Judiciales
Prisión preventiva para los delincuentes que robaron una camioneta en Regina y fueron detenidos en Roca
Se trata de dos hombres y una mujer, quienes estarán tras las rejas al menos hasta la finalización de la investigación preliminar. Además, también fue demorado un joven de 16 años, el cual quedó a disposición de la SENAF.

Finalizando la jornada de ayer (14/07) se llevó a cabo una audiencia vía Zoom, donde se imputó a dos hombres y una mujer por dos hechos de robo calificado -ocurridos el 13 de julio en la localidad de Villa Regina- que derivaron en una detención luego de una persecución policial por más de 40 kilómetros. Los tres deberán cumplir prisión preventiva hasta la finalización de la investigación preliminar.
La fiscal en turno relató que alrededor de las 17.10 horas, en la vía pública, uno de los hombres esgrimió un arma tipo pistola de color negra corta a la víctima y le dijo que se «quedara quieta o la quemaba». Transitaba junto a otro hombre, una mujer y un adolescente de 16 anos. Seguidamente ingresaron al interior de la camioneta propiedad de la mujer, la cual se encontraba estacionada y en cuyo interior se encontraban llaves, celulares, carteras y otros objetos. Pusieron la camioneta en marcha apoderándose del vehículo y de los elementos que se encontraban en su interior, para finalmente huir del lugar.
Le atribuyó además lo sucedido minutos después alrededor de las 17.48 horas, cuando la Policía de la provincia de Río Negro tomó conocimiento del robo de la camioneta. Específicamente cuando la comisión policial perteneciente a la Comisaría N° 22 de Cervantes, quienes circulaban a bordo de un móvil se percataron de la presencia de la camioneta en la cual circulaban los imputados junto al menor de 16 de años.
Los agentes comenzaron a realizar señales con balizas y sirenas a fin de que detengan su marcha e hicieron caso omiso y continuaron la huida hacia el sur. Comienza entonces la persecución por parte de los efectivos policiales con la colaboración del resto de las unidades de la zona, quienes en todo momento le efectuaban señales con luces y sirenas a fin de que detengan la marcha.
En el trayecto colisionaron a una persona que circulaba a bordo de una motocicleta quien quedó tendida en el lugar. Luego de un giro en U, descendieron del vehículo y emprendieron la huida a pie siendo perseguidos por los efectivos policiales quienes continuaban dándoles la voz de alto. Tras mantener un forcejeo finalmente fueron aprehendidos por el personal policial a escasos metros del lugar.
Describió la fiscal la evidencia que sustenta el legajo, entrevistas, actas de procedimiento policial, análisis de imágenes de cámaras de seguridad, entre otras.
Todos ellos fueron asistidos por la defensa pública penal quien rechazó la formulación de cargos. Hizo lo propio con la prisión preventiva solicitada entendiendo que no están presentes los riesgos procesales presentes, que las imágenes de cámaras de seguridad que sustentan la acusación no son lo suficientemente claras como para permitir la identificación de los imputados, no tienen antecedentes, entre otros fundamentos. Propuso una medida cautelar de menor impacto.
La Fiscalía fundamentó dicha solicitud entendiendo que ambos riesgos procesales están presentes entorpecimiento y fuga, dada la gravedad de los hechos sucedidos y como fueron aprehendidos en cuasi flagrancia. «Hay amplias posibilidades que eviten someterse al accionar de la Justicia» manifestó la fiscal de feria, y agregó que «no son de la zona» y entiende que «vinieron a la zona con la intención de cometer este hecho».
El juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por los hechos relatados, modificando la calificación legal respecto al arma. Los tres fueron imputados por los delitos de robo de vehículo dejado en la vía pública agravado por el uso de arma, por ser cometido en poblado y en banda y por la intervención de un menor de 18 años y resistencia a la autoridad. Impuso además cuatro meses de prisión preventiva.
