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Deberá indemnizar a su vecina de abajo por las constantes filtraciones en su departamento

Tras llegar a un acuerdo en mediación, el hombre del departamento de arriba no cumplió con lo pactado, dejó de responder a las citaciones judiciales, por lo que fue declarado en rebeldía y se dictó la sentencia en su contra.

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Fueron varios años soportando las filtraciones del departamento de arriba. En vano la mujer le pedía a su vecino que arregle las cañerías, porque nunca obtenía respuestas. Las pérdidas de agua eran permanentes y los daños en el departamento de la señora se iban extendiendo por el cielorraso y las paredes. Por miedo a que resulten lastimadas por los desprendimientos de yeso, la mujer tuvo que pedir a sus nietas que ya no la visiten en su casa. Mientras tanto, crecía la tensión en la convivencia del núcleo del plan de viviendas de Roca y se esfumaban los gastos que la mujer hacía para tratar de reparar su casa, porque a cada arreglo sobrevenía una nueva filtración.

El cielorraso desprendido, las manchas de filtraciones, el olor a humedad, el miedo a los desprendimientos y a sufrir problemas eléctricos, más la angustia de no lograr la empatía de su vecino para solucionar el problema, llevaron a la mujer a enviarle una carta documento para reclamarle el valor de los arreglos. A eso le siguió una audiencia de mediación, donde por primera vez el hombre aceptó que las pérdidas eran de su departamento y se comprometió a reparar los caños en 30 días. Pero finalmente no cumplió ni atendió más a los reclamos de su vecina.

La mujer inició entonces una demanda civil por daños y perjuicios ante el Juzgado Civil N° 9 de Roca. Con la pericia que hizo un arquitecto, las fotos y el relato de vecinos y vecinas que fueron testigos de la situación, la titular del Juzgado condenó al responsable a pagar una indemnización de $135.000, que deberá sumarse a los intereses acumulados en los últimos años.

Tras incumplir lo comprometido en la mediación, el hombre ya no respondió a ninguna citación judicial. No contestó la demanda para defenderse ni se presentó a las audiencias. Tampoco ofreció ninguna prueba. Por lo que luego de las notificaciones de rigor fue declarado en rebeldía y se dictó la sentencia en su contra.

La inspección ocular del arquitecto permitió constatar el probable origen de las filtraciones, aunque el perito no pudo ingresar al departamento del demandado. De todos modos, desde afuera, pudo ver caños precariamente sujetos y acumulación de tierra y basura en la terraza del piso superior (que a su vez hace de techo de la habitación de la planta baja), que obstruye el escurrimiento natural de la lluvia. El experto pudo verificar también que el caño que cumplía la función de desagüe pluvial de la terraza era más pequeño que lo recomendado y además estaba obstruido.

Dentro de la casa afectada, el perito describió que el cielorraso y las paredes de la cocina y de una habitación presentaban el “deterioro propio de una pérdida de agua constante, como son la pérdida del revoque, manchas en la pintura por la humedad, caída del yeso aplicado por el exceso de agua”.

Los testimonios también fueron una valiosa prueba. Una vecina, por ejemplo, contó que estuvo presente “el día que corrió agua”. “Realmente parecía una catarata lo que salía de ahí”, describió.

Por último la jueza valoró el “desinterés” del demandado en encontrar una solución y “los trastornos” que la situación ha causado a la mujer. También valoró dentro del daño moral que el mal estado de la casa hace evidente la “incomodidad para quien la habita” y reconoció la afectación anímica de la mujer por verse obligada a transitar un proceso judicial para tratar de solucionar el inconveniente.

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Incineraron 43 kilos de cannabis y casi 900 plantas de marihuana en Roca

La quema se realizó en la Planta de Residuos II y corresponde a droga incautada en el marco de 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras avanzadas.

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La Unidad Fiscal de General Roca llevó adelante ayer por la mañana la quema de estupefacientes en la Planta de Residuos II de la ciudad. El procedimiento se realizó en el marco de la Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737.

Según informó el Ministerio Público Fiscal, el material destruido corresponde a 43 kilos de cannabis entre cogollos y picadura de marihuana, y 874 plantas y plantines de marihuana.

La quema abarcó elementos incautados en 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras en etapa avanzada.

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Volcó el acoplado y perdió toda la fruta que iba al norte: Condenan parcialmente a la conductora que chocó al camión

El siniestro ocurrió en el cruce de la Ruta 22 y calle Félix Heredia.

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Foto: Archivo.

