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Veredicto por unanimidad de culpabilidad en el primer juicio por jurados del Alto Valle

A Ezequiel Rebolledo, el acusado, le atribuyó el femicidio de la joven Agustina Atencio, ocurrido el año pasado en Catriel.

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Luego de la deliberación por parte del tribunal popular, el jurado arribó a un veredicto por unanimidad de culpabilidad en el primer juicio realizado en el Alto Valle. El caso se debatió en Cipolletti durante cinco días. A Ezequiel Rebolledo, el acusado, le atribuyó el femicidio de la joven Agustina Atencio, ocurrido el año pasado en Catriel.

Las doce personas que deliberaron luego de las instrucciones del juez Marcelo Gómez arribaron al veredicto por unanimidad. Una mujer fue elegida por los ciudadanos y ciudadanas como presidenta del jurado y fue la encargada de la lectura de la decisión. La discusión fue secreta, en una sala privada acondicionada exclusivamente para que las seis mujeres y los seis hombres que conformaron el jurado pudieran debatir libre de intromisiones y presiones.

El caso que se juzgó formó parte del segundo juicio por jurados de la provincia de Río Negro desde que se impulsó la reforma procesal penal. El primero se realizó en Bariloche en marzo de 2020.

Debido a las condiciones sanitarias a raíz de la pandemia del Covid-19, el Poder Judicial elaboró un estricto protocolo que previamente aprobó el Ministerio de Salud provincial. En la sala principal se respetó el distanciamiento y tanto el jurado como las partes utilizaron elementos de protección y de desinfección.

Para procurar equiparar la publicidad, por primera vez el Poder Judicial realizó transmisiones en vivo por YouTube de las partes del proceso donde no se generaron prueba: alegatos de apertura, de clausura y veredicto.

También hubo salas presenciales para familiares en Cipolletti y en Catriel, una sala de prensa y un sistema de transmisión por circuito cerrado donde se pudo seguir la totalidad del proceso, incluso las declaraciones de testigos y peritos.

El periodismo también pudo asistir por diez minutos a la sala donde se realizó el debate para registrar imágenes y fotografías de forma presencial. Durante ese lapso no estuvo presente el jurado debido a que la ley impone el anonimato total.

El juicio se realizó del 2 al 6 de agosto con audiencias tanto a la mañana como a la tarde. Declararon cerca de 50 testigos. El juez técnico designado fue Marcelo Gómez. Por la fiscalía intervinieron Santiago Márquez Gauna y Martín Pezzetta, por la querella Marcelo Hertzriken Velasco y Joaquín Hertzriken Catena y por la defensa Juan Coto y María Guadalupe Inaudi.
El acusado Ezequiel Rebolledo llegó al debate detenido después de la formulación de cargos que se hizo en marzo de 2020, a días del hallazgo del cuerpo sin vida de Agustina Atencio en el río Colorado de Catriel.

En la sala, además de las y los 16 jurados (12 titulares y 4 suplentes) también intervinieron los oficiales designados por la Oficina Judicial de Cipolletti, quién estuvo a cargo de toda la organización del debate.

El juicio por jurados es un paso histórico que culmina un camino en el sistema procesal penal.

La reforma del 1 de agosto 2017 trajo aparejado una mayor celeridad en la resolución de los conflictos penales y una mayor transparencia en la toma de decisiones, ya que todas las instancias de decisión en un proceso son públicas.

El juicio por jurados fue aprobado con el nuevo Código Procesal de Río Negro como una de las iniciativas de avance en la democratización del Poder Judicial. Uno de los objetivos es que la ciudadanía experimente el proceso a través del cual se decide la culpabilidad o inocencia de las personas.

El desarrollo del primer juicio de Cipolletti

El lunes, el jurado escuchó las instrucciones del juez Marcelo Gómez, quien les explicó las funciones que cumple cada parte del proceso, las reglas básicas sobre la dinámica de la litigación y la forma en la que podrán ver, escuchar y analizar las declaraciones de los testigos y peritos interrogados durante el proceso.

Un aspecto fundamental que les recalcó el juez a los y las integrantes del jurado es su deber de imparcialidad y la garantía que los protege ante cualquier intento de influencia externa para emitir su veredicto.

Tras las instrucciones, el jurado escuchó los alegatos de apertura. Esos alegatos son la presentación de la teoría del caso de cada parte y un anuncio de la prueba que cada una pretenderá producir durante el debate.

Luego devino la etapa de testimonios y pericias con la declaración de familiares, conocidos, testigos ocasionales y profesionales de la medicina y de las telecomunicaciones que ofrecieron explicaciones de distintos aspectos del caso.

Finalmente, este viernes se realizaron los alegatos de cierre con las conclusiones del caso. Después las partes discutieron en privado las instrucciones que le otorgarían al jurado al momento de la deliberación.

El juez aprovechó ese momento para agradecer el jurado la paciencia y compresión durante toda esta semana.

