Judiciales
Uno cruzó sin prioridad de paso, el otro andaba sin frenos: Los dos son responsables por la muerte de una mujer
La víctima, una mujer de 43 anos, falleció en el acto. El siniestro ocurrió en 2014.

Los dos conductores que participaron de un trágico choque en cadena deberán indemnizar al viudo y a los cuatro hijos e hijas de una mujer que falleció por el impacto final de uno de los autos. La mujer de 43 años caminaba por la vereda, a sólo tres cuadras de su casa, cuando un taxista que violó la prioridad de paso embistió con violencia a un VW Gol que circulaba sin frenos por una ciudad del Valle Medio, en el invierno de 2014.
“Se encuentra acreditado que se trata de un siniestro en el que participaron dos vehículos en movimiento, surgiendo evidente la falta de adopción por parte de los co-demandados R. y C., de las medidas de cuidado, atención y prudencia exigidas a fin de mantener el pleno dominio de la cosa riesgosa a su mando; siendo ambos responsables en lo que aquí concierne en la producción del trágico desenlace”, concluyó la titular del Juzgado Civil de Choele Choel al dictar la sentencia que condenó a ambos, de manera solidaria, por una suma cercana a los cinco millones de pesos, que prácticamente se duplicará con el cómputo de los intereses acumulados.
Según se acreditó con las pericias, el taxi era un Chevrolet Corsa que circulaba por la izquierda y por una calle de ripio. En tanto que el VW Gol tenía prioridad de paso porque circulaba por la derecha y sobre una arteria asfaltada. La mujer iba a unos 15 metros por delante del Gol cuando este último fue embestido en la bocacalle por el taxi y salió impulsado sin control hacia la vereda por la que caminaba la víctima.
Los dos conductores violaron la Ley Nacional de Tránsito al momento del trágico choque en cadena: el taxi debió frenar y ceder el paso, mientras que el VW Gol, si bien tenía prioridad de paso, no tenía frenos, por lo que su conductor “no poseía el total dominio de su vehículo al momento de producirse el accidente”.
En el juicio también se analizó la posible responsabilidad civil de una mujer que, al momento del choque, figuraba en el Registro del Automotor como propietaria del Corsa. Finalmente la sentencia la eximió de la responsabilidad porque la señora pudo demostrar que meses antes del choque “se había desprendido efectivamente de la posesión del vehículo”. Lo probó con la denuncia de venta del auto, el formulario correspondiente que entregó al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, y los recibos de pago del auto vendido.
La condena también alcanzó a la aseguradora del VW Gol, Federal Argentina S.A., la que deberá pagar la indemnización en la medida de la póliza contratada. Sin embargo esa aseguradora está en quiebra y liquidación desde hace algunos años y ninguno de sus representantes se presentó al juicio.
Daño moral y valor vida
La jueza reconoció las indemnizaciones por daño moral al marido de la víctima y a todos los hijos e hijas de la mujer. Dos de esos hijos siguen siendo menores de edad, por lo que una vez firme la sentencia, el padre “deberá presentar un proyecto de inversión que deberá ser puesto en consideración de la Sra. Defensora de Menores, previo a la eventual liberación de fondos”.
“El daño moral resulta inconmesurable, habida cuenta que se trata de la pérdida irreparable de una persona joven, madre y esposa; el resquebrajamiento de la familia al faltar el apoyo más fuerte de L., quien era pilar fundamental y sostén de sus hijas e hijos, no amerita mayores palabras”, expresó la jueza en el fallo.
Por otra parte, la sentencia reconoció a los hijos menores una indemnización por el rubro “valor vida”, calculada en función de “la frustración de una posible ayuda material” que esos hijos iban a recibir de su madre durante todo su crecimiento.
Cabe señalar que la sentencia no se encuentra firme y puede ser apelada por cualquiera de las partes.
Judiciales
Dictaron prisión preventiva para el camionero que manejaba con 4,20 g de alcohol en sangre, chocó en la Ruta 22 y se dio a la fuga
El imputado, oriundo de Salta, embistió a dos vehículos y terminó provocando que uno caiga a un desagüe. Además, un hombre sufrió heridas de gravedad.

Un hombre oriundo de la provincia de Salta fue acusado este lunes (19/01) por el delito de lesiones graves culposas doblemente agravadas, tras protagonizar un grave siniestro vial mientras conducía con exceso de alcohol en sangre y posteriormente darse a la fuga. La jueza de Garantías dispuso su prisión preventiva por el plazo de 2 meses.
Según expuso la fiscal de feria durante la audiencia que se realizó esta mañana, el hecho ocurrió el pasado sábado (17/01), cerca de las 19 horas, sobre la Ruta Nacional N° 22 y calle Mendoza, en uno de los accesos principales a la ciudad de General Roca y donde funcionan semáforos.
El acusado circulaba en sentido este-oeste a bordo de un camión Mercedes Benz, perteneciente a una empresa de transporte, de manera imprudente y antirreglamentaria, cuando impactó desde atrás a un Chevrolet Meriva. Como consecuencia del choque, este vehículo colisionó por alcance a un Renault Kwid y terminó cayendo al interior de un desagüe.
Producto del impacto, el conductor del Chevrolet Meriva sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura de pelvis.
Tras el siniestro, el conductor del camión fue trasladado a la Unidad del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca, pero se dio a la fuga mientras el personal policial realizaba las actas correspondientes. Al día siguiente se presentó de forma voluntaria en la unidad policial y quedó detenido.
El test de alcoholemia practicado en el lugar del hecho arrojó un resultado de 4,20 mililitros de alcohol en sangre.
Judiciales
La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre
La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.
Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.
En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.
Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.
La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.
En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.
«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.
Judiciales
Violencia de género en el barrio Malvinas: Un hombre quedó detenido tras una brutal agresión
El ataque ocurrió en una vivienda del barrio Malvinas y fue frenado por la intervención policial.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por un grave hecho de violencia de género ocurrido el pasado martes (13/01) en una vivienda del barrio Malvinas, en General Roca, donde una mujer fue agredida física y verbalmente en presencia de los tres hijos que ambos tienen en común.
Según se expuso en la audiencia, el imputado llegó al domicilio y comenzó a increpar e insultar a la víctima, para luego golpearla violentamente en distintas partes del cuerpo. En la vivienda se encontraban los hijos de la mujer, quienes presenciaron el ataque. La hija mayor, de 14 años, intentó proteger a sus hermanos menores mientras daba aviso a su abuelo. Al mismo tiempo, un vecino que escuchó los gritos alertó al sistema de emergencias 911.
La rápida llegada de personal policial, junto con el padre de la mujer, permitió frenar la agresión. Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió múltiples lesiones que incluso le impidieron desplazarse por sus propios medios.
Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía se incluyeron el registro de la llamada al 911, el acta de denuncia penal, certificados médicos que acreditan lesiones múltiples -calificadas como leves según el tiempo de curación- y el resultado del test de alcoholemia practicado al imputado. Además, se informó que se dio intervención a la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).
Durante la audiencia, la defensa se opuso al pedido de prisión preventiva y propuso medidas alternativas, como prohibición de acercamiento, dispositivos duales y acciones vinculadas al tratamiento por consumo problemático de alcohol, con el objetivo de que el imputado pudiera continuar con su actividad laboral.
La Fiscalía, en tanto, sostuvo la necesidad de la prisión preventiva debido a la gravedad del hecho, el riesgo para la víctima y la necesidad de garantizar el normal desarrollo del proceso penal.
Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y resolvió dictar la prisión preventiva del imputado, además de prohibir todo tipo de contacto con la víctima.









