Judiciales
Femicidio de Casmuz: «La usó, la mató y la enterró»
Así describió el fiscal Andrés Nelli el accionar de Antonio Colicheo, el único acusado por el asesinato de una mujer.

Minutos antes de las 14 horas culminaron los alegatos de clausura realizados por las partes involucradas en el octavo juicio por jurados de Rio Negro en el cual se juzga la culpabilidad de Antonio Colicheo en el marco del femicidio de Claudia Alejandra Casmuz.
“La usó, la mató y la enterró”
Así describió el fiscal jefe Andrés Nelli el accionar que sostiene el equipo fiscal respecto del imputado “en relación al femicidio agravado por alevosía, mediante el uso de un arma de fuego de Claudia Casmuz”.
“A Claudia la encuentran a 75 kilómetros de Roca, a 28 kilómetros de Casa de Piedra, en un páramo en medio de la nada, por eso la Fiscalía demostró que la mató sobre seguro aprovechándose de la vulnerabilidad que tenía la mujer, tal como fue demostrado. Este homicidio agravado fue perpetrado dentro de un marco de desigualdad de poder entre ambos géneros”, expresó el fiscal.
La Fiscalía sostuvo que el estado de vulnerabilidad en el que se encontraba la mujer fue usado por el imputado, que “la tomó y la usó como un objeto inanimado, que cuando se cansó la desechó como un residuo, sin darle ninguna oportunidad de sobrevivir”.
“Sabemos gracias a las pericias que ustedes fueron viendo y escuchando durante el juicio, que el imputado transportó a Claudia al puesto, luego, conforme la autopsia el hombre le efectuó un disparo con el arma marca Taurus 9mm impactando el primer proyectil en el hombro derecho. También le produjo la fractura doble maxilofacial con un objeto contundente, por último estando ya la víctima totalmente indefensa, y actuando sobre seguro, le disparó en la cabeza en la región occipital derecha. Finamente para ocultar el hecho que cometió cavó una fosa de 30cm”, detalló el fiscal jefe.
Y agregó que “el imputado no tuvo en cuenta los animales carroñeros que la desenterraron, y fue eso lo que permitió que se encontrara el cuerpo de Claudia”.
En relación a los proyectiles, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que “tanto el que se encontró al lado de la fosa como el hallado durante la autopsia, son calibre 9 mm, fueron peritados y se concluyó que ambos salieron del arma marca Taurus. No de otro lado”.
Esta arma la perita el Gabinete de Criminalística de General Roca, y la pistola siendo sometida al comparador balístico, dio positivo.
“A través de la pericia es que no queda duda de que fue de esa arma que salieron los disparos que mataron a Claudia y que esa arma la tenía el imputado”, enfatizó Nelli.
“¿Quién disparó el arma? El imputado que ya fue condenado por la muerte de Javier Videla. Los casquillos y proyectiles fueron comparados con la causa llevada adelante por la muerte de Videla, y arrojó que tienen total coincidencia con la pistola Taurus, todos los proyectiles y las vainas servidas”, dijo el fiscal jefe.
“Los juicios se van armando como un rompecabezas, hay evidencias, hay pruebas, cuando unamos esas piezas vamos a ver la figura del imputado, además de ser el homicida de Claudia como el ladrón del arma y de la placa de policía que eran de su tío”, comenzó a desentrañar la Fiscalía respecto del delito de robo.
Entre la evidencia subrayada a los y las integrantes del jurado popular, el fiscal indicó que “el arma que se secuestra en el puesto La Perseverancia, en el cuarto del imputado, entre sábanas y frazadas, es una 9 mm marca Taurus con bala en boca y que tenía suprimida la numeración. Esto se había hecho apropósito, para que no fuera identificada”.
Es por ello que ante este primer hecho “se le imputó al hombre la autoría del delito de robo simple y tenencia de arma de guerra ya que la sacó del domicilio de su tío y la llevo consigo apropiándosela”.
Finalizando sus alegatos de clausura y de pedido de responsabilidad penal, el fiscal jefe se dirigió a las y los jurados y les solicitó que lo declaren culpable de los delitos de “robo, tenencia de arma de guerra y de femicidio con alevosía y con el uso de arma de fuego”.
“Claudia hoy habló por medio de los peritos, señaló como único autor de su muerte a este hombre. Escúchenla. No la dejen desamparada”.
La querella, que representa a la madre de la víctima, coincidió con la fiscalía en tanto a la calificación legal, la evidencia presentada y el pedido de culpabilidad para el imputado.
“Basarse en datos y no opiniones”
El defensor oficial Juan Pablo Piombo les pidió a los integrantes del jurado que “usen la misma vara para juzgar a su asistido como lo harían con ustedes mismos”.