Judiciales
Registró una camioneta a su nombre porque la ‘usaba más’: Un fallo ordenó dividir los bienes en partes iguales
Antes de la separación, convivieron durante 7 años, luego de formalizar la unión convivencial en el Registro Civil.

Convivieron durante más de 7 años. Formalizaron la unión convivencial en el Registro Civil y accedieron a un terreno municipal. Luego resultaron adjudicatarios de un crédito ProCreAr y, con el esfuerzo de ambos, comenzaron la construcción de la casa. Por razones de practicidad en ese momento, el terreno fue inscripto a nombre del hombre.
Ese no fue el único bien registrado dentro del ámbito de confianza. También compraron una camioneta. A pesar de haber sido adquirida por ambos, el hombre la registró a su nombre con el pretexto de que él la usaría mucho más que la mujer.
La pareja finalmente se separó. Situaciones de violencia llevaron a la mujer a presentar una denuncia penal, y el hombre recibió una condena condicional. La pareja no tuvo hijos, pero la mujer es madre de una adolescente con la que convive.
Ella inició una mediación para acordar la distribución de los bienes adquiridos, pero posteriormente presentó una demanda.
El fuero de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la demanda, reconociendo que los bienes en cuestión pertenecen a ambos en un 50% para cada parte, conformando un condominio.
La mujer solicitó la adjudicación de la vivienda, pero esta posibilidad no contó con el acuerdo de ambas partes, requisito esencial para la partición de bienes.
El hombre rechazó la demanda y negó que la mujer hubiera realizado aportes significativos para adquirir los bienes. Reconoció la convivencia, pero sostuvo que los bienes se obtuvieron con sus propios recursos, calificando la pretensión de su ex pareja como desmedida. No obstante, expresó su voluntad de alcanzar un acuerdo.
Durante el proceso se produjeron diversas pruebas documentales, informativas y testimoniales. Se comprobó que ambos convivientes estaban empleados formalmente y que la mujer tenía ingresos propios.
La jueza evaluó la prueba con perspectiva de género, en el marco de la normativa vigente sobre violencia económica, y concluyó que existió un proyecto de vida familiar truncado por la conducta del hombre, lo que también afectó el patrimonio.
Judiciales
Acuerdo pleno por el homicidio de Riquelme: Uno de los imputados reconoció ser el autor del crimen
Las partes presentaron un procedimiento abreviado con aval de la familia. Se acordó una pena de 11 años y 6 meses para el autor del disparo y 3 años en suspenso para el encubridor. El Tribunal dará su resolución este martes.

Hoy (01/12) la Fiscalía, la querella y la defensa penal pública de los dos imputados por el homicidio de Juan Ramón Riquelme presentaron ante el Tribunal un acuerdo de procedimiento abreviado pleno, acompañado por el aval de la familia de la víctima.
En la audiencia, uno de los hombres reconoció haber sido el autor del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, sumado a portación ilegal de arma de fuego de uso civil y encubrimiento agravado por adquirir elementos provenientes de un delito con ánimo de lucro, todo ello en concurso real.
El segundo imputado admitió su participación como autor del delito de encubrimiento agravado, cometido para evadir la investigación de la autoridad.
Las penas acordadas
Para el autor del disparo, las partes solicitaron una pena de 11 años y 6 meses de prisión, más la inhabilitación para portar armas durante el doble del tiempo de la condena.
Para el encubridor, se acordó una pena de 3 años de ejecución condicional, con diversas reglas de conducta: fijar domicilio, presentarse periódicamente ante la autoridad y prohibición de acercamiento a la familia de la víctima.
En la audiencia, se enumeró la abultada evidencia recolectada, como informe de autopsia de la víctima, las actas de la intervención policial, los allanamientos solicitados por fiscalía, el resultado de las requisas, los informes del Gabinete de Criminalística, los informes del Cuerpo de Investigación Judicial de General Roca, entrevistas varias, informe de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), intervención de la OiTEL.