Un camión que transportaba 1.300 bultos de fruta transitaba por la Ruta Nacional N° 22 en sentido oeste en Roca, volcó y perdió todo su cargamento. El rodado, al llegar al cruce con la calle Félix Heredia, fue colisionado en el costado derecho por una camioneta que circulaba en sentido contrario.

El golpe provocó el vuelco del semirremolque y la pérdida total de la carga. El impacto generó un efecto tijera entre el acoplado y el camión, que terminó en un desagüe.

La empresa se dedica a la carga de peras y manzanas para abastecer el norte del país. Además, realiza el traslado de azúcar a los supermercados de la zona. Luego del siniestro, la firma inició una demanda por daños y perjuicios contra la conductora de la camioneta.

El fuero civil de Roca admitió parcialmente el reclamo. Reconoció el costo de reparación del camión y rechazó la indemnización por el semirremolque porque ya había sido cubierta por el seguro, lo que impedía un doble cobro. También desestimó los reclamos por el equipo de frío y la carga transportada por falta de pruebas.

Mediante una pericia técnica, el fallo consideró acreditada la mecánica del accidente. Así, concluyó que la conductora ingresó a la ruta sin las precauciones necesarias.

La prueba producida no confirmó la existencia de pérdidas económicas derivadas del accidente ni la interrupción de contratos comerciales. La sentencia destacó la ausencia de una pericia contable que respaldara ese perjuicio.

En cambio, sí admitió la indemnización por privación de uso del vehículo. Consideró que la imposibilidad de utilizar el camión genera un daño en sí mismo, por la afectación a la actividad normal de la empresa. Fijó este concepto en el monto reclamado.

Finalmente, la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la conductora a pagar una indemnización. También extendió la condena a la aseguradora según la póliza vigente.

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Los gatos no lo dejaban dormir y ahuyentaron a sus inquilinos: Condenan a vecinos por los daños

Además del pago de una indemnización, la sentencia impone la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.

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Un hombre buscaba tranquilidad en su casa de Ingeniero Huergo, pero las noches se volvieron un mal sueño. El silencio se rompía cada madrugada con golpes secos sobre las chapas. Varios gatos saltaban, peleaban y corrían sobre su techo.

Esta situación afectó su salud y también su bolsillo. Sus inquilinos no soportaron el ruido y abandonaron el departamento que él alquila. Un joven que estudiaba y trabajaba fue uno de los más afectados. Nunca lograba el descanso adecuado.

Así, el hombre bajó el precio del alquiler para que el lugar no quedara vacío. Mientras los desechos de los animales se acumulaban sobre su vivienda.

El Juzgado de Paz de Ingeniero Huergo hizo lugar a la demanda de menor cuantía iniciada por el dueño de la casa. La acción fue por los daños y perjuicios derivados de ruidos molestos e inmisiones producidas por animales.

Además del pago de una indemnización, la sentencia impone a los vecinos la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.

El hombre sostuvo que desde 2023 sufre perturbaciones constantes por la presencia de gatos provenientes de la vivienda vecina. Indicó que los animales circulan por los techos, generan ruidos nocturnos, se pelean y dejan excrementos en su propiedad.

También señaló que existieron denuncias previas en el Juzgado de Faltas Municipal, con sanciones que no fueron cumplidas por los vecinos.

Las personas negaron los hechos. Declararon ejercer una tenencia responsable de sus animales. Dijeron que los gatos se encuentran castrados. En su defensa, señalaron que existe sobrepoblación de animales y que no puede atribuirse a ellos la conducta denunciada. Además, acusaron al hombre de hostigar a vecinos y de exagerar los perjuicios.

Durante el proceso se produjeron pruebas documentales y testimoniales. Un testigo que alquilaba al actor confirmó que los ruidos de los gatos eran diarios y nocturnos, y que le impedían descansar, lo que motivó su mudanza. El tribunal consideró relevante la ubicación de los inmuebles, que facilita el tránsito de animales entre ambos fondos.

El juez analizó el caso bajo el Código Civil y Comercial, que regula las inmisiones entre vecinos. Concluyó que las molestias superaron el umbral de tolerancia normal debido a su frecuencia, horario y duración. También valoró el incumplimiento previo de la normativa municipal y de decisiones del Juez de Faltas.

Se consideró acreditada la conducta ilegal por omisión; esto quiere decir que, ante las advertencias y los llamados de atención, los vecinos no actuaron y tomaron una actitud pasiva. Además, se dio por probado el daño moral sufrido por el propietario.

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