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Policiales

Le robó el celular a una adolescente: como tenía antecedentes, va a prisión

Fue condenado a 6 años y 8 meses de cárcel en una pena unificada con otras dos causas,.

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Un hombre que el año pasado le robó el celular a una adolescente en Cipolletti fue condenado a 6 años y 8 meses de prisión. Como el imputado tenía antecedentes por otras dos causas, la pena fue producto de una unificación.

Según la acusación de la Fiscalía, el 14 de mayo del año pasado el imputado Pablo Yañez interceptó a una adolescente en las inmediaciones de la calle Jorge Newbery hacia Don Bosco. La tomó por sorpresa y la amenazó con una botella de vidrio que estaba rota. En esas circunstancias le exigió el celular. Eran cerca de las 20 horas y ya había oscurecido.

En una audiencia realizada recientemente, las partes acordaron la resolución del conflicto a través de un juicio abreviado. Participó, además del Tribunal, la Fiscalía, la defensa pública y la defensora de menores en representación de la víctima.

La Fiscalía calificó el delito como robo agravado por el uso de arma. La defensa pública le comunicó al detenido los alcances de la propuesta y el acusado aceptó el juicio abreviado y reconoció haber cometido el delito. También se informó a la víctima y a su padre. Ambos se mostraron conformes con la resolución.

Entre las pruebas, además de la declaración de la víctima y de los policías que intervinieron, se encontraba el resultado de un allanamiento que se realizó en la vivienda Yañez luego del episodio. Allí secuestraron el trozo de vidrio utilizado para amedrentar a la adolescente.

Por este robo las partes acordaron la pena de 5 años de prisión. Pero el detenido tenía dos antecedentes: una tentativa de robo de una moto en la vía pública y otro robo en una peluquería en Cipolletti. Por esas circunstancias la pena unificada fue de 6 años y 8 meses de prisión. La defensa renunció a su derecho a recurrir por lo que la sentencia ya quedó firme.

Judiciales

Condenado a perpetua y expulsado del país: Volvió y ahora deberá agotar la pena en Argentina

Se trata del chileno Alex Hernán Velázquez Barrientos, condenado a prisión perpetua por el homicidio de la adolescente Agostina Mazzina, ocurrido en Fernández Oro en 2009.

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El juez de Ejecución de Roca revocó la orden de «extrañamiento» de un hombre condenado a prisión perpetua, quien había sido expulsado del país en 2023. El imputado violó la prohibición de regresar a suelo argentino, por lo que según la resolución dictada este mediodía, deberá cumplir en el país la totalidad de la pena.

El extrañamiento es un instituto definido por la política migratoria nacional, reflejado en la Ley de Migraciones, que se aplica a personas extranjeras que estén cumpliendo penas de prisión en Argentina. Permite que la persona condenada, luego de un plazo legal de cumplimiento de la condena, sea expulsada del país con la consiguiente prohibición de reingreso por el mismo plazo que dura la condena. En el caso de una prisión perpetua, la prohibición de retorno es permanente. Si se cumplen tanto la expulsión como la condición de no regreso, la pena se da por cumplida.

En este caso se trata de la expulsión del ciudadano chileno Alex Hernán Velázquez Barrientos, condenado a prisión perpetua por el homicidio calificado por alevosía de la adolescente Agostina Mazzina, ocurrido en Fernández Oro en 2009. Su extrañamiento se materializó en enero de 2023 a través de la Dirección de Migraciones por el paso Pino Hachado, luego de que cumpliera en prisión casi 13 años de condena.

Esta semana la Fiscalía de Ejecución de Roca y la familia de la víctima, constituida en parte querellante, denunciaron el regreso del condenado al país, con información surgida de redes sociales. La orden de captura dictada por el juez de Ejecución de Roca se cumplió este miércoles, en cercanías de la zona fronteriza con Chile, en la provincia de Neuquén. El imputado fue trasladado a Roca y esta mañana participó por Zoom de la audiencia en la que se dispuso la revocación de la expulsión.

En su resolución el juez detalló que «el extrañamiento encuentra su punto de partida en la acción de expulsión del extranjero del país, y se perfecciona cuando se cumple totalmente el lapso de permanencia en el exterior. Ese lapso es establecido por la autoridad competente, que es la Dirección Nacional de Migraciones. En el caso concreto, el plazo es permanente, lo que significa que puntualmente el señor Velázquez Barrientos nunca más podía ingresar al país. Precisamente, al haber vuelto a ingresar, incumplió con la única obligación que él tenía: no ingresar al suelo de la República Argentina».

