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Sociedad

Cambios en restricciones: Ahora se podrá circular hasta las 3 de la mañana los fines de semana

Durante la semana, la circulación estará permitida hasta las 2. Además, se amplió a 200 personas el máximo permitido para reuniones sociales al aire libre o en salones de eventos.

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A través de la Resolución N° 5960, el Ministerio de Salud prorrogó las medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19 hasta el 27 de agosto, inclusive.

Entre otras modificaciones, se extendió una hora el horario permitido de circulación y se amplió a 200 personas el máximo permitido para reuniones sociales al aire libre o en salones de eventos.

Circulación

La restricción a la circulación de las personas será entre las 2.00 de domingo a jueves, y las 3.00 los días viernes, sábado y vísperas de feriado, hasta las 6.00 del día siguiente.

Quedan exceptuadas de la medida de restricción a la circulación nocturna:
-Las personas incluidas en el Artículo 20º del Decreto Nacional Nº 287/21.
– Los trabajadores de farmacias y estaciones de servicio para el expendio de combustibles.
– Las personas que estén asistiendo o regresando a sus hogares procedentes de locales gastronómicos, casinos y bingos con comprobante de reserva o consumo, siempre que se encuentren dentro del lapso estipulado.
– Las personas afectadas al desarrollo de las actividades de cines, teatros, museos, salas de espectáculos de centros culturales y al público asistente, dentro del lapso temporal autorizado.
– En todos los casos deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”.

Habilitaciones:
– Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas. Si el domicilio contare con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta 20 personas.
– Las reuniones y actividades en espacios públicos al aire libre de hasta 200 personas.
– Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar durante el horario de circulación habilitado. En todos los casos se permite un máximo del 70% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar. Deberá priorizarse la utilización de espacios al aire libre, instando en este sentido a las autoridades municipales a facilitar la utilización de espacios públicos al aire libre.
– Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.
– Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.
– La realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.
– La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 70% del aforo.
– La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse con público asistente hasta un 50% del aforo máximo, evitando toda aglomeración de personas.
– La realización de eventos religiosos en lugares cerrados, en los que deberá observarse, como máximo, un 70% de aforo.
– Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas con sistema de “burbujas”, según protocolo y con un aforo máximo del 70% del espacio donde se realizan.
– La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 70% de su capacidad.
– La realización de actividades en cines, teatros, museos, salas de espectáculos de centros culturales o salones de eventos a los efectos del desarrollo de artes escénicas o actividades culturales, durante el horario de circulación habilitado. En todos los casos se permite un 70% de aforo. Los empleados y las personas que se encontraren en dichos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante tickets de acceso al espectáculo.
– La actividad de casinos y bingos podrá funcionar de acuerdo al horario de circulación habilitado, con un aforo máximo del 70% del espacio disponible. Los empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.
– La apertura de salones de eventos con un aforo máximo del 70% del espacio disponible, o un máximo de 200 personas, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.

Policiales

Un policía se arrojó al Canal Grande y logró rescatar a un hombre

Tras ser rescatada del agua, la víctima fue asistida por personal del SIARME y trasladado al Hospital Francisco López Lima para recibir atención médica.

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Un efectivo del Destacamento 178° de barrio Bagliani rescató a un hombre que se arrojó al Canal Grande, en General Roca. El hecho ocurrió alrededor de las 8.40 de ayer (30/08), cuando el 911 RN Emergencias recibió un llamado que alertaba sobre la presencia de un hombre dentro del Canal Principal, en jurisdicción del Destacamento 178°.

Al llegar al lugar, el suboficial mayor Claudio Pérez se dirigió hasta el sector y decidió ingresar al agua para asistir al hombre. Con la colaboración de personas que se encontraban en las inmediaciones, quienes facilitaron una soga, el efectivo consiguió llegar hasta el hombre y retirarlo con vida del canal.

Una vez fuera del agua, no fue posible identificarlo debido a que no llevaba documentación y se encontraba en estado de ebriedad, por lo que en ese momento tampoco fue posible obtener sus datos personales.

Ante esta situación, se solicitó la presencia del SIARME. Los profesionales evaluaron al hombre y determinaron su traslado al Hospital Francisco López Lima para recibir la atención correspondiente.

Los efectivos del Destacamento 178° acompañaron al hombre durante el traslado en la ambulancia y brindaron asistencia hasta su ingreso al centro de salud.

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Roca

Roca tendrá una semana cambiante, con viento y temperaturas en descenso desde el miércoles

El miércoles será el día más agradable con 19°C, mientras que el viernes se espera una mínima de -1°C.

