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Veredicto por unanimidad de culpabilidad en el primer juicio por jurados del Alto Valle

A Ezequiel Rebolledo, el acusado, le atribuyó el femicidio de la joven Agustina Atencio, ocurrido el año pasado en Catriel.

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Luego de la deliberación por parte del tribunal popular, el jurado arribó a un veredicto por unanimidad de culpabilidad en el primer juicio realizado en el Alto Valle. El caso se debatió en Cipolletti durante cinco días. A Ezequiel Rebolledo, el acusado, le atribuyó el femicidio de la joven Agustina Atencio, ocurrido el año pasado en Catriel.

Las doce personas que deliberaron luego de las instrucciones del juez Marcelo Gómez arribaron al veredicto por unanimidad. Una mujer fue elegida por los ciudadanos y ciudadanas como presidenta del jurado y fue la encargada de la lectura de la decisión. La discusión fue secreta, en una sala privada acondicionada exclusivamente para que las seis mujeres y los seis hombres que conformaron el jurado pudieran debatir libre de intromisiones y presiones.

El caso que se juzgó formó parte del segundo juicio por jurados de la provincia de Río Negro desde que se impulsó la reforma procesal penal. El primero se realizó en Bariloche en marzo de 2020.

Debido a las condiciones sanitarias a raíz de la pandemia del Covid-19, el Poder Judicial elaboró un estricto protocolo que previamente aprobó el Ministerio de Salud provincial. En la sala principal se respetó el distanciamiento y tanto el jurado como las partes utilizaron elementos de protección y de desinfección.

Para procurar equiparar la publicidad, por primera vez el Poder Judicial realizó transmisiones en vivo por YouTube de las partes del proceso donde no se generaron prueba: alegatos de apertura, de clausura y veredicto.

También hubo salas presenciales para familiares en Cipolletti y en Catriel, una sala de prensa y un sistema de transmisión por circuito cerrado donde se pudo seguir la totalidad del proceso, incluso las declaraciones de testigos y peritos.

El periodismo también pudo asistir por diez minutos a la sala donde se realizó el debate para registrar imágenes y fotografías de forma presencial. Durante ese lapso no estuvo presente el jurado debido a que la ley impone el anonimato total.

El juicio se realizó del 2 al 6 de agosto con audiencias tanto a la mañana como a la tarde. Declararon cerca de 50 testigos. El juez técnico designado fue Marcelo Gómez. Por la fiscalía intervinieron Santiago Márquez Gauna y Martín Pezzetta, por la querella Marcelo Hertzriken Velasco y Joaquín Hertzriken Catena y por la defensa Juan Coto y María Guadalupe Inaudi.
El acusado Ezequiel Rebolledo llegó al debate detenido después de la formulación de cargos que se hizo en marzo de 2020, a días del hallazgo del cuerpo sin vida de Agustina Atencio en el río Colorado de Catriel.

En la sala, además de las y los 16 jurados (12 titulares y 4 suplentes) también intervinieron los oficiales designados por la Oficina Judicial de Cipolletti, quién estuvo a cargo de toda la organización del debate.

El juicio por jurados es un paso histórico que culmina un camino en el sistema procesal penal.

La reforma del 1 de agosto 2017 trajo aparejado una mayor celeridad en la resolución de los conflictos penales y una mayor transparencia en la toma de decisiones, ya que todas las instancias de decisión en un proceso son públicas.

El juicio por jurados fue aprobado con el nuevo Código Procesal de Río Negro como una de las iniciativas de avance en la democratización del Poder Judicial. Uno de los objetivos es que la ciudadanía experimente el proceso a través del cual se decide la culpabilidad o inocencia de las personas.

El desarrollo del primer juicio de Cipolletti

El lunes, el jurado escuchó las instrucciones del juez Marcelo Gómez, quien les explicó las funciones que cumple cada parte del proceso, las reglas básicas sobre la dinámica de la litigación y la forma en la que podrán ver, escuchar y analizar las declaraciones de los testigos y peritos interrogados durante el proceso.

