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Sociedad

Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento

La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

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El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.

Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.

Actividades y servicios considerados esenciales:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal afectado a obra pública.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.

Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.

Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.

Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.

Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.

Roca

Fin de semana frío y una semana que comenzará con temperaturas de hasta 21°C

Las temperaturas mínimas llegarán a -5°C durante la noche del viernes y -4°C el sábado. Desde el domingo se prevé un marcado ascenso térmico, con 18°C de máxima.

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El tiempo tendrá un marcado descenso de las temperaturas durante este viernes (11/09) en General Roca, con lluvias débiles y dispersas durante el día y una máxima prevista de 10°C. El viento soplará del sudeste a unos 44 km/h, con ráfagas que podrían alcanzar los 53 km/h.

Durante la noche el cielo se presentará despejado y la temperatura descenderá hasta los -5°C. El viento continuará del sudeste, con una velocidad estimada de 38 km/h y ráfagas similares.

El sábado (12/09) será una jornada despejada, aunque fría, con una máxima de 10°C y una mínima de -4°C. El viento será mucho más moderado, con velocidades de 11 km/h y ráfagas de hasta 16 km/h.

Para el domingo (13/09) se espera un importante ascenso de la temperatura. La máxima llegará a 18°C y la mínima será de -1°C. El cielo estará despejado durante el día y cubierto durante la noche, con vientos de entre 26 y 31 km/h y ráfagas de hasta 36 km/h.

La recuperación térmica continuará el lunes (14/09), cuando se prevé una máxima de 21°C y una mínima de 3°C. El cielo estará mayormente despejado durante el día y cubierto por la noche.

El martes (15/09) la máxima será de 15°C y la mínima de 3°C, con cielo mayormente cubierto durante el día y parcialmente nublado durante la noche. Para el miércoles (16/09), en tanto, se esperan 19°C de máxima y 4°C de mínima, con cielo cubierto durante el día y parcialmente nublado por la noche.

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Judiciales

Ordenan suspender Netflix, Disney+ u otras plataformas que tenga contratadas un progenitor hasta que pague la cuota alimentaria

Un padre que acumula una deuda de casi 4 millones de pesos por cuota alimentaria.

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Una orden judicial dispuso la suspensión de los servicios digitales que estén contratados a nombre de un padre que acumula una deuda de casi 4 millones de pesos por cuota alimentaria. La medida alcanza a Netflix, Disney+, Max, Prime Video, Spotify y YouTube, entre otras plataformas, y también le impedirá renovar su licencia de conducir en la ciudad donde reside hasta que cumpla con su obligación.

La decisión se adoptó a partir de una facultad prevista expresamente en el Código Civil y Comercial. El artículo 553 permite que, ante el incumplimiento reiterado de una obligación alimentaria, el juez o jueza interviniente imponga medidas razonables para asegurar que la sentencia se cumpla. Bajo ese criterio, un fallo del Juzgado Multifueros de El Bolsón consideró que las restricciones solicitadas podrían ejercer presión sobre el deudor para conseguir el pago.

La resolución ordenó que las empresas informen primero si el hombre posee servicios contratados a su nombre. En caso afirmativo, deberán suspender las cuentas vigentes y no permitir nuevas contrataciones mientras persista el incumplimiento. De esta manera, la medida no presupone que actualmente tenga Netflix, Disney+ u otra de las plataformas alcanzadas. En el expediente existe una liquidación aprobada de casi 4 millones de pesos. Ante la continuidad de la deuda, la madre solicitó nuevas medidas para intentar que el progenitor cumpla con la cuota alimentaria.

El pedido contó con el dictamen favorable del Defensor de Menores. Al analizar el planteo, la jueza destacó que las herramientas previstas por la legislación no tienen una finalidad sancionatoria. Su objetivo es generar condiciones que disuadan al deudor de mantener el incumplimiento y permitan hacer efectiva la obligación alimentaria. Además de los servicios digitales, la resolución alcanzó la licencia de conducir. El Poder Judicial ordenó comunicar a la Municipalidad de la ciudad donde reside el hombre que deberá inhabilitarla y no renovarla hasta que exista una nueva resolución que modifique esa situación.

Las nuevas restricciones se suman a otras medidas que ya habían sido adoptadas dentro del expediente. También se encuentra en trámite un mandamiento de embargo sobre una rodado. El Poder Judicial ordenó además consultar a los Registros de la Propiedad Inmueble de Río Negro y Neuquén para determinar si existen bienes registrados a nombre del deudor. Si aparecen propiedades, podrá evaluarse un embargo para avanzar con el cobro de los montos adeudados.

En su análisis, la magistrada remarcó que el derecho alimentario constituye un derecho humano básico y que el incumplimiento compromete el derecho de los hijos a un nivel de vida adecuado y su interés superior. También consideró que la falta de cumplimiento de las obligaciones esenciales respecto de un hijo puede constituir violencia económica contra la progenitora.

La magistrada, sin embargo, rechazó imponer una multa. Consideró que sumar una nueva obligación económica no resultaría eficaz si hasta el momento no se consiguió forzar el pago de la cuota alimentaria. Según explicó, las medidas deben seleccionarse de acuerdo con las circunstancias concretas y con las posibilidades reales de obtener un resultado. El fallo también señaló que, frente a un incumplimiento sistemático, puede promoverse una acción penal para buscar una respuesta que trascienda el ámbito civil. La sentencia no está firme porque puede ser apelada.

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Roca

Del calor al frío: El viernes el termómetro llegará apenas a los 7°C y se esperan fuertes ráfagas

El ingreso de aire antártico provocará un fuerte cambio en las condiciones durante el fin de semana. Se esperan mínimas de -5°C.

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General Roca tendrá un marcado cambio de tiempo durante los próximos días, con descenso de temperatura, lluvias dispersas y fuertes ráfagas de viento. Según el pronóstico de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC), las condiciones comenzarán a cambiar desde el viernes (11/09) con el ingreso de aire antártico.

Este jueves (10/09) se espera una jornada cubierta, con una máxima de 18°C y una mínima de 2°C. Durante el día el viento tendrá una velocidad de 18 km/h, con ráfagas de hasta 21 km/h y dirección noroeste. Por la noche aumentará hasta 37 km/h, con ráfagas de 50 km/h y dirección sudeste.

El cambio más importante llegará el viernes (11/09). Se prevén lluvias débiles y dispersas, con una temperatura máxima de apenas 7°C y una mínima que podría llegar a -5°C durante la noche. El viento soplará del sudeste, con una velocidad de 44 km/h durante el día y ráfagas de hasta 55 km/h. Por la noche continuará fuerte, con 41 km/h.

Para el sábado (12/09) se anticipa una mejora de las condiciones, con cielo mayormente despejado y una máxima de 9°C, aunque la mínima será de -3°C.

El domingo (13/09) continuará frío, con cielo cubierto, una máxima de 14°C y una mínima de 0°C. El viento tendrá velocidades de hasta 31 km/h durante el día y ráfagas de 37 km/h.

Finalmente, el lunes (14/09) se espera una jornada más templada, con cielo despejado, una máxima de 22°C y una mínima de 5°C.

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