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Deberá indemnizar a su vecina de abajo por las constantes filtraciones en su departamento

Tras llegar a un acuerdo en mediación, el hombre del departamento de arriba no cumplió con lo pactado, dejó de responder a las citaciones judiciales, por lo que fue declarado en rebeldía y se dictó la sentencia en su contra.

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Fueron varios años soportando las filtraciones del departamento de arriba. En vano la mujer le pedía a su vecino que arregle las cañerías, porque nunca obtenía respuestas. Las pérdidas de agua eran permanentes y los daños en el departamento de la señora se iban extendiendo por el cielorraso y las paredes. Por miedo a que resulten lastimadas por los desprendimientos de yeso, la mujer tuvo que pedir a sus nietas que ya no la visiten en su casa. Mientras tanto, crecía la tensión en la convivencia del núcleo del plan de viviendas de Roca y se esfumaban los gastos que la mujer hacía para tratar de reparar su casa, porque a cada arreglo sobrevenía una nueva filtración.

El cielorraso desprendido, las manchas de filtraciones, el olor a humedad, el miedo a los desprendimientos y a sufrir problemas eléctricos, más la angustia de no lograr la empatía de su vecino para solucionar el problema, llevaron a la mujer a enviarle una carta documento para reclamarle el valor de los arreglos. A eso le siguió una audiencia de mediación, donde por primera vez el hombre aceptó que las pérdidas eran de su departamento y se comprometió a reparar los caños en 30 días. Pero finalmente no cumplió ni atendió más a los reclamos de su vecina.

La mujer inició entonces una demanda civil por daños y perjuicios ante el Juzgado Civil N° 9 de Roca. Con la pericia que hizo un arquitecto, las fotos y el relato de vecinos y vecinas que fueron testigos de la situación, la titular del Juzgado condenó al responsable a pagar una indemnización de $135.000, que deberá sumarse a los intereses acumulados en los últimos años.

Tras incumplir lo comprometido en la mediación, el hombre ya no respondió a ninguna citación judicial. No contestó la demanda para defenderse ni se presentó a las audiencias. Tampoco ofreció ninguna prueba. Por lo que luego de las notificaciones de rigor fue declarado en rebeldía y se dictó la sentencia en su contra.

La inspección ocular del arquitecto permitió constatar el probable origen de las filtraciones, aunque el perito no pudo ingresar al departamento del demandado. De todos modos, desde afuera, pudo ver caños precariamente sujetos y acumulación de tierra y basura en la terraza del piso superior (que a su vez hace de techo de la habitación de la planta baja), que obstruye el escurrimiento natural de la lluvia. El experto pudo verificar también que el caño que cumplía la función de desagüe pluvial de la terraza era más pequeño que lo recomendado y además estaba obstruido.

Dentro de la casa afectada, el perito describió que el cielorraso y las paredes de la cocina y de una habitación presentaban el “deterioro propio de una pérdida de agua constante, como son la pérdida del revoque, manchas en la pintura por la humedad, caída del yeso aplicado por el exceso de agua”.

Los testimonios también fueron una valiosa prueba. Una vecina, por ejemplo, contó que estuvo presente “el día que corrió agua”. “Realmente parecía una catarata lo que salía de ahí”, describió.

Por último la jueza valoró el “desinterés” del demandado en encontrar una solución y “los trastornos” que la situación ha causado a la mujer. También valoró dentro del daño moral que el mal estado de la casa hace evidente la “incomodidad para quien la habita” y reconoció la afectación anímica de la mujer por verse obligada a transitar un proceso judicial para tratar de solucionar el inconveniente.

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Casi ocho de cada diez sentencias contencioso administrativas se dictaron con asistencia de inteligencia artificial

La herramienta automatiza controles y prepara sentencias para su firma, aunque la decisión final continúa bajo responsabilidad de juezas y jueces. Su implementación comenzó en 2023 y se extendió progresivamente a organismos provinciales y municipios.

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Durante el primer semestre de 2026, el fuero Contencioso Administrativo de Río Negro dictó 3.461 sentencias con asistencia de inteligencia artificial. La cifra representa el 79,14% de las 4.373 resoluciones emitidas durante ese período. El uso de esta tecnología creció respecto del mismo semestre de 2025, cuando había alcanzado el 55,63%.

La herramienta fue desarrollada por la Dirección General de Sistemas del Poder Judicial de Río Negro y permitió reducir significativamente los tiempos de tramitación de las ejecuciones fiscales. Antes de su implementación, cada expediente requería cerca de una hora de procesamiento manual. Con el sistema automatizado, esa tarea se realiza en aproximadamente tres minutos.

La reducción también se refleja en la duración total del trámite. El plazo promedio de una ejecución fiscal pasó de 6,5 días a menos de tres días hábiles. La herramienta comenzó a utilizarse el 24 de agosto de 2023 y se incorporó progresivamente a los organismos provinciales y municipales que promueven este tipo de procesos.

El desarrollo propio permite automatizar una serie de controles que antes se realizaban manualmente. El sistema verifica los datos de la persona demandada y el monto reclamado, comprueba que no existan procesos sucesorios o de quiebra y prepara la sentencia para su firma. La decisión final permanece siempre bajo responsabilidad de la jueza o el juez.