“Les pido que se basen en datos y no opiniones, lo que a ustedes les toca decidir es si hay pruebas, y si no, deben absolverlo. Lo mismo si tuvieran dudas, deben ir a favor del imputado, declarar el in dubio pro reo”, expresó.
“Muchos testigos no dijeron la verdad, por ejemplo el tío de mi asistido que dijo que vio las cámaras de seguridad de su casa y que aseguró que quien había ingresado a robar era su sobrino, pero no trajo las pruebas, un policía tan experimentado como él no lo hizo, entonces lo que pensamos es que realizó una falsa denuncia, porque odia a su sobrino”.
“El gran conflicto que existe entre el denunciante y su sobrino es que el tío le sacó la camioneta con la que tenía que pagarle a mi asistido por todo un año de trabajo. Todo esto es parte de un gran conflicto familiar de vieja data”, dijo Piombo.
“¿Qué credibilidad tiene este testigo? Díganmelo ustedes”, se refirió al jurado el defensor público.
“También nos preguntamos en qué llevó mi asistido a la mujer desde General Roca a ese lugar? El auto fue hiper peritado y no se encontró nada de ella”, agregó.
“Muchas preguntas le hacemos a la acusación: ¿dónde está la relación entre estas dos personas que marque la cuestión de la violencia de género?; para acreditar la alevosía subrayan el tema de que fue en el campo, pero ¿de dónde surge que el hecho fue en el campo?, lo mismo que la Fiscalía dice que allí no había nadie más, ¿cómo saben que no había nadie más que ellos dos?”, enumeró el representante del Ministerio Público de la Defensa.
En relación a la coincidencia o no con la muerte y con el momento de la sepultura, el defensor explicó que “nosotros escuchamos al mismo médico que ustedes, que dijo que pueden haber pasado de dos semanas a dos meses de la fecha de la muerte, no es lo mismo hablar de la muerte, estos 5 a 10 días que dice la entomóloga es ¿fecha de la sepultura o fecha en que se posan las larvas?, otro error de la Fiscalía”.
“Acá en General Roca hay prejuicio respecto a mi asistido, por eso les pido que lo humanicen, que tengan en cuenta que como dijo la psiquiatra del Poder Judicial que el hombre tiene 32 años, fue víctima de abuso, no tiene antecedentes penales, no hay rasgos de psicopatía. Entró en depresión luego de que se suicidara su ex compañera, luego de no poder renovar el carnet de conducir que le había permitir trabajar como camionero, y allí empieza a trabajar como guardaespalda”, mencionó.
Finalmente, el defensor expresó que “el vínculo entre mi asistido y Claudia no está acreditado. Tampoco encontramos el motivo, un móvil para saber porqué la habría matado, y no lo podemos encontrar. Les pedimos que se fijen en la prueba científica, y que piensen en él considerando humano como ustedes”, concluyó.
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Declararon culpable a una ex auxiliar de un CAINA por amenazar a niños institucionalizados en Roca
Con esta resolución, ya son dos las personas declaradas responsables por los hechos ocurridos entre abril de 2021 y septiembre de 2023 en un Centro de Atención Integral, dependiente de la SENAF.

El Tribunal interviniente declaró responsable penal a una mujer que se desempeñaba como auxiliar asistencial en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) de General Roca, al hacer lugar a la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal.
Durante el juicio quedó acreditado, según la acusación fiscal, que la imputada amenazó a niños y niñas que se encontraban institucionalizados. De esta manera, las dos personas investigadas en la causa ya fueron declaradas responsables penales.
En noviembre del año pasado, el otro imputado reconoció ser coautor del delito de amenazas y autor de abuso simple agravado por ser el encargado de la guarda, todo en concurso real. Actualmente se encuentra cumpliendo la condena impuesta.
Durante los alegatos, el fiscal Marcelo Ramos y la defensora de menores Estela Aroca Álvarez solicitaron que la mujer fuera declarada responsable penal por el delito de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora, planteo que fue aceptado por el Tribunal.
Según la investigación, ambos auxiliares asistenciales habrían maltratado a ocho niños y niñas entre abril de 2021 y septiembre de 2023, vulnerando la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Además, habrían amenazado a los menores para evitar que denunciaran los hechos.
La defensa de la imputada sostuvo durante el juicio que la situación debía ser tratada en el ámbito administrativo y no en la Justicia penal. La audiencia de cesura de pena fue programada para el próximo 31 de agosto.
Judiciales
Condenan a 13 años de prisión a un integrante de la banda de violentas entraderas en Roca
El condenado admitió haber participado en ocho hechos delictivos. La pena unifica una condena previa que le había sido impuesta en suspenso.

Un hombre fue condenado a una pena única de 13 años de prisión tras reconocer su participación en ocho hechos delictivos como integrante de una asociación ilícita que cometía violentas entraderas en el Alto Valle, varias de ellas en General Roca. La sentencia fue dictada este martes mediante un juicio abreviado, luego de que el acusado admitiera su responsabilidad en los delitos investigados por el Ministerio Público Fiscal.
