Judiciales
Debían una indemnización y el día del remate pagaron una parte: No pudieron evitarlo
El Superior Tribunal de Justicia ratificó la determinación que habían tomado desde la Cámara Laboral de Roca.

Un hombre y una mujer fueron condenados a indemnizar a un trabajador por despedirlo sin justa causa. Como no cumplieron la sentencia de la Cámara Laboral Segunda de Roca, se ordenó la subasta pública de un inmueble que era propiedad del hombre para pagar aquella reparación.
El mismo día del remate, dos horas antes de que comience la subasta, la mujer deudora depositó en la cuenta judicial una parte de lo adeudado y pidió al Juzgado que se suspenda el remate. Con los minutos corriendo, el acreedor se opuso a la suspensión de la subasta y el Tribunal decidió avanzar en la venta pública del inmueble, que consistía en un terreno de más de 220 metros cuadrados, con un local comercial y mejoras, en una zona de creciente valor comercial en Roca. El remate terminó, se labraron todos los documentos que reconocían los derechos al comprador, se depositó el dinero de la venta y la subasta fue aprobada por el Juzgado.
En su pago parcial, previo al remate, habían depositado el capital adeudado y parte de los honorarios. Sin embargo, faltaban los intereses que se habían acumulado por la deuda inicial y que, específicamente, estaban calculados y establecidos en la sentencia.
Más adelante, la deudora reunió el dinero de los intereses y a primera hora del día siguiente al remate presentó en el Juzgado la constancia del segundo depósito, pidiendo que se deje sin efecto la subasta o que se declare su nulidad. Aseguró que al momento del remate el depósito ya estaba hecho, aunque presentó la constancia al día siguiente.
A partir de ese momento la discusión del expediente se centró en establecer cuánto y cómo debe pagar un deudor para poder suspender una subasta y para, en definitiva, librarse de la deuda.
La Cámara Laboral rechazó todos los recursos de la deudora y el caso llegó al Superior Tribunal de Justicia, que días atrás confirmó el criterio de los jueces laborales de Roca. “Si la obligación es de dar una suma de dinero con intereses, el pago sólo es íntegro si incluye el capital más los intereses”, recordó la sentencia citando textualmente el Código Civil y Comercial de la Nación.
Por su parte el STJ argumentó que el primer depósito no tenía entidad para suspender el remate “por insuficiente”, pues “no resultó un pago íntegro que pudiera generar su efecto extintivo del crédito y liberador del deudor”. En tanto que el segundo depósito, que sí alcanzaba para cubrir los intereses y las costas adeudados, “fue informado con posterioridad al remate”, por lo que “incumplió el requisito de puntualidad, fue extemporáneo y por lo tanto, inidóneo para generar los efectos extintivos y liberadores del pago”.
El STJ recordó que un pago, para tener todos sus efectos, debe tener cuatro requisitos: “identidad, integridad, puntualidad y localización”, es decir que debe ser idéntico al objeto de la deuda, debe ser total, debe cumplirse en término y debe pagarse en el lugar acordado; de lo contrario, no será apto para liberar al deudor.
En este caso, dijo el STJ, “se encuentra en juego especialmente el principio de integridad del pago”, pues “cuando se deben capital e intereses, debe pagarse todo”.
“La Cámara apreció correctamente que la totalidad de los fondos no estaban depositados antes del día y hora del remate, en tanto debieron ser acreditados ante el Tribunal previamente al momento establecido para llevar a cabo la subasta”, afirmaron los jueces del STJ.
Y “además de haberse afectado el principio de integridad”, con el depósito tardío “se afectó la oportunidad o puntualidad del pago, que es otro de los recaudos que deben cumplimentarse para que el pago tenga el efecto de extinguir el crédito y liberar al deudor”, concluyó.
Judiciales
Inició el debate oral por presuntos maltratos y amenazas a niños en un CAINA de Roca
La imputada está acusada por el delito de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora. Otro acusado ya admitió su responsabilidad y cumple una condena.

Comenzó esta mañana (30/06) en los Tribunales de General Roca el juicio contra una mujer que se desempeñaba como auxiliar en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) -dependientes de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF)-, acusada de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora por hechos que habrían tenido como víctimas a menores institucionalizados.
Durante los alegatos de apertura, el fiscal Marcelo Ramos y la defensora de menores Estela Aroca señalaron que la acusada y el otro auxiliar asistencial habrían maltratado a ocho niños y niñas entre abril de 2021 y septiembre de 2023. Según la teoría del caso, ambos habrían amenazado a los menores para impedir que relataran los episodios de maltrato, vulnerando derechos reconocidos por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.
Para sostener la acusación, el Ministerio Público Fiscal presentará la denuncia de la coordinadora institucional, testimonios de operadores del CAINA, informes elaborados durante la intervención, la declaración de la psicóloga de la institución, la participación de profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), las entrevistas realizadas mediante Cámara Gesell por especialistas del Cuerpo de Investigación Forense y certificaciones laborales de los imputados.
Por su parte, la mujer es asistida por un defensor particular, quien sostuvo que la situación corresponde a una cuestión de orden administrativo.
El debate continuará mañana y se prevé que finalice el jueves, cuando las partes expondrán sus conclusiones respecto de la responsabilidad penal de la imputada.
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Transfirió por error 3 millones de pesos por Mercado Pago y el destinatario se los gastó: El conflicto se solucionó en el Juzgado de Paz
La deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios.