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La semana comenzó con cielo cubierto en General Roca y temperaturas que se mantendrán moderadas durante las primeras jornadas, aunque el pronóstico anticipa un marcado descenso hacia el final del período.

Según el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC), este lunes (31/08) se espera una máxima de 18°C y una mínima de 2°C, con cielo cubierto y viento del oeste de hasta 20 km/h, con ráfagas que podrían alcanzar los 41 km/h.

Para el martes (01/09), las condiciones se mantendrán con cielo cubierto. La temperatura máxima llegará a 18°C, mientras que la mínima será de 5°C. El viento será más leve, con velocidades de entre 8 y 11 km/h.

El miércoles (02/09) se registrará la máxima más elevada de la semana, con 19°C, aunque también será una de las jornadas más ventosas. Se espera cielo cubierto durante el día y parcialmente nublado por la noche, con viento de hasta 35 km/h y ráfagas que podrían alcanzar los 57 km/h.

A partir del jueves (03/09), el cielo estará despejado durante el día y parcialmente nublado por la noche. La máxima será de 16°C y la mínima de 0°C, con ráfagas de hasta 53 km/h.

El viernes (04/09) continuará el descenso térmico, con una máxima de 15°C y una mínima de -1°C. El cielo se presentará despejado durante toda la jornada.

Finalmente, el sábado (05/09) será la jornada más fría del período en cuanto a temperatura máxima, con 12°C, mientras que la mínima se ubicará en 0°C. El cielo permanecerá despejado.

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Judiciales

Se separaron, él conservó el auto y ella pidió recuperarlo: La Justicia ordenó su devolución

El hombre utilizaba el vehículo para trabajar y se opuso a devolverlo, pero reconoció que la titularidad registral correspondía a su ex pareja.

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Una pareja puso fin a su unión convivencial, pero uno de los bienes quedó en el centro del conflicto. El hombre conservó un auto que utilizaba para trabajar, mientras que su ex pareja reclamó que se lo devolviera. La mujer sostuvo que el vehículo era suyo y que, pese a sus pedidos, no había logrado recuperarlo. Ante esa situación acudió al Poder Judicial y solicitó una medida urgente para obtener la restitución.

La mujer figura como única titular del vehículo. Por eso pidió que se ordenara su entrega inmediata. Durante el proceso, el demandado reconoció que la titularidad registral correspondía a su ex pareja.

El fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la medida autosatisfactiva y ordenó restituir el vehículo a su titular. El fallo intimó al hombre a entregarlo dentro de las 72 horas. También estableció que, si no cumple dentro de ese plazo, podrá ordenarse el secuestro inmediato del automóvil.

El hombre se opuso al pedido. Explicó que había destinado el automóvil a un contrato de servicios con el municipio local y sostuvo que perder su utilización afectaría sus ingresos. También planteó que la medida solicitada comprometía el derecho de propiedad que invocaba y su derecho de defensa. Sin embargo, el fallo señaló que hasta ese momento no había iniciado ninguna acción judicial destinada a obtener el reconocimiento de un eventual derecho sobre el vehículo.

Una medida autosatisfactiva es una herramienta judicial para situaciones que necesitan una respuesta urgente. A diferencia de otras medidas provisorias, permite dar una solución inmediata cuando el derecho de quien hace el pedido aparece con claridad y la demora de un proceso ordinario podría causarle un perjuicio.

La sentencia explicó además cómo funciona el régimen de bienes en las uniones convivenciales. El Código Civil y Comercial establece que, si la pareja no realizó un acuerdo para distribuir los bienes, cada uno conserva aquellos que ingresaron a su patrimonio.
A diferencia de otros regímenes patrimoniales, la convivencia por sí sola no convierte en comunes los bienes que adquiere cada integrante de la pareja. En este caso, la documentación acreditó que el automóvil estaba inscripto exclusivamente a nombre de la mujer.

El fallo también tuvo en cuenta que ella había reclamado la devolución tanto antes de iniciar el expediente como dentro del proceso judicial. Pese a esos pedidos, continuaba sin poder disponer de un bien registrado a su nombre.

La sentencia consideró que esa situación la había privado de la posesión del vehículo contra su voluntad. Aclaró, a su vez, que el hombre conserva la posibilidad de iniciar otros reclamos si considera que realizó aportes económicos para la adquisición del automóvil. Esa discusión, sin embargo, no modifica quién aparece como titular.

El fallo evaluó el riesgo de mantener el automóvil en poder del demandado. La mujer señaló que él no tenía autorización para conducirlo y planteó que, como titular registral, podía quedar expuesta a consecuencias ante un eventual siniestro, además de posibles daños al vehículo o a terceros.

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