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Sociedad

En 2021, Río Negro superó el medio centenar de familias y empresas que generan su propia energía

Existen en proceso de habilitación 11 proyectos que cuentan con módulos de generación propia.

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La posibilidad de generar energía en sus propias viviendas y comercios es una tendencia cuyo crecimiento se ha acelerado en los últimos dos años. En diciembre pasado, se conectó en la Provincia el Usuario Generador Nº 59. El año se había iniciado con 38 conexiones.

La novedad del 2021 ocurrió durante el primer trimestre, cuando se conectó el primer usuario que genera su propia energía e inyecta los excedentes a la red en media tensión.

Se trata de un establecimiento agropecuario de Valle Azul, donde se montaron 200 paneles solares para cubrir parte de sus requerimientos energéticos con autogeneración. Hasta el momento, todas las conexiones instaladas estaban en techos de casas o comercios, siempre en baja tensión. De hecho, el 70 por ciento de las instalaciones actualmente está en el techo de las viviendas.

Agropecuaria Don Manuel, un complejo de 20.000 hectáreas con más de 8.000 cabezas de ganado, ubicado en el límite entre el Alto Valle y el Valle Medio rionegrino, que con el parque generador instalado logró cubrir el 20% de su consumo energético con módulos solares.

“Esta es una primera etapa de varias y la energía se usa tanto para alimentar los tanques australianos que dan agua a los animales, como para el consumo de riego de todos los granos que producen ellos mismos en los forrajes”, explicó Fernando La Mattina, quien junto a Néstor Suárez, integra la consultora regional PURA ENERGIA SAS, responsable del diseño y montaje del parque generador.

La Mattina mencionó que en base a las características de la producción y del lugar, con una superficie muy extensa, es necesario un bombeo continuo a través de acequias. “Para este bombeo es prudencial tener equipos que no sean a gasoil, para no seguir generando con combustibles fósiles”, destacó e hizo saber que la configuración actual del complejo permite reducir 3.125 toneladas de carbono en sus 25 años de utilidad, que es el equivalente a plantar 172.000 árboles.

La Generación Distribuida

El sistema se inscribe dentro de los términos regulatorios de lo que se conoce como Generación Distribuida. Una normativa creada hace casi cuatro años, que tuvo a Río Negro como pionera a nivel nacional, y que habilita a aquellos usuarios que cuenten con sistemas de generación con fuentes renovables a inyectar los excedentes a la red de distribución y cobrar por los mismos.

“Se instalan medidores bidireccionales, que miden tanto la energía que se consume como la que puede inyectarse a la red eléctrica que administran las distribuidoras rionegrinas”, resumió el responsable del área Técnica del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE), Ing. Agustín Vidal.

Añadió que “se puede identificar en la facturación mensual un descuento por la energía, que es la energía que se inyectó a la red en los momentos en los que la demanda de los artefactos eléctricos es menor a la que genera con sus paneles solares”.

“La distribuidora la valoriza al mismo precio que vende la energía, es decir, compra la energía; y es ese el precio que aparece diferenciado en la factura. El otro beneficio, que es el de autoconsumo, obviamente se ve reflejado en una disminución en lo demandado a la distribuidora”, añadió.

Cipolletti posee la mayor cantidad de generadores

“Cipolletti sigue siendo la ciudad donde más instalaciones existen con 16 viviendas y cuatro comercios. Pero también hay una gran cantidad de módulos montados en Bariloche y General Roca. Técnicamente, los denominamos Usuarios Generadores (UGER). Hay 14 casas en la cordillera y dos comercios; y en Roca hay 10 viviendas que adhirieron a este régimen especial y otros dos comercios. El resto está distribuido entre Cinco Saltos, Fernández Oro, Allen, Catriel, Barda del Medio, Río Colorado, San Antonio Oeste y Valle Azul”, enumeró Vidal.

Existen en proceso de habilitación 11 proyectos que cuentan con módulos de generación propia y sus titulares ya han iniciado el procedimiento ante las distribuidoras para ser dados de alta.

Que exista una mayoría de usuarios de tipo residencial se explica en que lo que motiva principalmente la adopción de este sistema es el hecho de conseguir ahorros en la factura final y por una mayor conciencia ecológica.

