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Sociedad

Control de velocidad: el lunes empiezan a funcionar tres cinemómetros fijos en Río Negro

Conocé donde estarán ubicados. Se labrarán las actas de infracción a quienes superen los límites de velocidad.

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El subsecretario de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad y Justicia, Marcelino Di Gregorio, anunció que este lunes (22/11) comenzarán a funcionar tres cinemómetros fijos en la Provincia que controlarán velocidad y encendido de luces bajas.

Esta implementación forma parte del Plan Provincial de Seguridad Vial para el cuidado de los rionegrinos, rionegrinas y visitantes en las rutas, y cuyo objetivo es la reducción de la tasa de siniestralidad vial.

El funcionario informó que en este caso se trata de los cinemómetros ubicados en Río Colorado, en la Ruta Nacional N° 22 a la altura del kilómetro 859; sobre Ruta Nacional N° 250 en el ingreso a Lamarque, mientras que el restante corresponde a la Ruta N° 151, kilómetro 4 a la altura de Cipolletti.

Se espera que para dentro de 10 días se haga lo propio con los radares de la Ruta N° 22 a la altura de Villa Regina, y sobre la Ruta N° 151 en Sargento Vidal.

Di Gregorio comentó que además de las tareas previas de concientización que se llevaron a cabo, los tres cinemómetros mencionados ya cuentan con la certificación de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, la certificación de calibración por parte del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), mientras que ya se colocó la correspondiente señalización la cual estuvo a cargo de la Dirección de Vialidad Nacional Distrito XX.

De esta manera, a partir del día lunes, los cinemómetros comenzarán a operar y se labrarán las actas de infracción. Una vez autorizadas las mismas, la Agencia Provincial de Seguridad Vial realizará las notificaciones vía correo. Si en un plazo de 25 días, la persona no es debidamente notificada, la infracción queda anulada.

Por otra parte, la persona que recibe el acta de infracción tiene un plazo para el pago voluntario, el cual reduce el monto a un 50%. En caso de que considere que ha sido mal sancionada, puede hacer su descargo ante la autoridad de juzgamiento que en primera instancia es la Jefatura de Tránsito de la Policía de Río Negro, hasta tanto se conforme el Juzgado de Faltas Administrativo.

En cuanto a los valores de las multas, Di Gregorio explicó: “Hoy por hoy hay un solo valor de multa porque cuando esté puesto en marcha el Juzgado de Faltas ahí sí va a haber un mínimo y máximo. Hoy es un valor fijo que son 350 unidades fijas y el valor de cada unidad fija es el de nafta Infinia de bandera YPF en Viedma”.

Desde la Secretaría de Estado de Seguridad y Justicia se solicita a la comunidad el respeto del límite de velocidad y el encendido obligatorio de las luces bajas, así como de todas las normas de seguridad vial, para no solo evitar este tipo de multas sino también accidentes de tránsito en las rutas rionegrinas.

Judiciales

Ordenaron el retiro del carnet de conducir y la suspensión de la línea telefónica por una deuda alimentaria

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado.

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El retiro del carnet de conducir y la suspensión de líneas telefónicas fueron las medidas dispuestas contra un padre que no acreditó el pago de una cuota alimentaria fijada a favor de su hija menor de edad. Las decisiones se adoptaron en el marco de un expediente de familia y tuvieron como finalidad compeler el cumplimiento de una obligación alimentaria vigente.

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia de Cipolletti luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado. Además del retiro de la licencia de conducir o, en su caso, la prohibición de tramitarla o renovarla, la magistrada dispuso oficiar al Registro Provincial de Deudores Alimentarios para la inscripción correspondiente y ordenó la suspensión de líneas telefónicas fijas o móviles de su titularidad.

La resolución se dictó tras una intimación previa cursada el año pasado, en la que se requirió al padre que acreditara el pago de los alimentos bajo apercibimiento de adoptar medidas razonables para garantizar la obligación. Esa intimación no fue impugnada y, ante la persistencia del incumplimiento, la jueza hizo efectivos los apercibimientos anunciados.

Contra esa decisión, el progenitor presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En su planteo sostuvo que las medidas adoptadas no resultaban eficaces para asegurar el pago de los alimentos y que su situación económica le impedía cumplir regularmente con la cuota. Señaló que realizaba trabajos informales vinculados a tareas domiciliarias y que se encontraba sin empleo. También cuestionó la valoración de la prueba y afirmó que efectuó depósitos y transferencias parciales que, a su criterio, no fueron considerados de manera adecuada. En ese contexto, solicitó que se dejaran sin efecto las sanciones y que se le concediera un plazo para regularizar una cuota correspondiente a un período determinado.

