Judiciales
Confirmaron condena contra Báez por abuso sexual
El Tribunal de Impugnación ratificó la pena unificada -por otra condena- de 4 años de prisión.

El Tribunal de Impugnación confirmó la condena dictada en Roca contra el dirigente social Miguel Ángel Báez, que abusó sexualmente de una mujer que trabajaba para su organización (Organización de Desocupados en Lucha -ODEL-). El fallo rechazó todos los agravios de la impugnación de la defensa y confirmó que los tocamientos y otras situaciones de contenido sexual ocurrieron en un marco de naturalizada violencia de género dentro de la ONG que conducía el imputado.
El 21 de diciembre pasado, el Tribunal de Juicio de Roca condenó a Báez a la pena de 2 años y 6 meses de prisión como autor de los delitos de abuso sexual simple reiterado contra una mujer, y le impuso una pena total de 4 años de prisión, unificada con una condena previa de ejecución condicional que pesaba sobre el imputado, dictada en agosto de 2020.
Los abusos ocurrieron entre noviembre de 2018 y febrero de 2020 en dos locales pertenecientes a la organización ODEL, en Roca, tanto «en la oficina del imputado o en el sector usado como depósito», donde el dirigente «abusó sexualmente mediante tocamientos», en reiteradas oportunidades, de una mujer que se desempeñaba como empleada en las oficinas, «mediando abuso intimidatorio de una relación de dependencia y poder» y «siempre sin el consentimiento» de la víctima. Los abusos incluían además comentarios obscenos en forma habitual y en presencia de otras personas.
Según indicó el TI, la defensa centró su impugnación en que se descartó su teoría referida a que el origen de la denuncia fue una «cuestión política vinculada a espacios de poder de distintas organizaciones sociales que discutían o competían dentro de una organización sindical mayor». También repudió la defensa un supuesto «análisis sesgado de los testimonios» ofrecidos por esa parte y alegó que «el trato entre Báez y la víctima era mutuo y consentido y en un contexto de bromas». Por último, los defensores cuestionaron el monto de la pena aplicada, afirmando que se hizo una doble valoración de agravantes y que no se merituaron correctamente las atenuantes.
En suma, la defensa pidió que se revoque la sentencia y se absuelva a Báez o que, en su defecto, se le aplique la pena mínima legal y se la unifique en un total de 3 años y 6 meses de prisión.
En el fallo de los jueces Miguel Ángel Cardella y Carlos Mussi y la jueza María Rita Custet Llambí, el TI concluyó que se «descartó la teoría del caso sobre que Báez fue blanco de una maniobra política. Esta teoría de la conspiración naufraga en la soledad de la falta evidencias que pueda darle la sustentabilidad necesaria, pasando a ser una mera hipótesis que no se acreditó a lo largo del juicio», definió.
Sobre la alegada «ausencia de violencia» hacia la víctima, el TI sostuvo que se pretendió «naturalizar» las agresiones «con el argumento de que el contexto se vinculaba a chistes que todos toleraban», cuando, en contrario, los testimonios revelaron «una atmósfera cargada de agresiones». Coincidieron allí con la opinión de la fiscal Belén Calarco, en cuanto a que «se trata de un caso de abuso sexual en un contexto de violencia de género», donde la propia víctima «explicó que toleró esa situación pero no la consintió ‘porque tenía que comer, tenía que pagar sus estudios, en ese momento su familia pasaba un situación económica mala y ella necesitaba ese ingreso'».
Sobre el monto de la pena, el TI concluyó que está «debidamente fundado». El fallo indicó que más allá de que tenga la calificación de «simple», el abuso sexual «es un delito grave», especialmente si se valora como agravante «la situación de preeminencia y poder del señor Baez respecto de la víctima». En ese punto, el TI citó un fragmento del fallo de Roca en el que se explica que «es otro agravante que Báez abusaba de su situación de poder y de la situación de necesidad de su víctima», quien no tenía «otra alternativa más que aceptar el denigrante y abusivo trato, a cambio de una caja de comida, reflejo de la cosificación y uso de la mujer, y del poder del machismo que vence por hambre».
Judiciales
Investigan nuevos robos violentos vinculados a una banda que operaba en Río Negro y Neuquén
Los hechos ocurrieron en Cipolletti y presentan el mismo modus operandi que otros robos investigados en la zona.

