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Río Negro

Plenaria de la Legislatura avaló el Presupuesto y el Paquete Fiscal para 2023

El ministro de Economía de la Provincia, Luis Vaisberg, explicó los alcances durante el encuentro.

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El proyecto de ley del Presupuesto 2023 obtuvo dictamen favorable por mayoría en la reunión plenaria de comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General y de Presupuesto y Hacienda, que se desarrolló ayer (15/12) a la mañana en la Legislatura de Río Negro. El ministro de Economía de la Provincia, Luis Vaisberg, explicó los alcances durante el encuentro.

El funcionario indicó que el Presupuesto de la Administración Provincial para el Ejercicio 2023 asciende a los $476.348.569.173 de pesos. El del ejercicio anterior había sido cercano a los 225.385 millones de pesos.

El ministro destacó que el presupuesto se centró en ejes transversales como la perspectiva de género, la mitigación del cambio climático, las políticas orientadas a reducir el déficit habitacional, la política integral energética y las obras e infraestructura. “Se presentan políticas públicas que diversifican la estructura productiva de Río Negro, con el objetivo de acompañar a todos los sectores económicos diversos, incluyendo el diferencial de la industria del conocimiento, la innovación y la tecnología de punta”.

Con respecto a la composición del gasto, describió que se contempla la suma de $430.966 millones en concepto de gastos totales, lo que representa un aumento nominal del 76,24% respecto al cierre estimado para el ejercicio 2022.

Del monto total presupuestado en gastos, $396.581.242.794 se destinarán a gastos corrientes, es decir, para salarios, bienes, servicios, intereses, prestaciones de seguridad social, etc. Mientras que para gastos de capital (erogaciones en concepto de inversión real directa y adquisición de activos financieros) se consignarán $34.385.292.812 y aplicaciones financieras por $45.382.033.567.

El ministro habló del gasto salarial dentro de lo que son los gastos totales, señaló que “hace varios años estamos entre un 65 y un 70 por ciento de participación y hemos podido afrontar los aumentos salariales aunque en el presupuesto anterior estaban previstos en un 35 %”.

“Es importante que cuando haya estimaciones fehacientes que permitan suponer que los ingresos van a ser mayores y que el índice inflacionario va a ser mayor, podamos aumentar el presupuesto para hacer las contrataciones del Estado como corresponde, para poder hacer mecanismos licitatorios y renovar convenios de acuerdo al proceso inflacionario”, expresó.

En cuanto a los recursos, el presupuesto prevé ingresos corrientes por $418.097.935.939, ingresos de capital por $10.928.455.854 y fuentes financieras por $47.322.177.380.

Analizando el ingreso perteneciente a los recursos provinciales, Vaisberg destacó que el impuesto más representativo que tiene la Provincia es el ingreso bruto tiene casi el mismo aumento tributario que el nacional y es cercano al 80 %. En cuanto a los ingresos pertenecientes a los impuestos inmobiliarios y automotor, la variación fue superior al esperado y ronda el 72 % lo que da un promedio general cuando hablamos de los impuestos provinciales de un 75 %.

Vaisberg hizo énfasis en que lo central de un Presupuesto es que, más allá de lo numérico, sirva como herramienta para afrontar cualquier tipo de coyuntura, esperada o inesperada,”herramienta que nos brindó el presupuesto 2022 votado en esta Legislatura”.

Afirmó que este presupuesto aborda la perspectiva de género a través de un sistema de registración presupuestaria que realiza cada ministro al momento de presentar un proyecto. La idea, expresó, es seguir agregando nuevos conceptos generales, como por ejemplo, el cambio climático.

Al final de la exposición, el mandatario aseguró que “el presupuesto está cumpliendo con una de las premisas teóricas en la parte práctica, es una herramienta para el Estado para poder cumplir con sus políticas públicas y tiene una tendencia a confluir en el equilibrio fiscal”.

El proyecto obtuvo dictamen de mayoría, con el voto favorable del Frente Renovador. Los bloques de Juntos por el Cambio y el Frente de Todos se tomaron las 48 horas para emitir su posición.

Paquete Fiscal 2023

El director ejecutivo de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia -ART-, Martín Kelly, presentó los proyectos que conforman el paquete fiscal del período 2023, que son la modificación a las leyes base y la ley impositiva anual.

La Ley Impositiva Anual incluye en un mismo cuerpo legal montos imponibles y alícuotas que estarán vigentes durante el ejercicio fiscal 2023 para los impuestos inmobiliario, sobre los ingresos brutos, de sellos, a las loterías, a las rifas, a los automotores, tasas retributivas de servicios, incentivos y bonificaciones, estabilidad fiscal y beneficios en los impuestos inmobiliarios y a los automotores para la Línea Sur.

El proyecto impositivo de Río Negro repetirá el esquema de topes para los aumentos de los tributos mayoritarios como son Inmobiliario y Automotores. Kelly explicó que continúan por la inflación y la situación actual y destacó que “ya casi no hay provincias que sigan con este esquema, por el contrario”.

