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Roca

Cambios en la Fiesta de la Manzana ante el aumento de casos de Covid-19

Se estipularon nuevas disposiciones en el predio y el desarrollo de actividades, con el fin de adaptar el festejo a las nuevas condiciones sanitarias.

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La Comisión Organizadora de la Fiesta Nacional de la Manzana incorporó para esta edición 2022 una serie de cambios en la disposición del predio y desarrollo de actividades, con el fin de adaptar el festejo a las nuevas condiciones sanitarias.

-Un campo más amplio
El espacio situado frente al Escenario Principal “Carlos Soria” se agranda para posibilitar mayor distanciamiento entre las personas del público. Se dispuso la eliminación de la venta de accesos de ubicación preferencial, lo cual permitirá contar con mayor amplitud en el campo. Además, a fin de invitar a la disposición del público en burbujas familiares o de amigos, se acondicionó y parquizó la zona del campo y arboledas, propiciando que quienes deseen disfrutar de los espectáculos desde la comodidad de un asiento, ingresen al predio con reposeras, como algunas personas ya lo venían haciendo en ediciones anteriores. Asimismo se invitará al público presente a mantener el máximo distanciamiento posible. 

-Mayor fluidez en la circulación 
Se incorporan nuevos puentes para mejorar la fluidez del tránsito peatonal tanto en la conexión del predio con la Ruta 22, como internamente para vincular el campo con el resto del predio, de modo de evitar embudos en la circulación.

-Nueva pantalla en sector gastronómico
Será posible ver los espectáculos del escenario Principal “Carlos Soria” a través de una nueva Pantalla con sonido que estará situada en el Patio de Comidas. Esto permitirá a los espectadores que así lo prefieran, visitar el predio y disfrutar de los espectáculos sin tener que ubicarse en el campo frente al escenario. También se instalará la Pantalla detrás del mangrullo de mitad de campo, que permite ver los detalles del show desde la zona posterior del campo.

-Obligatoriedad de uso de barbijo 
Si bien la FNM se desarrolla completamente al aire libre, teniendo en cuenta la gran concurrencia de personas, se dispuso la obligatoriedad del uso de barbijo en el predio. Esta medida busca minimizar las posibilidades de contagio en los espacios donde se generan las mayores aglutinaciones de personas.

-Artistas Regionales en un espacio más amplio
El escenario de Artistas Regionales “Anibal Agüero” se dispondrá en una Globa más amplia y más abierta, a fin de posibilitar una mejor ventilación del ambiente y posibilitar mayor separación entre las personas del público. Así mismo se dispuso que todos los puestos y espacios sean abiertos, sin estructuras cerradas.

-Incentivo a la Vacunación
Para participar de todas las actividades, concursos y sorteos que se realicen en la Fiesta Nacional de la Manzana, será requisito excluyente contar con vacunación COVID completa. Es decir que, por ejemplo, sólo podrán participar del Concurso del Peso de la Manzana por un terreno con casa amueblada aquellas personas que acrediten esquema de vacunación completo.

Teniendo en cuenta la necesidad de evitar embudos en los ingresos y considerando que las disposiciones sanitarias vigentes que emite el Ministerio de Salud de la provincia de Río Negro, no exigen la presentación de “pase sanitario” para eventos al aire libre, no se realizarán controles de vacunación en los ingresos al predio.

-Nueva ubicación del patio gastronómico
La nueva distribución de espacios en el predio ferial contempla la reubicación de la zona de puestos de comida que se amplía en dimensión, a fin de mejorar la circulación de personas, posibilitando mayor separación en el público.

-Dos sectores de Sanitarios
Se distribuye en dos zonas diferenciadas la ubicación de baños químicos, a fin de viabilizar el acceso a los mismos según zona de procedencia.  
La Fiesta Nacional de la Manzana es un evento que, además de ocupar un lugar destacado en la historia y la cultura valletana, implica un importante derrame de ingresos a la gastronomía, hotelería, comercios y empresas de servicios de la ciudad, que se ven beneficiados con el significativo movimiento de recursos que se produce. Se estima que el movimiento económico para Roca en el marco de la Fiesta Nacional de la Manzana 2022 será superior a los 400 millones de pesos, un considerable impulso a la golpeada economía regional.

Judiciales

Estuvo expuesto a respirar aire viciado con plumas y excrementos de aves y ahora deberán indemnizarlo

Quedó demostrado que el trabajador desarrolló la enfermedad del «pulmón de criador de aves».

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El Superior Tribunal de Justicia confirmó una sentencia que obliga a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo a indemnizar a un trabajador que desarrolló la enfermedad del «pulmón de criador de aves». El hombre estuvo expuesto a respirar aire viciado con plumas y excrementos de aves. Se probó que la ART no le brindó capacitación suficiente sobre los riesgos a los que se exponía.