Un aspecto fundamental que les recalcó el juez a los y las integrantes del jurado es su deber de imparcialidad y la garantía que los protege ante cualquier intento de influencia externa para emitir su veredicto.

Tras las instrucciones, el jurado escuchó los alegatos de apertura. Esos alegatos son la presentación de la teoría del caso de cada parte y un anuncio de la prueba que cada una pretenderá producir durante el debate.

Luego devino la etapa de testimonios y pericias con la declaración de familiares, conocidos, testigos ocasionales y profesionales de la medicina y de las telecomunicaciones que ofrecieron explicaciones de distintos aspectos del caso.

Finalmente, este viernes se realizaron los alegatos de cierre con las conclusiones del caso. Después las partes discutieron en privado las instrucciones que le otorgarían al jurado al momento de la deliberación.

El juez aprovechó ese momento para agradecer el jurado la paciencia y compresión durante toda esta semana.

Las partes

Tanto la fiscalía como la querella sostuvieron en sus respectivos alegatos la teoría de que Rebolledo fue el autor del femicidio de Agustina Atencio, en una agresión desencadenada por la negativa de la joven a mantener relaciones sexuales con el imputado. En tanto que los defensores negaron la existencia de alguna agresión previa por parte del acusado.

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Compensación económica tras una unión convivencial: Reconocen desequilibrio estructural y contexto de violencia

Se conocieron hace más de dos décadas y tuvieron un hijo. Pero la situación se volvió insostenible con el paso de los años.

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Se conocieron en la facultad hace más de 20 años. Ella era alumna y tenía el sueño de recibirse de licenciada; él trabajaba como ayudante de cátedra. Al poco tiempo, ella abandonó sus estudios y sus proyectos para acompañar el crecimiento profesional de él.

Así, la joven se convirtió en asistente técnica en las películas de su pareja y en cuidadora de su familia. Durante casi dos décadas, sostuvo el hogar y los proyectos del hombre. Mientras la pareja acumulaba títulos académicos y prestigio, ella perdía autonomía. No tenía ingresos propios y dependía por completo de la voluntad de su pareja.

La situación se volvió insostenible con el paso de los años. Así, decidió dejar la vivienda familiar junto con su hijo. Dejó los equipos de trabajo, la casa que ayudó a construir y los vehículos de la familia. Regresó a la vivienda de sus padres, sin ahorros y con su carrera universitaria sin terminar. El hombre quedó con todos los bienes y mantuvo su estabilidad profesional intacta.

Ante esta realidad, recurrió al Poder Judicial para iniciar una compensación económica y reparar la desigualdad que provocó la ruptura.

El fuero de familia de Roca hizo lugar a la demanda. La jueza consideró acreditado un desequilibrio económico, derivado de la dinámica de la relación y de su ruptura.

La mujer mantuvo una relación de más de 20 años en la que postergó su desarrollo profesional y académico. Acompañó los proyectos laborales de su pareja y asumió, de manera casi exclusiva, las tareas domésticas y de cuidado, incluida la crianza del hijo en común.

También expresó que la relación se desarrolló en un contexto de violencia de género, caracterizado por control, descalificaciones y limitaciones a su autonomía personal y económica.

Por su parte, el hombre negó la existencia de desequilibrio y sostuvo que su crecimiento profesional fue fruto de su esfuerzo personal. Afirmó que la mujer desarrolló capacidades en el ámbito audiovisual y que contaba con posibilidades de inserción laboral.

La jueza destacó que la compensación económica tiene como finalidad corregir el perjuicio patrimonial que puede generar la ruptura de una vida en común, cuando una de las partes queda en situación de desventaja.

De la prueba producida surgió que durante la convivencia existió una asimetría de poder desde el inicio de la relación, que se trasladó a los ámbitos laboral y familiar. Se acreditó que la mujer quedó en una posición de dependencia, con limitaciones para desarrollar su autonomía, mientras que el hombre consolidó su carrera académica y profesional.

