Sociedad
Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento
La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.
Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.
Actividades y servicios considerados esenciales:
Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
Personal afectado a obra pública.
Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
Servicios de lavandería.
Servicios postales y de distribución de paquetería.
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.
Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.
Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.
Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.
Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.
Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.
Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.
Río Negro
Weretilneck confirmó el aval de Nación para financiar obras en las Rutas 22 y 151
El financiamiento de FONPLATA permitirá intervenir los sectores más deteriorados de ambos corredores y mejorar las condiciones de circulación y seguridad vial.

El gobernador Alberto Weretilneck confirmó que Río Negro obtuvo la garantía del Gobierno Nacional para avanzar con un crédito de hasta US$ 60 millones de FONPLATA – Banco de Desarrollo, destinado a financiar obras prioritarias en las Rutas Nacionales 22 y 151.
El financiamiento permitirá intervenir los sectores más deteriorados de ambos corredores, mejorar las condiciones de circulación y reforzar la seguridad vial.
La operación se enmarca en la decisión de la Provincia de asumir progresivamente la gestión de estas rutas y definir y ejecutar las obras necesarias en territorio rionegrino.
El avance se produjo luego de un relevamiento realizado recientemente por Vialidad Rionegrina, la Unidad Provincial de Coordinación y Ejecución del Financiamiento Externo (UPCEFE), especialistas de FONPLATA y el Gobierno Nacional.
El trabajo permitió constatar en territorio el estado de las trazas y avanzar en la definición del plan de obras que acompañará la operación de financiamiento.
Con el aval obtenido, la Provincia continúa trabajando en la documentación técnica y financiera necesaria para presentar la operación ante el Directorio de FONPLATA, previsto para noviembre.
El programa tendrá impacto directo sobre más de 438.000 habitantes de los departamentos de Pichi Mahuida, Avellaneda y General Roca, además de las personas y vehículos que utilizan diariamente ambas rutas.
También se estima un mejor acceso para 312.000 habitantes a 81 centros de salud, 15 hospitales, 20 cuarteles de bomberos y distintas dependencias policiales.
La operación contempla financiamiento externo por hasta US$ 60 millones, con la Nación como garante. La gestión administrativa, financiera y fiduciaria estará a cargo de la UPCEFE, mientras que Vialidad Rionegrina tendrá la responsabilidad técnica de definir las prioridades y ejecutar las intervenciones.
Roca
Viernes con cortes programados de energía: Conocé los horarios y sectores afectados en Roca
Se realizarán entre las 9 y las 13.30 y afectarán a sectores rurales y del centro de la ciudad. EdERSA realizará tareas de mantenimiento y renovación de infraestructura.

EdERSA realizará este viernes (25/09) una serie de trabajos sobre la red eléctrica de General Roca que demandarán dos cortes programados de energía durante la mañana. Las tareas estarán vinculadas con la renovación de infraestructura, despeje de líneas y mantenimiento preventivo.
El primer corte se desarrollará entre las 9 y las 11.30 y afectará exclusivamente a una amplia zona rural de la ciudad. En ese horario, el servicio estará interrumpido en las chacras 158, 159, 160, 147, 148, 149, 137, 132, 131, 138, 139, 130, 129 y 140.
Por otra parte, habrá un segundo corte que afectará directamente a un sector del centro. En este caso, la interrupción comenzará a las 9.30 y se extenderá hasta las 13.30. El área alcanzada estará comprendida por las calles Mitre, Gadano, Avenida Roca y La Pampa.
Desde EdERSA solicitaron a los vecinos y comerciantes de los sectores afectados que adopten las medidas de precaución necesarias mientras se desarrollen las tareas. Entre las recomendaciones se encuentra la desconexión de equipos electrónicos sensibles, con el objetivo de evitar inconvenientes durante las interrupciones del servicio.
Río Negro
Los estatales de Río Negro dejan de estar obligados a permanecer en IPROSS y podrán elegir otra obra social
La Legislatura aprobó la reforma que elimina la obligatoriedad de permanecer en IPROSS. La opción alcanza a trabajadores activos, jubilados y sus grupos familiares.

Los trabajadores estatales de Río Negro podrán elegir libremente su obra social y dejar de estar obligados a permanecer en el Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS), a partir de la reforma aprobada por la Legislatura provincial. La nueva norma establece un régimen de afiliación voluntaria u optativa que alcanza a agentes públicos activos y pasivos y contempla también a sus grupos familiares.
La modificación cambia el esquema vigente y permite que quienes actualmente tienen afiliación obligatoria a IPROSS puedan optar por otra entidad para su cobertura de salud.
La opción tendrá determinadas condiciones. Quien decida cambiar de cobertura deberá permanecer durante un período mínimo de 12 meses en la entidad elegida. Cumplido ese plazo, podrá optar por otra cobertura.
Además, una vez transcurridos 36 meses desde el primer ejercicio de la opción, el afiliado podrá solicitar su reincorporación a IPROSS como afiliado obligatorio directo, sin períodos de carencia.
La reforma también contempla situaciones vinculadas con tratamientos médicos. Durante el proceso de cambio deberá garantizarse la continuidad de los tratamientos, mientras que también se prevé el regreso a IPROSS cuando la cobertura elegida cese por causas ajenas al afiliado.
De esta manera, el nuevo esquema modifica la relación entre los trabajadores estatales y la obra social provincial: IPROSS deja de ser la única alternativa obligatoria y los afiliados pasan a contar con la posibilidad de elegir otra cobertura.
El cambio había sido anunciado por el Gobierno provincial y finalmente fue convertido en ley por la Legislatura, que aprobó la iniciativa por 35 votos a favor y 9 en contra.
Desde el Gobierno sostuvieron que el nuevo escenario busca que IPROSS compita por mantener a sus afiliados a partir de la calidad de sus prestaciones y atención. Esa posición fue planteada públicamente por el gobernador Alberto Weretilneck al presentar la iniciativa.