La decisión fue «revocar el extrañamiento, practicar un nuevo cómputo de la pena -contemplando el tiempo desde la expulsión hasta el día de la nueva detención en suelo argentino- y notificar del ingreso irregular del extranjero Velázquez Barrientos a la Dirección Nacional de Migraciones». La defensa anticipó que recurrirá la sentencia.

El juez fundamentó su resolución en la normativa constitucional y nacional, así como también en la jurisprudencia nacional que había citado la fiscalía. También analizó el caso desde el concepto de «debida diligencia reforzada», invocando la Convención de Belém Do (Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer).

«El deber de debida diligencia reforzada nos impone agotar todos los medios legales disponibles para la determinación de la verdad, la captura, el enjuiciamiento y el castigo de los responsables. Implica prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia contra las mujeres», sostuvo el juez, dando recepción al planteo del abogado de la querella, quien representa a la madre y a la hermana de la víctima.

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Policiales

Un derrame de ácido tóxico activó un operativo de emergencia en el Hospital de Roca

Bomberos especializados trabajaron en el lugar para controlar la situación. No se registraron heridos.

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Cerca de las 10.30 horas de hoy (26/09), las alarmas se encendieron en el Hospital Francisco López Lima de Roca luego de que se produjera el derrame de material tóxico dentro del nosocomio. Bomberos Voluntarios y personal policial intervinieron en el hecho.

El incidente se originó en el área de Patología del Hospital roquense tras la rotura de unos tubos que contenían acido nítrico, un químico que si entra en contacto con tejidos, puede causar daño grave, como quemaduras, al primer contacto. El material se hallaba en uno de los armarios del laboratorio.

Según informó un trabajador hospitalario a La Super, ya desde hace varios días se sentía un «olor fuerte y raro» en ese sector del nosocomio, pero desde la noche de ayer fue tan notorio que motivó que en la mañana de hoy tomara intervención la Policía y personal especializado.

Una vez en el lugar, los Bomberos decidieron evacuar la zona y trabajar con equipos profesionales para lograr encapsular el derrame del ácido. Finalmente, tras más de una hora de trabajo, lograron resguardar el líquido y controlar la situación.

A pesar del hecho no se registraron heridos.

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Policiales

Récord de conductores alcoholizados durante el inicio de la Primavera

En total, el Municipio labró 37 infracciones por alcoholemia positiva durante el último fin de semana.

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Inspectores municipales de la Dirección de Tránsito roquense llevaron a cabo controles en diferentes sectores de la ciudad durante el pasado fin de semana, en el marco del inicio de la Primavera. El objetivo de los controles de este tipo es preservar la seguridad vial, tanto en la zona rural como en el centro.

En este sentido, los operativos de control, realizados durante el 20, 21 y 22 de septiembre, arrojaron como resultado la confección de 103 actas, de las cuales 37 arrojaron alcoholemia positiva. Se procedió así a la delegación de manejo a un conductor designado en 29 oportunidades y la retención preventiva de 8 vehículos. Sumado a otras 7 retenciones más realizadas por falta de documentación, el total fue de 15 vehículos retenidos (6 autos y 9 motos).

Las infracciones más frecuentes del fin de semana fueron por falta de seguro, alcoholemia positiva e incorrecto estacionamiento.

Alcohol Cero al Volante

En Roca está vigente la Ordenanza N° 5020/23, mediante la cual se prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a 0 miligramos por litro de sangre.

La infracción a la normativa vigente de Alcohol Cero al Volante es considerada una falta grave y las multas van de 1.000 a 3.000 USAM ($600.000 a $1.800.000 según tarifaria vigente al 23/09/2024) e inhabilitación de licencia.

«El consumo de alcohol, incluso en cantidades pequeñas, aumenta el riesgo de verse involucrado en siniestros viales. Conducir bajo el efecto de intoxicación alcohólica, puede tener consecuencias negativas para todos los usuarios de la vía pública y no solo para el conductor de un vehículo. Por ello, los/as conductores/as de vehículos deben evitar la ingesta de alcohol o designar un/a conductor/a responsable a fin de garantizar la seguridad de todos», recordaron desde el Municipio.

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