Judiciales
Prisión preventiva para los delincuentes que robaron una camioneta en Regina y fueron detenidos en Roca
Se trata de dos hombres y una mujer, quienes estarán tras las rejas al menos hasta la finalización de la investigación preliminar. Además, también fue demorado un joven de 16 años, el cual quedó a disposición de la SENAF.

Finalizando la jornada de ayer (14/07) se llevó a cabo una audiencia vía Zoom, donde se imputó a dos hombres y una mujer por dos hechos de robo calificado -ocurridos el 13 de julio en la localidad de Villa Regina- que derivaron en una detención luego de una persecución policial por más de 40 kilómetros. Los tres deberán cumplir prisión preventiva hasta la finalización de la investigación preliminar.
La fiscal en turno relató que alrededor de las 17.10 horas, en la vía pública, uno de los hombres esgrimió un arma tipo pistola de color negra corta a la víctima y le dijo que se «quedara quieta o la quemaba». Transitaba junto a otro hombre, una mujer y un adolescente de 16 anos. Seguidamente ingresaron al interior de la camioneta propiedad de la mujer, la cual se encontraba estacionada y en cuyo interior se encontraban llaves, celulares, carteras y otros objetos. Pusieron la camioneta en marcha apoderándose del vehículo y de los elementos que se encontraban en su interior, para finalmente huir del lugar.
Le atribuyó además lo sucedido minutos después alrededor de las 17.48 horas, cuando la Policía de la provincia de Río Negro tomó conocimiento del robo de la camioneta. Específicamente cuando la comisión policial perteneciente a la Comisaría N° 22 de Cervantes, quienes circulaban a bordo de un móvil se percataron de la presencia de la camioneta en la cual circulaban los imputados junto al menor de 16 de años.
Los agentes comenzaron a realizar señales con balizas y sirenas a fin de que detengan su marcha e hicieron caso omiso y continuaron la huida hacia el sur. Comienza entonces la persecución por parte de los efectivos policiales con la colaboración del resto de las unidades de la zona, quienes en todo momento le efectuaban señales con luces y sirenas a fin de que detengan la marcha.
En el trayecto colisionaron a una persona que circulaba a bordo de una motocicleta quien quedó tendida en el lugar. Luego de un giro en U, descendieron del vehículo y emprendieron la huida a pie siendo perseguidos por los efectivos policiales quienes continuaban dándoles la voz de alto. Tras mantener un forcejeo finalmente fueron aprehendidos por el personal policial a escasos metros del lugar.
Describió la fiscal la evidencia que sustenta el legajo, entrevistas, actas de procedimiento policial, análisis de imágenes de cámaras de seguridad, entre otras.
Todos ellos fueron asistidos por la defensa pública penal quien rechazó la formulación de cargos. Hizo lo propio con la prisión preventiva solicitada entendiendo que no están presentes los riesgos procesales presentes, que las imágenes de cámaras de seguridad que sustentan la acusación no son lo suficientemente claras como para permitir la identificación de los imputados, no tienen antecedentes, entre otros fundamentos. Propuso una medida cautelar de menor impacto.
La Fiscalía fundamentó dicha solicitud entendiendo que ambos riesgos procesales están presentes entorpecimiento y fuga, dada la gravedad de los hechos sucedidos y como fueron aprehendidos en cuasi flagrancia. «Hay amplias posibilidades que eviten someterse al accionar de la Justicia» manifestó la fiscal de feria, y agregó que «no son de la zona» y entiende que «vinieron a la zona con la intención de cometer este hecho».
El juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por los hechos relatados, modificando la calificación legal respecto al arma. Los tres fueron imputados por los delitos de robo de vehículo dejado en la vía pública agravado por el uso de arma, por ser cometido en poblado y en banda y por la intervención de un menor de 18 años y resistencia a la autoridad. Impuso además cuatro meses de prisión preventiva.
