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Niñas participaban de rifas y bingos para viajar a competencias: El club deberá devolverles el dinero generado

Así lo determinó la Justicia tras una demanda que inició un padre.

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Un papá inició una demanda de menor cuantía contra un club luego que sus dos hijas se cambiaron de institución y no le devolvieron el dinero producido de rifas, bingos y otras actividades que la familias habían realizado para recaudar fondos en procura de financiar viajes a competencias. Como solución, ahora deberán indemnizarlo por daño por daño directo y extrapatrimonial.

La presentación pretendía un resarcimiento de la Asociación Civil Club Social y Deportivo por los daños y perjuicios sufridos por sus hijas, quienes realizaban actividades deportivas dirigidas por un profesor, quien es a su vez el presidente de esa asociación.

Las niñas de Viedma participaban de competencias deportivas provinciales, regionales y nacionales. Para financiar estas actividades, por un lado se estableció que cada familia aportaría para su propio viaje, pero a la vez se realizaron distintas acciones como rifas, bingos, bufetes, entre otras: Para lograr una organización práctica el profesor era el responsable de administrar el dinero recaudado.

Luego se confeccionó un registro en el que se anotaba lo que había generado cada niña. Quienes no participaban en la actividad propuesta no generaban recurso alguno, lógicamente. Ese registro de ingresos se compartía en un grupo de WhatsApp. Agrega que con parte del dinero conseguido se compró indumentaria y el remanente quedaba registrado individualmente.

Poco tiempo antes de la pandemia, se organizó una actividad para recaudar fondos en los festejos de la Fiesta del 7 de marzo, actividad que fue administrada por el profesor. De esa acción participaron las hijas de quien inició la demanda. Como consecuencia de la pandemia por COVID 19 no se realizaron más y para capitalizar los recursos que cada una había generado se decidió constituir un ahorro en dólares de lo que se había recaudado y continuar pagando las cuotas mensuales.

En la demanda de menor cuantía, el papá expresó que por cuestiones de organización familiar sus hijas decidieron continuar su actividad deportiva en otra institución por lo que le solicitó al profesor la devolución del dinero correspondiente a sus hijas. Sin embargo, se le entregó solamente lo que habían aportado las familias, pero no el capital producido por la labor de las niñas en las diferentes actividades, entre ellas la Fiesta del 7 de Marzo.

La mamá expresó que se trató de una relación de consumo. En el caso intervino una Defensora de Menores.

El abogado de la Asociación Civil afirmó que era ajeno a lo que hicieron en ese grupo específico. Con relación a lo recaudado en la fiesta del del 7 de marzo del año 2020 manifestó que “la intervención de la asociación fue con el fin de recaudar fondos para cubrir los gastos correspondientes a viajes deportivos, que es cierto que el grupo decidió capitalizar los recursos que cada chica había generado en un ahorro en dólares y que luego de que le manifestara que las niñas se cambiarían de club se le hizo una devolución de dinero en concepto de aportes correspondientes”.

Al enmarcar el caso, el fallo explica que “el Juzgado de Paz es competente para resolver en esta causa en razón a la materia, a la pretensión, el monto del reclamo y el domicilio” de la demandante.

La sentencia explicó que “las personas deportistas aficionadas serán consumidoras cuando su relación con el club derive de un contrato (inscripción) en el que abone una cantidad económica (cuota) a cambio de recibir los entrenamientos y participar en las competiciones deportivas (prestación de servicios) durante un período de tiempo (temporada)”.

Sin embargo, aclaró que “esta situación no se refleja en el caso planteado, en que el reclamo no es sobre los servicios prestados por la asociación respecto de las adolescentes sino que es sobre el modo en que las familias de las deportistas menores de edad acordaron recaudar fondos para posibilitar a sus hijas participar en un torneo determinado y la distribución y uso de ese dinero”.

En ese orden, “el reclamo efectuado no encuadra el marco de una relación de consumo, ya que en el caso ni las adolescentes reúnen la calidad de consumidoras, ni el Club demandado reúne la calidad de proveedor, en los términos de la legislación vigente”.