La persona que reclamó los alimentos respondió y sostuvo que la cuota alimentaria convenida y homologada continuaba plenamente vigente. Indicó que el padre no promovió ningún incidente tendiente a modificar la prestación y que, hasta tanto ello ocurra y exista una resolución judicial, la obligación resulta exigible en los términos fijados. También remarcó que las medidas dispuestas se encuentran previstas en la normativa vigente y dentro de las facultades del Poder Judicial para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En el mismo sentido se pronunció la Defensora de Menores, quien recomendó mantener lo resuelto.

Al intervenir en el caso, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo de Cipolletti analizó el recurso y señaló que la resolución cuestionada constituyó una consecuencia directa de una intimación anterior que había quedado firme. En ese contexto, destacó que no resulta procedente impugnar la providencia que hace efectivo un apercibimiento cuando el acto que le dio origen no fue cuestionado oportunamente, ya que los plazos procesales operan de manera preclusiva.

El Tribunal también recordó que el derecho alimentario de niñas, niños y adolescentes se encuentra protegido por normas de jerarquía constitucional y supralegal, y que la obligación alimentaria no se modifica por manifestaciones unilaterales sobre la situación laboral del progenitor. Para alterar una cuota vigente resulta necesario promover el trámite judicial correspondiente y obtener una resolución que así lo disponga.

Con esos fundamentos, la Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución dictada en primera instancia en todo lo que fue materia de agravio, incluidas las medidas de retiro del carnet de conducir y suspensión de la línea telefónica.

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Roca

Alta Barda tiene nueva iluminación LED: Cambiaron 70 puntos de luz y sumaron 12 nuevas luminarias

La reconversión tecnológica permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad y bajar los costos de mantenimiento.

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El Municipio de Roca completó una obra de modernización del alumbrado público en el Barrio Alta Barda, donde reemplazó luminarias de sodio por tecnología LED en 70 puntos e incorporó 12 nuevas luminarias que amplían la cobertura del servicio en el sector.

Los trabajos se llevaron adelante sobre las calles Darwin, Elías Quilodrán, El Ceibo, Las Petuñas y Félix Heredia.

La tecnología LED permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad nocturna y disminuir los costos de mantenimiento, además de generar un menor impacto ambiental en comparación con el sistema anterior.

Con esta intervención, el Municipio avanza en el plan de reconversión del alumbrado público en distintos barrios de la ciudad, con «el objetivo de brindar espacios más seguros y eficientes para los vecinos», destacaron.

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Roca

Los combustibles acumulan entre un 16% y un 18% de aumento sólo en marzo

Desde enero, el combustible acumula una suba del 22%, cifra que ya supera más de la mitad del aumento registrado a lo largo de todo el año 2025.

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La guerra en Medio Oriente llegó a los surtidores del Alto Valle. En lo que va de marzo, los combustibles acumularon aumentos de entre el 16% y el 18% en las diferentes estaciones de servicio de General Roca.

Los especialistas explican que las subas no responden a un criterio uniforme: cada petrolera las aplica en forma independiente, en diferentes momentos y con distintos porcentajes. Básicamente, todos los días, en alguna petrolera o en alguna ciudad se registra un incremento.

Los números reflejan el impacto en el bolsillo. La nafta Súper, que en febrero costaba $1.609 el litro, trepó a $1.912 en marzo, un incremento del 18,8% -datos de YPF en Roca-. En lo que va de 2026, la suba acumulada ya alcanza el 22%, superando más de la mitad del aumento registrado durante todo el año 2025, cuando el precio pasó de $1.128 a $1.611, con una variación del 42,8%.

La evolución de los precios dependerá tanto del conflicto bélico como de la inflación interna. Y es que una sola declaración del presidente Donald Trump logró que el precio del petróleo bajara de manera considerable, lo que abre la posibilidad de una corrección si el escenario internacional se estabiliza.

No obstante, la región tiene una posición particular frente a esta situación: mientras el aumento golpea a los consumidores, el Alto Valle se beneficia como zona exportadora de crudo a precios más favorables en el mercado externo.

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