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Sociedad

Salud privada en Argentina: sus principales características

La salud privada en Argentina se financia por medio de acuerdos entre las empresas prestadoras de estos servicios asistenciales y los beneficiarios de las coberturas.

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Históricamente, en la Argentina la salud pública, y todos sus componentes, han sido un elemento de gran importancia en la gestión social y económica del país. Las leyes establecen que es un derecho para todos aquellos que necesiten recibir algún tipo de tratamiento o atención sanitaria, y por mucho tiempo se ha considerado este servicio como uno de los de mayor nivel en su tipo en toda América Latina. Sin embargo, hoy la realidad es algo diferente.

Desde hace algunos años, el sector de salud pública en el país ha atravesado una serie de crisis para poner en duda su capacidad de seguir brindando una contención de calidad al paciente. La saturación del sistema, la infinita extensión de los plazos y la imposibilidad de acceder a los mejores equipamientos, ha hecho que un buen porcentaje de la población comenzara a volcarse paulatinamente por la salud privada, en sus distintos niveles.

Para quienes quieren introducirse en el mundo de la salud privada y comenzar a servirse de ella puede ser un poco complicado al principio, como en el caso de tener que afiliarse a alguno de los servicios prepagos que se brindan en todos los hospitales privados del país. Es por eso que en este artículo hablaremos un poco acerca de cómo adentrarse en el ámbito de la salud privada en Argentina, y qué soluciones puede ofrecerle a sus afiliados

¿Qué caracteriza a la salud privada y la distingue de la pública?

La salud privada se destaca principalmente por brindar una asistencia a la que únicamente se puede optar si se paga por ella. Pero esta paga no siempre se realiza abonando esa consulta o terapia a un médico particular o a un hospital o clínica, sino que en la mayoría de los casos el paciente se afilia a una obra social o prepaga, que absorbe parte del costo del servicio.

Por otro lado, son muchos los que prefieren ganar tranquilidad agregando a su cobertura los coseguros, un plan adicional mediante el cual se puede acceder a una mayor cantidad de atenciones. En algunos casos, las personas afiliadas a estas entidades entienden que es la mejor salida, ya que circunstancias como cursar una enfermedad crónica o estar al frente de una familia numerosa supone que deban visitar de forma regular estos establecimientos.

Adicionalmente, los empleos en relación de dependencia correctamente registrados, llamados empleos “en blanco”, tienden a contemplar una cobertura para los empleados y sus familias.

Financiamiento de la salud privada en Argentina

Muy a grandes rasgos, la salud privada en Argentina se financia por medio de acuerdos entre las empresas prestadoras de estos servicios asistenciales y los beneficiarios de las coberturas.

En otras palabras, se financia mediante los aportes que las compañías que proponen estos “seguros” pagos de atención sanitaria o EMP reciben por parte de sus afiliados; mientras que en ciertas situaciones se abona además un diferencial al profesional, previamente establecido. Aún así, el monto siempre es menor que el que se pagaría por una consulta sin obra social.

Las estadísticas más recientes en este sentido indican que el 56% de la financiación del sector responde a conceptos prepagos, mientras que la casi mitad restante se relaciona con esos pagos extra que mencionábamos antes, determinados con antelación entre médico y paciente.

En conclusión, podríamos decir que el servicio de salud privada de Argentina es el complemento necesario a la complicada situación que atraviesa la salud pública en el país, respondiendo a una demanda creciente que le ha transformado en un sector sumamente pujante, con opciones para cada afiliado, de acuerdo a los servicios y la cobertura médica que pretenda.

Especialmente en los grandes centros urbanos de cada provincia, los hospitales, clínicas y sanatorios privados ponen a disposición de sus pacientes no sólo el conocimiento de los médicos y enfermeros que se decantan por desarrollarse laboralmente en estos espacios, sino también una avanzada tecnología que apenas unos pocos recintos públicos poseen.

Este acercamiento entre las últimas innovaciones en el espectro galeno, y un público que desea una atención médica no sólo buena, sino pronta y fluida, es el que explica por qué tantas personas han optado recientemente por la salud privada en Argentina, y por qué, al menos hasta ahora, no hay indicios de que la brecha con la salud pública vaya a reducirse.

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Roca

Importante reparación en el acueducto de Güemes: Sin agua desde el viernes por la tarde hasta el sábado al mediodía en varios barrios de Roca

La obra es impostergable porque el sector está próximo a ser asfaltado y el ducto abastece a más de la mitad de la ciudad.

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Aguas Rionegrinas realizará este viernes (27/03) un operativo de reparación en el acueducto de calle Güemes, a la altura del tanque elevado, en inmediaciones de Mendoza, en Roca. Como consecuencia de las tareas, el suministro de agua potable será interrumpido desde las 17 del viernes (27/03) hasta el mediodía del sábado (28/03), aproximadamente.

La obra se llevará a cabo sobre el tramo del acueducto ubicado entre las calles Chaco y Formosa. Debido a la complejidad de las maniobras y a los elevados niveles de presión con los que opera el ducto, será necesario vaciarlo por completo antes de iniciar los trabajos. En el lugar actuará un equipo de técnicos e ingenieros de Roca y de toda la provincia.

