Seguinos

Judiciales

Se operó sin que le expliquen los riesgos y la cirugía salió mal: declaran responsable al médico y a la clínica

La mujer se sometió a una operación de “juanetes” en ambos pies y al año de la cirugía ya no podía caminar.

el

Un Tribunal de Roca definió que una mujer no sólo fue víctima de una mala praxis médica sino que además se violó su derecho a ser correctamente informada sobre las alternativas, los riesgos y las secuelas de la operación a la se sometió y que terminó, en definitiva, agravando el problema de salud que se pretendía corregir.

“Se ha incumplido la obligación de informar adecuadamente a la actora, quien de haber sido alertada del riesgo que en definitiva se produjo, seguramente hubiere decidido no operarse o hacerlo por otros profesionales”, concluyó la Cámara Civil de Apelaciones de Roca en la sentencia que atribuyó la responsabilidad por los daños tanto al médico que la operó como a la clínica donde se realizó la intervención, en una localidad del Valle Medio.

La mujer se sometió a una operación de “juanetes” en ambos pies luego de que, según afirmó ella en la demanda, su médico le asegurara que era “una práctica médica sencilla, no advirtiéndole de complicaciones” ni del riesgo de “causar una deformidad mayor”. Sin embargo, el malestar fue en aumento después de la cirugía, al punto que un año después la mujer ya no podía caminar y debió someterse a una reconstrucción articular, también conocida como “cirugía de rescate”.

Según las presentaciones al expediente, la mujer sólo firmó un escueto documento previo a la operación, al cual el médico y la clínica le dieron el valor del “consentimiento informado” de la paciente para someterse a la intervención.

“No se ha cumplido con la obligación de informar a la paciente, no pudiéndose admitir como acreditación de ello el documento en cuestión, aún cuando no hubiere sido adulterado. Allí no se cumple con la ley y no se acreditó con otra prueba que se le hubiere brindado verbalmente o de otro modo la información debida”, concluyó la Cámara.

El “consentimiento informado” es un paso obligatorio para las intervenciones médicas en general y debe ser un documento escrito para las intervenciones quirúrgicas en particular, donde se acredite que el o la paciente, o la persona que lo o la acompaña, han sido claramente informados sobre el diagnóstico, la finalidad de la cirugía, los tratamientos alternativos, los riesgos que implica la decisión de operarse o de no operarse. Ese documento es un derecho al que el o la paciente no pueden renunciar y que los y las profesionales de la medicina no pueden omitir. Su objetivo es garantizar “el libre y adecuado ejercicio de elección del paciente”.

Según explicó la Cámara en su fallo, la Ley Nacional N° 26.529, conocida como Ley de Derechos del Paciente, define el consentimiento informado como “la declaración de voluntad suficiente efectuada por el paciente, o por sus representantes legales en su caso, emitida luego de recibir, por parte del profesional interviniente, información clara, precisa y adecuada” sobre el procedimiento, los beneficios esperados, los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles, entre muchos otros datos. Además, la provincia de Río Negro tiene su Ley Nº 3.076 que expresamente ordena que la información que debe recibir el o la paciente debe ser “en términos razonablemente comprensibles”.

Cabe señalar que la sentencia no puso fin al caso pero sí definió la responsabilidad civil del médico, de la clínica y de sus respectivas aseguradoras. En la próxima etapa, una nueva pericia deberá orientar al Tribunal sobre el grado de incapacidad que sufre la mujer y otras secuelas dañinas de la mala praxis para poder determinar un monto para la indemnización correspondiente.

Judiciales

Subieron los divorcios en Río Negro: Durante 2025 se registraron 1.277 trámites

No obstante, 2023 sigue siendo el año con la cifra más alta de la última década: se dictaron 1529 sentencias de disolución del vínculo matrimonial.

el

Durante 2025, los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de Río Negro registraron 1.277 trámites de divorcio. El dato surge del relevamiento anual del fuero y ubica a ese tipo de proceso entre los más frecuentes dentro de la conflictividad familiar.

En todo 2024 se iniciaron 1.240 expedientes por disolución del vínculo matrimonial. Un año antes, en 2023, se dictaron 1.529 sentencias de divorcio, la cifra más alta en al menos una década. En 2022 se habían contabilizado 1.204 y en 2021, un total de 1.333. En 2020, el Poder Judicial resolvió 910 divorcios. Entre 2016 y 2019 las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.400 en 2016, 1.395 en 2017, 1.426 en 2018 y 1.386 en 2019. En 2015 se registraron 903 y en 2014, un total de 1.078.

La disolución del vínculo matrimonial tramita en 16 organismos judiciales distribuidos en todo el territorio provincial. En Viedma y Roca funcionan varias unidades procesales. También se reciben causas en San Antonio Oeste, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.

El divorcio se produce cuando una o ambas personas que integran el matrimonio solicitan judicialmente la disolución del vínculo. A partir de allí, si existen cuestiones pendientes, como cuidado personal, alimentos o distribución de bienes, esas cuestiones continúan su trámite por las vías que correspondan.

El año pasado algunos divorcios se resolvieron en menos de una semana, ya que no había hijos ni bienes en común. Hoy el trámite no exige dar motivos del pedido del cese del vínculo, basta con la voluntad de alguno de los integrantes de la pareja.

Respecto a la resolución de los conflictos, en 2025 se dictaron 11.150 sentencias de finalización en toda la provincia, cifra que incluye fallos definitivos, interlocutorios, monitorios y homologaciones. Además, la magistratura llevó adelante un total de 5.975 audiencias, entre las cuales destacaron las preliminares y las instancias de escucha a niños, niñas y adolescentes. La gestión se apoyó en la labor de las Oficinas de Tramitación Integral de Familia, modelo que permite reducir la carga administrativa sobre los jueces y juezas para concentrar la tarea en las resoluciones jurisdiccionales.

La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

Continuar leyendo

Judiciales

La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra

Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

el

El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.

La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.

La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.

El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.

Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.

Continuar leyendo

Judiciales

Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes

La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

el

La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.

Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.

La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.

Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.

Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.

Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.

El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement