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Sociedad

Desmienten que mañana y el viernes se vacunará masivamente a personas con factores de riesgo

Sí se hará un empadronamiento presencial con aquellos que puedan acreditar que presentan diferentes patologías consideradas de riesgo ante un posible contagio de Covid-19. Todos los detalles en esta nota.

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Ante versiones periodísticas que circularon en la mañana de este miércoles (12/05), respecto de la supuesta realización de dos jornadas especiales de vacunación COVID-19 a personas entre 18 y 59 años con factores de riesgo, desde el Hospital Francisco López Lima, aclararon la información.

El Licenciado en Enfermería Nelson Gutiérrez, referente del programa de vacunación COVID-19 explicó que jueves 13 y viernes 14, entre las 9 y las 13 y las 15 y las 19, se realizará en la Colonia Penal (Palacios y Buenos Aires) un empadronamiento de la población residente en Roca, de entre 18 y 59 años que presente y pueda acreditar, factores de riesgo.

“Cuatro personas del Hospital van a estar instaladas en el sector de acceso al casino de la Colonia Penal, donde realizamos la vacunación COVID-19, para anotar a población de entre 18 y 59 años que posea factores de riesgo y pueda acreditarlos. Les vamos a tomar todos los datos y les vamos a informar que una vez que lleguen más dosis de la vacuna, los vamos a llamar para darles su turno”.

La necesidad de que las personas en esta franja etaria vuelvan a anotarse, surge a partir de que se detectara que muchos inscriptos en ese grupo, no presentaban ningún tipo de factor de riesgo.

Fue durante la primera jornada de vacunación a este grupo poblacional, que tuvo lugar el viernes 7 de mayo, que los vacunadores constataron que algunas de las personas que habían sido llamadas a vacunarse, no reunían los requisitos para ingresar en esta fase de la inmunización. En esa jornada, fueron inmunizadas con primera dosis 600 personas en tanto que no se aplicó la vacuna a quienes no presentaban factores de riesgo.

“Entendemos que toda la población, con y sin factores de riesgo, debe vacunarse. Pero debemos dar prioridad a quienes presentan alguna patología que puede complicar un eventual cuadro de coronavirus”, detalló Gutiérrez.

Por esta razón, los vecinos de Roca que tengan entre 18 y 59 años y presenten condiciones de salud de riesgo ante el COVID-19 que puedan acreditar, deberán presentarse mañana jueves o el viernes, para la inscripción. Serán llamados cuando lleguen las dosis de las vacunas.

Los factores de riesgo son:
• Diabetes tipo 1 o 2 (insulinodependiente y no insulinodependiente).
• Obesidad grado 2 (índice de masa corporal -IMC- mayor a 35) y grado 3 (IMC mayor a 40).
• Enfermedad cardiovascular.
• Enfermedad renal crónica (incluido pacientes en diálisis crónica).
• Enfermedad respiratoria crónica.
• Cirrosis.
• Personas que viven con VIH.
• Pacientes en lista de espera para trasplante de órganos sólidos y trasplantados de órganos sólidos.
• Personas con discapacidad residentes de hogares, residencias y pequeños hogares.
• Pacientes oncológicos y oncohematológicos con diagnóstico reciente o enfermedad “ACTIVA” (menos de 1 año desde el diagnóstico; tratamiento actual o haber recibido tratamiento inmunosupresor en los últimos 12 meses; enfermedad en recaída o no controlada).
• En pacientes que requieran o realicen tratamiento quimioterápico, se recomienda recibir el esquema completo de vacunación (2 dosis) al menos 14 días previos al inicio del tratamiento. De no ser posible, se sugiere demorar la vacunación hasta el momento en el cual exista una recuperación medular estable o se encuentren en fase de consolidación (según corresponda).
• Personas cursando una TB activa (caso nuevo o recaída, diagnosticados en los últimos 12 meses).
• Personas con discapacidad Intelectual y del desarrollo que inhabilite las capacidades individuales de ejecutar, comprender o sostener en el tiempo las medidas de cuidado personal para evitar el contagio o transmisión de la COVID-19; y/o se encuentren institucionalizados, en hogares o residencias de larga permanencia; y/o requieran asistencia profesional domiciliaria o internación domiciliaria.
• Síndrome de Down, priorizando inicialmente a aquellos mayores de 40 años, en quienes se ha evidenciado un aumento sustancial de la mortalidad por COVID-19 respecto de otros grupos etarios.

Judiciales

«La empresa me obligó a mentir»: La confesión de un vendedor de planes de ahorro terminó en condena

La Justicia declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones.

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Un vecino de Viedma inició una demanda luego de intentar comprar una camioneta a través de un plan de ahorro que encontró en redes sociales. La historia comenzó en 2021, en plena pandemia, cuando las concesionarias permanecían cerradas al público y muchas operaciones se realizaban de forma virtual.

Mientras navegaba por internet, el vecino vio una publicidad de una concesionaria que ofrecía financiación para vehículos cero kilómetro. Completó un formulario y, días después, recibió el llamado de un asesor comercial que le explicó distintas opciones para adquirir una camioneta mediante un plan de ahorro.

Según el relato que luego llegó al expediente judicial, la propuesta incluía beneficios y una entrega prevista luego de algunas cuotas. Convencido por esas condiciones, aceptó la oferta y realizó los primeros pagos con tarjeta de crédito.

Con el paso de los meses comenzaron las dudas. Las cuotas que aparecían en los resúmenes eran más altas que las que le habían informado. Tampoco recibió el contrato ni información precisa sobre el grupo y orden del plan al que había sido incorporado.