La restricción afectará exclusivamente a la zona baja de la ciudad, que comprende los barrios situados al sur del Canal Principal y al noreste de la intersección de Gelonch y Maipú: Centro, Stefenelli, Gómez, J.J. Gómez, Supe, Universitario, 260 Viviendas y Malvinas, entre otros.

La empresa provincial destacó que los trabajos son impostergables, ya que el sector está próximo a ser asfaltado y el acueducto es una pieza clave de la infraestructura local: transporta agua desde la planta potabilizadora para abastecer a más de la mitad de la población de la localidad.

«Se solicita a los vecinos acopiar agua con antelación y hacer un uso responsable de las reservas, priorizando el consumo para necesidades básicas. Quienes no cuenten con tanque de reserva pueden almacenar agua en recipientes limpios y seguros. Para consultas o reclamos, está disponible la línea gratuita 0800-999-24827», indicaron desde Aguas Rionegrinas al respecto.

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Roca

Cómo sigue el tiempo en Roca: Inestabilidad hasta el sábado y una semana que cierra con sol radiante

El sábado será el día más complicado de la semana, con tormentas eléctricas, lluvias, chaparrones y ráfagas de hasta 35 km/h.

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Tres días de tormenta y luego sol. Así resume el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC) los próximos días en General Roca.

Este jueves (26/03) se esperan tormentas eléctricas con lluvias y chaparrones, con una máxima de 26°C y vientos moderados del sudoeste. La noche será inestable. El viernes (27/03) el tiempo mejorará parcialmente durante el día -posibles tormentas con 29°C-, pero la noche volverá a ser inestable.

El sábado (28/03) representará el pico de la mala racha: tormentas eléctricas, lluvias, chaparrones y ráfagas de hasta 35 km/h, con una máxima de 32°C. La noche del sábado, en cambio, cerrará despejada con 9°C.

Desde el domingo (29/03) el tiempo dará un giro claro. Cielo despejado con 29°C, vientos muy suaves y una noche mayormente tranquila darán paso a un lunes (30/03) con sol radiante y 31°C.

El martes (31/03) también se presentará despejado con 28°C, aunque los vientos del sudoeste podrían intensificarse con ráfagas de hasta 51 km/h.

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Judiciales

Ordenaron el retiro del carnet de conducir y la suspensión de la línea telefónica por una deuda alimentaria

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado.

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El retiro del carnet de conducir y la suspensión de líneas telefónicas fueron las medidas dispuestas contra un padre que no acreditó el pago de una cuota alimentaria fijada a favor de su hija menor de edad. Las decisiones se adoptaron en el marco de un expediente de familia y tuvieron como finalidad compeler el cumplimiento de una obligación alimentaria vigente.

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia de Cipolletti luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado. Además del retiro de la licencia de conducir o, en su caso, la prohibición de tramitarla o renovarla, la magistrada dispuso oficiar al Registro Provincial de Deudores Alimentarios para la inscripción correspondiente y ordenó la suspensión de líneas telefónicas fijas o móviles de su titularidad.

La resolución se dictó tras una intimación previa cursada el año pasado, en la que se requirió al padre que acreditara el pago de los alimentos bajo apercibimiento de adoptar medidas razonables para garantizar la obligación. Esa intimación no fue impugnada y, ante la persistencia del incumplimiento, la jueza hizo efectivos los apercibimientos anunciados.

Contra esa decisión, el progenitor presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En su planteo sostuvo que las medidas adoptadas no resultaban eficaces para asegurar el pago de los alimentos y que su situación económica le impedía cumplir regularmente con la cuota. Señaló que realizaba trabajos informales vinculados a tareas domiciliarias y que se encontraba sin empleo. También cuestionó la valoración de la prueba y afirmó que efectuó depósitos y transferencias parciales que, a su criterio, no fueron considerados de manera adecuada. En ese contexto, solicitó que se dejaran sin efecto las sanciones y que se le concediera un plazo para regularizar una cuota correspondiente a un período determinado.

La persona que reclamó los alimentos respondió y sostuvo que la cuota alimentaria convenida y homologada continuaba plenamente vigente. Indicó que el padre no promovió ningún incidente tendiente a modificar la prestación y que, hasta tanto ello ocurra y exista una resolución judicial, la obligación resulta exigible en los términos fijados. También remarcó que las medidas dispuestas se encuentran previstas en la normativa vigente y dentro de las facultades del Poder Judicial para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En el mismo sentido se pronunció la Defensora de Menores, quien recomendó mantener lo resuelto.

Al intervenir en el caso, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo de Cipolletti analizó el recurso y señaló que la resolución cuestionada constituyó una consecuencia directa de una intimación anterior que había quedado firme. En ese contexto, destacó que no resulta procedente impugnar la providencia que hace efectivo un apercibimiento cuando el acto que le dio origen no fue cuestionado oportunamente, ya que los plazos procesales operan de manera preclusiva.

El Tribunal también recordó que el derecho alimentario de niñas, niños y adolescentes se encuentra protegido por normas de jerarquía constitucional y supralegal, y que la obligación alimentaria no se modifica por manifestaciones unilaterales sobre la situación laboral del progenitor. Para alterar una cuota vigente resulta necesario promover el trámite judicial correspondiente y obtener una resolución que así lo disponga.

Con esos fundamentos, la Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución dictada en primera instancia en todo lo que fue materia de agravio, incluidas las medidas de retiro del carnet de conducir y suspensión de la línea telefónica.

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