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Sociedad

Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento

La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

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El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.

Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.

Actividades y servicios considerados esenciales:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal afectado a obra pública.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.

Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.

Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.

Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.

Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.

Judiciales

Le vaciaron la cuenta con los ahorros de toda su vida con un cambio de chip en otra ciudad: Condenan a banco y telefónica

La víctima descubrió que de los casi 3 millones de pesos de ese momento solo quedaban $8.000.

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Una jubilada de Viedma perdió varios millones de pesos en menos de una hora después de que delincuentes tomaran el control de su línea telefónica mediante un cambio fraudulento de chip. Con ese acceso ingresaron a su cuenta bancaria y realizaron ocho transferencias que vaciaron prácticamente todos sus ahorros. La Cámara de Apelaciones de la capital provincial concluyó que el fraude fue posible por fallas concurrentes en los sistemas de seguridad de dos prestadores de servicios.

La mujer tenía constituido un plazo fijo y el 13 de octubre de 2022 advirtió que su celular solo permitía realizar llamadas de emergencia. Horas más tarde, cuando intentó renovar esa inversión, descubrió que de los casi 3 millones de pesos de ese momento solo quedaban $8.000. El dinero había sido transferido mediante seis débitos inmediatos (DEBIN) y dos transferencias a personas desconocidas.

Frente a esa situación promovió una demanda por daños y perjuicios. Sostuvo que el cambio de la tarjeta SIM se había concretado sin verificar correctamente la identidad de quien lo solicitó y que, además, nadie advirtió una serie de operaciones bancarias completamente ajenas a su comportamiento habitual como clienta.

En primera instancia, el fuero Civil de Viedma responsabilizó únicamente a la empresa de telefonía. Entendió que el cambio fraudulento del chip había sido la causa adecuada del perjuicio y liberó de responsabilidad a la entidad financiera.

La Cámara confirmó que existió una falla en el procedimiento que permitió reemplazar la tarjeta SIM. Valoró que el cambio se autorizó desde una antena ubicada en Neuquén cuando apenas una hora y media antes la línea funcionaba normalmente en Viedma. También destacó que no existían registros que permitieran comprobar cómo se había validado la identidad de quien realizó esa gestión.

Sin embargo, el tribunal consideró que la entidad financiera también incumplió su deber de seguridad. Señaló que las operaciones reunían numerosos indicadores de riesgo: la generación de un nuevo token, el alta de varios destinatarios desconocidos, ocho transferencias consecutivas en apenas 36 minutos, el vaciamiento casi total de la cuenta y montos incompatibles con el historial de la clienta. Pese a ello, no se activó ningún mecanismo de alerta, bloqueo o verificación.

La sentencia recordó que las entidades financieras tienen la obligación de implementar sistemas de monitoreo basados en el perfil transaccional de cada cliente y destacó que ese control existe precisamente para detectar operaciones que, aunque se realicen con credenciales válidas, resulten completamente atípicas.

Con ese criterio, la Cámara concluyó que el fraude solo pudo concretarse por la concurrencia de dos incumplimientos. Por un lado, la autorización irregular del cambio de chip. Por otro, la ausencia de controles frente a movimientos claramente inusuales en la cuenta bancaria. En consecuencia, modificó el fallo de primera instancia, dejó sin efecto la obligación de la mujer de devolver el dinero recibido por la medida cautelar y extendió la condena en forma solidaria a Banco Patagonia y Telefónica Móviles Argentina.

También confirmó las indemnizaciones por daño emergente, pérdida de chance, daño moral y daño punitivo.

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Río Negro

Con aumento incluido, la Provincia abonó sueldos y aguinaldo a estatales

Significó una inyección de $170.000 millones por parte del Gobierno a la economía rionegrina.

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El Gobierno de Río Negro realizó hoy (03/07) el pago unificado de salarios y del medio aguinaldo a todo el personal estatal de la provincia, con un 4,28% de aumento incluido.

