Seguinos

Río Negro

Varadas en un aeropuerto, tuvieron que comprar vuelos de emergencia: La aerolínea deberá indemnizarlas

Por un error de la empresa en las reservas, dos roquenses gastaron 4.000 dólares más para poder continuar su viaje. Ahora deberán devolverles el dinero e indemnizarlas por daño moral y punitivo.

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Una compañía aérea deberá indemnizar a dos mujeres del Alto Valle que quedaron varadas en un tramo de su viaje a Europa por un error en las reservas. La empresa deberá devolverles los 4.000 dólares que debieron gastar de emergencia para poder tomar otro vuelo y “salvar” el viaje programado de casi un mes, con todos los demás gastos que ya habían realizado. La aerolínea también deberá pagarles 600.000 pesos en concepto de daño moral y daño punitivo. Por cada rubro, además, deberá pagar los intereses acumulados.

Según el fallo de la Cámara Civil de Apelaciones de Roca, que confirmó la sentencia del Juzgado Civil N°9, las mujeres compraron sus pasajes de ida y vuelta a París a través de la plataforma de la empresa Air France SA. Los vuelos partían desde Santiago de Chile, con escala y trasbordo en Ezeiza.

Listas para partir, en el aeropuerto de Chile, las mujeres descubrieron que “no figuraban en el registro de pasajeros”. La respuesta en ventanilla fue “que la única manera de viajar, era comprando otros pasajes”, por lo que iniciaron una desesperada serie de reclamos telefónicos. La oficina central de Air France para Latinoamérica, que funciona en Chile, estaba cerrada ese día porque era feriado nacional, y desde la oficina central en Francia les dijeron que no podían inmiscuirse en un error que “le correspondía a la central de Latinoamérica”.

Sin más alternativas, usaron sus tarjetas de crédito y compraron dos nuevos pasajes, a 2.000 dólares cada uno. Los pasajes originales les habían costado menos de 850 dólares a cada una.

Al regreso del viaje las mujeres impulsaron todos los reclamos telefónicos, por mail e incluso por carta documento, sin obtener respuestas favorables. El argumento central de la empresa fue que el tramo Santiago – Ezeiza era operado por otra compañía aérea, respecto de la cual no tenía ninguna responsabilidad.

“Fue a la demandada a quien contrataron para el viaje, siendo por tanto responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus tramos, aun cuando alguno de estos sea prestado por otra empresa de navegación”, dijo la Cámara.

En este caso, Air France vendió un único viaje, subdividido en dos tramos, pero en el juicio afirmó que no tenía “ninguna injerencia ni intervención en las operaciones de check in ni transporte aéreo de vuelos operados por otras empresas”. Se refería al tramo Santiago – Ezeiza, que figuraba como operado por la aerolínea KLM – Royal Dutch Airlines.

Sobre ese punto, el Tribunal concluyó que las pasajeras, como el común de la gente, “desconocen cuáles son las relaciones” entre las aerolíneas. Y pese a haber sido intimada para explicar esa relación comercial con KLM, la empresa francesa guardó silencio. “Es de pura lógica que se oculta o esconde aquello que, de ser conocido por el tribunal, perjudicaría la posición de quien así procede”, valoró la Cámara.

Tanto la jueza de Primera Instancia como la Cámara confirmaron que se debían aplicar al caso las normas de Defensa del Consumidor y no el Código Aeronáutico ni las normas del transporte aéreo internacional, como reclamaba la empresa. En ese marco, ambos fallos avalaron la aplicación de la multa por daño punitivo prevista en la Ley de Defensa del Consumidor.

“En el caso que nos ocupa hay absoluta indiferencia y menosprecio por los derechos de las actoras, junto con un abuso de posición de poder”, dijo la Cámara. “Se configura en consecuencia el incumplimiento del deber de información y trato digno” hacia los y las consumidores, “un abuso de poder y aprovechamiento de la mayor vulnerabilidad del consumidor que está en viaje y varado en un aeropuerto fuera del país”. “Lejos de, cuanto menos, pedir disculpas insisten en negar y menospreciar a las actoras y sus derechos”, finalizó el Tribunal.

Policiales

Bajaron los robos en Río Negro: Enero cerró con una caída del 23%

La tendencia se repite, ya que a su vez es un 50% que en 2024.

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Los delitos de robo registraron una fuerte baja en Río Negro durante enero de 2026. Según un informe de la Policía provincial, estos hechos disminuyeron un 23% respecto al mismo mes de 2025 y un 50% en relación con enero de 2024. «La tendencia se repite, confirmando un impacto real y sostenido de las políticas de seguridad en toda la provincia», destacó el gobernador Alberto Weretilneck.

En términos territoriales, el relevamiento muestra resultados concretos, con caídas muy marcadas respecto a 2024:

  • Unidad Regional 1ª (Viedma): -51%
    Unidad Regional 2ª (General Roca): -55%
    Unidad Regional 3ª (Bariloche): -32%
    Unidad Regional 4ª (Choele Choel): -59%
    Unidad Regional 5ª (Cipolletti): -55%
    Unidad Regional 6ª (Los Menucos): -75%

Al analizar el total provincial, los robos pasaron de 846 en enero de 2024, a 543 hechos en 2025 y 418 en 2026. «Los resultados reflejan una política de seguridad sostenida en el tiempo, apoyada en el trabajo articulado del Ministerio de Seguridad y Justicia, el compromiso permanente del personal policial en todo el territorio provincial y una decisión estratégica de fortalecer la prevención», indicó el gobernador.

