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Sociedad

Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento

La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

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El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.

Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.

Actividades y servicios considerados esenciales:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal afectado a obra pública.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.

Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.

Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.

Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.

Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.

Política

Río Negro achicará en un 60% los impuestos en servicios de luz y gas

Bajará de forma inmediata el monto final de las facturas y se convertirá en una de las provincias con menor presión impositiva en los servicios.

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El gobernador Alberto Weretilneck envió a la Legislatura el proyecto de Ley Impositiva 2026, que propone un alivio directo en los servicios: se reduce en 60% la carga de Ingresos Brutos aplicada a la luz y el gas, lo que bajará de forma inmediata el monto final de las facturas y ubicará a Río Negro entre las provincias con menor presión impositiva en estos consumos.

La medida representa un ahorro anual de 6.300 millones de pesos para familias, comercios, pymes, industrias, productores y entidades sin fines de lucro. El impacto alcanza a 263.000 usuarios de gas, 217.000 hogares eléctricos, 16.000 comercios, 3.900 industrias, 1.100 productores y 6.500 instituciones comunitarias.

El proyecto reduce la alícuota aplicada a la distribución de electricidad y gas, que pasa de 2,5% a 1%, una disminución del 60% en este impuesto, determinado en función del consumo. Esto se traducirá en una baja directa en las boletas de todos los usuarios residenciales y productivos.

Es una decisión fiscalmente relevante, pero orientada a acompañar a las familias, aliviar el costo de los servicios y generar mejores condiciones para producir, trabajar y sostener la vida cotidiana en cada localidad.

En paralelo, la Ley Impositiva 2026 mantiene sin cambios todas las alícuotas de Ingresos Brutos vigentes este año, garantizando que los sectores productivos sigan tributando bajo las mismas reglas. «El objetivo es dar previsibilidad en un contexto de costos crecientes y recuperación lenta en comercios, industrias y servicios», destacó Weretilneck.

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Roca

Controles de tránsito en Roca: 13 alcoholemias positivas y casi 200 infracciones en una semana

La ordenanza de Alcohol Cero establece multas de hasta 3 millones de pesos.

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Como ocurre semanalmente en General Roca, los inspectores municipales de Tránsito realizaron controles en distintos sectores de la ciudad con el objetivo de preservar la seguridad vial tanto en la zona urbana como en los sectores rurales. Los operativos se desarrollaron entre el lunes 24 y el domingo 30 de noviembre y arrojaron un total de 178 actas labradas, entre ellas 13 por alcoholemia positiva.

A raíz de estas infracciones, se procedió a la retención preventiva de 10 vehículos. Sumadas otras intervenciones por faltas diversas, se alcanzó un total de 27 vehículos secuestrados, de los cuales 17 fueron motocicletas y 10 automóviles. Entre las infracciones más frecuentes se destacaron la falta de licencia habilitante y la ausencia de seguro obligatorio.

Desde la Dirección de Tránsito recordaron que continúa vigente la Ordenanza N° 5020/23, que establece el régimen de Alcohol Cero al Volante, prohibiendo la conducción con cualquier nivel detectable de alcohol en sangre. La normativa considera esta falta como grave, con multas que van desde 1.000 a 3.000 USAM, equivalentes a entre $1.000.000 y $3.000.000 según la tarifaria vigente al 1 de diciembre de 2025, además de la posible inhabilitación de la licencia.

Las autoridades remarcaron que «el consumo de alcohol, incluso en cantidades reducidas, incrementa significativamente el riesgo de protagonizar siniestros viales». Señalaron que «conducir bajo los efectos del alcohol compromete la seguridad de todos los usuarios de la vía pública y no solo del conductor».

Por ello, se recomienda evitar el consumo previo a la conducción o designar un conductor responsable, a fin de garantizar la circulación segura en la ciudad.

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Roca

Advierten por acumulación de residuos en la defensa aluvional Roca–Catini

Equipos técnicos realizaron inspecciones y limpieza en cauces, banquinas y canales, pero alertan que el uso indebido de la defensa como basural compromete su funcionamiento.

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El Gobierno de Río Negro, a través del Departamento Provincial de Aguas (DPA), avanzó en nuevas tareas de inspección y mantenimiento del sistema de defensa aluvional Roca-Catini, del canal de trasvase y del canal de descarga, infraestructura clave para la prevención de eventos aluvionales en la región. Las acciones se desarrollaron durante el año y fueron reforzadas a fines de noviembre, con el objetivo de asegurar el correcto funcionamiento del sistema.

Los equipos técnicos realizaron limpiezas periódicas de banquinas, cauces y del canal de descarga, trabajos fundamentales para mantener la capacidad operativa de las obras. Sin embargo, las inspecciones detectaron un problema que afecta directamente la eficiencia del sistema: el uso de la defensa aluvional como depósito de residuos voluminosos y basura domiciliaria.

Desde el DPA señalaron que «esta práctica no solo incrementa los costos de mantenimiento, sino que además compromete la capacidad de respuesta ante lluvias intensas, ya que la obstrucción de los cauces dificulta el escurrimiento natural del agua».

En septiembre, equipos técnicos del organismo llevaron adelante un relevamiento topográfico y una inspección completa del sistema Roca-Catini. Ese trabajo permitió programar y ejecutar tareas de mantenimiento en diques, cauces y microdiques ubicados bajo la defensa; el desembanque de las torres de descarga en las defensas Roca y Catini; y la limpieza del último tramo del cauce hasta el puente canal sobre el Canal Principal de Riego del Alto Valle, donde nuevamente se detectó acumulación de basura.

Asimismo, en noviembre de 2024 se reforzaron las intervenciones con nuevas tareas de limpieza en banquinas y en el cauce del canal de descarga de la defensa Catini.

Todos los trabajos fueron realizados con equipos y personal técnico del DPA.

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