La jueza de Familia hizo lugar al reclamo y ordenó que el hombre el pago de una compensación. La magistrada destacó que existió un contexto de violencia de género y económica.

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En Río Negro, las mujeres ocupan más de la mitad de los cargos jerárquicos judiciales

Representan el 55%, contra el 45% de los varones.

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En el Poder Judicial de Río Negro, las mujeres ocupan el 55% de los cargos de juezas, jueces, secretarias y secretarios de las áreas jurisdiccionales, mientras que los varones representan el 45%.

La distribución cambia según la función. Del total relevado, el 68% corresponde a juezas y jueces y el 32% a secretarias y secretarios. Entre las 175 personas que ocupan cargos de juezas y jueces, el 45% son mujeres y el 55% varones. Entre las 84 personas que se desempeñan como secretarias y secretarios, en cambio, la presencia femenina asciende al 76%, frente al 24% de varones.

Pirámide demográfica y composición por áreas

El relevamiento registra 1.843 agentes en organismos jurisdiccionales y auxiliares. De ese total, 1.188 son mujeres y 655 varones. Además de juezas, jueces, secretarias y secretarios, la composición por función muestra mayoría femenina en el personal jurisdiccional, con 594 agentes, de los cuales el 78% son mujeres; en el personal de Mediación, con 81 cargos, también con 78% de mujeres; y en las áreas auxiliares, con 655 agentes, donde las mujeres representan el 62%. La única función con mayoría masculina, además de la magistratura, es la del personal de servicio: allí hay 254 cargos, con 55% de varones y 45% de mujeres.

La pirámide demográfica muestra que la mayor concentración del personal se ubica entre los 36 y 50 años, tanto en mujeres como en varones. En la distribución por fueros y organismos con equipos, el 39% del personal corresponde a organismos no jurisdiccionales, con 716 agentes, mientras que el 61% restante, con 1.127 agentes, se desempeña en organismos jurisdiccionales y de Mediación. Dentro de esa estructura, el bloque más numeroso reúne al fuero Civil, Comercial, Minería, Contencioso Administrativo y Familia, incluida la segunda instancia, con el 25% del total. Le siguen el fuero Penal con el 15%, Justicia de Paz con el 8%, el fuero del Trabajo con el 6%, Mediación con el 4% y el Superior Tribunal de Justicia con el 3%.

La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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Buscan intensamente a una mujer desaparecida en Roca

La mujer de 39 años fue vista por última vez el lunes a la mañana.

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La Policía de Río Negro, a través de la Comisaría 31° de General Roca, emitió un comunicado oficial solicitando la colaboración urgente de la comunidad para dar con el paradero de Claudia Yanet Vidal, de 39 años. La mujer fue vista por última vez este lunes (13/04), aproximadamente a las 9.00 horas, y desde entonces se desconoce su ubicación actual, lo que ha generado una gran preocupación entre sus allegados.

Según los datos filiatorios aportados por la fuerza, Claudia es de tez trigueña, posee una contextura física robusta y mide 1,60 metros de estatura. Su cabello es castaño y le llega hasta la altura de los hombros.

Como señas particulares, se destacó que posee un tatuaje en su antebrazo izquierdo con la imagen de una virgen y tiene acento colombiano. Al momento de ser vista por última vez, vestía un pantalón de jean, una camisa color bordó y botas negras.

Además, se informó que la mujer portaba una mochila roja que contenía una botella de detergente y una escobilla.

Un dato relevante para la investigación es que no posee teléfono celular, aunque sí llevaba consigo su DNI personal, el de sus hijos menores y una tarjeta de colectivo.

Ante cualquier información, se solicita a los vecinos comunicarse de manera inmediata con la Comisaría 31°, la unidad policial más cercana o llamar a la línea de emergencias 911.

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