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Roca

El jurado popular declaró culpable a Colicheo por asesinar a Casmuz

Fue declarado responsable de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por alevosía y por el delito de tenencia de arma de guerra.

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Tras deliberar durante más de cuatro horas, el jurado popular declaró al imputado Gregorio Antonio Colicheo culpable del delito de homicidio calificado por el uso de arma y agravado por alevosía de la joven roquense Claudia Alejandra Casmuz. La decisión fue emitida con 10 votos del total de los 12 integrantes del jurado, tal como autorizó el juez que dirigió el juicio luego de que se agotara una primera etapa de la deliberación en la que no alcanzaron una opinión unánime.

Además, por unanimidad, el jurado declaró a Colicheo no culpable del delito de robo simple que se le había imputado respecto del arma calibre 9 milímetros que utilizó para dar muerte a la víctima. Y lo declaró por unanimidad culpable del delito de tenencia ilegal de arma de fuego de guerra.

Con el veredicto finalizó la intervención de los ciudadanos y ciudadanas designadas como jurados para el caso. La próxima etapa del juicio será la cesura ante el juez profesional Emilio Stadler, destinada a definir el monto de la pena que deberá cumplir el hombre condenado.

El juicio comenzó el pasado martes (13/09) con los alegatos de apertura de la Fiscalía, la parte querellante -en representación de la madre de la víctima fatal, Claudia Alejandra Casmuz- y de la defensa pública. Durante la semana pasada y hasta este lunes se presentó toda la prueba que el jurado popular evaluó hoy en una sesión secreta.

De esta manera, el jurado consideró que esa prueba fue suficiente para tener por acreditado, más allá de cualquier duda razonable, que el imputado fue el autor material del homicidio con arma de fuego agravado por alevosía, pero no para declararlo culpable del delito de femicidio, que también integraba la calificación legal propuesta por las partes acusadoras.

En la audiencia final, el fiscal jefe Andrés Nelli había solicitado que el imputado sea condenado por todos los cargos con los que llegó acusado a este juicio. La misma solicitud había hecho el abogado Joaquín Hertzriken Catena, por la parte querellante. En tanto que el defensor público Juan Pablo Piombo había solicitado la absolución de todos los cargos por considerar insuficientes las pruebas.

En el final de la misma audiencia, el juez profesional explicó al jurado las instrucciones necesarias para que puedan llevar adelante una deliberación legalmente válida hasta arribar a un veredicto.

Terminada la deliberación y conocido el veredicto, el juez también agradeció el tiempo, la responsabilidad y el compromiso que mantuvo el jurado -12 titulares y cuatro suplentes- a lo largo de todo el proceso.

El hecho

El cadáver de Claudia Alejandra Casmuz fue hallado en el campo La Perseverancia, ubicado a unos 75 kilómetros de General Roca, el 4 de marzo de 2021. Según tuvo por probado el jurado con su veredicto, el homicidio ocurrió entre el 18 de febrero y el 3 de marzo de ese año. La víctima sufrió dos disparos con un arma de fuego calibre 9 milímetros.

Para el jurado se configuró la agravante de la alevosía, que consiste en matar a una persona sin riesgo para sí mismo, aprovechándose de su estado de indefensión y de cualquier circunstancia que le impida a la víctima recibir algún tipo de ayuda.

El que finalizó hoy en Roca fue el octavo juicio por jurados de la historia provincial. La incorporación de este tipo de juicios al proceso penal significó garantizar la participación de los ciudadanos y ciudadanas de Río Negro en la administración del servicio de justicia para los delitos más graves, ya que los juicios ante jurados populares se realizan en todos aquellos casos en los que la Fiscalía anticipe su decisión de pedir condenas superiores a los 12 años de prisión.

Judiciales

Un corte de luz dañó los motores de una gomería de Roca: El fallo judicial responsabiliza a EdERSA

Un golpe de tensión quemó dos motores trifásicos, esenciales para el funcionamiento del comercio.

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Un golpe de tensión interrumpió la rutina de una gomería de Roca. Dos motores trifásicos, esenciales para el funcionamiento del negocio, se quemaron, dejando paralizada la actividad del comercio. Al intentar contactar a la empresa proveedora de energía, los usuarios del servicio no obtuvieron respuestas.

Ante la falta de soluciones, los afectados iniciaron un reclamo formal y solicitaron una mediación. La empresa EdERSA retiró los motores para su evaluación técnica, pero, según indicaron, nunca los reintegró de manera adecuada. La incertidumbre y la paralización del negocio provocaron un perjuicio económico y emocional para los dueños de la gomería.

El fuero Civil de Roca reconoció la responsabilidad objetiva de EdERSA por los daños ocasionados. La empresa deberá abonar una indemnización por los motores dañados y los perjuicios ocasionado.

