Seguinos

Sociedad

Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento

La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

el

El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.

Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.

Actividades y servicios considerados esenciales:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal afectado a obra pública.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.

Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.

Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.

Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.

Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.

Gremios

El Gobierno provincial ratificó la obligatoriedad del control biométrico para el personal de Salud

La suspensión cautelar perdió vigencia y el sistema de registro mediante biometría facial continúa siendo obligatorio.

el

El Gobierno de Río Negro informó que el control biométrico de asistencia continúa vigente y es obligatorio para el personal del Ministerio de Salud, luego de que se agotara la vía administrativa vinculada con los planteos contra la Resolución 986/2026.

La resolución del Consejo Provincial de la Función Pública establece la obligatoriedad del sistema de registro de asistencia mediante biometría facial para el personal de Salud.

La semana pasada, la Cámara del Trabajo de Viedma había hecho lugar a una medida cautelar autónoma presentada por ASSPUR y suspendido transitoriamente los efectos de la resolución. Sin embargo, esa medida tenía una condición concreta: la suspensión se mantenía únicamente hasta que el Estado Provincial agotara la vía administrativa.

Según informó la Provincia, la decisión judicial no había resuelto la cuestión de fondo ni declarado inválido el sistema de control biométrico. La cautelar se había dictado debido a que se encontraba pendiente de resolución un recurso jerárquico presentado por ASSPUR.

El Gobierno Provincial completó ese trámite mediante el Decreto N° 903, que rechazó el recurso jerárquico y ratificó la obligatoriedad del sistema establecido por la Resolución 986/2026.

Con el dictado y la notificación del decreto quedó formalmente agotada la vía administrativa. La Provincia comunicó esta circunstancia a la Cámara del Trabajo de Viedma, que tuvo por acreditado el cumplimiento del requisito y remitió a los términos de su pronunciamiento anterior. De esta manera, al cumplirse la condición fijada por la Justicia, perdió vigencia la suspensión cautelar y continúa vigente la Resolución 986/2026.

La definición se suma a otros pronunciamientos judiciales vinculados con la implementación del sistema. Entre ellos, la Justicia rechazó recientemente un amparo presentado por UPCN para dejar sin efecto el control biométrico para sus afiliados.

En ese caso, se consideró que no estaba acreditada la existencia de un daño grave e irreparable ni una ilegalidad o arbitrariedad manifiesta que justificara la utilización de la vía excepcional del amparo.

Así, agotada la instancia administrativa y cumplida la condición que había dado sustento a la suspensión cautelar, el sistema de control biométrico continúa vigente y es obligatorio para el personal alcanzado del Ministerio de Salud.

Continuar leyendo

Roca

El tiempo en Roca: Viento fuerte y una semana con cambios de temperatura

Este miércoles se presentará inestable, con lluvias, y mañana jueves estará cubierto. El viernes se esperan fuertes vientos.

el

El pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC) anticipa jornadas con inestabilidad, lluvias y viento fuerte durante los próximos días, con temperaturas máximas que llegarán a los 23°C.

Este miércoles (30/09) se espera una jornada inestable, con una máxima de 15°C y una mínima de 0°C. El viento tendrá ráfagas de hasta 26 km/h durante el día y de 20 km/h por la noche.

Para el jueves (01/10), el cielo estará cubierto, con una máxima de 18°C y una mínima de 5°C. Durante la noche el viento se intensificará, con ráfagas que podrían alcanzar los 64 km/h.

El viernes (02/10) será la jornada más cálida del período, con una máxima de 23°C y una mínima de 4°C. El cielo estará parcialmente nublado y ventoso, con ráfagas de hasta 77 km/h durante el día y 63 km/h por la noche.

El sábado (03/10) continuará el viento, con una máxima de 19°C y una mínima de 3°C. Se espera cielo mayormente cubierto durante el día y mayormente despejado por la noche. Las ráfagas podrían alcanzar los 69 km/h.

Para el domingo (04/10), el pronóstico anticipa cielo mayormente despejado, con 19°C de máxima y 4°C de mínima. El viento tendrá ráfagas de hasta 60 km/h durante la noche.

Finalmente, el lunes (05/10) se espera una máxima de 20°C y una mínima de 7°C, con cielo mayormente despejado durante el día y cubierto por la noche. Las ráfagas llegarían a 35 km/h.

Continuar leyendo

Roca

Roca licita espacios para instalar locales farmacéuticos en Chacramonte, Barrio Nuevo y J.J. Gómez

La iniciativa apunta a favorecer el acceso a medicamentos y prestaciones farmacéuticas en sectores de la ciudad que actualmente se encuentran alejados de estos servicios.

el

La Municipalidad de General Roca lanzó la Licitación Pública N° 35/2026 para el otorgamiento de permisos de uso de inmuebles municipales destinados a la construcción, instalación y explotación de locales farmacéuticos en los barrios Chacramonte, Barrio Nuevo y J.J. Gómez.

«La iniciativa tiene como objetivo favorecer el acceso a medicamentos y prestaciones farmacéuticas en sectores de la ciudad que actualmente se encuentran alejados de este tipo de servicios», indicaron desde la comuna roquense.

Desde el Municipio aclararon que la denominación local farmacéutico «se utiliza en sentido genérico dentro del proyecto. La modalidad sanitaria concreta bajo la cual podrá funcionar cada establecimiento -farmacia, botiquín u otra figura legal- estará sujeta a la viabilidad del emplazamiento y a la habilitación efectiva otorgada por la autoridad competente», indicaron.

Para garantizar la sustentabilidad y el desarrollo de los proyectos, se estableció un plazo de vigencia del permiso de uso de 30 años, computados formalmente desde la fecha de habilitación efectiva y apertura al público del establecimiento.

La adjudicación de cada sector será evaluada en forma independiente, de acuerdo con criterios vinculados a la calidad arquitectónica y funcional de la propuesta, la inversión comprometida, el plazo de ejecución, los antecedentes y la capacidad del proponente. También se tendrá en cuenta la propuesta de prestación sanitaria, la generación de empleo y las mejoras adicionales ofrecidas.

Las ofertas deberán presentarse en Mesa de Entradas de la Municipalidad de General Roca hasta el viernes 16 de octubre a las 10.00 de la mañana. La apertura de los sobres se realizará ese mismo día a las 10.30 en la Dirección de Contrataciones, ubicada en Bartolomé Mitre 710.

Los interesados podrán consultar los Pliegos de Bases y Condiciones en la Dirección de Contrataciones, dentro del horario administrativo vigente. Para consultas, se encuentran disponibles los teléfonos 2984-431400, interno 2213, y 2984-631293, además de los correos electrónicos fsandoval@generalroca.gob.ar y vfuentealba@generalroca.gob.ar.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement