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Sociedad

Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento

La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

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El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.

Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.

Actividades y servicios considerados esenciales:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal afectado a obra pública.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.

Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.

Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.

Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.

Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.

Roca

Fin de semana con tiempo inestable pero con temperaturas agradables en Roca

El lunes volverían las temperaturas bajo cero.

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General Roca tendrá durante los próximos días temperaturas agradables durante las tardes, aunque las noches continuarán siendo frías, de acuerdo con el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC).

Para este jueves (27/08) se espera una jornada con cielo despejado y una máxima de 18°C, mientras que durante la noche la temperatura podría descender hasta los 0°C. El viento soplará del oeste, con una velocidad de hasta 37 km/h y ráfagas que podrían alcanzar los 54 km/h.

El viernes (28/08) se anticipa una jornada mayormente cubierta, con una máxima de 17°C y una mínima de 4°C. El viento continuará presente, con ráfagas de hasta 45 km/h.

De cara al fin de semana, el sábado (29/08) se prevé una jornada inestable, con una temperatura máxima de 19°C y una mínima de 1°C. Para el domingo (30/08), en tanto, se espera cielo mayormente cubierto, con 17°C de máxima y 2°C de mínima.

La semana continuará con temperaturas más bajas. Para el lunes (31/08) se pronostican 14°C de máxima y -1°C de mínima, mientras que el martes (01/09) las temperaturas serían de 14°C y 1°C, respectivamente.

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Roca

El tiempo cambia en Roca: Viento fuerte, descenso de temperaturas y posibles tormentas

La jornada de este miércoles tendrá cielo parcialmente nublado, una máxima de 18°C y ráfagas que podrían alcanzar los 68 km/h. El fin de semana aparecen posibles tormentas.

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Este miércoles (26/08) se espera una jornada parcialmente nublada, con una temperatura máxima de 18°C y una mínima de 2°C, según el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC). El viento soplará del oeste a unos 41 km/h, mientras que las ráfagas podrían alcanzar los 68 km/h.

Para mañana jueves (27/08), el pronóstico anticipa condiciones inestables, con una máxima de 18°C y una mínima de 1°C. El viento tendrá una intensidad cercana a los 29 km/h, con ráfagas de hasta 48 km/h.

El viernes (28/08) continuará con condiciones de inestabilidad, aunque con mayor nubosidad. Se prevé una máxima de 16°C y una mínima de 0°C, con viento del oeste de hasta 36 km/h.

De cara al fin de semana, el pronóstico marca posibles tormentas tanto para el sábado (29/08) como para el domingo (30/08). El sábado tendría una máxima de 18°C y una mínima de -1°C, mientras que el domingo podría alcanzar los 19°C, con una mínima de 1°C. Durante el domingo, además, las ráfagas podrían llegar a los 71 km/h.

Para el lunes (31/08) se anticipa cielo cubierto, con una máxima de 15°C y una mínima de 0°C.

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Roca

EdERSA anunció cortes de energía programados para este miércoles en Roca

Las interrupciones se realizarán durante la mañana y estarán vinculadas con tareas de poda preventiva y mantenimiento de subestaciones transformadoras.

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La empresa distribuidora EdERSA realizará este miércoles (26/08) una serie de trabajos operativos que requerirán la interrupción programada del servicio eléctrico en distintos sectores de General Roca.

Según informó la compañía, las cuadrillas llevarán adelante tareas de poda preventiva sobre las redes de media tensión y trabajos de mantenimiento en las subestaciones transformadoras.

Para ejecutar las tareas, se diagramaron dos cortes de energía durante la mañana. El primero se desarrollará de 9 a 11 horas y afectará de manera total al barrio Chacra Monte y a una zona rural que comprende las Chacras 178, 177, 1176, 183, 184, 185, 197 y 196.

En tanto, la segunda interrupción del servicio comenzará a las 9.30 y se extenderá hasta las 13 horas, alcanzando el sector delimitado por las calles Jujuy, Portugal, Güemes y Los Perales.

Desde EdERSA solicitaron a los vecinos y comerciantes de las zonas alcanzadas que tomen las medidas de precaución necesarias durante el desarrollo de las tareas.

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