La firma negó responsabilidad directa. Sostuvo que no tuvo culpa en la rotura de los motores y que los dueños no respetaron los plazos administrativos previstos por el procedimiento aprobado por el EPRE. Señalaron que el usuario inició la mediación antes de que la empresa pudiera realizar las evaluaciones técnicas correspondientes.

También indicaron que ofrecieron reparar los artefactos y reponerlos, pero la propuesta fue rechazada. Además, señalaron que la instalación eléctrica interna de la gomería carecía de elementos de protección y que estas deficiencias no tuvieron relación con la rotura de los motores.

La sentencia rechazó la aplicación de daños punitivos contra la empresa, considerando que no hubo gravedad ni intención de menoscabar los derechos del consumidor.

Finalmente, el fallo consideró que el servicio debía prestarse en condiciones de seguridad y que las fallas previsibles eran atribuibles al proveedor.

Los argumentos del magistrado se centraron en la protección del consumidor, que obliga al proveedor a brindar información adecuada, veraz y detallada sobre los bienes o servicios y a responder los reclamos.

La Ley de Defensa del Consumidor establece que el incumplimiento genera responsabilidad y regula la responsabilidad por servicios riesgosos o viciosos. Además, el fallo se enfocó en la responsabilidad civil, citando normas constitucionales, leyes especiales y el Código Civil y Comercial de la Nación.

Durante el trámite judicial, se realizó una pericia eléctrica sobre los motores y la instalación interna. Esta determinó que los motores estaban en poder del usuario y que se encontraban quemados por problemas de baja tensión en la alimentación eléctrica.

Se agregó un informe del EPRE sobre responsabilidades del usuario. Este sirvió de referencia en la sentencia para determinar que los daños a los motores fueron imputables a un incumplimiento parcial del proveedor y que ciertos elementos faltantes en la instalación interna no generaron relación causal con el daño.

Así, el juez concluyó que el daño a los bienes de los dueños de la gomería fue causado por un déficit en la prestación del servicio de electricidad. El suministro no fue apto para la actividad, activándose la responsabilidad emergente.

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Policiales

Secuestraron siete ovinos sin identificación durante un control en Paso Córdoba

El procedimiento se realizó sobre la Ruta N° 6. Los animales carecían de señal identificatoria y quedaron alojados en la Sociedad Rural de Roca.

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Personal del Destacamento de Seguridad Vial Paso Córdoba secuestró 7 ovinos en pie durante un control vehicular realizado sobre la Ruta Provincial N° 6, a la altura del kilómetro 121.

El procedimiento se llevó adelante cuando los efectivos detuvieron la marcha de un camión Mercedes Benz que transportaba animales desde el paraje Cura Uf con destino a Contralmirante Guerrico. Durante la inspección, el conductor exhibió la documentación correspondiente para el traslado del ganado.

Sin embargo, al verificar los animales transportados, los uniformados detectaron que siete ovinos carecían de señal identificatoria, encontrándose en condición de «orejanos», lo que constituye una infracción a la normativa ganadera vigente.

Ante esta situación y en el marco de la Ley Provincial N° 5745, se procedió al secuestro preventivo de los animales y se confeccionaron las actas correspondientes. Los ovinos quedaron alojados en instalaciones de la Sociedad Rural de General Roca hasta tanto se regularice su situación.

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Roca

Retuvieron 45 vehículos en una semana de controles de tránsito en Roca

8 vehículos fueron retenidos por delegar la conducción a menores de edad y 7 por generar ruidos molestos.

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Los operativos de control de tránsito realizados en General Roca durante la última semana finalizaron con 93 actas de infracción labradas y la retención preventiva de 45 vehículos por distintas irregularidades.

Según informó el Municipio, los procedimientos fueron llevados adelante por inspectores de Tránsito entre el lunes (25/05) y el domingo (31/05) en distintos puntos de la ciudad, con el objetivo de reforzar la seguridad vial tanto en el sector urbano como en la zona rural.

Como resultado de los controles, se detectaron 10 casos de alcoholemia positiva. Además, se procedió al secuestro preventivo de 33 motocicletas y 12 automóviles.

De acuerdo con el detalle oficial, 7 vehículos fueron retenidos por alcoholemia positiva, otros 7 por generar ruidos molestos, 8 por delegar la conducción a menores de edad y 23 por falta de documentación obligatoria.

Las infracciones más recurrentes estuvieron relacionadas con la falta de licencia de conducir, ausencia de seguro, falta de chapa patente y circulación en contramano.

Desde la Dirección de Tránsito recordaron que en la ciudad se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una graduación alcohólica superior a cero.

La normativa contempla multas que van desde los 1.000 hasta los 3.000 USAM, equivalentes actualmente a entre $1.200.000 y $3.600.000, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.

Las autoridades insistieron en la necesidad de evitar el consumo de alcohol antes de conducir y recomendaron designar un conductor responsable para prevenir siniestros viales y proteger la seguridad de toda la comunidad.

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