Originalmente la Cámara Laboral de Roca había condenado a la ART y a un criadero. La aseguradora apeló al STJ, pero el máximo órgano judicial rionegrino confirmó la sentencia inicial.

El hombre cumplía tareas en la categoría «Trabajador Calificado Criadero». Comenzó a tener síntomas respiratorios y fue diagnosticado con neumonitis por hipersensibilidad, comúnmente conocida como «pulmón de criador de aves», debido a la exposición a sustancias relacionadas con su entorno laboral.

Inicialmente, la ART rechazó la denuncia. Alegó que no había suficiente exposición a agentes de riesgo para calificar la enfermedad como profesional. Pero la Comisión Médica determinó que presenta Neumonitis por Hipersensibilidad y caracterizó a la contingencia como enfermedad profesional.

La ART no previno

En fallo de primera instancia apreció que la ART no cumplió con sus deberes en cuanto a la prevención de accidentes laborales, ni realizó medida alguna tendiente a minimizar o neutralizar el riesgo al que se encontraba expuesto el operario.

En este marco, «no realizó las visitas ni supervisiones requeridas legalmente antes del accidente que provocó la enfermedad del trabajador». Antes de la denuncia, solo entregó folletería. Recién luego del reclamo visitó el establecimiento a fin de verificar las condiciones de medio ambiente de trabajo en criadero de pollos.

La sentencia alegó que «su inactividad evidenciaba la indiferencia con relación a las condiciones en que los trabajadores desarrollaban sus tareas o las consecuencias negativas que podrían derivarse del incumplimiento de elementales normas de seguridad e higiene». Señaló que «conforme lo informado por el perito en higiene y seguridad, las medidas hubieran evitado o minimizado el daño ocasionado».

También observó que hubo una omisión o un tratamiento médico deficiente para restablecer la salud del trabajador accidentado.

La ART, al apelar al Superior Tribunal, sostuvo que «no tiene facultades para sancionar o clausurar establecimientos, y que sus recomendaciones son dirigidas al empleador, quien es el único responsable de la implementación de medidas de seguridad».

El máximo Tribunal, por su parte, sostuvo que «el recurso no expone argumentos razonables o suficientes que justifiquen un apartamiento de las pautas formales allí establecidas».

Agregó que «la ART recurrente no hace más que insistir en los agravios desarrollados en oportunidad de interponer el recurso principal y a manifestar su discrepancia con la resolución de la Cámara, pero no realiza en forma directa y eficaz». De esta manera, rechazó el recurso.

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Deportes

El fuerte y repudiable mensaje a la Comisión Directiva de Deportivo Roca: «Dirigentes, hay balas si no se van»

Tras caer 0-3 en el clásico frente a Argentinos del Norte, un sector de la hinchada Naranja reaccionó contra la dirigencia.

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Luego de la goleada de Argentinos del Norte por 3 a 0 a Deportivo Roca por la 4° fecha del Torneo Regional Federal Amateur de fútbol, la hinchada del Naranja reaccionó con fuertes y violentos mensajes contra la dirigencia. También apareció una pintada contra el entrenador Martín Medina, quien regresó a la institución para esta temporada.

Las paredes del estadio Luis Maiolino amanecieron ayer (04/11) con pintadas amenazadoras tras la dura derrota del Depo frente a su clásico rival. «Si no ganan el domingo corre sangre», dice uno de los mensajes que apareció en uno de los paredones del estadio ubicado en el barrio Quintu Panal.

También, en uno de los portones, la amenaza fue directamente para el DT Medina. «Andate Medina», reza la pintada, junto a un insulto.

Y lo más preocupante aun es que también se encontraron papeles que dicen: «Dirigentes hay balas si no se van».

Tras la derrota frente a Argentinos, se complicó la clasificación del Depo y eso generó el malestar de los hinchas aunque, está claro, no es la manera de mostrar su enojo. El fin de semana, el equipo de Medina será local y se espera un clima tenso en el Maiolino.

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Judiciales

Estafas al Ipross: el Tribunal de Impugnación confirmó las condenas a farmacéuticos de Roca

Esto no implica que la condene quede firme, ya que las defensas cuentan con otras instancias de impugnación extraordinaria.

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El Tribunal de Impugnación confirmó las condenas dictadas por el Tribunal de Juicio de Roca contra el grupo de farmacéuticos imputados por la defraudación a IPROSS mediante la simulación de ventas de medicamentos a afiliados de esa obra social.