En relación a los parámetros adoptados, el funcionario detalló que se concentraron en los datos de las variaciones de precios informadas por la Provincia, que llegó a “un acumulado del 83% en el período enero-octubre y un interanual del 93%”.

En cuanto a los planes de beneficios, la reducción por el pago anual y por cumplimiento, llegará al 50%.

Las modificaciones mantienen los lineamientos implementados por la actual administración en materia tributaria, lo que ha permitido mantener un incremento sostenido en la recaudación de los tributos provinciales, manteniendo los principios de igualdad y equidad en la tributación, sin perder de vista el objetivo de lograr la progresividad del sistema tributario provincial.

Impuesto Inmobiliario

Se incorpora la exigencia de que el solicitante debe encontrarse libre de deuda de todos los impuestos que administra la Agencia de Recaudación Tributaria.

En el Impuesto a los automotores, se propone establecer que se encontrarán exentos del pago del impuesto sobre los automotores los vehículos cuyos propietarios sean personas con discapacidad mayores de edad que puedan trasladarse o no por sus propios medios.

Para acceder a la exención para toda persona jubilada, pensionada, retirada o mayor de 65 años de edad, el solicitante debe ser responsable de pago de un solo vehículo.

En la Ley del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, estarán exentas del pago del gravamen aquellas personas con discapacidad que acrediten tal condición con certificado expedido por el Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad, siempre que se desempeñen en forma unipersonal y el monto del gravamen a abonar no supere el importe que a tal efecto establezca la reglamentación. Se suprime así la referencia a los mínimos de las actividades los cuales ya no existen.

Ley Impositiva Anual

Se mantiene al igual que años anteriores el dictado de una sola Ley Impositiva Anual que reúne en un mismo cuerpo legal todas las cuestiones relativas a los distintos impuestos que administra la Agencia de Recaudación Tributaria, incluyendo montos, alícuotas, impuestos mínimos, incentivos y bonificaciones, y en general todas las normas que de acuerdo al Código Fiscal y las Leyes Base deban dictarse anualmente para la determinación de dichos tributos.

Impuesto Inmobiliario

Se establece un incremento del monto base del impuesto del 82% respecto del periodo fiscal 2022, para cada registro parcelario siempre que el inmueble no posea incorporación de mejoras o cambios en el tipo de suelo. Se modifican asimismo los valores mínimos y máximos de las distintas categorías a efectos de mantener un adecuado equilibrio en la progresividad del impuesto.

Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Se mantienen las alícuotas fijadas para el año 2022.

Impuesto de sellos

Se mantienen los porcentajes establecidos para el período 2022. Se actualizaron los importes fijos determinados para ciertos actos y/o instrumentos. Se actualizó la escala para actos sobre inmuebles, incrementando los tramos en concordancia con el incremento en las escalas para el impuesto inmobiliario.

Incentivos y bonificaciones

Se mantiene el Régimen de Incentivos y Bonificaciones para contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y Automotor.

Respecto a las bonificaciones de Ingresos Brutos, para el ejercicio 2023 se mantiene el criterio aplicado a partir del ejercicio 2017, priorizando el otorgamiento del beneficio a quienes se encuadren como PYMES conforme la normativa nacional, tomando un parámetro general en línea con los objetivos del Programa de Recuperación Productiva, que abarca en consecuencia un mayor número de contribuyentes sujetos al beneficio, simplificando a su vez el encuadre dentro de la ley.

Se mantiene la posibilidad de obtener similar beneficio a los contribuyentes que se encuadren como PYMES, independientemente de la jurisdicción en la cual se encuentren radicados desarrollando sus actividades.

En cuanto a los porcentajes, se mantienen por actividad, independientemente del sector pero manteniendo la categoría de MiPyMe. Siendo de un 30% para aquellas actividades que tributen a una alícuota mayor al 4%. Un 20% para aquellas actividades que tributen a una alícuota mayor al 3% y menor o igual al 4%. Un 10% para aquellas actividades que tributen a una alícuota menor o igual al 3%.

Se respeta la bonificación para parques industriales, siendo de un porcentaje adicional del 10% sobre la bonificación general y para todas las actividades desarrolladas en los Parques Industriales de la Provincia de Río Negro, siempre que las mismas se desarrollen en ellos y el contribuyente se encuadre como MICRO, PEQUEÑA o MEDIANA empresa.

En el caso de empresas de transportes corresponde siempre que posea la guarda de los vehículos en los mencionados parques.

Se incrementa el porcentaje de bonificación en el impuesto inmobiliario de un 25% para el periodo fiscal 2022 a un 35% en el 2023, y de un 10% en el 2022 a un 20% en el 2023 dependiendo del importe de la valuación fiscal de los Inmuebles, la cual se fija para el periodo fiscal 2023 en $ 10.660.000,00.

