Seguinos

Sociedad

Éstas son las actividades exceptuadas, que podrán circular solo con permisos

Hoy están vigentes, en el ámbito de la provincia de Río Negro, las aplicaciones Cuidar y CirculaciónRN.

el

En el marco de las nuevas medidas restrictivas establecidas por Nación a través del DNU 334/21, se dispuso una serie de 42 actividades exceptuadas para poder circular, presentando siempre los permisos correspondientes.

Las disposiciones establecen dos listados: las actividades exceptuadas que podrán usar el transporte público y las que no podrán hacerlo. Las restricciones estarán vigentes entre el 22 y 30 de mayo y el 5 y 6 de junio.

En ambos casos, se deberá presentar el permiso de circulación correspondiente y sin excepción. En Río Negro, están vigentes los permisos provincial (CirculaciónRN) y nacional (Cuidar).

Actividades y servicios permitidos para circular en transporte público

  1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
  2. Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
  3. Miembros del Poder Legislativo y las dotaciones de personal que dispongan sus autoridades respectivas. Integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y las dotaciones de personal del Poder Judicial de la Nación que dispongan las autoridades correspondientes.
  4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
  5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
  6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
  7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  10. Personal afectado a la obra pública y a tareas de seguridad en demoliciones.
  11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  12. Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20.
  13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca.
  14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores.
  15. Actividades vinculadas con el comercio exterior.
  16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
  18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
  19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  20. Servicios de lavandería.
  21. Servicios postales y de distribución de paquetería.
  22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
  24. Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA autorice. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
    Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y la de sus regulados en caso de resultar necesario.
  25. Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas.
  26. Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.
  27. Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad.
  28. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Guardias médicas y odontológicas. Atención médica y odontológica programada con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  29. Traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.
  30. Personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES- en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1. Personal de aduanas.
  31. Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompañante, si fuere necesario.

Actividades y servicios permitidos a circular, sin uso de transporte público

  1. Industrias que se realicen bajo procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.
  2. Retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía.
  3. Producción y distribución de biocombustibles.
  4. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20.
  5. Servicios esenciales de sanitización, mantenimiento, fumigaciones y manejo integrado de plagas.
  6. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera. Actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
  7. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.
  8. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
  9. Personas que deban trasladarse para realizar viajes al exterior.
  10. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro. En ningún caso podrán abrir sus puertas al público. Todo ello conforme la Decisión Administrativa N° 524/20.
  11. Industrias que realicen producción para la exportación.

Roca

Récord histórico de frío en el Alto Valle: el termómetro marcó -13.1°C

Según los registros que datan desde 1970, es la más baja de la historia.

el

El crudo invierno patagónico dejó una marca para la historia este lunes (30/06): la temperatura mínima alcanzó los -13.1 °C en el Alto Valle de Río Negro, según datos del INTA Alto Valle. Esta cifra no solo representa la jornada más fría del año, sino que establece un nuevo récord absoluto para la región desde que se tienen registros.

La nueva mínima histórica supera ampliamente los -10.5 °C del 30 de junio de 1970 y los -12.9 °C registrados el 8 de julio de 2007, en base a la serie histórica que abarca desde 1970 hasta 2024.

Desde el organismo remarcaron la magnitud del fenómeno, que se dio en el marco de una intensa ola polar que afecta a gran parte del país. Las condiciones climáticas extremas se sienten con particular dureza en la región patagónica, donde las temperaturas bajo cero han sido sostenidas durante varios días consecutivos.

Este nuevo récord pone en evidencia la necesidad de seguir monitoreando de cerca las variables climáticas, especialmente en zonas productivas como el Alto Valle, donde el impacto de las heladas puede tener consecuencias económicas y sociales significativas.

Para el martes también se prevé frío extremo en la región

Luego de un fin de semana y un lunes con mínimas bajo cero, para mañana martes (1/07) también se espera una jornada de mucho frío en las primeras horas del día. Según la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (AIC), el termómetro volverá a llegar a los -9°C. No obstante, se esperan mejoras desde el miércoles (2/07).

Para el resto de la semana, se anticipan jornadas frescas, con cielo mayormente cubierto y temperaturas máximas en torno a los 16°C.

