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Roca

Sitrajur se movilizó denunciando despidos arbitrarios y exigió la inmediata reincorporación de una trabajadora

El gremio llevó a cabo una jornada de protesta en la Ciudad Judicial de Roca.

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En la mañana de este jueves (01/09), los trabajadores judiciales nucleados en Sitrajur se movilizaron y denunciaron despidos arbitrarios en el Poder Judicial. El reclamo se efectuó en el edificio de la Ciudad Judicial de General Roca.

La manifestación recorrió cada piso del edificio de la justicia provincial para reclamar por la reincorporación de una trabajadora judicial despedida injustamente, según consta en la denuncia del gremio. Se trata de Pamela Fuentes.

Frente a la Ciudad Judicial se realizó una choripaneada mientras que en el interior del edificio se llevó a cabo una recorrida con batucada por los distintos organismos. Bajo el lema de «Basta de despidos arbitrarios en el Poder Judicial», la recorrida por los distintos sectores del edificio tuvo una gran adherencia.

Al respecto, el secretario general de Sitrajur, Emiliano Sanhueza, expresó que «esta mañana realizamos una manifestación reclamando la reincorporación de la compañera Pamela Fuentes quien fue cesanteada por el poder judicial al no renovarle el contrato en el periodo de prueba».

Asimismo, Sanhueza destacó que los periodos de prueba constan de «dos evaluaciones que duran 6 meses, una se hace a los 3 meses con un informe que a la compañera le dio positivo y a los 5 meses el segundo informe que se lo hicieron negativo».

Por otro lado, remarcó que dicho informe es «absolutamente infundado, arbitrario y plagado de subjetividades por parte de la Defensora que dijo que no daba con el perfil y nunca explicó ni detalló cual era el perfil, ni se explicaron cuáles eran los métodos de evaluación, las tareas asignadas a la compañera y si las cumplió o no, por lo que solamente se observaron apreciaciones subjetivas que le termina costando el puesto a la compañera».

«Esto habla de dos cosas, primero la injusticia en el caso concreto a la compañera y por otro lado la injusticia que implica este sistema de informes y que de ello depende el trabajo de un trabajador o trabajadora. En este caso, además se trabajó con el Defensor General en la búsqueda de un organismo para que pueda completar el último mes del periodo de prueba, ya que supimos a los 5 meses del segundo informe negativo; cuestión que el fiscal General Ariel Alice no cumplió y al no cumplirlo transcurrieron los 6 meses y quedó firme el segundo informe y la resolución del Superior Tribunal de Justicia de la cesantía basada en los informes, tanto de la Defensora Flavia Rojas como Alice», añadió Sanhueza.

«La compañera inició todo el trámite administrativo, esto es, el reclamo administrativo para su reincorporación, el que ya agotó la instancia administrativa por lo que ahora está en plena demanda judicial para su reincorporación», manifestó el secretario general de Sitrajur.

Por último, denunció que se trata de «un acto de clara injusticia» y que es por ello que «se están haciendo todos estos reclamos».

Judiciales

Logró una contención emocional en terapia y el Poder Judicial le permitió borrar el apellido de su agresor

La mujer comprendió que el apellido de su agresor era una carga insoportable para su propia vida y para el futuro de sus hijos.

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Durante décadas, una mujer en Río Negro guardó un secreto. A los 10 años, su propio padre abusó de ella, situación que se repitió tiempo después. El dolor y la vergüenza sellaron sus labios frente a su madre, su esposo e incluso ante sus propios hijos.

En el año 2025, la angustia cruzó el límite de lo tolerable y ella buscó refugio en la terapia psicológica. Frente a la profesional las palabras finalmente salieron a la luz. En ese espacio de sanación, la mujer comprendió que el apellido de su agresor era una carga insoportable para su propia vida y para el futuro de sus hijos.

El fuero de familia de Roca dictó una sentencia que permite a la mujer eliminar el apellido de su progenitor biológico de la partida de nacimiento. La Jueza destacó la importancia del derecho a la identidad y el carácter del nombre como atributo esencial de la personalidad.

Señala que la normativa actual admite una interpretación más flexible que la antigua idea de inmutabilidad del nombre.

La sentencia considera acreditado que la mujer sufrió situaciones graves en el vínculo paterno-filial, incompatibles con el rol de cuidado que se espera de un progenitor. El informe psicológico resultó determinante para evaluar el daño persistente que le genera el uso del apellido. Así, la jueza concluye que obligarla a conservarlo afecta su identidad, su salud y su bienestar.

