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Sociedad

Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento

La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

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El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.

Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.

Actividades y servicios considerados esenciales:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal afectado a obra pública.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.

Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.

Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.

Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.

Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Roca

Realizarán un corte programado de 6 horas en Roca este domingo por la mañana

Piden a los usuarios tomar precauciones mientras se desarrollen los trabajos de mantenimiento.

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La empresa provincial transportista de energía eléctrica, EdERSA, confirmó que este domingo (07/12), entre las 6 y las 12 horas, se realizará un importante corte programado en General Roca debido a tareas de mantenimiento en la Estación Transformadora 4, ubicada en el casco urbano de la ciudad.

Los trabajos consisten en intervenciones técnicas internas que requieren la suspensión del servicio en una porción significativa de la demanda eléctrica de Roca y Cervantes.

Con el objetivo de minimizar el alcance del corte, desde EdERSA informaron que más del 30% de la demanda de la Estación Transformadora 4 será transferida a la Estación Transformadora Termoroca, situada en la zona norte.

Además, se destacó que el casco urbano de Cervantes no sufrirá interrupciones, ya que su consumo será abastecido mediante transferencia desde la estación de Mainqué.

Sectores afectados por el corte programado

Los cuadrantes y zonas que estarán sin suministro son:

  • Cuadrante conformado por: Mendoza – Canal Grande – Ruta 22 – Alvear
  • Cuadrante conformado por: San Juan – Ruta 22 – Canal Grande – Av. Roca
  • Cuadrante conformado por: 25 de Mayo – Av. Roca – Mendoza – Ruta 22
  • Cuadrante rural conformado por: Castello – Magallanes – Ruta 22 – Costa del Río
  • Zona rural entre Roca y Cervantes

Desde la empresa solicitan a los usuarios tomar las medidas de seguridad correspondientes durante el lapso de desconexión programado.

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Roca

Verano en Roca: APYCAR inaugura oficialmente la temporada este 6 de diciembre

El balneario abrirá de 8 de la mañana hasta la medianoche. El sector de agua estará habilitado cinco días a la semana.

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Este sábado (6/12) el Balneario Municipal APYCAR abre oficialmente su temporada 2025-2026, dando inicio al disfrute veraniego de cientos de familias roquenses y de la región.

El predio estará abierto todos los días de 8 a 00 horas, mientras que el piletón y los juegos acuáticos funcionarán de viernes a miércoles en el horario de 13 a 21. Los días jueves ese sector permanecerá cerrado para su vaciado y tareas de limpieza.

Desde la administración informaron que el ingreso se cobrará únicamente en efectivo para agilizar el acceso. En tanto, la proveeduría del balneario sí contará con la opción de pagar a través de billeteras virtuales.

Tarifas vigentes temporada 2025-2026

  • Personas: $3.000
  • Autos: $2.500
  • Motos: $2.000
  • Camiones: $3.500
  • Casillas: $8.000
  • Carpas: $5.000
  • Grupo familiar (padre, madre y tres hijos): $7.500

Con condiciones climáticas favorables y gran expectativa, APYCAR se prepara para recibir el verano con propuestas recreativas, espacios verdes y diversión para toda la familia.

Trabajos de acondicionamiento en el Balneario APYCAR

El Municipio de Roca se encuentra realizando diversas tareas de mantenimiento y mejora en el Balneario Municipal de APYCAR, con el fin de dejar en óptimas condiciones el espacio recreativo para el inicio de la temporada estival 2025/2026.

Entre los trabajos desarrollados, se lleva adelante el movimiento de suelo con máquina motoniveladora para la posterior resembración del césped, asegurando una superficie uniforme y adecuada para el disfrute de los visitantes. Además, se ejecutan tareas de reparación y perfilado de calles internas, mejorando la transitabilidad y la circulación dentro del predio.

En la margen sur del piletón, el Municipio avanza con la ampliación de la platea de hormigón de uno de los juegos acuáticos, intervención que permitirá optimizar su funcionamiento y brindar mayor seguridad a quienes lo utilizan.

Paralelamente, se realizan diversas reparaciones y trabajos de reacondicionamiento general en todo el sector del Balneario, con el objetivo de ofrecer un espacio cómodo, seguro y completamente renovado para los vecinos y vecinas durante la temporada de verano.

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