Un hombre acusado de integrar una asociación ilícita vinculada a una serie de robos agravados en Río Negro y Neuquén sumó este jueves (18/06) dos nuevas imputaciones por hechos ocurridos en la ciudad de Cipolletti durante 2025.
La formulación de cargos fue realizada por la fiscal jefe Belén Calarco y la fiscal Eugenia Vallejos, quienes atribuyeron al imputado su participación en dos violentos asaltos cometidos el 26 de julio y el 10 de septiembre del año pasado.
El acusado participó de la audiencia en condición de detenido, ya que permanece bajo prisión preventiva desde noviembre de 2025 en el marco de otra investigación por delitos similares cometidos en General Roca.
Según la acusación fiscal, ambos hechos presentaron un mismo modus operandi. El grupo realizaba tareas previas de vigilancia sobre las viviendas elegidas, llegaba en vehículos previamente robados e ingresaba por sectores traseros de las propiedades tras escalar paredes y techos. Una vez dentro, reducían a las víctimas mediante armas de fuego y las inmovilizaban con alambres o precintos.
De acuerdo con la investigación, los delincuentes exigían dinero en dólares y la ubicación de cajas fuertes para sustraer efectivo, oro, dispositivos electrónicos y otros elementos de valor. Además, se llevaban los DVR que almacenaban las grabaciones de las cámaras de seguridad para evitar dejar registros de los hechos.
Las fiscales indicaron que la vinculación del imputado con estos nuevos episodios surge de diversas medidas de investigación realizadas por la Comisión de Investigación Judicial, entre ellas el análisis de registros fílmicos, impactos de antenas de telefonía, reportes telefónicos y pericias efectuadas por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público.
Durante la audiencia, la defensa particular no presentó objeciones y el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por el Ministerio Público Fiscal.
Desde la Fiscalía destacaron que la incorporación de estos nuevos hechos responde a una estrategia de trabajo coordinada impulsada por el Fiscal General Fabricio Brogna, orientada a optimizar recursos y unificar investigaciones vinculadas a robos agravados con características similares ocurridos en la Segunda y Cuarta Circunscripción Judicial de Río Negro.
Judiciales
La Justicia frenó la demolición de la vivienda construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba
El Tribunal ordenó al Municipio abstenerse de realizar cualquier acto de demolición hasta que se resuelva el fondo de la causa.

La Cámara de Apelaciones Civil resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de una causa iniciada contra la Municipalidad de Roca. El conflicto se vincula con la validez de los actos administrativos que ordenan la demolición de un inmueble ubicado en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba y con la solicitud de una medida cautelar de no innovar.
En primera instancia se había rechazado la medida cautelar solicitada con el fundamento principal de que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y de que la eventual ejecución de la demolición no resultaba inminente.
Frente a esa decisión, la sentencia fue apelada. Los dueños explicaron que la situación había cambiado de manera sustancial debido a actos administrativos posteriores que realizó la comuna que habilitarían la ejecución directa de la demolición, sin necesidad de intervención judicial previa. También afirmaron la existencia de un daño inminente, la afectación del derecho a la vivienda y la ausencia de un estudio de impacto ambiental.
La Cámara examinó los agravios y revisó la decisión. En primer lugar, consideró que el análisis sobre el peligro en la demora había sido insuficiente, ya que no se valoraron adecuadamente las actuaciones administrativas posteriores incorporadas al expediente.
Señaló que la eventual ejecución de la demolición podía tornar ilusoria la sentencia definitiva, dado que el objeto del litigio podría desaparecer antes de resolverse el fondo del asunto. Destacó además que la demolición de un inmueble implica un efecto material difícil de revertir, lo que refuerza la necesidad de tutela preventiva.
Respecto del planteo ambiental, la Cámara descartó que la falta de un estudio de impacto ambiental constituyera por sí sola un fundamento decisivo para la medida cautelar. Sin embargo, también señaló que los argumentos sobre posibles daños ambientales carecían de sustento concreto en la resolución apelada.
Sobre la verosimilitud del derecho, el tribunal indicó que no correspondía anticipar un pronunciamiento sobre la validez o nulidad de los actos administrativos cuestionados en esta etapa. Aun así, consideró que existía una apariencia suficiente de derecho para justificar una tutela precautoria, sin emitir juicio definitivo sobre el fondo.
Finalmente, la sentencia interlocutoria concluyó que se configuraban los requisitos para la procedencia de la medida cautelar solicitada. En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la medida de prohibición de innovar.
Así, ordenó a la Municipalidad de Roca abstenerse de ejecutar actos materiales de demolición, remoción o alteración de las construcciones existentes en el inmueble hasta el dictado de la sentencia definitiva o hasta que cambien las circunstancias que justificaron la decisión.
Judiciales
Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca
Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.
La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.
Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.
De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.








