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En las próximas horas se conocerá el veredicto del primer jurado popular de Roca

La Fiscalía solicitó que la madre de la víctima y el padrastro, ambos acusados de la muerte de la niña de 3 años, sean declarados culpables.

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Tras una semana de debate oral y público desarrollado ante un jurado popular, los representantes del Ministerio Público Fiscal consideraron probado que la niña fue víctima de un femicidio perpetrado por el único acusado. En tanto buscan que la madre de la nena sea declarada culpable del abandono de persona agravado por el vínculo seguido de muerte.

La querella acompañó este pedido, mientras que la defensa pública que asiste a la imputada y el defensor particular del acusado solicitaron la absolución.

Concluidos los alegatos, el jurado popular compuesto por seis hombres y seis mujeres se retiró a deliberar. Para ello tendrá un tiempo máximo de 48 horas y una vez arribado al veredicto, volverán a ingresar a la sala del Auditorio del Poder Judicial de Roca para informar si consideran al hombre y a la mujer culpables o no culpables, en el primer juicio por jurados que se desarrolla en la Segunda Circunscripción Judicial

Los alegatos de las partes

“Estamos aquí porque el 7 de abril de 2020 falleció una niña, ¿quiénes son los responsables, cómo murió y porqué murió?. Sabemos que las únicas personas que estaban presentes en ese momento eran solamente la nena y los dos imputados, ambos declararon sin contestar preguntas”, comenzó la acusación pública.

Entre las principales conclusiones del caso recordaron que la niña murió abandonada y sola, en la caja de la camioneta.

“Y para llegar a esa muerte, antes fue golpeada por el imputado con un rebenque que le generó un hematoma, le afectó la conciencia, le produjo una bronconeumonia , y sufrió una broncoaspiración”, recordó el fiscal jefe.

También señalaron que la madre de la niña no impidió que la golpeara y no la auxilió luego de que ocurriera. “Ella sabía de la violencia, no procuró ayuda, no buscó atención médica, la nena era incapaz de valerse por sí misma. Las lesiones eran visibles y muchísimas, era algo que no se podía pasar por alto”, mencionó la acusación.

“La violencia física sobre la pequeña empezó cuando el hombre empieza a convivir con ellas, mínimo a partir de diciembre, 45 días previos a la muerte”, señaló el equipo fiscal.

Luego la acusación explicó que “sabemos que este hombre es violento y que es violento contra las mujeres porque tiene antecedentes, además cuenta con una condena por haber atacado a una persona con un cuchillo. Sumamos la declaración de una ex pareja del hombre, del padre de esa joven, entre otros testimonios, que fortalecen este aspecto”.

Por todo ello solicitaron al jurado popular que declaren por unanimidad que hubo un femicidio y que la mamá no atendió a la víctima.

El representante del Ministerio Público de la Defensa que asiste a la mujer indicó que “ella estaba atravesada por la violencia de género, inmersa en una relación de violencia. Mi asistida hizo todo lo que tenía a su alcance pero el Estado la abandonó y la familia también”.

“Si hacemos el análisis de este caso con perspectiva de género tenemos que tener presente que esta joven mamá fue al Juzgado de Paz y le entregó, a través de un instrumento público, la nena a la abuela. Eso lo observamos como la necesidad que tenía mi asistida de resguardar a su hija de toda la violencia que ella venía viviendo”, argumentó el defensor público.

“Por eso afirmamos que no hubo abandono de persona e hizo todo lo posible para resguardarla. Le pedimos al jurado que absuelva a mi asistida.”, concluyó el defensor.

Del mismo modo lo esgrimió el defensor particular del imputado, que insistió en que “hubo maltrato infantil pero no se trata de un caso de violencia de género. La imputada nunca fue víctima de violencia de género por parte de mi asistido, y que él ejercía violencia sobre ella es un prejuicio”.

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Subieron los divorcios en Río Negro: Durante 2025 se registraron 1.277 trámites

No obstante, 2023 sigue siendo el año con la cifra más alta de la última década: se dictaron 1529 sentencias de disolución del vínculo matrimonial.

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Durante 2025, los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de Río Negro registraron 1.277 trámites de divorcio. El dato surge del relevamiento anual del fuero y ubica a ese tipo de proceso entre los más frecuentes dentro de la conflictividad familiar.

En todo 2024 se iniciaron 1.240 expedientes por disolución del vínculo matrimonial. Un año antes, en 2023, se dictaron 1.529 sentencias de divorcio, la cifra más alta en al menos una década. En 2022 se habían contabilizado 1.204 y en 2021, un total de 1.333. En 2020, el Poder Judicial resolvió 910 divorcios. Entre 2016 y 2019 las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.400 en 2016, 1.395 en 2017, 1.426 en 2018 y 1.386 en 2019. En 2015 se registraron 903 y en 2014, un total de 1.078.

La disolución del vínculo matrimonial tramita en 16 organismos judiciales distribuidos en todo el territorio provincial. En Viedma y Roca funcionan varias unidades procesales. También se reciben causas en San Antonio Oeste, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.

El divorcio se produce cuando una o ambas personas que integran el matrimonio solicitan judicialmente la disolución del vínculo. A partir de allí, si existen cuestiones pendientes, como cuidado personal, alimentos o distribución de bienes, esas cuestiones continúan su trámite por las vías que correspondan.

El año pasado algunos divorcios se resolvieron en menos de una semana, ya que no había hijos ni bienes en común. Hoy el trámite no exige dar motivos del pedido del cese del vínculo, basta con la voluntad de alguno de los integrantes de la pareja.

Respecto a la resolución de los conflictos, en 2025 se dictaron 11.150 sentencias de finalización en toda la provincia, cifra que incluye fallos definitivos, interlocutorios, monitorios y homologaciones. Además, la magistratura llevó adelante un total de 5.975 audiencias, entre las cuales destacaron las preliminares y las instancias de escucha a niños, niñas y adolescentes. La gestión se apoyó en la labor de las Oficinas de Tramitación Integral de Familia, modelo que permite reducir la carga administrativa sobre los jueces y juezas para concentrar la tarea en las resoluciones jurisdiccionales.

La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra

Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

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El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.

La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.

La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.

El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.

Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.

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Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes

La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

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La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.

Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.

La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.

Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.

Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.

Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.

El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.

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