Las partes

Tanto la fiscalía como la querella sostuvieron en sus respectivos alegatos la teoría de que Rebolledo fue el autor del femicidio de Agustina Atencio, en una agresión desencadenada por la negativa de la joven a mantener relaciones sexuales con el imputado. En tanto que los defensores negaron la existencia de alguna agresión previa por parte del acusado.

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Intentó escapar de un control policial en bicicleta y terminó detenido: Tenía pedido de captura

El joven intentó refugiarse en una vivienda para evitar ser atrapado.

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Un joven de 23 años fue detenido el domingo (11/01) por la noche tras un rápido operativo realizado por personal de la Comisaría 31°, luego de intentar evadir un control preventivo en las inmediaciones de las calles Venezuela y Austria, en General Roca.

El hecho ocurrió mientras los efectivos realizaban tareas de prevención en la zona. Al advertir la presencia policial, el joven, que circulaba en bicicleta, emprendió la fuga, lo que dio inicio a un operativo de búsqueda por el sector.

Minutos después, el sospechoso fue localizado caminando e intentó ingresar a un domicilio para eludir a los uniformados. Sin embargo, fue reducido de manera inmediata, sin que se registraran riesgos para vecinos ni transeúntes.

Durante el forcejeo, el joven sufrió una lesión leve en uno de sus dedos al intentar atravesar un portón de chapa, por lo que fue trasladado al Hospital Francisco López Lima para su atención.

Tras ser identificado, se confirmó que tenía una orden de detención vigente emitida por la Fiscalía N° 4 en una causa por lesiones agravadas. Finalmente, quedó a disposición de la Fiscalía N° 8.

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Fue a la casa de su ex pareja pese a tener prohibición de acercamiento y terminó detenido

La restricción había sido dictada en el marco de una causa por violencia de género.

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Personal policial de la Comisaría 3° detuvo a un hombre de 37 años que fue hallado en la vivienda de su ex pareja, a pesar de contar con una orden judicial que le prohibía acercarse a la mujer.

Según la denuncia, la propia víctima se comunicó con la policía al advertir que su ex pareja se encontraba en el interior de su domicilio, ubicado en la calle Rodhe al 2000, violando la medida de restricción vigente.

Los efectivos acudieron rápidamente al lugar y confirmaron la presencia del hombre dentro de la vivienda. Tras corroborar la prohibición de acercamiento, procedieron a su detención.

El detenido fue trasladado a la unidad policial, donde quedó a disposición de la Fiscalía en turno, que dispuso iniciar las actuaciones correspondientes por el delito de desobediencia judicial.

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Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: El acusado seguirá preso

Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: el acusado seguirá preso

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre acusado de intentar matar a otro mediante el uso de un arma de fuego, en un violento episodio ocurrido a fines de noviembre en la ciudad de General Roca. La jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos y dispuso la prisión preventiva del imputado.

De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el viernes 28 de noviembre del 2025, alrededor de las 16.30 horas, en la vía pública, en inmediaciones de la plaza ubicada en calles España y Los Cardenales. En ese contexto, el imputado, que portaba un arma de fuego sin autorización legal, mantuvo una discusión con la víctima y, con intención de causarle la muerte, le efectuó dos disparos dirigidos al cuerpo.

Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió lesiones graves en el hígado, el intestino grueso y el intestino delgado, lo que motivó su urgente traslado al Hospital Francisco López Lima.

Durante la audiencia se destacó que la intervención del sobrino de la víctima fue clave para evitar un desenlace fatal, ya que logró que el agresor se retirara del lugar y colaboró en el traslado del herido, junto a un hombre que pasaba circunstancialmente por el sector. Si bien el estado de salud se agravó durante la internación, el trabajo del personal médico permitió salvarle la vida.

La Fiscalía también atribuyó un segundo hecho, ocurrido inmediatamente después del ataque, cuando el imputado exhibió el arma de fuego al sobrino de la víctima, generándole temor, para luego darse a la fuga.

Como sustento probatorio, el Ministerio Público Fiscal mencionó testimonios de testigos presenciales, entre ellos el del sobrino, quien refirió conflictos previos entre las partes, además del proyectil secuestrado, las lesiones acreditadas, el traslado al hospital y demás constancias reunidas en la investigación.

La orden de detención había sido dispuesta el mismo viernes (28/11), en atención a la gravedad del hecho, aunque el imputado fue detenido recién el lunes (05/01).

La Defensa Penal se opuso a la formulación de cargos, al sostener que existió un supuesto amedrentamiento previo por parte de la víctima y que el acusado habría actuado en legítima defensa. No obstante, la jueza consideró que la evidencia reunida hasta el momento respalda la hipótesis fiscal, aclarando que la defensa podrá producir prueba durante la investigación.

Finalmente, se dispuso un plazo de dos meses de investigación penal preparatoria y la prisión preventiva del imputado por el mismo período, fundamentada en la falta de arraigo, el riesgo de fuga y los antecedentes penales del acusado.

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