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Judiciales

Condenaron a 15 años de prisión a hombre que abusó sexualmente de la hija de su pareja durante 3 años

A finales de 2019, cuando supo que sería llevado a juicio, el imputado escapó de la región, pero fue hallado al año siguiente en Tucumán y trasladado a Roca, donde permanece detenido.

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Un hombre que durante más de tres años sometió sexualmente a la hija de su pareja fue condenado hoy a 15 años de prisión. El tribunal de juicio de Roca confirmó además que el agresor permanecerá detenido con prisión preventiva.

De acuerdo con la acusación que probó la Fiscalía en el juicio, los abusos sexuales ocurrieron en la casa que el imputado compartía en Roca con su novia y con la hija de la mujer, desde que la niña tenía 6 años hasta que tuvo 10.

Los ataques ocurrían cuando la madre salía y la víctima quedaba al cuidado del hombre. Pese a que no habría existido acceso carnal, los abusos fueron físicamente dolorosos y en un contexto de amenazas, pues el hombre la amenazaba con “lastimar a su mamá y a sus hermanos” si la niña contaba lo ocurrido. Por eso, los ataques sexuales fueron calificados por la Fiscalía como “perversos, cosificantes, gravemente ultrajantes para la víctima y con entidad corruptora” y por ellos la fiscal Belén Calarco pidió una condena de 16 años de cárcel.

“La defensa no puede ser necia y ciega ante el relato de la víctima y de la prueba que hemos visto.

La defensa tiene que reconocer que existió un ataque sexual”, admitió el defensor particular en el juicio, aunque solicitó una calificación legal menos grave que la propuesta por la parte acusadora y pidió que el hombre sea condenado a 10 años de prisión, que es el mínimo legal. El imputado, por su parte, reconoció parcialmente los hechos y pidió “tratamiento psicológico”.

Tras el juicio oral y público los jueces Emilio Stadler, Luciano Garrido y Julio Martínez Vivot declararon al acusado culpable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante por la duración y por las circunstancias de su realización, agravado por haber sido cometido contra una menor de 13 años, por el aprovechamiento de la convivencia preexistente y reiterado en un número indeterminado de oportunidades”, sumado al delito de “promoción de la corrupción de menores agravada por ser la víctima menor de 13 años, por mediar amenazas y por ser el imputado conviviente”.

Detenido y extraditado

A finales de 2019, cuando supo que sería llevado a juicio, el imputado escapó de la región. Entonces se declaró su rebeldía y se libró la orden de captura a todo el país. En octubre de 2020 fue descubierto en Tucumán y quedó inmediatamente detenido. Se realizó entonces una audiencia penal de extradición interna y el hombre llegó a Roca trasladado por una comisión policial. Desde entonces cumple prisión preventiva. El juicio que lo declaró culpable se realizó en diciembre pasado, en tanto que días atrás se realizó el juicio de cesura para discutir el monto de la pena, que los jueces definieron ayer en 15 años de prisión.

Judiciales

Se endeudó para llegara a fin de mes: Ordenan limitar el porcentaje de descuentos de mutuales y financieras a una docente roquense

Los descuentos de mutuales y financieras alcanzaron el 90 % de su salario.

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Una mujer solicitó varios préstamos personales. Es docente, madre de una niña, y no recibe ayuda económica del padre de la chica. No tiene vivienda propia, por lo que paga un alquiler cada mes. Los descuentos de mutuales y financieras alcanzaron el 90 % de su salario.

El fuero Laboral de Roca hizo lugar a la medida cautelar autosatisfactiva solicitada por la mujer. Ordenó al empleador establecer un límite del 33% para las deducciones salariales. El Tribunal consideró el principio de no confiscatoriedad y el carácter alimentario del salario.

En su presentación, la mujer afirmó que no logró sostener su economía familiar. Además de su jornada laboral, asumió horas extras. También trabaja en limpieza de viviendas y, durante los feriados, elabora comidas que vende en ferias.

