Judiciales
SITRAJUR hizo sentir sus reclamos en toda la provincia
El gremio de los trabajadores judiciales llevaron adelante dos jornadas de retención de servicios durante tres horas.

En el marco de las distintas acciones de protesta llevadas a cabo, el Sindicato de Trabajadores y trabajadoras Judiciales de Río Negro (SITRAJUR) realizó el pasado miércoles y jueves una retención de servicios con movilización interna en varias ciudades como Roca, Cipolletti y Viedma.
Dentro de la Ciudad Judicial de Roca, los afiliados al gremio llevaron adelante una recorrida por todos los organismos dentro del edificio judicial con pegatina de afiches, carteles y batucada. La convocatoria fue durante tres horas, de 10.30 a 13.30, horario que previamente se había fijado para la retención de servicios, con modalidad de retiro de los puestos de trabajo. Asimismo, en el acceso al edificio se realizó una choripaneada. La medida contó con gran adhesión de los empleados judiciales.

Entre los reclamos, se destaca la exigencia de un salario acorde al proceso inflacionario que incluya al mes de julio, la redistribución de la masa salarial en favor de los trabajadores, concursos para todas las categorías escalafonarias, ampliación de los escalafones de Servicios Generales, régimen disciplinario democrático, eliminación de las evaluaciones subjetivas de los períodos de prueba y reincorporación inmediata de la trabajadora Pamela Fuentes.
Por otro lado, también se llevaron a cabo diversas acciones en Viedma en donde se acompañó junto a otras organizaciones sindicales y sociales, al trabajador Hugo Aranea «quien está sometido a proceso injustamente», indicaron desde SITRAJUR en un comunicado de prensa. En este sentido, informaron que se les impidió el ingreso a la Ciudad Judicial, pero eso no fue obstáculo para la masividad de la protesta.
Finalmente, en Cipolletti se realizaron movilizaciones en todos los edificios judiciales, consistentes en concentración en los accesos a los mismos y movilización con batucada, las cuales contaron con una destacada participación y acompañamiento masivo de los judiciales quienes se hicieron sentir fuertemente.

Posteriormente, representantes de la conducción central del sindicato, entre ellos el secretario general Emiliano Sanhueza, Ignacio Mellado -secretario de Condiciones y Medio Ambiente-, Julio Rosales -secretario suplente de Asuntos Gremiales- y Cecilia Gutiérrez -secretaria de Prensa y Difusión-, presenciaron la reunión del Consejo de la Magistratura en la que se llevaron a cabo entrevistas a los postulantes a los concursos, entre ellos para la designación de Secretaría de la Unidad Contencioso Administrativa.
Judiciales
Se lesionó mientras trasladaba una escalera durante la cosecha y deberá ser indemnizada
El accidente ocurrió mientras trasladaba una escalera dentro del establecimiento donde trabajaba como cosechadora temporaria. La ART había aceptado el siniestro, pero no hubo acuerdo sobre el monto de la indemnización.

Una trabajadora que se desempeñaba como cosechadora de cerezas sufrió un accidente laboral durante una jornada de temporada y deberá recibir una indemnización superior a la que había sido calculada inicialmente por la aseguradora.
El accidente ocurrió una mañana, cuando la mujer tomó una escalera para trasladarla dentro del establecimiento. En ese momento, la lanza se cerró de manera repentina y el mecanismo le atrapó los dedos anular y medio de la mano derecha. El dolor que sufrió le impidió continuar con la jornada.
La empresa denunció el hecho ante la aseguradora, que aceptó el siniestro y le brindó atención médica. Una vez otorgada el alta, la trabajadora acudió a la Comisión Médica de Roca, donde se determinó que las secuelas le habían provocado una incapacidad laboral permanente del 10,19%.
La mujer aceptó el porcentaje establecido, pero rechazó el monto ofrecido en concepto de indemnización. Al no alcanzarse un acuerdo, quedó habilitada la vía judicial y posteriormente inició una demanda contra Asociart ART.
El reclamo no cuestionaba el porcentaje de incapacidad, sino la suma que correspondía cobrar. La aseguradora reconoció el accidente y las prestaciones médicas brindadas, pero rechazó el monto reclamado al considerar que había sido calculado sobre un salario mensual incorrecto y con una actualización que no correspondía.
La Cámara Laboral de Roca analizó los salarios anteriores al accidente y los días efectivamente trabajados, teniendo en cuenta que se trataba de una trabajadora de temporada.
Para establecer la reparación, aplicó las pautas de la Ley de Riesgos del Trabajo, la Ley N° 26.773 y la doctrina fijada por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro en el precedente Leiva.
Con esos parámetros, el Tribunal tomó el porcentaje de incapacidad del 10,19% y realizó el cálculo correspondiente con las actualizaciones previstas para este tipo de accidentes.
Finalmente, hizo lugar a la demanda y condenó a Asociart ART a pagar la indemnización dentro de los diez días posteriores a la notificación de la sentencia, incluyendo los intereses calculados y los que correspondan hasta el efectivo pago.
La resolución todavía no se encuentra firme y puede ser apelada.
Judiciales
Causa Techo Digno: El STJ revisará la absolución de Gennuso y fallará el 5 de noviembre
El máximo tribunal de Río Negro admitió por mayoría la queja presentada por el Fiscal General y abrió el tratamiento de fondo. La sentencia se conocerá el 5 de noviembre a las 12.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro admitió por mayoría la queja presentada por el Fiscal General contra la absolución del ex intendente de San Carlos de Bariloche, Gustavo Gennuso, en la denominada causa Techo Digno. El máximo tribunal provincial abrió así el tratamiento de fondo y fijó para el 5 de noviembre a las 12 la lectura de la sentencia.
La causa es la primera vinculada con la construcción de viviendas mediante el programa nacional Techo Digno que llega a consideración del STJ.
El tribunal estuvo presidido por Ricardo Apcarian e integrado por Liliana Piccinini, Sergio Ceci y Cecilia Criado, con la participación de Adrián Zimmermann, juez del Tribunal de Impugnación en subrogancia. La acusación estuvo representada por el Fiscal General, Fabricio Brogna, mientras que Manuel Maza y Luciano Perdriel ejercieron la defensa de Gennuso, quien participó de la audiencia mediante Zoom.
Luego de los argumentos iniciales de la Fiscalía y la defensa se dispuso un cuarto intermedio. Al retomar la audiencia, el STJ resolvió, por mayoría, abrir la queja en su totalidad, al considerar que la Fiscalía había presentado argumentos suficientes respecto de la posible configuración de una sentencia arbitraria.
A partir de esa decisión comenzó el tratamiento del Recurso Extraordinario. El debate se concentró principalmente en el principio de congruencia, la eventual arbitrariedad del fallo y la discusión sobre si los fondos habían sido sustraídos de las esferas de control público.
Brogna sostuvo que Gennuso había «sustraído» los fondos del control y afirmó que el exintendente había admitido esa circunstancia, justificándola en la necesidad de «no perderlos». La Fiscalía también planteó que una eventual condena por una calificación menos gravosa que el peculado, como la administración fraudulenta, no necesariamente vulneraría el principio de congruencia.
La defensa rechazó esa interpretación. Maza sostuvo que los fondos permanecieron siempre dentro de la órbita municipal y que, por lo tanto, no habían salido de los controles públicos. También afirmó que peculado y malversación son delitos diferentes y que una eventual condena por una figura distinta afectaría el derecho de defensa. Además, planteó que la malversación estaría prescripta.
Tras escuchar a las partes, el STJ dio por finalizada la audiencia y estableció que la sentencia será leída el 5 de noviembre a las 12. La admisión de la queja no modifica por sí misma la absolución vigente ni implica una condena.
Judiciales
Solicitaron condenar a cuatro policías por torturas y otros delitos contra adolescentes
La Fiscalía solicitó que uno de los acusados sea considerado autor y los otros tres partícipes necesarios. Las defensas pidieron la absolución.