Conocé el pronóstico del tiempo completo para esta semana.

Continuar leyendo

Roca

¿Dónde se encuentra el dispositivo estatal para pernoctar en Roca?

El espacio cuenta con 12 plazas rotativas. La única condición marcada en las pautas de convivencia es que no se permiten los consumos.

el

El dispositivo estatal de pernocte para personas en situación de calle, coordinado desde el Ministerio de Desarrollo Humano, Deporte y Cultura, a través de la Secretaría de Políticas Públicas y Personas Mayores del Gobierno de Río Negro, continúa asistiendo a la comunidad en Roca.

Ubicado en Santa Cruz 2276, tiene sus puertas abiertas de 18 a 8 horas para recibir a aquellos visitantes carentes de recursos y en situación de vulnerabilidad social ofreciéndoles apoyo y protección.

Este espacio, que contiene diariamente a hombres mayores de 18 años, cuenta con 12 plazas rotativas y la única condición marcada en las pautas de convivencia es que no se permiten los consumos, sobre todo para evitar situaciones conflictivas.

Allí se dispone de alojamiento, alimentación, limpieza y abrigo, fundamental en esta época donde comienzan los primeros fríos previos al invierno. Además, se cuenta con un equipo interdisciplinario integrado por un trabajador social y una psicóloga social, también de los operadores, que intervienen las situaciones, articulando con distintos organismos a fin de asegurar un abordaje integral.

Continuar leyendo

Sociedad

Las autoridades de Argentina modifican la legislación fiscal relativa a los juegos de azar

El proyecto de ley debe pasar por las comisiones competentes y, posteriormente, será sometido a votación plenaria.

el

Los salones físicos en la capital de Argentina entregan al erario el 12%, mientras que los casinos en línea aportan apenas la mitad. Esta divergencia existe desde hace ya cuatro años, aunque el segmento digital crece a un ritmo acelerado y en 2024 generó unos $1,39 mil millones, según confirma el informe G3 Market Report. ¿Acaso el formato digital sigue necesitando un beneficio fiscal cuando es precisamente él quien se ha convertido en el motor del sector?

El 11 de junio de 2025, el diputado del parlamento capitalino Facundo del Gaiso presentó una enmienda a la parte tarifaria de la Ley Nº 6.806. El documento propone aumentar la tasa del impuesto sobre los ingresos brutos de los casinos en línea y los sitios de apuestas deportivas del 6% al 12% y, de ese modo, equiparar el sector digital al terrestre. Yogonet informa que el texto de la enmienda afecta al inciso 9 del artículo 18 y se extiende a todas las plataformas que hayan recibido autorización de la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires.

La tasa vigente para los casinos en línea es del 6% y se aplica desde el año 2021. La enmienda propone fijar un único gravamen del 12% para los operadores presenciales y digitales. El proyecto de ley debe pasar por las comisiones competentes y, posteriormente, será sometido a votación plenaria.

Se siguen otorgando nuevas licencias para la organización de juegos de azar

El regulador LOTBA ha otorgado 11 licencias para operar en internet y, por ahora, se mantiene la moratoria sobre nuevas solicitudes. En la lista figuran Betsson, BetWarrior, Bet365 y otras ocho marcas, cada una de las cuales está obligada a alojar sus servidores en territorio argentino y a verificar a los clientes mediante el número de DNI. Según datos de ICLG, todas las autorizaciones se conceden por un periodo de cinco años con posibilidad de prórroga.

BetWarrior pertenece al empresario Cristóbal López junto con Federico de Achával y Manuel Lao, mientras que Betsson colabora con el ex presidente del club Boca Juniors, Daniel Angelici. El margen de estas compañías depende de programas de bonos agresivos, y el aumento del impuesto reducirá el margen para las campañas promocionales. Varios operadores estudian la posibilidad de trasladar parte de los costes a socios afiliados; sin embargo, los cálculos definitivos se conocerán solo después de que se apruebe la tasa.

