Judiciales
Ratifican la constitucionalidad de las comisiones médicas en Río Negro
La modalidad respeta las garantías de tutela judicial efectiva, el acceso a justicia y el debido proceso legal.

Un fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) ratificó la validez de las comisiones médicas como instancia prejudicial en los casos de accidentes o enfermedades laborales. Un tribunal del fuero del Trabajo de Viedma había declarado la inconstitucionalidad del mecanismo pero en la revisión se confirmó que la modalidad respeta las garantías de tutela judicial efectiva, el acceso a justicia y el debido proceso legal.
En septiembre de 2021 la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ya había declarado la validez constitucional del procedimiento previo y obligatorio ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales. En ese contexto, la provincia de Río Negro adhirió a la Ley Nacional 27.348. La normativa dispuso el paso por las Comisiones Médicas Jurisdiccionales como instancia administrativa previa, obligatoria y excluyente de toda otra intervención con el objetivo de que el trabajador solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia y el porcentaje de incapacidad, como las correspondientes prestaciones en especie y dinerarias establecidas en la ley de riesgos del trabajo y leyes complementarias.
La ley provincial que adhirió a la nacional dispuso un mecanismo extra para respetar la garantía de la imparcialidad. Estableció que «ningún médico o abogado que cumpla sus funciones para la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en particular, dentro del ámbito de las comisiones médicas locales, puede tener relación de dependencia o vínculo con las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y/o representar en su caso a los trabajadores en los reclamos de la Ley Nacional N° 24557 y sus modificatorias».
En el caso de Viedma, un trabajador había cuestionado la imparcialidad y la Cámara Laboral, con voto dividido, se pronunció por la inconstitucionalidad del mecanismo. Pero hubo un recurso ante el STJ y en ese segundo análisis el fallo ratificó la validez de las comisiones médicas.
Se destacó que en la instancia previa ante las Comisiones Médicas, el trabajador cuenta con la asistencia letrada gratuita y obligatoria durante todo el procedimiento administrativo, que la asunción de los honorarios del letrado es a cargo de la ART, que existe libre consentimiento en alcanzarse un acuerdo, que se respeta la bilateralidad, hay limitación temporal del trámite, y se garantiza la revisión judicial posterior. También la ley prevé un plazo perentorio y fatal para que el órgano administrativo se expida en un plazo que no puede exceder de 60 días, lo que garantiza el derecho a ser oído dentro de un plazo razonable.
En función de esos argumentos, el STJ consideró que están suficientemente aseguradas las garantías convencionales de tutela judicial efectiva, acceso a justicia y debido proceso legal.
Judiciales
Fue a la casa de su hermana pese a tener restricción y terminó detenido
La mujer se resguardó en la casa de una vecina mientras aguardaba la llegada de la Policía.

Personal de la Subcomisaría 67° de Stefenelli detuvo a un hombre acusado de violar una medida judicial de prohibición de acercamiento hacia su hermana, durante un procedimiento realizado en inmediaciones de calle Irlanda.
Todo comenzó cuando una mujer llamó al Centro de Emergencias 911 para advertir que su hermano se encontraba cerca de su domicilio, pese a tener vigente una restricción judicial.
Según trascendió, la denunciante regresaba a su vivienda junto a familiares cuando observó la presencia del sujeto. Ante esa situación, decidió refugiarse preventivamente en la casa de una vecina y solicitar intervención policial.
Minutos después, efectivos arribaron al lugar y localizaron al hombre en la vía pública. Tras corroborar la información en los sistemas judiciales, constataron que existía una prohibición de acercamiento dictada por la Unidad Procesal N° 16.
Ante el incumplimiento de la medida, los uniformados procedieron a la aprehensión del sujeto y su traslado a la dependencia policial, donde quedó alojado a disposición de la Justicia.
La Fiscalía de turno dispuso que permanezca detenido en el marco de una causa por desobediencia judicial hasta la audiencia de formulación de cargos.
Judiciales
Irá a juicio el hombre acusado de matar a tiros a un perro en Stefenelli
La Fiscalía sostiene que el imputado disparó al menos dos veces contra el animal, que agonizó durante horas antes de morir.

Esta mañana (13/05) se resolvió que el legajo fiscal que investiga el hecho ocurrido en Stefenelli cuando un hombre le habría disparado dos veces a un perro, avance hacia juicio. De esta manera, tanto el Ministerio Público Fiscal como la querella y la defensa penal pública presentaron los testimonios, la prueba documental y las convenciones probatorias.
El hecho que se tratará en el debate ocurrió en agosto de 2024, aproximadamente a las 17.15, en la vereda del domicilio del imputado.
«Fue así que el hombre salió de su casa con un arma de fuego semiautomática, calibre 22, amartilló la misma y efectuó al menos dos disparos a corta distancia dirigidos hacia el can macho de color blanco y marrón, cuya cuidadora es la denunciante», explicó el fiscal del caso.
«La señora se encontraba allí, cuando dos proyectiles impactaron en el cuerpo del animal. Esta acción fue desplegada por el imputado de manera deliberada, con el solo fin de lastimar y causar un sufrimiento innecesario al animal. Como consecuencia directa de las heridas, el can agonizó durante aproximadamente tres horas, hasta fallecer en la clínica veterinaria pese a los esfuerzos del veterinario, quien intentó salvarle la vida sin éxito, dada la gravedad de las heridas mencionadas», describió la Fiscalía.
La calificación legal por la cual el imputado estará frente a un Tribunal Unipersonal -dado que la pretensión punitiva no superará los 3 años de prisión- es la de crueldad animal.
Judiciales
Fue a hacer un trámite a la Policía y terminó detenida por un pedido de captura
Tras verificar sus antecedentes en el sistema, los efectivos constataron que registraba una orden de captura vigente.

Durante la mañana de este martes (12/05), personal policial del Destacamento 177° de Chacra Monte detuvo a una mujer que registraba un pedido de captura vigente en el marco de una causa judicial tramitada por la Fiscalía N° 3 de General Roca.
El procedimiento se produjo cuando la mujer se presentó en la unidad policial para realizar un trámite particular. En ese contexto, los efectivos verificaron sus datos personales en los sistemas correspondientes y detectaron que sobre ella pesaba una orden judicial vigente.
Ante la situación, el personal policial dio inmediata intervención a la Fiscalía de turno, que dispuso su detención y posterior traslado a la Ciudad Judicial para avanzar con las actuaciones correspondientes.
La mujer quedó a disposición de la Justicia mientras continúa la tramitación del legajo judicial en el que se encuentra involucrada.