Judiciales
Denunció ruidos molestos y filtraciones, pero le tapaba la entrada de la casa con el auto: Lograron un acuerdo en mediación
Tuvo que intervenir la Justicia para solucionar un problema entre vecinos.

Una mujer de Allen presentó una denuncia contravencional en la Comisaría por ruidos molestos. La denuncia contra la vecina fue remitida al Juzgado de Faltas de esa ciudad. La situación generó disturbios públicos, y el juez solicitó que recurrieran a una mediación para resolver el conflicto.
Con el propósito de mantener la armonía vecinal, las partes expusieron sus posturas sobre la convivencia. Aparecieron nuevos reclamos relacionados con el uso de la vía pública y problemas edilicios. En la mediación se establecieron compromisos que ambas partes deberán cumplir.
La mujer que pidió la mediación se comprometió a no estacionar los vehículos frente al domicilio de su vecina. Indicó que utilizará otros espacios cercanos. La incomodidad ocurre cuando los vehículos bloquean la entrada del domicilio.
Por su parte, la otra vecina se comprometió a revisar el tanque de agua para evitar filtraciones hacia el techo contiguo. Las familias viven en un complejo de viviendas donde los pilares son compartidos, lo que provoca que ambas casas sufran desperfectos.
Finalmente, las partes acordaron mantener un diálogo fluido y respetuoso sin recurrir a la intervención de terceros.
El Código Contravencional de Río Negro establece que, cuando la acción contravencional es de instancia privada, la víctima debe acudir a los mecanismos de mediación. Luego, como lo indica la misma normativa, el acuerdo fue documentado y homologado por el Juzgado de Paz.
Judiciales
Condenaron a 8 años de prisión a un empresario acusado de violar a la hija de su amigo
El hombre ejercía una fuerte influencia sobre la víctima a través de creencias espirituales y prácticas esotéricas.

Un empresario de Cipolletti, Néstor ‘Yiyo’ Bergallo, recibió una condena de 8 años de prisión, tras haber sido declarado responsable de abuso sexual con acceso carnal. Los hechos juzgados tuvieron como contexto una relación marcada por la desigualdad, en la que el acusado ejercía una fuerte influencia sobre la víctima a través de creencias espirituales y prácticas esotéricas.
Durante el juicio, se examinó el vínculo entre el acusado y la persona denunciante, quien lo conocía desde su infancia. Según el testimonio principal, el acusado desempeñó un rol central en la vida familiar, con acceso cotidiano al hogar y un vínculo de confianza con los padres de la denunciante. En ese contexto, se presentaba como guía espiritual y promovía prácticas vinculadas a la masonería, la purificación del aura y rituales esotéricos.
De acuerdo con la acusación fiscal, Bergallo utilizó esas creencias para sostener conductas abusivas durante un período prolongado. Se lo responsabilizó por un hecho ocurrido en un sector periférico de la ciudad, donde habría tenido acceso carnal sin que la víctima pudiera ejercer su consentimiento de forma libre, debido al estado de sometimiento emocional generado a lo largo de los años.
La víctima describió con detalle las dinámicas que caracterizaron el vínculo con el acusado, la progresiva invasión de sus espacios personales, y las consecuencias que esas vivencias generaron en su vida cotidiana.
Durante el juicio también prestaron declaración familiares, amistades y profesionales de distintas disciplinas. Se incorporaron estudios periciales, informes escolares y testimonios que dieron cuenta de la estructura de influencia que el acusado mantenía en el entorno de la denunciante.
La defensa negó los cargos y sostuvo que existió una relación afectiva y consentida entre personas adultas. Aportó testimonios del entorno del acusado que buscaron desacreditar el relato de la denunciante y cuestionaron la validez de las pruebas ofrecidas por la Fiscalía.