En función de ello, entiende que existen «justos motivos» para autorizar el cambio, ya que el apellido no cumple su función identificatoria y, por el contrario, produce sufrimiento. También resalta que la decisión no perjudica a terceros ni altera el vínculo jurídico con el padre.

La sentencia hace lugar a la demanda y ordena rectificar la partida de nacimiento, eliminando el apellido paterno e inscribiendo únicamente el materno. Aclara que los efectos se limitan al nombre, sin modificar los derechos y deberes derivados de la filiación. Además, indica que cualquier cambio en el apellido de los hijos deberá tramitarse en un proceso separado.

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Judiciales

Cayó por una frenada brusca y el chofer la dejó en la sala de emergencias: Condenaron a KoKo

El hecho ocurrió entre Cervantes y Mainqué, en la Ruta Nacional N° 22. La víctima, una docente, reclamó en la Justicia y el fallo fue favorable.

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Una docente subió a un colectivo en Cervantes para ir a su trabajo en Mainqué. Pagó el boleto y caminó por el pasillo en busca de un asiento. A unos cien metros de iniciado el viaje por la Ruta Nacional N° 22, el chofer frenó de golpe. Ese movimiento brusco provocó que la mujer cayera de espaldas contra el suelo del ómnibus.

Inmediatamente, los pasajeros la ayudaron a ponerse de pie. El viaje continuó hasta que el conductor la dejó frente a la sala de primeros auxilios de Mainqué. Más tarde, los médicos confirmaron que la mujer sufrió una fractura de peroné que le dejó secuelas.

La mujer inició una demanda por daños y perjuicios contra la empresa de transporte. El fuero civil de Roca le dio la razón a la pasajera y condenó a KoKo al pago de una indemnización. La mujer reclamó distintos rubros: daño físico, gastos, daño psicológico y daño moral.

La empresa reconoció el hecho, pero negó responsabilidad. Expuso que la caída se produjo por culpa de la pasajera, quien no se habría sujetado correctamente. En la misma línea, la aseguradora aceptó la cobertura dentro de los límites de la póliza, aunque también rechazó los daños reclamados.

La sentencia centró el conflicto en determinar si existió un incumplimiento del deber de seguridad propio del contrato de transporte. Señaló que se trata de una responsabilidad objetiva, en la cual la pasajera debe probar el hecho y el daño, mientras que la empresa solo puede eximirse si demuestra una causa ajena.

Tras valorar la prueba, en especial los testimonios y la pericia accidentológica, concluyó que la caída se vinculó con una maniobra brusca del chofer. Esto configuró un incumplimiento de la obligación de seguridad. También descartó la culpa de la víctima.

En cuanto a los daños, la sentencia reconoció la existencia de lesiones físicas con una incapacidad parcial permanente. Además, admitió los gastos médicos reclamados y rechazó el daño psicológico al no verificarse secuelas de ese tipo.

Respecto del daño extrapatrimonial, la jueza consideró acreditadas las molestias, las limitaciones y las alteraciones en la vida diaria de la mujer durante su recuperación, así como el impacto emocional derivado del accidente.

Finalmente, la magistrada hizo lugar a la demanda y condenó en forma concurrente a la empresa de transporte y a la aseguradora.

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Policiales

Intentó huir con mercadería robada y lo atraparon en plena calle San Juan

El hecho ocurrió ayer al mediodía en un comercio ubicado sobre calle San Juan.

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Un hombre fue demorado ayer (23/04) al mediodía en General Roca luego de sustraer calzado que se encontraba exhibido en la vereda de un comercio ubicado sobre calle San Juan.

El procedimiento fue llevado adelante por personal de la Subcomisaría 69°, que se encontraba realizando tareas de prevención en la zona. A partir de un rápido accionar, los efectivos lograron interceptar al sospechoso a pocos metros del local, cuando aún tenía en su poder el elemento sustraído.

La maniobra fue advertida por un familiar del propietario del comercio, quien alertó de inmediato sobre la huida del hombre por calle San Juan, lo que permitió una rápida respuesta policial.

Tras la demora, se procedió al secuestro del calzado en presencia de testigos y se dio intervención a la Fiscalía de turno, que dispuso las actuaciones correspondientes en el marco de la causa.

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