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Judiciales

Volvían hacia Roca, un trozo de pavimento ingresó por el parabrisas y mató al conductor

La esposa de la víctima será indemnizada con $3.500.000, más la cobertura del daño psicológico. El siniestro ocurrió en la Ruta 2 cuando retornaban de Las Grutas al Alto Valle.

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Una señora será indemnizada luego que un trozo de pavimento desprendido de un bache en una ruta provincial impactara en la cabeza de su marido y lo matara, mientras ambos volvían de Las Grutas a Roca.

El hecho se produjo cuando transitaba junto con su esposo -conductor- y su tía por la Ruta Provincial N° 2 en un Chevrolet Corsa. En inmediaciones de Las Salinas del Gualicho, con una copiosa lluvia, por la tarde, circulaban detrás de un camión, cuando en forma inesperada y sorpresiva un trozo de pavimento fue desprendido por la fricción de las ruedas del rodado mayor, yendo a impactar contra el parabrisas. El vidrio resultó destruido y la piedra golpeara en la zona occipital izquierda de la cabeza del conductor, quien cayó sin vida sobre su esposa.

Al advertir la situación, la señora intentó sostener la dirección del vehículo, pero se lo impedía el peso del cuerpo de su marido y cuando detectó la herida sangrante en su cabeza, entró en estado de shock.

De esta manera, el automóvil zigzagueó, se cruzó de carril y en la banquina opuesta dio varias vueltas, quedando apoyado sobre el techo. Producto del hecho, el esposo falleció en el acto y la señora presentó un fuerte golpe en un ojo y fractura de clavícula.

La demanda

En su demanda explicó que el desencadenante del accidente fue la falta de mantenimiento de la ruta 2. El siniestro vial se produjo en enero de 2011 y la señora comenzó el reclamo administrativo dos años después. Tras un tiempo, decidió iniciar una demanda civil.

Además de la pérdida de su esposo, el accidente cambió la vida de la mujer en muchos otros aspectos. La esposa debió realizar costosos tratamientos psicológicos y trabajar doble turno para subsistir.

Al presentarse en el expediente, Viarse argumentó que, según un médico consultado por la parte, no era posible saber si el hombre murió por el impacto de la piedra o por los vuelcos posteriores. Además, alegó imprudencia. También rechazó los montos indemnizatorios solicitados.

El fallo

La sentencia del juez civil de Viedma cita fallos del STJ: “sostuvo en Vadell que quien contrae la obligación de prestar un servicio lo debe realizar en condiciones adecuadas para llenar el fin para el que ha sido establecido, siendo responsable de los perjuicios que causare su incumplimiento o su irregular ejecución».

Luego remite a otros fallos y antecedentes para enmarcar las obligaciones de prestación de servicios: “el Estado responderá siempre que haya una falta de servicio por no cumplir los deberes impuestos a los órganos del Estado por la Constitución Nacional, una ley o reglamento”.

Luego el magistrado ponderó la prueba. Vialidad Rionegrina informó que ese tramo de la ruta presentaba entonces “un estado aceptable de transitabilidad en la calzada, existiendo sectores puntuales con un estado regular, los cuales son permanentemente conservados con recursos y personal de la Delegación III de la Dirección de Vialidad Rionegrina”.

Sin embargo, constan en el expediente también notas periodísticas que dan cuenta de la situación precaria de tramos de la ruta en ese entonces. También boletas con los gastos de sepelio, informes psicológicos, de organismos públicos, de la policía que llegó al lugar del siniestro, entre otras pruebas.

En el informe del lugar se consignó: “se trata de la Ruta Provincial N° 2, la cual es sentido de circulación Sur-Norte y viceversa, es una recta con ondulaciones con agua en razón del factor climático reinante en la zona (lluvia), con las líneas blancas discontinuas en el centro de la ruta, sin carteles indicadores alguno. Se deja constancia de haberse realizado un rastrillaje de la zona con el fin de dar con restos similares a la piedra ya encontrada y que en la banquina no se lograron encontrar rastros similares, pero casi en el centro de la ruta más precisamente del carril contrario al que circulaba el Chevrolet Corsa, a unos doscientos metros antes de llegar a la primer huella que sale a la banquina, se observa un bache en la misma, de unos cuarenta centímetros de diámetro”.

Se peritó el trozo de piedra y también constan en el expediente las fotografías correspondientes. El trozo de pavimento desprendido tenía un tamaño de 15 por 15 centímetros, y 7 centímetros de espesor. Las pericias determinaron que la existencia y ubicación del bache sobre el carril de marcha contrario al que circulaba el Chevrolet Corsa. También se tuvo en cuenta el orificio en el vidrio del vehículo.

La sentencia agrega: “en el ámbito de la justicia nacional se ha sostenido que a existencia de los baches, ondulaciones o irregularidades en el pavimento, que son causa de un accidente sufrido por el motociclista, responsabilizan al Gobierno de la Ciudad por cuanto es su función la conservación en buen estado y reparación de las calzadas”.

De esta manera, dispuso una indemnización por el fallecimiento y por el daño moral de $3.500.000, más la cobertura del daño psicológico.

Judiciales

Subieron los divorcios en Río Negro: Durante 2025 se registraron 1.277 trámites

No obstante, 2023 sigue siendo el año con la cifra más alta de la última década: se dictaron 1529 sentencias de disolución del vínculo matrimonial.

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Durante 2025, los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de Río Negro registraron 1.277 trámites de divorcio. El dato surge del relevamiento anual del fuero y ubica a ese tipo de proceso entre los más frecuentes dentro de la conflictividad familiar.

En todo 2024 se iniciaron 1.240 expedientes por disolución del vínculo matrimonial. Un año antes, en 2023, se dictaron 1.529 sentencias de divorcio, la cifra más alta en al menos una década. En 2022 se habían contabilizado 1.204 y en 2021, un total de 1.333. En 2020, el Poder Judicial resolvió 910 divorcios. Entre 2016 y 2019 las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.400 en 2016, 1.395 en 2017, 1.426 en 2018 y 1.386 en 2019. En 2015 se registraron 903 y en 2014, un total de 1.078.

La disolución del vínculo matrimonial tramita en 16 organismos judiciales distribuidos en todo el territorio provincial. En Viedma y Roca funcionan varias unidades procesales. También se reciben causas en San Antonio Oeste, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.

El divorcio se produce cuando una o ambas personas que integran el matrimonio solicitan judicialmente la disolución del vínculo. A partir de allí, si existen cuestiones pendientes, como cuidado personal, alimentos o distribución de bienes, esas cuestiones continúan su trámite por las vías que correspondan.

El año pasado algunos divorcios se resolvieron en menos de una semana, ya que no había hijos ni bienes en común. Hoy el trámite no exige dar motivos del pedido del cese del vínculo, basta con la voluntad de alguno de los integrantes de la pareja.

Respecto a la resolución de los conflictos, en 2025 se dictaron 11.150 sentencias de finalización en toda la provincia, cifra que incluye fallos definitivos, interlocutorios, monitorios y homologaciones. Además, la magistratura llevó adelante un total de 5.975 audiencias, entre las cuales destacaron las preliminares y las instancias de escucha a niños, niñas y adolescentes. La gestión se apoyó en la labor de las Oficinas de Tramitación Integral de Familia, modelo que permite reducir la carga administrativa sobre los jueces y juezas para concentrar la tarea en las resoluciones jurisdiccionales.

La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra

Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

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El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.

La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.

La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.

El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.

Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.

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Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes

La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

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La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.

Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.

La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.

Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.

Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.

Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.

El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.

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