El tribunal – integrado por la jueza Alejandra Berenguer y los jueces Guillermo Merlo y Julio Sueldo – evaluó los elementos probatorios y valoró la asimetría en la relación, el contexto de vulnerabilidad y el uso de mecanismos simbólicos que, según se argumentó, condicionaron el consentimiento.
El fallo desestimó el pedido de la defensa para que la pena se cumpla bajo modalidad domiciliaria. La condena quedó fijada en 8 años de prisión de cumplimiento efectivo, conforme a lo dispuesto en la sentencia que se firmó hoy (23/06). La modalidad de ejecución será determinada por el juez correspondiente.
Judiciales
Imputaron a un adolescente por el brutal ataque a un joven a la salida de un boliche de Roca
Deberá quedar internado en los dispositivos existentes para su edad.

Ayer (19/06) la Fiscalía formuló cargos a un menor de edad punible como co-autor en el legajo que investiga el hecho ocurrido el lunes pasado (16/06) a la madrugada donde un joven terminó gravemente herido luego de ser atacado brutalmente a la salida de un boliche, en calles Avenida Roca y Tras Arroyos. Asimismo, tras el pedido fiscal, la jueza de Garantías interviniente resolvió que el imputado cumpla con la medida cautelar de internación en los dispositivos existentes para su edad.
Los hechos que deberá afrontar este nuevo imputado son los mismos por los que se les formularon cargos a las otras tres personas el martes pasado (17/06) y que se encuentran cumpliendo prisión preventiva.
En este caso se agregaron como evidencia el resultado del allanamiento concretado en el marco de este legajo, detalles de la detención del menor, como también las pesquisas realizadas para dar con él.
En relación a la fundamentación del pedido de medida cautelar para el imputado, la fiscal del caso expresó que «se trata de un hecho de extrema gravedad, conforme a lo que se ha descripto en esta audiencia y en la anterior, sumado a las tareas de investigación que se siguen concretando, es que podemos afirmar que el menor imputado participó del mismo».
«A criterio de esta Fiscalía se encuentra presente como peligro procesal, el posible entorpecimiento a la investigación, además no debemos olvidar el comportamiento del imputado en este legajo que intentó evadir el accionar de la Justicia», argumentó la representante del Ministerio Público Fiscal.
«Hemos traído a esta audiencia al personal de SENAF que indicó las condiciones de sus dispositivos diseñados para este tipo de circunstancias», mencionó la fiscal.
La defensora penal pública que asiste al imputado se opuso a la medida cautelar teniendo presente que su asistido no podrá modificar el contenido de cámaras de seguridad, prueba que resta por analizar, tampoco la historia clínica de la víctima, y «para esta parte no se observa el riesgo procesal mencionado por la Fiscalía».
«Solicitamos que no se le dicte la cautelar, y proponemos otras medidas alternativas, como un Régimen de Libertad Asistida», remarcó la defensora.
Finalmente, la jueza de Garantías interviniente en la audiencia resolvió hacer lugar al pedido fiscal y quedó imputado por ser co-autor de tentativa de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas en grado de co-autores según los Artículos 42, 45 y 80 inc 6 del Código Penal.
Cabe destacar que las restricciones y detalles de la internación del menor imputado en un dispositivo para menores en conflicto con la Ley Penal se mantienen en el ámbito de la audiencia teniendo presente la edad del imputado y las leyes y tratados que lo amparan por ser menor de edad.
Asimismo, al inicio de esta audiencia y teniendo presente el Artículo 73 inc 1 y 74 del Código Procesal Penal, como también la Acordada del STJ 47/2021 y los lineamientos vertidos por Unicef respecto de las audiencias donde haya involucrados menores víctimas, la Jueza determinó que la misma fuera de acceso restrictivo a los medios de comunicación, tanto en resguardo de los derechos de la víctima como de la integridad psico-física de su familia. «La información será vertida por las Áreas de Comunicación instituciones, tanto del Ministerio Público como de la Judicatura», recordó la magistrada.