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Sociedad

Todo sigue igual: Extienden restricciones por el Covid-19 hasta el 6 de agosto

La circulación en toda la provincia es hasta las 22 horas, pero hasta la 1 de la mañana si concurrís a un local gastronómico.

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A través de la Resolución N° 5356, el Ministerio de Salud dispuso extender las medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19, desde el 31 de julio y hasta el 6 de agosto, inclusive.

Circulación

La Resolución establece la restricción de circulación en toda la provincia entre las 22 y las 6 del día siguiente, quedando exceptuadas de la medida:

a) Las personas incluidas en el Artículo 20º del Decreto Nacional Nº 287/21.

b) Los trabajadores de farmacias y estaciones de servicio para el expendio de combustibles, habilitados en el Artículo 3º, inciso c) de la presente norma.

c) Las personas que estén asistiendo o regresando a sus hogares procedentes de locales gastronómicos, casinos y bingos con comprobante de reserva o consumo, siempre que se encuentren dentro del lapso temporal estipulado en los incisos a) y l) del Artículo 3°.

d) Las personas afectadas al desarrollo de las actividades de cines, teatros, museos, salas de espectáculos de centros culturales y al público asistente. El público asistente deberá acreditar su condición de tal con los tickets de acceso al espectáculo, que deberán especificar la sala a la que se asistió, el título de la obra o concierto y artista, el horario de la función y el número de la butaca que ocupó.

e) Los alumnos, personal docente y no docente que cursen o presten funciones en establecimientos educativos con actividad presencial. La circulación se extenderá hasta las 00hs

En todos los casos deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”.

Actividades suspendidas

a) Las reuniones sociales en domicilios particulares de más 10 personas.

b) Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.

c) La realización de todo tipo de eventos sociales y recreativos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.

d) La actividad de discotecas.

Habilitaciones

a) Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar hasta las 24:00 horas de domingo a jueves, y hasta la 01.00 horas los días viernes, sábado y vísperas de feriado. En todos los casos se permite un máximo del 50% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar. Deberá priorizarse la utilización de espacios al aire libre, instando en este sentido a las autoridades municipales a facilitar la utilización de espacios públicos al aire libre.

b) Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.

c) Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.

d) La realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.

e) La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 50% del aforo.

f) La actividad deportiva en espacios públicos o privados al aire libre, en grupos de hasta 30 personas.

g) La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse con público asistente hasta un 30% del aforo máximo, evitando toda aglomeración de personas. No se permite la apertura de bufets, cantinas u otros espacios similares.

h) La realización de eventos religiosos en lugares cerrados, en los que deberá observarse, como máximo, un 30% de aforo.

i) Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas con sistema de “burbujas”, según protocolo y con un aforo máximo del 50% del espacio donde se realizan.

j) La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 50% de su capacidad.

k) La realización de actividades en cines, teatros, museos y salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores, podrá realizarse hasta las 24:00 horas. En las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas. Los empleados y las personas que se encontraren en dichos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante tickets de acceso al espectáculo.

l) La actividad de casinos y bingos podrá funcionar hasta las 24:00 horas de domingo a jueves, y hasta la 01.00 horas los días viernes, sábado y vísperas de feriado, con un aforo máximo del 50% del espacio disponible. Los empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.

m) La apertura de salones de eventos con un aforo máximo del 50% del espacio disponible, o un máximo de 100 personas, sin habilitación de pista bailable, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.

En todos los casos deberá garantizarse el cumplimiento de las Reglas de Conducta Generales y Obligatorias dispuestas en el artículo 4° del Decreto N° 287/21 y de los protocolos vigentes.

Policiales

Un joven murió tras ser atropellado en pleno centro de Roca

La víctima circulaba en bicicleta y fue colisionada por un Volkswagen Gol. Fue en la esquina de 9 de Julio y España.

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Foto: Gentileza.

Un hombre que circulaba en bicicleta murió este jueves (03/09) en Roca tras ser atropellado por un Volkswagen Gol, que conducía un joven. Producto de la colisión, la víctima falleció en el acto.

El siniestro vial ocurrió en la esquina de calles 9 de Julio y España. Fue cerca de las 16.30 horas.

Hasta el momento, no se estableció cómo ocurrió el accidente ni cuáles fueron las circunstancias que derivaron en el impacto. No obstante, testigos señalaron que el joven que circulaba en bicicleta descendió desde la vereda hacia la calle y no fue percibido por el conductor del automóvil, que no alcanzó a frenar.

Foto: Gentileza.