Con la prueba de whatsapp y la declaración de testigos que reafirmaron lo que expresó la demanda, la jueza tuvo por probado los hechos. En lo sustancial, quedó verificada “la realización de tareas por parte de las jugadoras para recaudar dinero para sus propios viajes e indumentaria, la asignación de lo recaudado a cada integrante del equipo y que el cálculo que se realizaba era individual y no grupal”. Asimismo, que en caso de no participar de esas actividades, cada familia debía cubrir con efectivo los gastos.

Quedó claro también que la Asociación devolvió el dinero que fue aportado por cada familia, pero no el producido por la labor de las niñas. El hecho que haya administrado el dinero “de manera voluntaria”, dice el fallo, “ no le da derecho a apropiarse del producido por las tareas de las adolescentes”.

Entonces, realizó un cálculo de cuanto era lo retenido por la institución que correspondía a la labor de las niñas, aplicó los intereses establecidos por el Superior Tribunal de Justicia para conocer el resarcimiento. También dispuso una suma por daño directo y daño extrapatrimonial.

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Allanaron la vivienda de la mujer denunciada por el Ministerio de Salud y quedó detenida

La investigación determinó que la acusada no registra antecedentes como graduada ni tiene título revalidado en la UNCo, y tampoco existen constancias del título invocado en la Universidad de los Andes de Venezuela.

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Dos allanamientos realizados esta mañana (07/04) en General Roca culminaron con la detención de una mujer acusada de ejercer ilegalmente la medicina.

La investigación, iniciada a partir de una denuncia del Ministerio de Salud de Río Negro, determinó que la imputada habría presentado documentación apócrifa para obtener la matrícula habilitante y ejercido funciones como médica cirujana e incluso como coordinadora de terapia intensiva en una clínica de la ciudad.

Las averiguaciones internas de la propia cartera sanitaria verificaron que la mujer no registra antecedentes como graduada, no tiene el título revalidado en la Universidad Nacional del Comahue y tampoco existen constancias del título que invocó en la Universidad de los Andes de Venezuela.

Los procedimientos se concretaron en el domicilio de la imputada y en el de sus progenitores. En ambos se secuestró documentación como título, sellos, recetarios, medicación, dispositivos electrónicos y registros vinculados a la actividad médica, que serán sometidos a pericias. La Fiscalía de turno también realizó requisas personales y vehiculares.

El jueves próximo (09/04) se prevé la realización de una audiencia de medidas cautelares, en atención al volumen de documentación que debe ser analizada antes de una eventual formulación de cargos.

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Denuncian a falsa médica por ejercicio ilegal de la medicina

Una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de Roca y Regina el presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.

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El Ministerio de Salud de Río Negro, a través de la Secretaría de Asuntos Jurídicos, presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General contra una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de General Roca y Villa Regina por presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.

La medida se fundamenta en la detección de irregularidades en la documentación que la mujer presentó ante la Coordinación Provincial de Fiscalización Sanitaria para obtener su registro profesional.

Salud ya había procedido a la suspensión preventiva de la matrícula provincial en marzo. Esta acción se tomó luego de que se iniciara una investigación al detectar inconsistencias en el título de Médico Cirujano y la correspondiente convalidación, supuestamente otorgados por la Universidad de Los Andes (ULA), en Mérida, Venezuela.

«El Ministerio continuará colaborando con la Justicia aportando toda la documentación del legajo personal para que se determinen las responsabilidades penales correspondientes», destacaron desde la cartera de Salud rionegrina.

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Incineraron 43 kilos de cannabis y casi 900 plantas de marihuana en Roca

La quema se realizó en la Planta de Residuos II y corresponde a droga incautada en el marco de 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras avanzadas.

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La Unidad Fiscal de General Roca llevó adelante ayer por la mañana la quema de estupefacientes en la Planta de Residuos II de la ciudad. El procedimiento se realizó en el marco de la Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737.

Según informó el Ministerio Público Fiscal, el material destruido corresponde a 43 kilos de cannabis entre cogollos y picadura de marihuana, y 874 plantas y plantines de marihuana.

La quema abarcó elementos incautados en 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras en etapa avanzada.

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