Con el acuerdo formalizado y con la renuncia de todas las partes a los plazos procesales, el Tribunal informó que dará a conocer su resolución este martes (02/12) a las 10 de la mañana.
Cómo fue el hecho
El homicidio ocurrió el 13 de julio, alrededor de las 16:40, en calle Cardenales al 1300, en General Roca. Según la investigación, uno de los imputados llegó al lugar portando ilegalmente un arma de fuego, con la intención de matar a Riquelme, quien estaba en la vereda de su casa. El agresor apuntó directamente al cuerpo y gatilló al menos tres veces, provocándole la muerte en el lugar.
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Solicitaron 3 años de prisión en suspenso para el policía responsable de vejaciones en la causa Solano II
Además, la Fiscalía solicitó 6 años de inhabilitación para ejercer funciones policiales y reglas de conducta obligatorias. La sentencia se conocerá el 9 de diciembre.

Esta mañana (01/12), durante la audiencia de cesura, las partes expusieron sus pedidos de pena para el único funcionario policial declarado penalmente responsable del delito de vejaciones en el legajo conocido como Solano II. En este sentido, la Fiscalía solicitó una pena de 3 años de prisión en suspenso, junto con una inhabilitación especial de 6 años para vestir uniforme, portar el arma reglamentaria y realizar tareas de seguridad.
Tras confirmarse que el imputado no posee antecedentes penales computables, el Ministerio Público Fiscal inició sus alegatos repasando los testimonios que describieron la forma en que Daniel Solano fue retirado del local bailable. «Repetidas veces escuchamos decir: ‘Me dio bronca cómo lo empujaban, tanta alevosía no hacía falta’», señaló la fiscal jefe al referirse al accionar policial.
La Fiscalía destacó como agravante que el imputado no actuó solo, sino junto a otros compañeros, lo que -según indicaron- generó mayor indefensión para la víctima y un grado de peligrosidad innecesario. «Fue una actuación desmedida, innecesaria y a la vista de todos», remarcaron.
Asimismo, el Ministerio Público Fiscal agregó que la maniobra violenta afectó la vida ajena y los derechos humanos de Solano. Si bien aclararon que la audiencia se circunscribe al hecho específico por el que el policía fue declarado responsable, enfatizaron que la gravedad de esa intervención fue el punto de origen de lo que luego ocurrió con Daniel Solano.
Otro de los aspectos mencionados como agravante fueron las condiciones personales del imputado: tenía 29 años al momento del hecho, era funcionario policial y conocía el marco legal que regulaba su actuación. A esto sumaron que ningún testigo declaró que Solano hubiera actuado con violencia o resistencia, lo que descarta cualquier riesgo hacia los agentes.
«La manera en que lo sacaron fue excesiva y grave. Afectó tanto a la víctima como a la función pública y al poder delegado por el Estado en el imputado», concluyó la Fscalía.
Cabe recordar que en octubre pasado el Tribunal de Juicio absolvió al policía de la acusación de ser partícipe de homicidio, y declaró no culpables a otros dos agentes imputados por encubrimiento agravado e incumplimiento de deberes de funcionario público.
En esta audiencia, la Fiscalía -con adhesión de la querella- solicitó que se imponga una pena de 3 años de prisión en suspenso, junto con una inhabilitación especial de 6 años para vestir uniforme, portar el arma reglamentaria y realizar tareas de seguridad.
También pidieron que, durante 3 años, se impongan reglas de conducta: fijar domicilio, someterse al control del IAPL, y realizar una capacitación en Derechos Humanos, enfocada en la dignidad humana y el uso legítimo de la fuerza policial.
Por su parte, la defensa particular requirió que se aplique el mínimo de la pena prevista.
La sentencia será dada a conocer el martes 9 de diciembre a las 9 de la mañana, a través de la plataforma Zoom.








