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Sociedad

Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento

La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

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El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.

Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.

Actividades y servicios considerados esenciales:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal afectado a obra pública.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.

Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.

Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.

Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.

Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.

Sociedad

Mercado Pago Casino: Cómo descargar la app en Argentina paso a paso

Te lo explicamos paso a paso.

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El uso del celular para gestionar dinero dejó de ser una novedad en la Argentina. Según los propios informes del sector fintech, más de la mitad de los adultos del país ya opera con alguna billetera virtual, y una parte creciente de esa actividad ocurre fuera del horario bancario, desde el teléfono y en pocos segundos. Ese cambio de hábito explica por qué las plataformas de entretenimiento online empezaron a organizarse alrededor de los medios de pago que la gente ya tiene instalados.

En ese contexto aparece Mercado Pago Casino, una propuesta pensada para quienes prefieren no cargar tarjetas ni recordar datos bancarios cada vez que quieren jugar. La lógica es simple: si la billetera ya está en el celular, el proceso de acreditación se resuelve en la misma pantalla.

Requisitos previos

Antes de instalar cualquier aplicación de este tipo conviene revisar tres cosas. La primera es la edad: el acceso está permitido únicamente a mayores de 18 años, y la verificación de identidad es obligatoria. La segunda es el espacio disponible en el dispositivo, que rara vez supera los 60 MB pero puede complicarse en teléfonos con memoria saturada. La tercera es la conexión: una descarga interrumpida suele terminar en un archivo corrupto que después no abre.

El procedimiento, en orden

Quien quiera descargar Mercado Pago Casino encontrará que el recorrido no difiere demasiado del de cualquier otra aplicación de entretenimiento. En Android el archivo se obtiene desde el sitio oficial y se instala habilitando temporalmente los permisos de orígenes desconocidos; en iOS el camino habitual es el acceso directo desde el navegador, que deja un ícono en la pantalla de inicio y funciona como una app nativa.

Una vez abierta la aplicación, el registro pide los datos personales básicos y un documento que acredite identidad. Ese paso no es opcional ni burocrático: es la manera en que la plataforma cumple con las exigencias de verificación que rigen para el juego online en el país. Recién después queda habilitada la vinculación de la billetera y la posibilidad de acreditar saldo.

Qué mirar después de instalar

La experiencia posterior depende bastante del teléfono. En equipos de gama media la aplicación tiende a consumir menos batería que la versión web abierta en el navegador, porque no mantiene varias pestañas activas. También conviene revisar los permisos que solicita: una app de este rubro no necesita acceso a los contactos ni a la galería de fotos, y cualquier pedido de ese tipo merece atención.

Por último, vale la advertencia de siempre. El juego es una forma de entretenimiento y no una fuente de ingresos. Las plataformas serias incluyen herramientas de autolimitación —topes de depósito, recordatorios de tiempo de sesión, autoexclusión— y su uso es recomendable desde el primer día. Si el juego deja de ser un pasatiempo, existen líneas de atención gratuitas en todo el país.

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Roca

Después de un lunes fresco, llegan 20°C y se esperan lluvias

Este lunes se espera una máxima de 15°C, mientras que el martes será la jornada más cálida, con 20°C.

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La semana comenzó con temperaturas frescas en General Roca, pero el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC) anticipa un marcado ascenso térmico durante los próximos días, seguido por lluvias y un nuevo descenso de las temperaturas.

Este lunes (07/09) se espera una jornada despejada, con una máxima de 15°C y una mínima de -2°C. El viento soplará del sudoeste a 25 km/h, con ráfagas de hasta 37 km/h.

El martes (08/09) llegará el ascenso más importante de la temperatura, con 20°C de máxima y 3°C de mínima. El cielo estará despejado durante el día y parcialmente nublado durante la noche.

Para el miércoles (09/09), el pronóstico indica una máxima de 19°C y una mínima de 2°C. Durante el día el cielo estará despejado y por la noche mayormente despejado. El viento alcanzará los 34 km/h, con ráfagas de hasta 40 km/h.

El cambio de condiciones llegará el jueves (10/09). Se espera una jornada cubierta, con una máxima de 15°C y una mínima de 1°C. Durante la noche el cielo estará inestable y podrían registrarse lluvias, mientras que las ráfagas alcanzarían los 54 km/h.

El viernes (11/09) será más frío, con 10°C de máxima y -2°C de mínima. El pronóstico contempla lluvias débiles y dispersas durante el día y cielo cubierto durante la noche. Las ráfagas podrían llegar a 44 km/h.

Finalmente, el sábado (12/09) se espera una mejora, con cielo despejado, 12°C de máxima y -1°C de mínima.

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Roca

Tiempo en Roca: Días cálidos y soleados, pero el frío volverá con fuerza

El pronóstico anticipa un cambio de condiciones desde el jueves, con cielo cubierto, descenso de temperatura y un viernes inestable.

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General Roca tendrá dos jornadas con cielo despejado y temperaturas agradables, aunque el panorama cambiará hacia el final de la semana, según el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC).

Este martes (08/09) se espera una jornada despejada, con una máxima de 19°C y una mínima de -1°C. El viento soplará del oeste a unos 19 km/h, con ráfagas de hasta 26 km/h.

Para el miércoles (09/09) las condiciones se mantendrán mayormente despejadas, con una máxima de 19°C y una mínima de 1°C. El viento será del sudoeste, con velocidades de hasta 24 km/h y ráfagas de 31 km/h.

El cambio comenzará a sentirse el jueves (10/09). El cielo estará cubierto durante el día y se prevé una máxima de 18°C y una mínima de 1°C. Durante la noche, las condiciones serán inestables y el viento podría alcanzar los 48 km/h, con ráfagas de hasta 53 km/h.

El descenso será mucho más marcado el viernes (11/09), cuando la máxima apenas alcanzaría los 7°C y la mínima sería de -2°C. Además, se esperan vientos de 47 km/h y ráfagas de hasta 61 km/h.

El frío continuará durante el fin de semana. Para el sábado (12/09) se anticipa cielo despejado, máxima de 9°C y mínima de -5°C, mientras que el domingo (13/09) habría una leve recuperación térmica, con 14°C de máxima y -2°C de mínima.

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