En la presentación la docente alegó que los descuentos violaban su derecho a una retribución justa y al carácter alimentario del salario. Además mencionó que en los últimos meses sólo percibió el concepto de asignación familiar.

El organismo empleador señaló que los préstamos fueron tomados voluntariamente por la mujer y que la Provincia solo actúa como ejecutora de los descuentos.

La jueza sostuvo que el caso cumple con los requisitos para admitir una medida autosatisfactiva: urgencia, daño irreparable y existencia de un derecho evidente.

El Tribunal concluyó que los descuentos resultan confiscatorios e irrazonables, y que dejan a la trabajadora sin medios para sostenerse a sí misma y a su hija. Señaló que, aunque no exista una norma provincial vigente, sí hay normas nacionales y principios constitucionales que establecen límites a la deducción del salario.

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El padre falleció antes de reconocer a la niña: Se estableció la filiación por una prueba genética de los abuelos

El resultado marcó un 99,99% de probabilidad de que la niña fuese hija biológica del hombre.

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Una mujer inició una demanda de filiación post mortem. Mantuvo una relación sentimental con el padre de sus hijos, pero el hombre falleció antes del nacimiento de su segunda hija. El primer hijo fue reconocido por el padre; sin embargo, la niña no obtuvo ese reconocimiento biológico.

La mujer solicitó el reconocimiento de la filiación de su hija y requirió la realización de una prueba genética con los abuelos paternos.

La jueza de Familia de Villa Regina hizo lugar a la demanda y estableció judicialmente la filiación entre los hermanos. Ambos niños pasarán a tener el mismo apellido. También se ordenó la inscripción correspondiente en el Registro Civil.

Del análisis de la pericia genética se concluyó que existía un 99,99% de probabilidad de que la niña fuese hija biológica del hombre fallecido. Resultó relevante también el testimonio de la mujer, quien declaró que la pareja reconocía a la niña por nacer como su hija.

Durante el proceso se designaron defensores de menores tanto para la niña como para el niño. Se ordenaron extracciones de ADN, efectuadas por el Cuerpo de Investigación Forense, y se realizaron diversas audiencias.

La sentencia se enfocó en el interés superior de la niña y en preservar su verdad biológica. También reafirma el valor probatorio de los análisis genéticos en juicios de filiación.

«El caudal probatorio que aporta la prueba biológica en las acciones de filiación es altamente significativo, y dada la probabilidad alcanzada en el presente caso, resulta razonable la procedencia del reclamo de filiación», concluyó la jueza.

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¿Que consulta la gente cuando llega al Poder Judicial de Río Negro?

En Roca la mayoría de las consultas estuvo relacionada con casos de violencia familiar y de género.

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¿Dónde acuden las y los rionegrinos cuando necesitan información sobre como iniciar un trámite judicial o resolver un conflicto en su comunidad? La respuesta está en las Oficinas de Atención a las Personas, espacios del Poder Judicial que en el primer semestre de 2025 recibieron 2.383 consultas en toda la provincia. Los datos surgen del Informe Estadístico del primer semestre de 2025, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

La oficina de Viedma atendió 591 consultas, la de Roca 700, la de Bariloche 593 y la circunscripción que reúne Cipolletti y Cinco Saltos concentró 499. Estos números evidencian la importancia de los espacios de atención primaria que reciben de manera directa las inquietudes de la ciudadanía. La Corte Suprema mide periódicamente estos mecanismos de acceso a Justicia y mantiene a Río Negro entre los primeros puestos de ese monitoreo.

En Viedma predominó la demanda de información vinculada a trámites judiciales. En Roca la mayoría de las consultas estuvo relacionada con casos de violencia familiar y de género. En Bariloche se destacaron los planteos vinculados a garantías constitucionales y en Cipolletti junto con Cinco Saltos se concentraron principalmente los reclamos en materia de salud.

De esta forma, las Oficinas de Atención a las Personas consolidan su función como espacios de cercanía en toda la provincia, con un perfil de demandas que varía en cada ciudad pero con un mismo objetivo: garantizar a la ciudadanía un acceso rápido y confiable al Poder Judicial de Río Negro.

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