Al mismo tiempo, en el mercado siguen operando numerosos casinos en línea offshore. De ello da cuenta la información presentada aquí sobre los populares juegos crash (modalidad en la que el multiplicador crece hasta que se «estrella»). La cantidad de aficionados a este género crece cada año. Y el mercado responde a este crecimiento, ya que hoy los juegos crash pueden encontrarse en casi todos los casinos en línea. Y si se examina esta lista, resultará que muchos de ellos operan en la «zona gris». Por una u otra razón, no pueden o no quieren obtener un estatus oficial. Naturalmente, tampoco pagan ningún impuesto.

Diferencias provinciales

Argentina administra los juegos de azar según el principio provincial, y cada jurisdicción fija su propia escala. En la vecina provincia de Buenos Aires rige una tasa del 15% sobre el GGR y un canon adicional de licencia del 10% sobre el volumen de negocio, lo que la convierte en la jurisdicción más estricta entre los grandes mercados. A nivel federal se aplica un impuesto sobre los depósitos que varía del 5% al 15% según el estatus del operador. Esta información fue publicada por el portal vixio.com.
 • Para la Ciudad de Buenos Aires rige una tasa del 6%.
 • La enmienda propone aumentar esta tasa al 12%.
 • En la provincia de Buenos Aires está fijada una tasa del 15%.
 • La recaudación federal alcanza el 15% para los operadores offshore.

¿Qué desventajas tiene esta decisión del gobierno?

Los operadores califican el proyecto de prematuro, ya que el mercado aún no ha alcanzado el punto de equilibrio operativo desde su lanzamiento en 2021. Señalan que la carga fiscal ya incluye el gravamen federal, las comisiones de los sistemas de pago y los gastos de localización de contenidos. Por otro lado, los analistas de SCCG consideran que la tasa del 12% sigue por debajo de las normas provinciales y no provocará una salida masiva de empresas. ¿Puede considerarse fatal el aumento del impuesto si la provincia más grande cobra desde hace tiempo el 15%?

El cálculo fiscal parece directo. Según g3newswire.com, con un volumen de negocio del segmento en línea de 1,39 mil millones de dólares en 2024, aumentar la tasa del 6% al 12% duplicaría potencialmente los ingresos presupuestarios, de aproximadamente 83 millones a unos 166 millones de dólares. Estas cifras no tienen en cuenta la posible corrección del volumen de negocio ni el tipo de cambio del peso, pero incluso con una reducción de la actividad del 10% el ingreso adicional superaría los 70 millones. Los economistas recuerdan que los fondos se destinarán a programas preventivos para proteger a los jugadores menores de edad.

Los cambios en la legislación fiscal pueden servir para combatir la ludopatía

Del Gaiso ya había vinculado la reforma fiscal con una prevención integral de la ludopatía. En mayo de 2024 impulsó la prohibición del uso de tarjetas de crédito y de tarjetas de débito sociales para recargar cuentas en sitios de juego, alegando la excesiva disponibilidad de líneas de crédito. Según Yogonet, el gobierno respaldó estas medidas mediante un intercambio activo de correos con el Banco Central y, en el verano de 2024, LOTBA envió al regulador una carta solicitando bloquear las transferencias a plataformas ilegales.

Tras la publicación de la carta, varias empresas fintech incluyeron voluntariamente en listas negras más de cien cuentas vinculadas a sitios clandestinos. Representantes del sector consideran que la barrera financiera es más eficaz que las prohibiciones publicitarias, ya que priva a los operadores ilegales de su principal vía de ingresos. Algunos abogados de libertades civiles advierten del peligro de una filtración excesiva de las transacciones y proponen limitarse a resoluciones judiciales.

Cómo se desarrollarán los acontecimientos

Si el parlamento aprueba la enmienda antes de que termine la sesión, el impuesto entrará en vigor al inicio del ejercicio fiscal 2025. Según 4h.agency, a los operadores les quedarán apenas seis meses para revisar sus modelos de bonos y la probable optimización de los contratos de marketing. Los analistas contemplan que las marcas más pequeñas podrían abandonar la capital y concentrarse en los mercados provinciales con menor carga. Otros actores del mercado confían en que el capital de marca de las grandes compañías les permitirá retener a los usuarios sin un aumento drástico de las comisiones, máxime si se tiene en cuenta que las tasas en países vecinos suelen llegar al 20%.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement