Sociedad
Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento
La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.
Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.
Actividades y servicios considerados esenciales:
Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
Personal afectado a obra pública.
Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
Servicios de lavandería.
Servicios postales y de distribución de paquetería.
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.
Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.
Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.
Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.
Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.
Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.
Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.
Roca
Una adolescente terminó inconsciente tras recibir un botellazo en la cabeza en una fiesta de fin de año en Roca
La joven sufrió un corte profundo y un hematoma en la cabeza; ahora se recupera en su casa mientras crecen los reclamos de su familia y amigos por lo sucedido.

Una grave denuncia comenzó a circular en las últimas horas en General Roca luego de un violento episodio ocurrido durante una fiesta de fin de año realizada en un salón privado de la ciudad, ubicado en calle Mendoza, a metros de la Ruta Nacional N° 22. Según el relato del padre, la joven resultó gravemente herida tras ser impactada en la cabeza por una botella de vidrio arrojada al aire, lo que la dejó inconsciente y con una importante pérdida de sangre.
De acuerdo al testimonio publicado por el papá de la víctima en las redes sociales, el incidente se produjo durante la madrugada del jueves (01/01), cuando dos botellas fueron lanzadas al aire por desconocidos en medio del evento. Una de ellas cayó directamente sobre la cabeza de la joven, provocándole un corte profundo y un hematoma de consideración. La víctima perdió el conocimiento y quedó tendida en el lugar.
Aunque el predio contaba con un puesto de emergencia, solo habría una enfermera que se encontraba ocupada. Fue por ello que la primera atención fue brindada por personal de seguridad que tenía conocimientos básicos de primeros auxilios, quien retiró restos de vidrio y realizó curaciones con gasas para intentar frenar la hemorragia.
La situación generó aún más indignación cuando, de acuerdo al relato del padre, la adolescente fue retirada del interior del evento y dejada en la vereda, todavía inconsciente, mientras se aguardaba la llegada de una ambulancia privada que nunca arribó. Tampoco habría llegado una unidad sanitaria solicitada al 911.
Ante la falta de respuestas, fue el propio papá quien finalmente trasladó a su hija en un vehículo particular hasta el Hospital Francisco López Lima, donde recibió atención médica inmediata. Allí se constató que, además del corte, presentaba un hematoma importante en la cabeza que requerirá controles posteriores.
Tras dejar a la joven bajo cuidado médico, el familiar regresó al predio en busca de explicaciones por lo ocurrido. Según denunció, la respuesta del organizador fue minimizar el hecho y justificar la ausencia de ambulancias, lo que profundizó el malestar de la familia.
Actualmente, la víctima se encuentra en recuperación en su domicilio, fuera de peligro, aunque con seguimiento médico. La familia remarcó que decidió hacer público lo ocurrido no solo por lo vivido, sino también como advertencia para otros padres y asistentes a este tipo de eventos, cuestionando la seguridad, la entrega de botellas de vidrio y la falta de protocolos reales ante emergencias.
Roca
Refuerzan los controles por pirotecnia sonora en Roca durante las fiestas de fin de año
Las inspecciones se realizan en comercios y a partir de denuncias vecinales, con secuestro preventivo y multas.

En el marco de la Ordenanza Nº 4919/20, que prohíbe la venta y el uso de pirotecnia sonora en General Roca, el Municipio intensificó los controles en distintos puntos de la ciudad, especialmente durante las fechas festivas.
Las tareas están a cargo del área de Inspección General, en articulación con la Dirección de Medio Ambiente, y se desarrollan tanto en comercios en general como en puntos específicos que surgen a partir de denuncias telefónicas realizadas por vecinos y vecinas.
Desde el Municipio explicaron que, ante la detección de irregularidades o venta de pirotecnia no autorizada, se procede a labrar el acta de infracción correspondiente y al secuestro preventivo de los artículos, tal como lo establece la normativa vigente. Además, el incumplimiento de la ordenanza prevé sanciones económicas, por lo que se reiteró el pedido de respetar la legislación para evitar multas.
Canales de denuncia
Las denuncias por uso, venta o depósito de pirotecnia sonora pueden realizarse a través de los siguientes medios:
- Lunes a viernes, de 8 a 17: 0800-222-9742
- Lunes a viernes, de 7 a 20: Inspección General – 4431400 (interno 2120)
- Fines de semana o fuera de horario: 4431400
- Correo electrónico: [email protected]
Qué pirotecnia está permitida
La Ordenanza Nº 4919/20 solo autoriza la venta de pirotecnia lumínica sin efecto sonoro, siempre que cuente con la habilitación correspondiente. En ese sentido, el Municipio difundió el listado de comercios habilitados para la venta minorista de este tipo de productos:
- Kiosco Josue, Mitre 2326
- Planeta Regalo, La Plata 950
- Kiosco La Reina, Av. Roca 1993
- Despensa Morena, Ushuaia 2174
- MiniShopping, O’higgins 1607
- Regalería y Bazar Aguman, Tucumán 1320
Desde el Municipio reiteraron el llamado a la responsabilidad social, recordando que la prohibición de pirotecnia sonora busca proteger a personas con sensibilidad auditiva, adultos mayores, niños, animales y al ambiente, y pidieron la colaboración de toda la comunidad para cumplir la normativa vigente.
Policiales
Murió el hombre que sufrió quemaduras en el 90% de su cuerpo
El fuego se desató mientras trabajaba en un taller dentro de una vivienda ubicada en el barrio La Martina y sufrió quemaduras en casi todo su cuerpo.

El hombre que había resultado gravemente herido en el incendio ocurrido ayer martes (30/12) por la mañana en el barrio La Martina de General Roca falleció hoy (31/12) en la madrugada, luego de permanecer internado en estado crítico. La víctima fue identificada como Javier Sati, de 41 años. Había sufrido quemaduras en hasta el 90% de su cuerpo.
Según informó la Agencia de Noticias Roca (ANR) el deceso se produjo alrededor de las 4 de la mañana de este miércoles, mientras el paciente permanecía internado en una sala de Terapia Intensiva, a la que había ingresado bajo código rojo tras ser trasladado por el Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME).
El trágico incendio se registró en un taller que funcionaba dentro de una vivienda ubicada en la intersección de calles Malvinas y Tres Arroyos, en el sector oeste de la ciudad. Al momento de iniciarse el fuego, el hombre se encontraba trabajando en el lugar.
En el sitio intervinieron Bomberos Voluntarios y personal de emergencias médicas, que brindaron las primeras atenciones. Vecinos del barrio relataron que escucharon gritos provenientes del interior de la vivienda y advirtieron que la puerta estaba cerrada con un candado, por lo que colaboraron para abrirla y permitir que la víctima pudiera salir.
El propio Sati alcanzó a explicar que el incendio se habría iniciado cuando se prendió fuego una lata de thinner, lo que provocó que las llamas se propagaran rápidamente dentro del taller.
Los restos de Javier Sati serán velados este miércoles (31/12), de 12.30 a 15.30, en la empresa Dinielo, en Roca.