En el lugar del hecho se montó un importante operativo, con la intervención de efectivos policiales, personal de Tránsito municipal y una ambulancia del SIARME.

La zona permanecía cortada al tránsito mientras se realizaban las tareas correspondientes y avanzaban las pericias para esclarecer las circunstancias del siniestro.

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Judiciales

Un cliente perdió casi $15 millones y la Justicia responsabilizó al Banco Provincia del Neuquén

Las operaciones se realizaron luego de una maniobra de phishing. El fallo cuestionó la falta de alertas y controles frente a movimientos que se apartaban del comportamiento habitual de la cuenta.

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La Justicia Civil de Cipolletti responsabilizó al Banco Provincia del Neuquén S.A. por una estafa digital que terminó con dos transferencias no autorizadas desde la cuenta de un cliente, por un total de $14.999.997.

Según relató la persona afectada, había ingresado desde su computadora al homebanking para realizar operaciones habituales. Durante el procedimiento apareció un mensaje sobre un supuesto nuevo sistema de seguridad destinado a prevenir estafas y se le solicitó el ingreso de un código token.

Luego, la página mostró un aviso sobre una actualización del sistema y las funciones quedaron bloqueadas. Horas más tarde, al ingresar desde su teléfono celular, el cliente constató dos transferencias que no había autorizado: una por $9.999.997 y otra por $5.000.000.

Tras advertir la situación, se comunicó con el banco, realizó una exposición policial, presentó un reclamo formal y formuló una denuncia penal.

La entidad sostuvo durante el juicio que las operaciones se habían concretado con usuario, contraseña y token válidos y que sus sistemas no habían registrado fallas. También argumentó que se trató de una estafa informática ajena a su responsabilidad.

Sin embargo, una pericia informática tuvo especial relevancia en la resolución. El especialista determinó que los sistemas del banco funcionaron correctamente y no detectó fallas en la generación ni en la validación de los códigos de seguridad. Al mismo tiempo, señaló que la maniobra pudo concretarse mediante phishing, una modalidad de ingeniería social que busca obtener credenciales mediante sitios falsos.

El informe también indicó que las transferencias no se realizaron desde las direcciones IP más habituales de la cuenta, que hubo intentos fallidos de validación del token y que el cliente no recibió notificaciones específicas sobre las operaciones.

La sentencia consideró que el banco no acreditó medidas preventivas suficientes frente a esos movimientos. El fallo destacó que las entidades financieras deben contar con mecanismos capaces de detectar operaciones sospechosas y adoptar medidas de verificación cuando se apartan del perfil habitual de un cliente.

Además, sostuvo que las maniobras de ingeniería social forman parte de los riesgos previsibles de la actividad bancaria digital y que la participación de terceras personas no alcanza, en este caso, para liberar de responsabilidad a la entidad.

Para determinar el daño moral, la Justicia valoró testimonios sobre la angustia, desesperación y nerviosismo que atravesó el cliente luego de descubrir la extracción de los fondos, además de que necesitó ayuda de otras personas para afrontar sus gastos.

La sentencia es de primera instancia y todavía no está firme, por lo que puede ser apelada.

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Roca

Avanza la obra del conector vial de calle Güemes entre Jujuy y Mendoza

Los trabajos se desarrollan actualmente sobre el carril este, mientras que la próxima semana se prevé avanzar con el restante.

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El Municipio de General Roca continúa con la ejecución de la obra Conector Vial calle Gral. M. M. Güemes, entre Jujuy y Mendoza, una intervención incluida en el Plan de Conectividad e Infraestructura Vial.

Actualmente, desde Mendoza hacia Jujuy se avanza con la ejecución de un paño de hormigón de aproximadamente 25 metros de longitud. En esta primera etapa, los trabajos se desarrollan sobre el carril este.

Para la próxima semana está prevista la ejecución del carril restante, dando continuidad a las tareas de pavimentación en el sector. Paralelamente, continúan los trabajos correspondientes a los sectores de estacionamiento sobre calle Güemes, en ambos lados de la calzada.

La obra contempla la ejecución de carpeta asfáltica, cordón cuneta, cordón central y badenes, además de sectores de estacionamiento conformados con adoquines sobre el sector norte de la traza principal.

El proyecto también incluye la construcción de alcantarillas de hormigón armado en los cruces de las calles Formosa, Río Negro y Norberto Blanes, destinadas a mejorar el escurrimiento de las aguas pluviales y reducir el riesgo de anegamientos.

A esto se suma infraestructura complementaria para los sistemas de riego y alumbrado público, además de conexiones de servicios que permitirán evitar futuras intervenciones sobre la nueva calzada.

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