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Sociedad

Ya rigen las nuevas restricciones: ¿Qué comercios pueden abrir y en qué horarios?

Todos los detalles en esta nota.

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Ya rige en Río Negro las nuevas disposiciones determinadas por el gobierno Nacional a través del DNU 334/21. Las restricciones estarán vigentes hasta el 30 de mayo inclusive y los días 5 y 6 de junio.

En conferencia de prensa, la gobernadora Arabela Carreras y parte de su gabinete detallaron los alcances de las nuevas medidas en el territorio provincial, considerada de alto riesgo epidemiológico.

Están habilitados para abrir y para la atención al público los supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias y comercios de provisión de garrafas. Siempre de 6 a 18 horas.

Mientras tanto, la actividad del comercio no esencial está permitida hasta las 18 mediante la modalidad de delivery y take away (retiro por el local).

Los sectores gastronómicos puede funcionar hasta las 23 mediante la modalidad de delivery y take away.

Quienes sean considerados trabajadores esenciales, deben sacar el permiso en la app Circulación RN.

Se puede realizar actividad recreativa de forma individual en cercanías al domicilio. De 6 a 18 horas.

 Medidas complementarias al Decreto Nacional:

a) Comercio de productos considerados esenciales:

 1. Los supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas podrán funcionar desde las 6 hs y hasta las 18 hs.

2. El reparto a domicilio de medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad podrá realizarse en el horario de 6 a 18 hs.

b) Comercio de productos no esenciales:

 El comercio de productos considerados no esenciales podrá funcionar exclusivamente con modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away) en el horario de 06 hs. a 18 hs. No está permitido el acceso al público a dichos comercios. Quedan comprendidas en dicho rubro:

1. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes.

2. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

3. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

 c) Locales gastronómicos:

 Los establecimientos pertenecientes al rubro gastronómico podrán funcionar en el horario de las 6 hs. y hasta las 23 hs., exclusivamente mediante la modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away).

El personal dependiente de dichos establecimientos contará con una hora más a partir de la hora de cierre del establecimiento para retornar a sus residencias habituales.

d) Hoteles y alojamientos turísticos

Los hoteles y alojamientos turísticos podrán funcionar exclusivamente para alojar personal considerado esencial en el marco de la emergencia sanitaria, y para la atención de aquellos turistas que se encontraren alojados a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Nacional N° 334/21.

Se procurará el retorno de turistas a sus domicilios habituales a la brevedad posible.-

e) Administración Pública Provincial

Facultar a los organismos y dependencias de la Administración Pública provincial que presten servicios esenciales y/o que sean necesarios para afrontar la emergencia sanitaria.

El titular de cada Ministerio, Secretaría de Estado, entidad u organismo deberá determinar las áreas esenciales o criticas de prestación de servicios que requieran presencialidad.

Los  agentes públicos que no cumplan tareas de forma presencial por disposición de los titulares de la jurisdicción donde prestan tareas, deberán realizar sus labores mediante la modalidad de teletrabajo.

Se suspenden todos los plazos administrativos.

Roca

Refuerzan los controles por pirotecnia sonora en Roca durante las fiestas de fin de año

Las inspecciones se realizan en comercios y a partir de denuncias vecinales, con secuestro preventivo y multas.

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En el marco de la Ordenanza Nº 4919/20, que prohíbe la venta y el uso de pirotecnia sonora en General Roca, el Municipio intensificó los controles en distintos puntos de la ciudad, especialmente durante las fechas festivas.

Las tareas están a cargo del área de Inspección General, en articulación con la Dirección de Medio Ambiente, y se desarrollan tanto en comercios en general como en puntos específicos que surgen a partir de denuncias telefónicas realizadas por vecinos y vecinas.

Desde el Municipio explicaron que, ante la detección de irregularidades o venta de pirotecnia no autorizada, se procede a labrar el acta de infracción correspondiente y al secuestro preventivo de los artículos, tal como lo establece la normativa vigente. Además, el incumplimiento de la ordenanza prevé sanciones económicas, por lo que se reiteró el pedido de respetar la legislación para evitar multas.