Un productor de cebollas transfirió por error 3 millones de pesos a la cuenta de Mercado Pago de otra persona cuando intentaba pagar los insumos necesarios para su actividad. Pese a que reclamó en varias oportunidades la devolución del dinero, no obtuvo respuesta. Según relató, incluso fue bloqueado en WhatsApp. El conflicto llegó al Juzgado de Paz de General Conesa, donde finalmente las partes alcanzaron un acuerdo de pago.
La demanda se presentó a través del procedimiento de menor cuantía. El hombre explicó que la transferencia estaba destinada a una agronomía que le provee los insumos indispensables para la producción, pero por un error el dinero terminó acreditado en la billetera virtual de otra persona.
En la presentación judicial sostuvo que intentó recuperar el dinero por vías informales. Afirmó que se comunicó en reiteradas oportunidades con el destinatario de la transferencia para pedirle que restituyera el monto, pero no obtuvo respuesta y luego fue bloqueado.
Durante la audiencia convocada por el Juzgado de Paz, el demandado reconoció que había recibido los 3 millones de pesos en su cuenta de Mercado Pago. Sin embargo, explicó que no podía devolverlos porque los había gastado inmediatamente después de recibirlos.
Ante esa situación solicitó un cuarto intermedio para reunir parte del dinero y elaborar una propuesta de pago que pudiera cumplir. Días más tarde, las partes volvieron a reunirse y alcanzaron un acuerdo.
Finalmente la deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios. En ese mismo acto el demandado entregó en efectivo medio millón.
El resto se abonará en seis cuotas consecutivas. Los pagos deberán realizarse en el Juzgado de Paz de General Conesa, aunque el acuerdo prevé que el deudor podrá adelantar cuotas o efectuar pagos superiores si tiene posibilidades de hacerlo.
La jueza de Paz consideró que el convenio reflejaba la voluntad de ambas partes y que no afectaba el orden público. En consecuencia, homologó el acuerdo y dejó establecido el cronograma de pagos que permitirá cancelar la deuda originada por la transferencia realizada por error.
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Ya son 12 los acusados por integrar una organización dedicada a violentos robos en el Alto Valle
La causa ya cuenta con doce personas imputadas por una organización que habría cometido catorce hechos entre octubre de 2024 y septiembre de 2025.

El equipo fiscal que investiga una asociación ilícita acusada de cometer una serie de robos en Río Negro y Neuquén formuló cargos contra un nuevo integrante de la organización, por lo que ya son 12 las personas imputadas en la causa.
Durante la audiencia, y tras escuchar la oposición de la defensa particular, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por el Ministerio Público Fiscal y dio inicio a la etapa de investigación penal preparatoria, que tendrá un plazo de cuatro meses.
La fiscal Verónica Villarruel explicó que una de las principales evidencias surge de la extracción forense realizada por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) sobre el teléfono celular de uno de los imputados. A ello se suman informes de las empresas de telefonía móvil y análisis efectuados por la Comisión de Investigación Judicial.
Según indicó la representante fiscal, de esa pericia surgieron comunicaciones entre el nuevo imputado y otros integrantes de la organización durante la jornada de uno de los hechos investigados, además de registros que lo ubicarían en uno de los lugares donde se cometieron los delitos.
De acuerdo con la acusación, la banda actuaba con un mismo modus operandi: realizaba tareas de vigilancia sobre los objetivos, llegaba en uno o dos vehículos previamente robados, ingresaba por la parte trasera de las viviendas tras escalar muros y techos, reducía a las víctimas mediante armas de fuego y luego las ataba con alambres o precintos. Posteriormente exigían dinero en dólares, cajas fuertes, oro y dispositivos electrónicos, evitando sustraer teléfonos celulares, además de llevarse los DVR de las cámaras de seguridad.
El nuevo imputado habría participado en varios de los hechos atribuidos a la asociación ilícita y también en el robo de un vehículo perteneciente a una de las víctimas.
La investigación comprende 14 hechos atribuidos a la organización: 11 ocurridos en General Roca, 2 en Cipolletti y 1 en Allen, entre octubre de 2024 y septiembre de 2025.
Actualmente, 6 de los imputados permanecen con prisión preventiva en esta causa, 2 cumplen esa medida en otro expediente, 2 llevan tobillera electrónica y otros 2 están sujetos a medidas cautelares para garantizar el proceso. En el caso del último acusado, tiene prohibido ingresar a General Roca, mantener contacto con uno de los imputados y deberá presentarse periódicamente en una comisaría de Neuquén, ciudad donde fijó domicilio.
Desde el Ministerio Público Fiscal informaron que la investigación continúa, al tiempo que siguen las impugnaciones presentadas por algunas defensas y avanzan otras medidas probatorias, entre ellas reconocimientos de personas. Para lograr la detención del último imputado se realizaron diversas tareas de campo encabezadas por la Comisión Investigativa de la Policía de Río Negro junto al Departamento de Delitos Patrimoniales y Leyes Especiales y la División de Evadidos y Recapturas de la Policía de Neuquén.