Esta decisión, significó una inyección de $170.000 millones por parte del Gobierno a la economía rionegrina e incluyó el 4,28% de aumento en los sueldos, impactando también en el aguinaldo. Se consolida así una evolución salarial por encima de la inflación acumulada en el semestre.

Durante la primera parte del año, los incrementos escalonados que sostuvo Río Negro alcanzaron un 16% de aumento, por encima de la inflación del 14,7% de acuerdo a datos del INDEC para los primeros cinco meses de 2026.

De esta manera, hoy percibieron sus haberes y el medio aguinaldo el personal de Salud Pública (guardias y horas extras); Policía de Río Negro; Servicio Penitenciario Provincial; docentes; porteros; personal comprendido en la Ley N° 1.844; Vialidad Rionegrina; pensiones de Bomberos Voluntarios; Poder Legislativo; Poder Judicial y Órganos de Control.

«Con el pago de salarios y aguinaldo de manera conjunta, Río Negro sostiene el rumbo que se enmarca en una gestión responsable de los recursos públicos, cumpliendo con las obligaciones en materia de salarios a la planta de trabajadores estatales de la provincia», indicaron desde la Provincia.

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Río Negro

Río Negro avanza con la fiscalización ambiental del proyecto de GNL

El objetivo es que el proyecto avance con una presencia activa del Estado.

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La Secretaría de Ambiente y Cambio Climático fiscaliza en territorio, durante la ejecución del proyecto de exportación de GNL en el Golfo San Matías, el cumplimiento ambiental asumido por la empresa.

Mientras Río Negro consolida una nueva etapa productiva vinculada al desarrollo energético, la Provincia mantiene una presencia técnica permanente para acompañar, controlar y verificar que cada avance del proyecto se realice bajo la normativa ambiental vigente.

El seguimiento alcanza las distintas etapas de ejecución, tanto en las obras terrestres como en la infraestructura marítima asociada al desarrollo de Gas Natural Licuado Flotante en el Golfo San Matías. El objetivo es claro: que el crecimiento energético avance con planificación, responsabilidad ambiental y control del Estado.

Control técnico en cada etapa

La Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, como autoridad de aplicación, lleva adelante inspecciones y controles en territorio para verificar el cumplimiento de los compromisos ambientales establecidos durante el proceso de evaluación del proyecto.

Las autorizaciones ambientales contemplan obligaciones específicas vinculadas al monitoreo de flora y fauna, la protección de ecosistemas marinos y terrestres, la gestión de residuos, la prevención de impactos y el seguimiento de las tareas que se desarrollan en las áreas intervenidas.
Además de las inspecciones en obra, la Provincia supervisa los procesos de recomposición ambiental en los sectores afectados por la construcción de infraestructura terrestre, con el fin de asegurar que las intervenciones se realicen de acuerdo con los compromisos asumidos.

Desarrollo energético con responsabilidad ambiental

El proyecto contempla infraestructura clave para que Río Negro se consolide como punto estratégico de salida del GNL argentino al mundo, incluyendo obras terrestres, instalaciones submarinas y un centro de soporte logístico en Puerto San Antonio Este.

En ese marco, el Gobierno Provincial sostiene una política que combina nuevas inversiones, generación de empleo, desarrollo de proveedores locales y protección de los recursos naturales que distinguen al Golfo San Matías y a toda la costa rionegrina.

El esquema de fiscalización se apoya en tres pilares: control integral durante todo el ciclo del proyecto, participación ciudadana en los procesos de evaluación ambiental y capacidad del Estado para exigir medidas correctivas o aplicar sanciones ante eventuales incumplimientos.

Un Estado presente para cuidar el rumbo

La decisión del Gobierno de Río Negro, encabezado por Alberto Weretilneck, es que las inversiones estratégicas avancen con reglas claras, planificación y presencia activa del Estado en cada etapa.

De esta manera, la Provincia reafirma que el desarrollo energético no es un hecho aislado, sino parte de un rumbo que busca transformar oportunidades en trabajo, infraestructura y futuro para los rionegrinos, sin resignar el cuidado ambiental ni la protección de los ecosistemas provinciales.

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