Sociedad
Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento
La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.
Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.
Actividades y servicios considerados esenciales:
Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
Personal afectado a obra pública.
Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
Servicios de lavandería.
Servicios postales y de distribución de paquetería.
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.
Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.
Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.
Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.
Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.
Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.
Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.
Política
La Provincia fijó el receso administrativo del 2 al 31 de enero
Quedan exceptuados los organismos y dependencias que prestan servicios directos a la comunidad.

El Gobierno de Río Negro dispuso el receso general de la Administración Pública Provincial desde el 2 y hasta el 31 de enero de 2026 inclusive, con el objetivo de ordenar el otorgamiento de licencias anuales, optimizar el funcionamiento del Estado y generar ahorros operativos durante el período de menor actividad administrativa.
La medida fue establecida mediante el Decreto 1085/2025, firmado por el gobernador Alberto Weretilneck. El receso alcanza a todas las áreas de la Administración Pública Provincial, estableciendo que las licencias anuales correspondientes al año en curso deberán tomarse de manera obligatoria durante ese período.
En los casos en que la cantidad de días de licencia supere el plazo del receso, el excedente podrá ser otorgado posteriormente, preferentemente hasta el 15 de marzo de 2026, según lo determine la autoridad de cada jurisdicción.
Quedan exceptuados del receso los organismos y dependencias que prestan servicios directos a la comunidad o que, por la naturaleza de sus funciones, no pueden interrumpir su actividad. En estos casos, los responsables de cada área dispondrán la modalidad de otorgamiento de licencias, garantizando la continuidad de los servicios esenciales.
Durante el receso administrativo se suspenderán los plazos legales administrativos, que se reiniciarán automáticamente al finalizar el período establecido, salvo en aquellos organismos que dispongan expresamente su excepción.
Roca
Controles de tránsito en Roca: Labraron más de 200 actas y retuvieron 38 vehículos
Se detectaron 11 alcoholemias positivas durante la última semana.

Como ocurre de manera habitual en la ciudad, inspectores municipales de Tránsito llevaron adelante controles viales en distintos sectores de General Roca, tanto en el casco urbano como en zonas rurales, «con el objetivo de preservar la seguridad vial y reducir los riesgos en la vía pública», destacaron desde el Municipio.
Los operativos se desarrollaron durante la semana comprendida entre el lunes (8/12) y el domingo (14/12) pasados, y arrojaron como resultado la confección de 215 actas de infracción. Dentro de ese total, se detectaron 11 casos de alcoholemia positiva, lo que derivó en la retención preventiva de 5 vehículos.
A estas actuaciones se sumaron 33 retenciones adicionales por distintas infracciones, alcanzando un total de 38 vehículos retenidos, entre ellos 15 motocicletas, 8 automóviles y un cuatriciclo. Desde el área municipal indicaron que las contravenciones más frecuentes estuvieron relacionadas con la falta de licencia de conducir y la ausencia de seguro obligatorio.
Desde la Dirección de Tránsito recordaron que en la ciudad se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23, que establece la política de Alcohol Cero al Volante, prohibiendo la conducción de cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a 0,0 miligramos por litro de sangre. La infracción a esta normativa es considerada falta grave, con sanciones que van desde 1.000 a 3.000 USAM, lo que equivale a multas de entre $1.000.000 y $3.000.000, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.
Asimismo, remarcaron que «el consumo de alcohol, incluso en cantidades mínimas, incrementa significativamente el riesgo de protagonizar siniestros viales, poniendo en peligro no solo al conductor, sino también a peatones y otros usuarios de la vía pública». En ese sentido, reiteraron la importancia de «evitar el consumo de alcohol al volante o designar un conductor responsable, como medida fundamental para garantizar la seguridad de todos».
Política
Habilitaron la nueva red de alumbrado público sobre calle Villegas
La obra se extiende entre Damas Patricias y Félix Heredia. Se instalaron más de 100 columnas con luminarias LED y nuevo tendido eléctrico.

El Municipio de General Roca finalizó y dejó habilitada la ampliación de la red de alumbrado público sobre calle Villegas, en el tramo comprendido entre Damas Patricias y Félix Heredia, donde se incorporó iluminación LED de última generación, más eficiente y sustentable.
La intervención permitió mejorar de manera integral la infraestructura eléctrica del sector, a partir de la instalación de 115 columnas metálicas con luminarias LED y el tendido de 3.000 metros de cable preensamblado, optimizando la cobertura lumínica en una zona clave de la ciudad.
La nueva red beneficia directamente a los barrios Porvenir, ATSA, Alimentación y Belgrano (Plan Procrear), además de mejorar el ingreso a J.J. Gómez, lo que impacta positivamente en la seguridad vial, la visibilidad nocturna y la calidad de vida de vecinos y vecinas del sector oeste de Roca.
Desde el Municipio destacaron que «la incorporación de tecnología LED permite reducir el consumo energético, prolongar la vida útil del sistema y disminuir los costos de mantenimiento, en línea con las políticas de modernización de los servicios públicos y cuidado ambiental».
Asimismo, recordaron que «la obra fue financiada con fondos provenientes del Convenio de Aportes Petroleros, lo que permitió concretar una mejora estructural largamente esperada por la comunidad».








