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Causa IPROSS: juicio abreviado y condena firme para dos ex propietarias de una farmacia de Roca

La Justicia estipuló la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional más reglas de conducta.

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Dos ex propietarias de una farmacia de Roca fueron condenadas hoy como coautoras del delito de “estafa agravada por haber sido cometida en perjuicio de la Administración Pública, reiteradas (118 hechos)”. Las defraudaciones fueron cometidas entre diciembre de 2013 y abril de 2019 en perjuicio de la obra social IPROSS, mediante la facturación de recetas falsas.

Las dos mujeres aceptaron su responsabilidad penal en el hecho y prestaron su consentimiento en un juicio abreviado pleno, en el que la Fiscalía, la parte querellante (el Estado Provincial) y los abogados defensores se pusieron de acuerdo para imponerles una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional más reglas de conducta y las costas del proceso. Ante la coincidencia de todas las partes, la tarea del juez Maximiliano Camarda se limitó a realizar un control de legalidad de la propuesta y este jueves dictó la sentencia que homologó el acuerdo, quedando firme la condena de manera automática.

La condena se dictó en el marco de una investigación que tiene a un grupo mayor de personas imputadas por presuntas defraudaciones a la obra social estatal. El resto de las personas investigadas en el legajo no participó del juicio abreviado y su situación procesal dependerá del impulso que den las partes al proceso penal.

Pautas de conducta

Las dos imputadas deberán cumplir 3 años de reglas de conducta. El magistrado advirtió en la lectura de la sentencia que la violación de cualquiera de las pautas puede dar lugar a que la Fiscalía o la parte querellante soliciten la revocación de la condicionalidad de la pena y, en consecuencia, su cumplimiento en prisión se convierta en efectivo.

Las reglas de conducta genéricas establecidas en el acuerdo son fijar y mantener su domicilio, la prohibición de salir del país sin autorización judicial y realizar presentaciones regulares ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados.

Pero además se establecieron reglas de conducta específicas relacionadas con el tipo de delito cometido. Por esa razón, durante tres años las mujeres deberán “abstenerse de integrar cualquier razón social de cualquier tipo de comercio y/u organismo, y/o institución civil que guarde relación directa o indirecta con el rubro comercial, farmacéutico, droguerías o cualquier parte integrante de la cadena de comercialización o provisión de medicamentos y/o sustancias de similares características”.

También deberán “abstenerse de realizar contrataciones de cualquier tipo y/o participar en licitaciones de compra-venta de productos o provisión de servicios de cualquier rubro con el Estado nacional, provincial y/o municipal, como de formar parte de razones sociales que lo hicieren”.

Además, deberán “mantener la inhibición general de bienes” que pesa sobre ambas “hasta tanto queden firmes las cautelares similares que tramitan en el fuero contencioso administrativo”, en los Tribunales de Viedma.

Para garantizar el cumplimiento de las pautas específicas, el juez ordenó informar lo resuelto a la Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia, al Registro de Proveedores del Estado Nacional, Provincial y Municipal y a la Secretaría de la Función Pública de Río Negro.

Los hechos

Se acreditó que mediante distintas maniobras “se generaban recetas ficticias de medicamentos” de los planes de cobertura al 100% de IPROSS “que no se correspondían con medicamentos efectivamente vendidos en el mostrador de la farmacia al afiliado”. Las supuestas ventas se cargaban a los sistemas de facturación y previa auditoría por parte de una persona en el Colegio de Farmacéuticos, se remitían liquidaciones con motos falsos a IPROSS para su correspondiente pago.

Según la descripción del hecho, las 118 “maniobras” detectadas en la farmacia que pertenecía a las dos mujeres condenadas “causaron un perjuicio económico estimado en su valor nominal histórico (…) por la suma de $2.983.801,94”.

Fundamentos

El juez Camarda sostuvo en su homologación que “el acuerdo verbalizado en la audiencia” entre todas las partes “encuentra respaldo probatorio en los numerosos elementos de convicción puestos de manifiesto por la fiscalía, sumado a la conformidad prestada por el letrado patrocinante de la parte querellante (la Administración Pública Provincial) para arribar a esta instancia procesal”.

Con esa información, “más la aceptación y confesión de las imputadas, es posible adquirir certeza respecto de la existencia de los hechos reprochados y la autoría de los mismos”.

“Entiendo que resulta admisible homologar el acuerdo de procedimiento abreviado pleno, tal el requerimiento fiscal que fuera aceptado por las respectivas defensas y las imputadas”, concluyó el juez en su resolución.

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Le envió comentarios xenófobos por mensaje a una compañera de trabajo y lo condenaron a donar $50.000 al Hospital

Además, deberá someterse a un proceso terapéutico y realizó una capacitación en varones y masculinidades.

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Un hombre del Alto Valle que envió mensajes de textos con expresiones violentas y xenofóbicas a una compañera de trabajo tuvo que donar $50.000 al Hospital de Catriel. No solo eso, sino que se vio obligado a someterse a un proceso terapéutico para evitar la repetición de este tipo de conductas. Tuvo que completar la sanción con una capacitación en varones y masculinidades.