La experiencia comenzó con las demandas de la Agencia de Recaudación Tributaria y después se extendió a los municipios. Viedma y Allen fueron los primeros en incorporarla. Actualmente también la utilizan Bariloche, Cinco Saltos, Cipolletti, El Bolsón, Roca, San Antonio Oeste y Villa Regina. En algunos municipios, la herramienta también se emplea para ejecutar multas de tránsito, infracciones por ruidos molestos y cuestiones ambientales.

Durante los primeros seis meses de 2026, las Unidades Jurisdiccionales Contencioso Administrativas recibieron 3.975 expedientes, un 220% más que en el mismo período del año anterior. Las ejecuciones fiscales representaron la mayor parte de esa actividad, con 3.711 registros, equivalentes al 93,1% de las acciones relevadas.

El incremento de estos procesos también se reflejó en las resoluciones dictadas. Durante el semestre se registraron 3.791 sentencias monitorias, vinculadas principalmente con ejecuciones. Además, se dictaron 488 interlocutorias, 87 definitivas y siete homologaciones. En cuanto al uso de inteligencia artificial, la participación de sentencias elaboradas con esta herramienta aumentó 23,51 puntos porcentuales respecto del primer semestre de 2025. De las 4.373 resoluciones dictadas durante este año, 912 se realizaron sin asistencia de IA.

El fuero Contencioso Administrativo funciona en las cuatro circunscripciones judiciales de Río Negro. Comenzó su actividad en Viedma en diciembre de 2021 y completó su implementación provincial en 2024. Su competencia comprende los procesos en los que el Estado interviene como demandante o demandado.

Los datos estadísticos forman parte del Informe Estadístico del Primer Semestre de 2026, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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La Fiscalía pidió declarar responsable a un hombre por el abuso sexual de su suegra

El hecho ocurrió en agosto de 2025 en el domicilio de la mujer. La Fiscalía sostuvo su acusación con testimonios familiares y pericias psicológicas.

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En el marco de los alegatos de clausura del debate oral, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se declare responsable penal a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de su suegra, una mujer de 79 años, en un hecho ocurrido en agosto de 2025 en el domicilio de la víctima.

La fiscal Julieta Villa sostuvo durante su exposición que el imputado ingresó a la vivienda simulando intenciones familiares y que, según la acusación, aprovechándose de la confianza y de la situación de vulnerabilidad de la mujer, la agredió.

Para fundamentar el pedido de responsabilidad penal, la Fiscalía presentó durante el debate el testimonio de la propia víctima y las declaraciones de su nieta, su hija, su hijo y una amiga.

Según expuso la acusación, estos testimonios permitieron acreditar las revelaciones inmediatas realizadas por la mujer, su estado de shock inicial y la posterior admisión de los hechos que habría realizado el acusado ante integrantes de su entorno familiar.

También declaró la psicóloga Virginia Ansola, integrante de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quien expuso sobre el impacto emocional sufrido por la mujer.

A su vez, intervino una especialista del Cuerpo de Investigación Forense (CIF), quien ratificó en audiencia la veracidad del relato, descartó fabulaciones y confirmó la presencia de un cuadro de trauma psíquico severo.

La Fiscalía encuadró la conducta atribuida al imputado como abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo. Por su parte, el defensor particular solicitó la absolución de su asistido.

Concluidos los alegatos de las partes, el Tribunal integrado por los jueces Gastón Martín, Maximiliano Camarda y Oscar Gatti dará a conocer su veredicto el próximo martes (13/10) a las 12.00.

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Formularon cargos a un conductor de 71 años por la muerte de un motociclista en Roca

Según la acusación, el imputado realizó un giro a la izquierda de manera antirreglamentaria e interrumpió la trayectoria de la motocicleta que conducía la víctima.

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La Fiscalía formuló cargos este miércoles (07/10) contra un conductor de 71 años por un siniestro vial ocurrido en junio pasado en la intersección de las calles Félix Heredia y 9 de Julio de General Roca, en el que murió Ezequiel Alfredo Giles.

Según explicó la representante fiscal Victoria Bou Abdo, el hecho ocurrió alrededor de las 18.00 horas, cuando el imputado circulaba en una camioneta en sentido norte-sur y realizó una maniobra de giro a la izquierda hacia 9 de Julio.

De acuerdo con la acusación, el giro fue realizado de manera antirreglamentaria e imprudente, interrumpiendo la trayectoria de la motocicleta que conducía Giles, quien avanzaba en sentido contrario.

«Debido a la repentina obstrucción de la calzada, Ezequiel Giles no pudo evitar la colisión e impactó contra el lateral de la camioneta», explicó la fiscal. Como consecuencia del impacto, la víctima sufrió un traumatismo encéfalocraneano grave que le provocó la muerte en el lugar.

Para sustentar la formulación de cargos, el Ministerio Público Fiscal presentó las actas del procedimiento policial, el croquis del lugar, el certificado médico de defunción y el resultado negativo del test de alcoholemia realizado al imputado.

También se incorporaron entrevistas a testigos, informes de la Dirección de Tránsito Municipal, peritajes mecánicos realizados sobre ambos vehículos, un relevamiento fotográfico y la pericia accidentológica del Gabinete de Criminalística de General Roca.

La Fiscalía atribuyó al hombre la calificación legal provisoria de “homicidio culposo cometido por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor”.

El defensor penal público Gustavo Viecens, quien asiste al imputado, no presentó objeciones a la formulación de cargos.

Luego de escuchar a la querella, que acompañó el pedido fiscal, la jueza Natalia González tuvo por formulados los cargos y estableció en cuatro meses el plazo de investigación penal preparatoria.

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