Canales de denuncia

Las denuncias por uso, venta o depósito de pirotecnia sonora pueden realizarse a través de los siguientes medios:

  • Lunes a viernes, de 8 a 17: 0800-222-9742
  • Lunes a viernes, de 7 a 20: Inspección General – 4431400 (interno 2120)
  • Fines de semana o fuera de horario: 4431400
  • Correo electrónico: [email protected]

Qué pirotecnia está permitida

La Ordenanza Nº 4919/20 solo autoriza la venta de pirotecnia lumínica sin efecto sonoro, siempre que cuente con la habilitación correspondiente. En ese sentido, el Municipio difundió el listado de comercios habilitados para la venta minorista de este tipo de productos:

  • Kiosco Josue, Mitre 2326
  • Planeta Regalo, La Plata 950
  • Kiosco La Reina, Av. Roca 1993
  • Despensa Morena, Ushuaia 2174
  • MiniShopping, O’higgins 1607
  • Regalería y Bazar Aguman, Tucumán 1320

Desde el Municipio reiteraron el llamado a la responsabilidad social, recordando que la prohibición de pirotecnia sonora busca proteger a personas con sensibilidad auditiva, adultos mayores, niños, animales y al ambiente, y pidieron la colaboración de toda la comunidad para cumplir la normativa vigente.

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Policiales

Murió el hombre que sufrió quemaduras en el 90% de su cuerpo

El fuego se desató mientras trabajaba en un taller dentro de una vivienda ubicada en el barrio La Martina y sufrió quemaduras en casi todo su cuerpo.

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El hombre que había resultado gravemente herido en el incendio ocurrido ayer martes (30/12) por la mañana en el barrio La Martina de General Roca falleció hoy (31/12) en la madrugada, luego de permanecer internado en estado crítico. La víctima fue identificada como Javier Sati, de 41 años. Había sufrido quemaduras en hasta el 90% de su cuerpo.

Según informó la Agencia de Noticias Roca (ANR) el deceso se produjo alrededor de las 4 de la mañana de este miércoles, mientras el paciente permanecía internado en una sala de Terapia Intensiva, a la que había ingresado bajo código rojo tras ser trasladado por el Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME).

El trágico incendio se registró en un taller que funcionaba dentro de una vivienda ubicada en la intersección de calles Malvinas y Tres Arroyos, en el sector oeste de la ciudad. Al momento de iniciarse el fuego, el hombre se encontraba trabajando en el lugar.

En el sitio intervinieron Bomberos Voluntarios y personal de emergencias médicas, que brindaron las primeras atenciones. Vecinos del barrio relataron que escucharon gritos provenientes del interior de la vivienda y advirtieron que la puerta estaba cerrada con un candado, por lo que colaboraron para abrirla y permitir que la víctima pudiera salir.

El propio Sati alcanzó a explicar que el incendio se habría iniciado cuando se prendió fuego una lata de thinner, lo que provocó que las llamas se propagaran rápidamente dentro del taller.

Los restos de Javier Sati serán velados este miércoles (31/12), de 12.30 a 15.30, en la empresa Dinielo, en Roca.

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Río Negro

Río Negro abonará los salarios en la primera semana de enero

El cronograma se extenderá desde el 6 al 8 de enero.

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El Gobierno de Río Negro iniciará el martes próximo (06/01) el cronograma de pago de salarios correspondientes al mes de diciembre para las y los trabajadores de la Administración Pública Provincial.

De esta manera, los días 6, 7 y 8 de enero se realizará el pago correspondiente al mes de diciembre.

Cronograma de sueldos de Enero 2026

Martes 6/01

  • Salud Pública
  • Guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro
  • Servicio Penitenciario Provincial

Miércoles 7/01

  • Docentes
  • Porteros

Jueves 8/01

  • Ley N° 1.844
  • Vialidad Rionegrina
  • Pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo
  • Poder Judicial
  • Órganos de Control
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