Sociedad
Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento
La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.
Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.
Actividades y servicios considerados esenciales:
Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
Personal afectado a obra pública.
Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
Servicios de lavandería.
Servicios postales y de distribución de paquetería.
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.
Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.
Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.
Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.
Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.
Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.
Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.
Roca
Dolor en Roca: Murió Alan, el joven de 14 años que estaba internado tras un incendio en su vivienda
Su tío Máximo Montero confirmó el fallecimiento a través de las redes sociales y agradeció el acompañamiento recibido por la familia durante las últimas semanas.

Murió Alan, el adolescente que había sufrido graves quemaduras durante un incendio ocurrido en barrio San Martín de General Roca. El joven de 14 años permanecía internado desde hacía un mes en el Hospital Garrahan, en Buenos Aires.
La confirmación de su fallecimiento fue realizada por su tío, Máximo Montero, a través de una publicación en redes sociales, donde agradeció el acompañamiento y las muestras de solidaridad recibidas durante las últimas semanas. «Hoy me toca comunicar una mala noticia, Alan acaba de partir, ya no está más entre nosotros», expresó su familiar.
En el mismo mensaje, recordó la lucha que mantuvo el adolescente desde el momento del incendio y lo describió como «un excelente guerrero, una máquina sin dudarlo, un corazón de hierro que luchó casi un mes».
El siniestro ocurrió el pasado 27 de julio, cuando se desató un incendio en una vivienda ubicada sobre calle Estados Unidos al 1800, en barrio San Martín. Según la información de aquel momento, Alan había sufrido heridas de extrema gravedad y presentaba quemaduras en cerca del 80% de su cuerpo.
Desde entonces, atravesó un complejo proceso de atención médica y fue sometido a intervenciones quirúrgicas programadas en el Hospital de Buenos Aires cada lunes, miércoles y viernes.
Mientras tanto, familiares y vecinos de General Roca impulsaron distintas campañas solidarias para acompañar a la familia. Durante las últimas semanas, la comunidad se movilizó mediante donaciones y mensajes de apoyo.
Su tío agradeció especialmente a quienes aportaron dinero, realizaron colaboraciones y acompañaron con sus oraciones durante el tratamiento.
«Gracias a todos los que estuvieron presentes. No sé cómo voy a hacer para agradecer a toda la gente que estuvo hasta el último momento preguntando por la salud de Alan», expresó.
La muerte del adolescente genera un profundo pesar en la comunidad roquense, que desde el primer momento se había movilizado para acompañar a su familia luego del grave incendio ocurrido en barrio San Martín.
Roca
Corte de luz de más de siete horas alcanzará a gran parte de Roca y Cervantes
La interrupción será de 8.00 a 15.30 horas por trabajos de mantenimiento.

El próximo domingo (30/08), la empresa transportista Transcomahue llevará a cabo tareas de mantenimiento programado en las instalaciones internas de la Estación Transformadora ET4GR, la cual abastece de energía a la mayor parte de la ciudad de General Roca y a la localidad de Cervantes.
Por este motivo, se registrará un corte programado de energía desde las 8.00 y hasta las 15.30 horas. Para minimizar el alcance del corte, la distribuidora EdERSA transferirá gran parte de la demanda desde otra estación transformadora para abastecer parte del casco céntrico donde se ubican las clínicas de salud privadas, el sector del Hospital Regional Francisco Lopez Lima y los organismos de Salud de la localidad. Sin embargo, por razones de capacidad técnica y seguridad del sistema, no será posible cubrir la totalidad de la demanda.
Asimismo, la empresa aprovechará la interrupción para efectuar tareas de poda superior y mantenimiento en las redes de media tensión.
De esta manera, se verá afectada la localidad de Cervantes en toda su totalidad, y en Roca, el cuadrante urbano comprendido entre las calles Gadano, San Juan, Alsina y Sarmiento; y los barrios Norte, Don Fernando, 118 Viviendas, 122 Viviendas, 500 Viviendas, 100 Viviendas, 250 Viviendas, Universitario, 200 Viviendas, 160 Viviendas, 290 Viviendas, Parque Industrial, Islas Malvinas, Las Angustias, La Barda, Aeroclub, Alfonsina Storni, Noroeste, Quinta 25, 1 de Septiembre, Bagliani, Andrade, Modelo, Villa Obrera, Parque San Juan, María Auxiliadora, Japonés, Villa San Martín, Villa del Sol, 827 Viviendas, Villa Industrial, Don Carlos, Las Viñas, Los Olmos, Los Olivos, Bretaña, San Cayetano, Quintu Panal, Padre Alejandro Stefenelli, Don Bosco, Progreso, La Unión, Club de Campo Viejo Polo, Pino Azul I, Pino Azul II, La Pedrera, La Campiña, Vista Barda, Santa Isabel, La Ribera, Apycar, La Costa, Angeloni, Mosconi, Don Emilio, Villa del Río, El Manzanar, La Casona, San Martín, Frank, 174 Viviendas y Central.
Además, Colonia Fátima y Loteo Paumayén y la zona de Chacras N° 316, 315, 317, 314, 313, 312, 303, 304, 305, 311, 307, 306, 308, 297, 298, 299, 300, 301, 302, 291, 292, 293, 294, 295, 296, 290 BIS, 290, 289, 288, 287, 286, 285, 284, 283, 282, 281, 281 BIS, 280, 279, 278, 277, 276, 275, 274, 273, 272, 271, 270, 269, 269 BIS, 268, 267, 266, 265, 264, 263, 262, 261, 260, 259, 258, 257, 256 BIS, 256, 255, 254, 253, 250, 249, 248, 247, 246, 245, 244, 243, 235, 234, 233, 232, 232 BIS, 231, 230, 229, 228, 227, 226, 217, 216, 215, 214, 213 y 212.
«Por tal motivo, solicitamos a los vecinos tomar las prevenciones necesarias», indicaron desde EdERSA.
Río Negro
Estatales rionegrinos cobrarán sus sueldos el 2 de septiembre
Se incluye un aumento del 4,21% para las trabajadoras y los trabajadores de la Provincia.

El Gobierno de Río Negro abonará el próximo miércoles (2/09) la totalidad de los salarios de la Administración Pública Provincial, que incluirán un aumento del 4,21% para las trabajadoras y los trabajadores estatales.
El pago se realizará en una única jornada, brindando previsibilidad al bolsillo de los empleados estatales y garantizando el depósito de los haberes en tiempo y forma.
El miércoles cobrarán el personal de Salud Pública, con guardias y horas extras, la Policía de Río Negro, el Servicio Penitenciario Provincial, docentes, porteros, agentes de la Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios, Poder Legislativo, Judicial y organismos de control.
El 4,21% de incremento que verán reflejados en los sueldos surge de promediar el IPC de junio (1,9% a nivel nacional y 1,72% en Viedma) y el de julio (2,1% a nivel nacional y 2,61% en Viedma).