La Fiscalía solicitó que cuatro empleados policiales sean declarados responsables penalmente por los delitos de torturas en concurso ideal con lesiones leves calificadas por su carácter de funcionarios policiales, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma, en un hecho que tuvo como víctimas a adolescentes.
Durante los alegatos, el fiscal del caso, Gastón Ezequiel Britos Rubiolo, pidió que uno de los acusados sea considerado autor y que las dos mujeres y el otro hombre sean declarados partícipes necesarios. Las defensas penales y las dos defensas particulares solicitaron la absolución de los cuatro acusados.
La Fiscalía sostuvo durante su exposición que los cuatro policías habrían realizado distintas acciones posteriores al hecho destinadas a generar confusión respecto de quién había intervenido directamente. Entre ellas mencionó el pedido de documentación al Servicio Integral de Atención de Emergencias de Río Negro (SIARME) sobre la atención brindada a los adolescentes, cambios en las versiones previas a la formulación de cargos y una reunión realizada en forma reservada.
Britos Rubiolo sostuvo que los acusados formaban parte del aparato policial y que, desde esa función, tenían el deber de proteger a los adolescentes. También pidió que la valoración de la prueba se realizara desde la perspectiva de los derechos de niños y adolescentes.
El fiscal señaló que las declaraciones realizadas en Cámara Gesell resultaron concordantes con otros elementos incorporados durante el juicio, incluidos testimonios directos e indirectos y los aportados por trabajadoras del SIARME.
Uno de los puntos analizados estuvo relacionado con una escopeta y las distintas versiones brindadas por personal policial no imputado respecto de su utilización. Según la Fiscalía, existieron contradicciones sobre si el arma era utilizada preventivamente durante la noche, para situaciones de tumultos o por personal autorizado.
También fueron señaladas diferencias respecto de la confección de los partes diarios relacionados con el uso de determinadas armas.
En relación con las lesiones, la Fiscalía destacó que la familia de uno de los adolescentes aportó el perdigón extraído de su cuerpo y que fue esa familia la que se comunicó con la Fiscalía y realizó la denuncia penal al día siguiente.
Según explicó Britos Rubiolo, el perdigón encontrado en el muslo de uno de los adolescentes correspondía a la escopeta y el disparo se habría producido mediante un rebote contra el suelo, con una trayectoria de abajo hacia arriba.
Respecto de los cortes que presentaban los adolescentes, el fiscal sostuvo que fueron producidos de manera intencional y descartó que se hubieran originado por el contacto con vegetación.
Las defensas cuestionaron la reconstrucción fiscal. La defensora penal pública Flavia Rojas sostuvo que su asistida no colaboró con las acciones atribuidas a su compañero y que, por el contrario, le habría pedido que cesara.
Planteó además que la mujer se encontraba en una situación de desigualdad frente a su superior jerárquico y solicitó que el caso fuera analizado con perspectiva de género.
Por su parte, el defensor penal público Juan Pablo Chirinos cuestionó la extensión temporal atribuida al hecho y sostuvo que el procedimiento habría durado aproximadamente 30 minutos. También señaló que su asistido no fue quien descendió del patrullero con la escopeta. Las restantes defensas particulares también solicitaron la absolución de sus asistidos.
El Tribunal Colegiado dará a conocer su resolución el próximo jueves (24/09), a las 11, en los Tribunales de General Roca.








