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Sociedad

Cómo cuidarse ante el aumento de casos de COVID19

Los datos reflejan un aumento de en más de un 54% en una semana de COVID19 en Argentina siendo la variante Omnicron la predominante en la mayoría de los contagios.

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Los primeros datos proporcionados sobre la incidencia del COVID19 en Argentina en la última semana hacen presagiar la llegada de una nueva ola de casos al país. Sin embargo, en este caso se espera que gracias a la vacunación de la población se espera una menor mortalidad y gravedad en los pacientes a pesar de que las variantes que hoy en día circulan por las calles argentinas son más contagiosas que hace algunos meses.

Los datos reflejan un aumento de en más de un 54% en una semana de COVID19 en Argentina siendo la variante Omnicron la predominante en la mayoría de los contagios. Desde el gobierno, el ministro de Salud porteño, Fernán Quirós, sigue hablando de las recomendaciones a seguir para evitar la propagación masiva. “Cuando estamos en lugares con poca ventilación hay que usar el barbijo todo el tiempo que podamos. Si bien aumentan los casos, los que no aumentan son los casos graves o mortales. Esperamos que este aumento, que podría ser el inicio de una nueva ola, no se acompañe como en otras olas con internación y fallecidos. Posiblemente sea sin gravedad”, comentó el ministro.

¿Cómo se vive en la calle esta nueva ola?

La inmunidad que produjeron las vacunas inyectadas hace ya prácticamente 1 año se están debilitando con el tiempo. Los datos indican que la efectividad de las vacunas está entre los 5 o 6 meses aproximadamente. Es por ello que se insiste a la población en la vacunación. Así, los usuarios podrán continuar con sus vidas de una manera más tranquila y relajada sin preocuparse por ser contagiado. Salir a cenar, ir a un concierto, celebrar cumpleaños, disfrutar con una escort en Buenos Aires, despedidas de solteros… son eventos de los que podemos seguir disfrutando si hacemos caso a las autoridades y tomamos ciertas precauciones.

Actualmente en nuestro país están conviviendo personas vacunadas como no vacunadas. Otras que generaron anticuerpos con su contagio y otras que cuentan con diferente número de dosis de vacunación. Al mismo tiempo, se inician las campañas de vacunación contra la gripe con la llegada de las primeras bajadas de temperatura y se inicia a hablar de un nuevo virus en Europa conocido como “viruela del mono”.

Relaciones personales en tiempo de pandemia

La pandemia provocada por COVID19 golpea a la mayoría de la población en forma de estrés y ansiedad. Acabamos agotados de portar nuestro tapabocas continuamente y nos puede llegar a provocar graves problemas mentales. El uso del barbijo sigue siendo obligatorio en algunas provincias y en la ciudad de Buenos Aires. Esto provoca la dificultad de las relaciones personales.

Encontrar pareja o conocer nuevas personas se está convirtiendo en una tarea bastante difícil. Mucho más si queremos disfrutar de sexo casual donde el distanciamento interpersonal se sigue guardando por parte de muchas personas. Es por ello que la mayoría de plataformas de dating como Tinder, Badoo, Simple Escorts o Skokka han incorporado la posibilidad de ponerse en contacto a través de videollamadas para conocer a otras personas.

Precaución ante todo

La directora nacional de Epidemiología e Información Estratégica, Anaía Rearte, ha mostrado su preocupación por el aumento muy importante del número de casos pero incide en la gran diferencia con respecto a olas anteriores. «Por un lado, por las coberturas de vacunación que tenemos no sólo de los esquemas iniciales sino también de los refuerzos, que ahora pasan a ser el eje principal de prevención de enfermedad y mortalidad», comentaba la directora. “Tenemos un virus que es mucho más transmisible, que es más transmisible incluso que el que circuló en febrero, se transmite previo a la aparición de síntomas, por ejemplo».

Para finalizar, recordó que la utilización de mascarillas o barbijos y la ventilación son las claves para prevenir la transmisión.

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Cultura

La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026

Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

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Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.

Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.

El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.

La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.

El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.

Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.

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Roca

Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites

Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

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La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.

Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.

También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.

Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.

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Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

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¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

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