correspondientes protocolos aprobados oportunamente para las mismas:
• Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar y atender clientes en sus salones diariamente hasta las 00.00 horas, de acuerdo al aforo máximo antes mencionado. Los propietarios y empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, tendrán hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia.
• Cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, y de acuerdo al aforo máximo antes mencionado, y los protocolos aprobados oportunamente para las mismas en ambas provincias.
• Realización de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos en lugares cerrados, de acuerdo al aforo máximo antes mencionado, y con el límite máximo de personas definido por los protocolos aprobados oportunamente para las mismas.
Localidades alcanzadas
Departamento Roca: General Roca, Allen, Cervantes, Ingeniero Huergo Mainque, General Godoy, Villa Regina, Chichinales, Cipolletti, Fernandez Oro, Cinco Saltos, Barda del Medio, Campo Grande y Catriel.
Río Negro
Río Negro abonó la totalidad de los salarios al personal estatal
Este martes cobraron todos los trabajadores públicos rionegrinos.

El Gobierno Provincial concretó hoy (02/06) el pago de sueldos al personal de la Administración Pública, «ratificando la política sostenida de previsiblidad, con un orden financiero que permite llevar certezas a estatales de Río Negro», destacaron desde el Ejecutivo.
«De esta manera, se sostiene el rumbo que se enmarca en una gestión responsable de los recursos públicos, cumpliendo en tiempo y forma con las obligaciones en materia de salarios a la planta de trabajadores estatales», agregaron.
Percibieron sus haberes personal de la Salud Pública, con guardias y horas extras; Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial; docentes y porteros; agentes de la Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios, y los poderes Legislativo y Judicial junto a organismos de control.
Judiciales
Quisieron cobrarle una deuda en dólares, pero la firma del pagaré era falsa
El fuero Civil ordenó una pericia caligráfica y el estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa.

Una mujer de Cipolletti enfrentó un intento de cobro por una suma en dólares a través de un pagaré. Ella se opuso a la ejecución, negó que la firma fuera suya y el fuero Civil ordenó una pericia caligráfica. El estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa, por lo que se rechazó el reclamo y se dejó sin efecto la sentencia monitoria dictada al inicio del trámite.
El reclamo fue promovido por un hombre que poseía un pagaré. En una primera etapa, el trámite avanzó con una sentencia monitoria. Luego, la mujer se presentó en el expediente y planteó una excepción de falsedad de título, una defensa prevista en el Código Procesal Civil y Comercial para discutir la autenticidad del documento utilizado como base de una ejecución.
En su presentación, la mujer sostuvo que la firma atribuida a ella no le pertenecía. También negó haber mantenido trato con la persona que reclamó el pago y desconoció la existencia de la deuda. El planteo abrió el análisis sobre la validez del pagaré presentado para exigir el cobro.
La contraparte no contestó el traslado de esa defensa. Ante esa situación, el fuero Civil dispuso la producción de prueba y ordenó una pericia caligráfica. La medida tuvo como objetivo examinar la firma cuestionada y comparar sus características con material indubitado de la mujer.
El informe técnico marcó varios puntos. La perita indicó que no resultaba posible determinar la antigüedad relativa de las inscripciones ni establecer si la firma y el resto del contenido del pagaré se realizaron en el mismo momento. También señaló que se utilizaron dos instrumentos escriturales distintos y que el completado del documento revelaba una secuencia de plasmación.
La conclusión central fue categórica: «La firma estampada en el documento base de la presente acción no fue realizada de puño y letra» por la mujer. En otros términos, según el dictamen, esa firma no le pertenecía. La pericia no recibió impugnaciones ni pedidos de explicaciones.
La resolución del fuero Civil destacó que, en los procesos ejecutivos, la excepción de falsedad de título puede plantearse cuando se cuestiona una adulteración del documento. En el caso de la firma, la falsedad puede configurarse si se acredita que la rúbrica inserta en el instrumento no pertenece a la persona contra la cual se dirige el reclamo.
El fallo también recordó que la pericia caligráfica resulta una prueba fundamental cuando se discute la autenticidad de una firma. Aunque ese dictamen no obliga de manera automática a quien decide, la resolución indicó que no corresponde apartarse de sus conclusiones sin fundamentos.
En este expediente, el informe fue considerado claro, preciso y ajustado a las exigencias procesales. La resolución valoró que la especialista detalló la metodología empleada, el instrumental científico utilizado, la bibliografía de base y los materiales de cotejo.
Con esos elementos, el fuero Civil hizo lugar a la excepción de falsedad de título presentada por la mujer. En consecuencia, rechazó la ejecución promovida en su contra y dejó sin efecto la sentencia monitoria. También dispuso que, una vez firme la resolución, se levante el embargo trabado sobre sus fondos.
Roca
Retuvieron 45 vehículos en una semana de controles de tránsito en Roca
8 vehículos fueron retenidos por delegar la conducción a menores de edad y 7 por generar ruidos molestos.

Los operativos de control de tránsito realizados en General Roca durante la última semana finalizaron con 93 actas de infracción labradas y la retención preventiva de 45 vehículos por distintas irregularidades.
Según informó el Municipio, los procedimientos fueron llevados adelante por inspectores de Tránsito entre el lunes (25/05) y el domingo (31/05) en distintos puntos de la ciudad, con el objetivo de reforzar la seguridad vial tanto en el sector urbano como en la zona rural.
Como resultado de los controles, se detectaron 10 casos de alcoholemia positiva. Además, se procedió al secuestro preventivo de 33 motocicletas y 12 automóviles.
De acuerdo con el detalle oficial, 7 vehículos fueron retenidos por alcoholemia positiva, otros 7 por generar ruidos molestos, 8 por delegar la conducción a menores de edad y 23 por falta de documentación obligatoria.
Las infracciones más recurrentes estuvieron relacionadas con la falta de licencia de conducir, ausencia de seguro, falta de chapa patente y circulación en contramano.
Desde la Dirección de Tránsito recordaron que en la ciudad se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una graduación alcohólica superior a cero.
La normativa contempla multas que van desde los 1.000 hasta los 3.000 USAM, equivalentes actualmente a entre $1.200.000 y $3.600.000, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.
Las autoridades insistieron en la necesidad de evitar el consumo de alcohol antes de conducir y recomendaron designar un conductor responsable para prevenir siniestros viales y proteger la seguridad de toda la comunidad.