Tiempo después, el mismo vendedor volvió a comunicarse con una nueva propuesta. Le dijo que existía una alternativa mejor: cambiar el plan y acceder a otro modelo con entrega inmediata. Para eso debía dejar de pagar el plan anterior y abrir uno nuevo a nombre de la esposa.

La pareja siguió esas indicaciones. Realizaron nuevos pagos vinculados al supuesto cambio de modelo, gastos administrativos y trámites de patentamiento. Sin embargo, la entrega del vehículo nunca ocurrió y tampoco recibieron respuestas claras sobre el estado de la operación.
Meses más tarde, el propio vendedor volvió a llamar. Según consta en la causa, durante esa conversación les dijo que había sido obligado a engañar a los clientes.
De acuerdo con el relato incorporado al expediente, les manifestó que había sido «forzado por la empresa a mentir con el fin de vender».

A partir de ese momento comenzaron nuevas gestiones para intentar recuperar el dinero. En ese contexto también se registraron cargos en la tarjeta de crédito vinculados a supuestos trámites para cerrar anticipadamente el plan y gestionar la devolución de los fondos.

Ante la falta de respuestas y las irregularidades detectadas, el vecino decidió desconocer los consumos y bloquear la tarjeta. Luego inició reclamos ante el organismo de defensa del consumidor, envió cartas documento y participó en una mediación. Ninguna de esas instancias tuvo respuesta de las empresas involucradas.

El caso llegó finalmente al fuero civil de Viedma. La jueza analizó la forma en que se ofrecieron los planes de ahorro y el modo en que se desarrolló la relación de consumo.

En la sentencia se indicó que la concesionaria, a través de su vendedor, realizó «ofertas confusas y engañosas» y solicitó pagos que no correspondían. También se señaló que durante la contratación no se brindó información clara ni detallada sobre las condiciones del plan.

La jueza explicó que las empresas que participan en este tipo de operaciones tienen una responsabilidad especial frente a los consumidores. En ese sentido remarcó que «las firmas demandadas se encuentran altamente profesionalizadas y organizadas para cumplir sus cometidos en el mercado», por lo que deben actuar con mayor diligencia.

En el fallo también se concluyó que no se cumplió con el deber legal de información. Según se indicó, no se acreditó que los consumidores hubieran recibido datos claros sobre las características del plan, sus costos o las condiciones reales de contratación.

Además se advirtió que la documentación aportada reveló irregularidades. Incluso una pericia caligráfica determinó que una de las firmas que aparecía en un formulario de adhesión no correspondía al consumidor.

La jueza sostuvo que estas conductas implicaron una vulneración de derechos básicos del consumidor. Por ese motivo declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones por los perjuicios sufridos.

Finalmente, el fallo también dispuso dar intervención al Ministerio Público Fiscal para que analice la posible comisión del delito penal de estafa.

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Judiciales

Inició una demanda para poder hacer su viaje de 15 años

El viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes.

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Una adolescente de Viedma obtuvo autorización judicial para realizar su viaje de 15 años a Estados Unidos. Debió recurrir al Poder Judicial para garantizar el permiso de salida del país. El caso se tramitó el fuero de familia. El padre de la joven inició el expediente para obtener la autorización necesaria para que su hija pudiera concretar el viaje recreativo. Era el regalo familiar por sus 15 años.

Según se explicó en la presentación, el viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes. Ante esa situación, el padre promovió el proceso judicial para asegurar que la adolescente pudiera realizar el viaje.

En el expediente también se dejó constancia de que la joven ya había ejercido su derecho a ser oída en actuaciones vinculadas al caso y expresó su voluntad de realizar el viaje. La madre, por su parte, manifestó que no se oponía al destino ni al carácter recreativo del viaje.

Con esos elementos, la jueza autorizó la salida del país por un período de hasta 15 días, durante los meses de mayo o junio de este año, cuando se confirme el itinerario definitivo. La sentencia también dispuso que las costas del proceso deberán ser afrontadas por la madre.

La magistrada entendió que el padre se vio obligado a iniciar el trámite judicial para obtener la autorización y que la demandada no realizó gestiones extrajudiciales que permitieran evitar el dictado de la sentencia.

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Roca

Lanzan nueva campaña en Roca para recolectar aparatos electrónicos en desuso

La iniciativa se realizará del 25 al 27 de marzo en Plaza Belgrano y busca reutilizar equipos informáticos a través de un curso de eco-recuperación.

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El Municipio de General Roca, a través de la Dirección de Ambiente, realizará una nueva campaña de recepción de aparatos eléctricos y electrónicos en desuso, en el marco de lo establecido por la Ordenanza N° 4605/10.

En esta oportunidad, se recibirán televisores, celulares, computadoras y CPU, que serán destinados al curso Eco-Recuperación de Equipos Informáticos, una capacitación que se desarrollará de manera conjunta con la USEP municipal.

La campaña se llevará adelante los días martes (25/03), miércoles (26/03) y jueves (27/03), en el horario de 9 a 16, en Plaza Belgrano.

Desde el Municipio invitaron a vecinos, vecinas, empresas e instituciones a participar acercando los equipos electrónicos que ya no utilicen, con el objetivo de promover su recuperación, reutilización y una correcta disposición.

Quienes no puedan asistir en esas fechas también podrán coordinar la recepción de los aparatos comunicándose al teléfono 4431400, interno 2305.

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