En su sentencia dictada este lunes (04/11), el Tribunal confirmó las condenas de 9 años y 6 meses de prisión a Sandra Fasano, quien fue declarada culpable de 574 estafas desde su rol de auditora del Colegio de Farmacéuticos de Río Negro al momento de los hechos; 8 años y 6 meses de prisión al farmacéutico Claudio Caffaratti, como coautor de 249 estafas; 8 años de prisión al farmacéutico Rodolfo Eduardo Mastandrea como coautor de 122 estafas, y 6 años y 6 meses de prisión al farmacéutico Raúl Eduardo Mascaró como autor de 107 defraudaciones. Todas las personas condenadas se encuentran bajo medidas cautelares con tobillera electrónica y prohibición de salir del ejido de las localidades donde viven. Las cuatro personas, además, fueron inhabilitadas por 6 años para ejercer la profesión de farmacéuticos.

El fallo de Impugnación también rechazó los recursos por los honorarios profesionales que habían interpuesto la Fiscalía de Estado, en su rol de querellante en la causa, y una defensora particular.

Cuestionamientos de las defensas

La defensora de Fasano, Mastandrea y Mascaró planteó como primer eje de su impugnación la validez de los allanamientos realizados en la causa y la manera en la que fue colectada y resguardada la evidencia digital que dio sustento a las condenas. Dijo que ese procedimiento fue nulo. Como segundo eje planteó violaciones al debido proceso por «pérdida de la razonabilidad investigativa y olvido del principio de inocencia».

Por su parte, el defensor de Caffaratti reiteró la búsqueda de un sobreseimiento a través de una propuesta económica de reparación integral por parte del imputado, que ya había sido rechazada durante las etapas previas del juicio. Además, pidió la absolución de su cliente tras desarrollar críticas al sistema de auditorías implementado por IPROSS y a la delegación de funciones de contralor de la obra social estatal al Colegio de Farmacéuticos.

Las defensas cuestionaron, además, los montos de las penas de prisión efectiva, por considerarlos arbitrariamente elevados.

A su turno, durante el trámite de la impugnación, tanto la Fiscalía como la parte querellante respondieron a cada uno de los agravios de las defensas y solicitaron que se confirmen todas las condenas.

Fundamentos del Tribunal de Impugnación

Con el voto rector del juez Adrián Zimmermann y la adhesión de los jueces Miguel Ángel Cardella y Carlos Mussi, el Tribunal de Impugnación confirmó la sentencia del Tribunal de Juicio de Roca. En términos generales, el rechazo de las impugnaciones refirió que todos los reclamos de las defensas ya habían sido planteados y correctamente rechazados por el Tribunal roquense.

En ese sentido, el TI expresó que «ciertamente y como lo han señalado el Ministerio Público Fiscal y la Querella, los agravios de las impugnaciones son reediciones de planteos realizados ante el Tribunal de Juicio, quien dio una respuesta basada en pruebas, interpretaciones y derecho aplicable, lo que quedó sin conmover en esta instancia. Por estos esenciales motivos y porque no se advierten agravios que indiquen y demuestren arbitrariedad, absurdidad ni errónea aplicación de la ley, es por lo que necesariamente quedan válidos y sin rebatir los fundamentos», que dieron los jueces de Roca para condenar.

«Más allá del esfuerzo profesional de las Defensas, los fundamentos de la sentencia en crisis son completos, integrales, razonados, eficientes y ajustados a derecho», agregó el TI al validar lo resuelto por los jueces locales Oscar Gatti y Luciano Garrido y la jueza Laura Pérez.

Destacaron además que «el notable trabajo que realizó el Tribunal de Juicio al clasificar, analizar, interpretar y ponderar la totalidad de la prueba ventilada en juicio y que permitió arribar a conclusiones razonadas, todo plasmado en la sentencia impugnada».

Uno a uno el TI fundamentó el rechazo a los planteos de las defensas sobre puntos como el monto de las penas de prisión, la prescripción de la acción penal, el rechazo a la pretendida «reparación integral» del daño económico, el alcance del convenio entre el Colegio de Farmacéuticos de Río Negro y el IPROSS y la actividad de la Comisión Fiscalizadora del Colegio que impulsó la denuncia, entre varios más.

«La acusación logró probar los hechos y las autorías responsables objeto de reproche. Las maniobras imputadas fueron en distintas modalidades, básicamente en el sistema informático, para lo cual existió un despliegue a cargo de la Auditora del Colegio, Sandra Fasano -por sí y por personal a su cargo-, que consistió en insertar información inexistente, sobre ventas que los farmacéuticos no habían realizado a afiliados del IPROSS y bajo distintas modalidades que se tuvieron por acreditadas, todo ello en un plan común diseñado con cada uno de los farmacéuticos en forma individual, con idéntica metodología», citó el TI como conclusión central de la condena.

‘Las defensas ponen de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones que lo agravian», definió el Tribunal.

La decisión del TI no implica que la condene quede firme, pues las defensas cuentan con instancias de impugnación extraordinaria.

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