En los últimos casos que se han sumado, un análisis de sus consumos eléctricos permitió determinar que pudieron afrontar el 65% de sus requerimientos energéticos con autogeneración.

Además de los aspectos ambientales, debe considerarse la contribución de la Generación Distribuida a la sustentabilidad del sistema eléctrico. Ello ocurre a partir de la incorporación de múltiples fuentes, lo cual no solo añade fiabilidad sino que la cercanía ayuda a reducir las pérdidas propias de la distribución tradicional de electricidad.

Un usuario que administra la energía que consume, genera y comparte en la red pública sus excedentes. Lo que hace la reglamentación es facilitar ese aspecto como un derecho.

Cómo se realiza el trámite

El trámite al cual un usuario con esta capacidad debe seguir está detallado en el sitio web del EPRE www.eprern.gov.ar y se inicia ante las distribuidoras que prestan el servicio eléctrico en la provincia. Es de destacar que en este procedimiento el equipo inversor debe estar empadronado en el EPRE y la solicitud debe estar firmada por un profesional matriculado en Río Negro.

Luego de analizar la distribuidora la solicitud y enviarla para su aprobación al EPRE, se procede a la instalación del medidor bidireccional para conectarlo la red de distribución.

Roca

Tras el cese de la lluvia, el Municipio mantiene un amplio operativo de asistencia y desagote

Durante la jornada se realizaron tareas de limpieza de sumideros, alcantarillas y desagües pluviales, además del funcionamiento de bombas sumergibles en sectores críticos

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Aunque las lluvias cesaron y las condiciones climáticas comenzaron a mejorar, el Municipio de General Roca mantiene un amplio operativo de asistencia y mantenimiento para atender las consecuencias que dejó el temporal en distintos sectores de la ciudad.

Las tareas continúan de manera ininterrumpida con la participación de personal de Defensa Civil, Desarrollo Social, Obras Públicas y Servicios Públicos, que trabajan tanto en la asistencia a las familias afectadas como en el desagote y limpieza del sistema pluvial.

Desde Defensa Civil y Desarrollo Social se brindó ayuda a vecinos de los barrios Fiske Menuco, Nuevo, Noroeste, Quinta 25, Carlos Soria y Chacramonte, donde se entregaron nylon, frazadas, colchones, leña y alimentos.

En paralelo, las cuadrillas municipales realizaron la limpieza de alcantarillas y sumideros en distintos sectores de la ciudad, entre ellos Jujuy y Güemes; Güemes entre Dr. Maradona y República del Líbano; Carlos Gardel y Rochdale; Rochdale y Australia; Rochdale y Jujuy; Yrigoyen y Mendoza; Yrigoyen y Avenida Roca; y Chula Vista, casi San Juan.

También se efectuaron trabajos en Los Fresnos y Vintter; Avenida Viterbori y Lago Mascardi; Avenida Roca y Gadano; y Gadano al 846, donde se retiró una rejilla dañada y se colocó una valla preventiva para evitar accidentes.

Como parte del operativo, se pusieron en funcionamiento las bombas sumergibles ubicadas en José Ingenieros y Mendoza, y en 9 de Julio y Belgrano, con el objetivo de acelerar el drenaje del agua acumulada.

Las tareas continuarán durante la tarde en barrio Chacramonte con la intervención de un camión bomba y maquinaria vial. Además, el Municipio informó que una vez que las calles de ripio se sequen y el terreno lo permita, se retomarán los trabajos de reparación y mantenimiento.

Ante emergencias, los vecinos pueden comunicarse con Defensa Civil al 103 o al 4426376. Para consultas y reclamos continúa habilitada la línea gratuita 0800-222-9742, de lunes a viernes de 8 a 17.

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Judiciales

Quiso separar una pelea entre perros, los hirió con una piedra y la Justicia archivó la denuncia

El Juzgado de Paz concluyó que no existió intención de provocar daño y desestimó la denuncia por maltrato animal.

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Foto: Archivo.

Un hombre de Río Colorado vio que su perro se había escapado para pelear con otro animal. Quiso terminar con el enfrentamiento y arrojó una piedra para separarlos. Pero nada salió como esperaba. Desafortunadamente el proyectil hirió al otro perro y le provocó una grave lesión en los ojos.