A esto se suma la coordinación constante con el Ministerio Público Fiscal, que «permite mejorar la investigación, agilizar las respuestas y aumentar la eficacia frente al delito en cada ciudad de la provincia», agregó.

Weretilneck explicó que estos resultados «son producto de una decisión clara: fortalecer una política de seguridad sostenida, con presencia territorial, profesionalismo y el compromiso diario de nuestra Policía» y remarcó la importancia de sumar inversión en tecnología y prevención a través del programa Río Negro Seguro, que «nos permite actuar mejor, anticiparnos y dar respuestas más eficaces en cada ciudad de la provincia».

El mandatario remarcó que en Río Negro «hay planificación, inversión, presencia del Estado y un trabajo coordinado entre las fuerzas de seguridad y el Ministerio Público Fiscal, con un enfoque integral que cuida a la gente y que apunta a sostener esta tendencia».

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Gremios

El Gobierno se reunió con UnTER y le hizo una nueva propuesta salarial

El gremio llevará la oferta a decisión de los ámbitos orgánicos, pero ya adelantaron que no cumple con «las necesidades reales de los docentes».

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El Gobierno de Río Negro, a través del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, se reunió en paritarias con representantes del gremio UnTER en la que presentó una propuesta respecto a la cuestión salarial. En ese sentido, se propuso un esquema de actualización automática bimestral al sueldo bruto que se basará en la evolución del IPC Nacional y el IPC Viedma.

De esta manera , los haberes de febrero se actualizarán de acuerdo a la variación del IPC de diciembre de 2025 y enero 2026. A su vez , los sueldos de abril se actualizarán según el IPC de febrero y marzo de 2026.

Además se estableció una suma fija no remunerativa de $250.000 por única vez por agente, en concepto de compensación económica por los últimos meses del 2025. Dicha suma se abonará por planilla complementaria en dos cuotas, a pagar los días 20 de febrero y 20 de marzo respectivamente.

Por otro lado se determinó un aumento del 100% al ítem de Ayuda Escolar el cual quedará en $80.0000 y $160.000 para familias con hijos con discapacidad. Se abonará con los haberes de febrero.

Desde UnTER reafirmaron que la «propuesta no atiende las necesidades reales del sector docente, no recompone el salario, ni garantiza condiciones dignas para enseñar y aprender».

En este sentido, adelantaron que «continuaremos analizando la propuesta en los ámbitos orgánicos del sindicato y defendiendo el salario, el no cierre de cargos, los derechos laborales y la escuela pública, con la fuerza de la organización colectiva».

Participaron de la paritaria, la secretaria de Educación, Silvia Arza; los vocales gubernamentales, Romina Procoppo y Fabio Sosa, la secretaria general del Consejo Provincial de Educación, Claudia Tejeda y la secretaria de Administración, Mónica Temprano. Por UnTER estuvieron la secretaria general, Laura Ortiz, el secretario adjunto Félix Mauricio Ovadilla, la secretaria gremial, Gabriela Cecilia Aguilar, la secretaria de Prensa, Melisa Lilen Verbeke, el asesor legal Diego Broggini, la secretaria de Salud en la Escuela, Mariana Yanina Rucci, y la secretaria de Actas y Administración Ana María Inchassendague.

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Judiciales

Confirman sentencia contra administradora de plan de ahorro por no dar información clara y precisa

El consumidor reclamó tras recibir una cuota 84 con un valor elevado y sin explicación.

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Un fallo de segunda instancia confirmó una sentencia que había condenado, de manera solidaria, a una administradora de planes de ahorro y a una terminal automotriz, por incumplimientos al deber de información hacia un consumidor de Viedma.

El caso se originó a partir del reclamo de un hombre que había suscripto un plan de ahorro a 7 años y que, al llegar a la cuota final número 84, recibió un monto considerablemente más alto de lo esperado, sin una explicación clara ni detallada sobre su conformación.

En primera instancia, el juez tuvo por acreditado que existía un saldo deudor, pero consideró que la administradora no logró explicar de manera razonada cómo se había arribado a ese monto. En el análisis también se tuvo en cuenta la aplicación de una medida cautelar dictada en el marco de un amparo colectivo, que luego fue revocada, sin que ello fuera debidamente informado al consumidor.

El Juzgado entendió que la empresa incumplió el deber de información, al no brindar precisiones sobre la composición del valor móvil, los rubros incluidos en los cupones de pago ni el impacto de la medida cautelar en la cuota final. Esa conducta fue considerada un incumplimiento relevante dentro de una relación de consumo, por lo que se ordenó el pago de una indemnización por daño moral y la aplicación de un daño punitivo.

Al analizar el recurso, la Cámara confirmó el fallo y sostuvo que no resultaba suficiente consignar el valor móvil en los cupones, sino que era exigible una conducta activa y transparente por parte de la administradora, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial.

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