La pena surge de la unificación de una condena de 11 años por los hechos reconocidos con otra condena previa de 2 años de prisión condicional, que fue revocada al comprobarse que el imputado volvió a delinquir. El pedido había sido formulado por la fiscal Belén Calarco, junto a las fiscales Verónica Villarruel y Eugenia Vallejos.
Durante una audiencia realizada por videoconferencia, el juez Fernando Sánchez Freites, quien presidió el Tribunal integrado además por Luciano Garrido y Julio Martínez Vivot, detalló cada uno de los hechos atribuidos al acusado y homologó el acuerdo alcanzado entre las partes.
Los 11 años de prisión corresponden a los delitos de asociación ilícita, robos agravados por haber sido cometidos en lugar poblado y en banda, utilizando armas de fuego impropias, y en algunos casos también por privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia contra las víctimas.
Asimismo, el Tribunal hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal para revocar la condena condicional anterior, conformando una pena única de 13 años de prisión efectiva. También dispuso la declaración de reincidencia y el pago de las costas del proceso.
El condenado permanece detenido con prisión preventiva desde el inicio de la investigación y comenzará a cumplir formalmente la condena en los próximos días, ya que al aceptar el juicio abreviado renunció a los plazos de apelación.
De acuerdo con la investigación, la organización delictiva realizaba tareas de inteligencia sobre las viviendas elegidas y utilizaba vehículos previamente robados para trasladarse. Una vez en el lugar, sus integrantes ingresaban violentamente tras escalar techos y paredones, reducían a las víctimas mediante amenazas con armas de fuego, las ataban con alambres o precintos y exigían la entrega de dólares, dinero en efectivo y objetos de valor.
Además de dinero y joyas, la banda sustraía equipos electrónicos y los DVR donde se almacenaban las imágenes de las cámaras de seguridad, con el objetivo de eliminar evidencia de los robos.
La investigación fue desarrollada por una Comisión Investigativa Judicial de la Policía de Río Negro creada especialmente para esclarecer esta serie de hechos, bajo la coordinación del Ministerio Público Fiscal. La causa continúa abierta y otros 11 imputados permanecen con prisión preventiva mientras avanzan los procesos judiciales en su contra.
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Imputaron al conductor de la camioneta por la muerte de Jairo Lavacara en Guerrico
El Ministerio Público Fiscal atribuyó al joven de 22 años una maniobra negligente al girar en U sobre una calle rural de Guerrico.

La Justicia imputó este martes (07/07) a un joven de 22 años por el choque ocurrido el domingo (05/07) por la tarde en una calle rural de Guerrico, que terminó con la muerte de Jairo Agustín Lavacara, el motociclista de 19 años oriundo de General Roca.
Durante la audiencia de formulación de cargos, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el imputado conducía una Volkswagen Tiguan y que, alrededor de las 18.15, se encontraba detenido sobre la banquina en la intersección de las calles Ceferino Namuncurá y Nahuel Huapi. Según la acusación, inició una maniobra de giro en U «sin verificar y de manera negligente y antirreglamentaria», interponiéndose en la trayectoria de varias motocicletas que circulaban por el lugar.
Siempre de acuerdo con la hipótesis fiscal, una Honda CRV 250 conducida por Lavacara no logró evitar la colisión contra el lateral izquierdo de la camioneta. Como consecuencia del fuerte impacto, el joven sufrió lesiones de extrema gravedad que le provocaron la muerte.
El fiscal Ricardo Romero atribuyó al conductor el delito de homicidio culposo por la conducción negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, calificación que fue aceptada por la jueza de Garantías María Gadano, quien tuvo por formulados los cargos e inició formalmente la investigación penal.
Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía figuran el acta de procedimiento confeccionada por la Comisaría 54° de Allen, testimonios de personas que viajaban en la Tiguan, la documentación del vehículo, la póliza de seguro, la licencia de conducir del imputado, el resultado negativo del test de alcoholemia, el informe técnico del Gabinete de Criminalística y las fotografías obtenidas durante las pericias realizadas en el lugar del siniestro.
Por su parte, el defensor particular Miguel Zeballos Díaz se opuso a la formulación de cargos y destacó que su asistido permaneció en el lugar del hecho, dio aviso a la Policía e intentó asistir a la víctima tras el choque.
En cuanto a las medidas cautelares, la Fiscalía solicitó que el imputado deba presentarse periódicamente en una comisaría, mantener el domicilio informado ante la Justicia, conservar su número telefónico, abstenerse de cometer nuevos delitos, no consumir estupefacientes y no mantener contacto con familiares o allegados de la víctima.
La jueza hizo lugar al pedido fiscal, impuso las medidas cautelares solicitadas y fijó un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación penal preparatoria.







