Judiciales
Por no cambiarle un televisor fallado, ahora deberán pagarle más del triple de su valor
Se trata de una conocida cadena de supermercados de la región.

Un hombre de Allen compró un televisor de 43 pulgadas en un supermercado pero cuando lo instaló en su casa descubrió que la pantalla estaba dañada. Las imágenes que esperaba ver en su nuevo aparato quedaban tapadas por una mancha. De inmediato volvió a la sucursal para hacer valer su derecho al reemplazo del producto, pero en el supermercado lo culparon por el daño y le negaron el cambio. Después, en el marco del reclamo judicial, la empresa intentó desligarse y responsabilizar exclusivamente a la fabricante de los televisores.
El cliente inició su reclamo ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor y lo continuó ante el Juzgado de Paz de Allen, donde interpuso una demanda sumarísima y gratuita de menor cuantía en el marco de las leyes de Defensa del Consumidor. Finalizado el proceso, ahora la cadena de supermercados La Anónima deberá devolverle los $47.999 que costaba el televisor, más los intereses acumulados, más $100.000 por daño punitivo, más $12.000 por daño moral.
Antes de dictar la sentencia, la jueza de Paz pidió ver el video de la cámara de seguridad del supermercado, del momento de la prueba, embalaje y entrega del televisor, y constató mediante fotos que el equipo sigue funcionando mal hasta la fecha.
“En el momento de la venta el televisor no estaba conectado a ningún tipo de servicio televisivo a los fines de comprobar si su funcionamiento era óptimo para su venta, con lo cual el señor G. no pudo comprobar si el producto que adquiría estaba en condiciones”, indicó la sentencia. “No se pudo determinar de ninguna manera que el producto estuviera en condiciones para su consumo, como tampoco fue probado por la firma demandada”, destacó.
Sobre la ley vigente y las condiciones de venta del televisor, la jueza de Paz señaló que “dentro de los 5 días de la compra, si el producto no funcionaba en debida forma, la empresa debía reemplazar el producto por otro nuevo de iguales características”. Además, “contaba con 6 meses de garantía” para su revisión y reparación. “La forma más rápida y de acuerdo a las condiciones de venta era el reemplazo inmediato del producto”, por lo que “la situación pudo ser salvada en forma rápida sin producir ningún daño al Sr. G.”. Sin embargo, el hombre “se vio obligado a iniciar el trámite administrativo y la vía judicial para hacer valer sus derechos”.
Para validar el reclamo por daño moral, la jueza valoró la “afectación espiritual” del hombre, por “el perder tiempo en busca de una respuesta, el verse avasallado por una empresa”.
“Cualquier persona que se ve en la situación del actor sufre algún nivel de indignación, angustia y padecimiento interior que debe ser resarcido. La debilidad del consumidor impacta profundamente en su condición personal y hace que su persona sienta el desconocimiento de sus derechos y consiguiente incumplimiento con una fuerza moral evidente”, valoró. El hecho de que la empresa “intenta dar permanente excusas y no asume una conducta responsable, como si se desconociera la situación que sufre el cliente, implica una actitud reprochable que debe ser resarcida”, concluyó.
Judiciales
Subieron los divorcios en Río Negro: Durante 2025 se registraron 1.277 trámites
No obstante, 2023 sigue siendo el año con la cifra más alta de la última década: se dictaron 1529 sentencias de disolución del vínculo matrimonial.

Durante 2025, los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de Río Negro registraron 1.277 trámites de divorcio. El dato surge del relevamiento anual del fuero y ubica a ese tipo de proceso entre los más frecuentes dentro de la conflictividad familiar.
En todo 2024 se iniciaron 1.240 expedientes por disolución del vínculo matrimonial. Un año antes, en 2023, se dictaron 1.529 sentencias de divorcio, la cifra más alta en al menos una década. En 2022 se habían contabilizado 1.204 y en 2021, un total de 1.333. En 2020, el Poder Judicial resolvió 910 divorcios. Entre 2016 y 2019 las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.400 en 2016, 1.395 en 2017, 1.426 en 2018 y 1.386 en 2019. En 2015 se registraron 903 y en 2014, un total de 1.078.
La disolución del vínculo matrimonial tramita en 16 organismos judiciales distribuidos en todo el territorio provincial. En Viedma y Roca funcionan varias unidades procesales. También se reciben causas en San Antonio Oeste, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.
El divorcio se produce cuando una o ambas personas que integran el matrimonio solicitan judicialmente la disolución del vínculo. A partir de allí, si existen cuestiones pendientes, como cuidado personal, alimentos o distribución de bienes, esas cuestiones continúan su trámite por las vías que correspondan.
El año pasado algunos divorcios se resolvieron en menos de una semana, ya que no había hijos ni bienes en común. Hoy el trámite no exige dar motivos del pedido del cese del vínculo, basta con la voluntad de alguno de los integrantes de la pareja.
Respecto a la resolución de los conflictos, en 2025 se dictaron 11.150 sentencias de finalización en toda la provincia, cifra que incluye fallos definitivos, interlocutorios, monitorios y homologaciones. Además, la magistratura llevó adelante un total de 5.975 audiencias, entre las cuales destacaron las preliminares y las instancias de escucha a niños, niñas y adolescentes. La gestión se apoyó en la labor de las Oficinas de Tramitación Integral de Familia, modelo que permite reducir la carga administrativa sobre los jueces y juezas para concentrar la tarea en las resoluciones jurisdiccionales.
La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
Judiciales
La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra
Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.
La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.
El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.
La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.
El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.
Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.
Judiciales
Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes
La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.
Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.
La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.
Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.
Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.
Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.
El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.