El border collie fue atendido por un veterinario, quien certificó que había perdido la visión de ambos ojos. Su dueño promovió una denuncia al considerar que se trataba de un caso de maltrato animal. Sin embargo, desde el primer momento, el hombre señalado explicó que nunca buscó lastimar al perro y que su única intención había sido terminar con la pelea entre los animales.

El Juzgado de Paz analizó el caso y resolvió desestimar la denuncia y archivar las actuaciones. La jueza concluyó que los hechos no configuraban la contravención de maltrato animal prevista en el Código Contravencional.

La sentencia destacó que esa figura exige una conducta dolosa, es decir, la voluntad de provocar daño al animal. En este caso, la magistrada entendió que del propio relato del denunciante surgía que el hombre actuó para separar a los perros y no con el propósito de herir al border collie. La lesión fue consecuencia del intento de evitar la pelea y no de una acción dirigida a causar sufrimiento.

Además, el fallo señaló que esa conducta podía incluso quedar comprendida dentro de una causal de no punibilidad prevista para quienes actúan para impedir una agresión, siempre que el medio utilizado resulte una respuesta frente a esa situación. Por ese motivo, la jueza concluyó que no existían los elementos necesarios para atribuir responsabilidad contravencional por maltrato animal.

La resolución también descartó la figura de custodia de animales, ya que esa infracción solo se configura cuando un animal causa lesiones a una persona por falta de cuidados de su dueño. En este caso, el daño recayó sobre otro animal, por lo que esa norma tampoco resultaba aplicable.

El fallo aclaró que el archivo de la causa contravencional no impide que el dueño del perro lesionado reclame por la vía civil una indemnización por los daños que considere haber sufrido.

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Judiciales

Quiso borrar el apellido de su padre, pero un reencuentro cambió el rumbo de la historia

El joven había iniciado una acción judicial para suprimir el apellido paterno, pero desistió luego de recomponer el vínculo con su padre durante un proceso terapéutico.

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Durante años imaginó que borrar el apellido paterno sería la manera de dejar atrás una historia marcada por la distancia. Así inició un proceso judicial para hacerlo. Pero, mientras el expediente seguía su curso, la historia tomó un rumbo inesperado. Padre e hijo comenzaron a acercarse otra vez.

Ese reencuentro no fue casual. El trabajo realizado en un espacio terapéutico le permitió revisar el conflicto desde otro lugar y preguntarse si todavía quedaba algo por reconstruir. Entonces eligió detener el proceso judicial, recuperar el tiempo perdido y darse, junto a su padre, una oportunidad que hasta hacía poco creía imposible.

El fuero de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a ese pedido, declaró concluido el proceso por desistimiento y ordenó el archivo de las actuaciones. La jueza consideró que se encontraban reunidos los requisitos previstos por la legislación para poner fin al expediente.

El joven había promovido la acción para solicitar la supresión de su apellido paterno. Durante la etapa inicial del trámite se incorporó la documentación presentada, se ordenó la publicación de edictos y se dispusieron distintas medidas previas. En esa etapa la demanda todavía no había sido notificada al progenitor.

Al comunicar su decisión de desistir, explicó que el proceso terapéutico le permitió replantear el conflicto desde otra perspectiva. Expresó que quería intentar recuperar la relación con su padre, compensar el tiempo perdido y brindarse mutuamente una oportunidad antes de avanzar con una decisión definitiva sobre su identidad registral.

En la sentencia, la magistrada explicó que el desistimiento es una forma de poner fin anticipadamente a un proceso judicial cuando una de las partes decide no continuar con la acción.

Agregó que el Código Procesal Civil y Comercial autoriza esa posibilidad siempre que, si la demanda ya fue trasladada, la otra parte haya sido notificada.

Como en este caso ese traslado aún no se había concretado, la jueza entendió que estaban cumplidos todos los requisitos legales para admitir el desistimiento y declarar extinguido el proceso.

«En virtud de ello entiendo que se encuentran configurados los recaudos previstos en el artículo 278, para que opere el desistimiento del proceso por voluntad de la parte», explicó. Además, se estableció que las actuaciones permanezcan archivadas en formato digital, conforme a la normativa vigente del Poder Judicial de Río Negro.

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