La defensora adjunta de Cipolletti destacó que la resolución fue producto de un trabajo conjunto entre la defensa y la Fiscalía, conforme al artículo 14 del Código Procesal Penal. Sostuvo que la solución alcanzada priorizó los intereses y deseos de la denunciante, quien buscaba una resolución pacífica del conflicto.

La fiscala de Catriel informó durante la audiencia que el Ministerio Público no continuaría con la persecución penal del caso. Entendió que el conflicto primario se resolvió de manera adecuada y que no se afectó gravemente el interés público. Consideró que el imputado cumplió con todas las condiciones impuestas, incluso el tratamiento psicológico y la donación.

En este contexto, la jueza de Garantías cerró el caso luego de corroborar que se había cumplido la donación para el Hospital de Catriel, el tratamiento psicológico y el curso de masculinidades.

El legajo penal se inició con la denuncia de la damnificada, una trabajadora de nacionalidad extranjera. Ella consignó que su compañero le envió mensajes de textos con expresiones violentas y xenofóbicas.

En lo que va del año, las y los jueces penales de la provincia participaron de 7.440 audiencias y dictaron 1.355 sentencias entre condenas, absoluciones y sobreseimientos. Se realizaron 2.136 formulaciones de cargo, 538 juicios abreviados y 214 debates.

Los datos surgen del informe semestral del Centro de Planificación a partir de las estadísticas elaboradas e informadas por la Dirección General de Oficinas Judiciales Penales.

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Cuerpo de Investigación Forense: 84 autopsias en lo que va del año

Roca lideró en la cantidad de autopsias con 59 intervenciones, ya que recibe también los cuerpos provenientes de Cipolletti, donde no hay morgue.

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Foto: Archivo.

El Cuerpo de Investigación Forense (CIF) del Poder Judicial de Río Negro realizó 84 autopsias y 351 cámaras Gesell durante el primer semestre de 2024. Roca lideró en la cantidad de autopsias con 59 intervenciones, ya que recibe también los cuerpos provenientes de Cipolletti, donde no hay morgue. Las cámaras Gesell, utilizadas para resguardar los derechos de niños, niñas y adolescentes que son víctimas o testigos de delitos, son una herramienta para garantizar la protección y contención de las personas menores durante el proceso penal.

En total, el CIF reportó 4.016 ingresos de solicitudes de prácticas forenses en este período, con 2.946 prácticas finalizadas. Las intervenciones médicas y psicológicas representaron las mayores demandas, según los datos proporcionados por el Centro de Planificación Estratégica.

La mayoría de estas prácticas fueron requeridas por el fuero Penal, seguido por el fuero de Familia y el Laboral.

Prácticas interdisciplinarias y alta demanda en el fuero Penal

Los datos reflejan un incremento en las solicitudes de intervenciones interdisciplinarias, especialmente en casos de accidentes de trabajo y evaluaciones conjuntas. Las cámaras Gesell también ocuparon un rol destacado, con 351 audiencias realizadas a niños, niñas y adolescentes víctimas o testigos de delitos.

Las autopsias siguen siendo uno de los procedimientos más requeridos, con 84 prácticas realizadas en toda la provincia.

En relación con las prácticas de informática forense, se realizaron 132 intervenciones en este semestre, con una notable participación en casos penales y laborales. La identificación de evidencias digitales constituye un apoyo fundamental en investigaciones complejas, en delitos como estafas, amenazas virtuales o contra la integridad sexual.

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El joven que le disparó en la cabeza a su pareja fue condenado a 5 años de prisión

El hecho ocurrió el 4 de agosto pasado en Stefenelli.

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Foto: Archivo.

Mediante un juicio abreviado realizado el pasado 11 de septiembre en la ciudad de General Roca, un Tribunal condenó a Denis Daniel Alcaraz, de 24 años, a 5 años de prisión por dispararle en la cabeza a su pareja.

Aunque en principio la causa estaba caratulada como tentativa de femicidio, durante el juicio se resolvió condenarlo por los delitos de amenazas con armas, lesiones graves culposas y tenencia de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal, todo en concurso real.

El hecho ocurrió el 4 de agosto en el barrio Stefenelli. Según la Fiscalía, en el marco de una discusión y forcejeos, al hombre «se le escapó» un disparo que rozó a la joven, quien cayó contra la mesada y resultó gravemente herida.

«Fueron los vecinos quienes dieron inmediato aviso a la policía. Personal de la Subcomisaría 67 arribó al lugar y logró detener al sujeto, que intentaba escapar por el fondo del patio, mientras arrojaba un arma tipo tumbera», detalló la fiscal.

Debido a la gravedad del hecho, la Fiscalía solicitó una pena de 5 años de prisión de cumplimiento efectivo. El imputado aceptó su responsabilidad penal, la calificación legal y el monto de la pena.

Finalmente, el Tribunal Colegiado lo declaró culpable y le impuso una pena de 5 años de prisión efectiva.

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