El aumento del impuesto inmobiliario tiene como límite un 82% por encima del impuesto determinado para el período fiscal 2022, y aquellos contribuyentes que abonen en término sus obligaciones fiscales y que no posean deuda o la misma se encuentre regularizada, gozarán de un incremento del 62% respecto del periodo fiscal 2.022.

Respecto al impuesto a los automotores, se mantienen las bonificaciones en el 25% y 10% dependiendo de la valuación fiscal. El mencionado valor será fijado por la reglamentación, tal cual se realizó en el 2022. Se modifica al 50% la bonificación por pago total anticipado del inmobiliario, la cual quedará sujeta exclusivamente al comportamiento del contribuyente respecto del año anterior.

Regímenes especiales

Se mantiene el Régimen Especial que establece beneficios en el Impuesto a los Automotores (20%) y al Impuesto Inmobiliario rural para la Línea Sur (35%).

Se extiende para el 2023 el Régimen Especial de denuncia de venta registral, permitiendo la sustitución del sujeto obligado al pago sin la necesidad de la denuncia de venta fiscal, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

Por último, en las disposiciones finales se actualizan los importes de la valuación de los automotores a efectos del Código Fiscal, (detención y secuestro de vehículos con deuda) como así también el valor para eximir del impuesto de sellos a las pick ups relacionadas con las actividades de producción e industria frutihortícola.

En cuanto al dictamen de la comisión, los bloques de Juntos somos Río Negro y el Frente Renovador acompañaron el proyecto y los bloques de Unidad Ciudadana y el Frente de Todos se tomaron las 48 horas.

Judiciales

Confirman sentencia contra administradora de plan de ahorro por no dar información clara y precisa

El consumidor reclamó tras recibir una cuota 84 con un valor elevado y sin explicación.

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Un fallo de segunda instancia confirmó una sentencia que había condenado, de manera solidaria, a una administradora de planes de ahorro y a una terminal automotriz, por incumplimientos al deber de información hacia un consumidor de Viedma.

El caso se originó a partir del reclamo de un hombre que había suscripto un plan de ahorro a 7 años y que, al llegar a la cuota final número 84, recibió un monto considerablemente más alto de lo esperado, sin una explicación clara ni detallada sobre su conformación.

En primera instancia, el juez tuvo por acreditado que existía un saldo deudor, pero consideró que la administradora no logró explicar de manera razonada cómo se había arribado a ese monto. En el análisis también se tuvo en cuenta la aplicación de una medida cautelar dictada en el marco de un amparo colectivo, que luego fue revocada, sin que ello fuera debidamente informado al consumidor.

El Juzgado entendió que la empresa incumplió el deber de información, al no brindar precisiones sobre la composición del valor móvil, los rubros incluidos en los cupones de pago ni el impacto de la medida cautelar en la cuota final. Esa conducta fue considerada un incumplimiento relevante dentro de una relación de consumo, por lo que se ordenó el pago de una indemnización por daño moral y la aplicación de un daño punitivo.

Al analizar el recurso, la Cámara confirmó el fallo y sostuvo que no resultaba suficiente consignar el valor móvil en los cupones, sino que era exigible una conducta activa y transparente por parte de la administradora, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial.

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Judiciales

Responsabilizan a la dueña de un perro por un ataque en la vía pública: La víctima sufrió lesiones estéticas permanente

Las marcas quedaron visibles y a eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada.

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Una mujer sufrió lesiones de consideración y secuelas estéticas permanentes tras el ataque de un perro en plena vía pública. Eran cerca de las 9 de la mañana cuando caminaba hacia su trabajo y, al pasar frente a una vivienda, el animal se lanzó sobre ella sin advertencia previa. La mordió reiteradamente en un brazo y recién se separó tras varios intentos. El episodio ocurrió en Bariloche y un fallo civil condenó a la dueña del can a pagar una suma millonaria.

El ataque no fue un hecho menor ni aislado en sus consecuencias. La mujer recibió atención médica de urgencia y continuó con tratamientos posteriores por las lesiones provocadas por la mordedura. Las marcas quedaron visibles y permanentes. A eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada en un espacio que, por definición, debería ser seguro: la vereda de una calle residencial.

Durante el juicio, el juez civil interviniente dio por acreditado que el ataque ocurrió sin provocación alguna por parte de la víctima y que el perro se encontraba bajo la guarda de su propietaria. Para reconstruir lo sucedido, el magistrado valoró actas policiales, registros de sanidad animal, documentación médica, fotografías y testimonios producidos en el expediente. Ese conjunto probatorio permitió descartar cualquier versión alternativa de los hechos.

El fallo se apoyó en un principio jurídico central: los daños causados por animales se rigen por el régimen de responsabilidad objetiva previsto en el Código Civil y Comercial. Bajo este sistema, no resulta necesario demostrar negligencia, descuido o intención. El dueño responde por el solo hecho de tener al animal bajo su control. La ley solo admite la eximición de responsabilidad si se prueba culpa de la víctima, intervención de un tercero ajeno o un hecho imprevisible e inevitable. Ninguna de esas circunstancias fue acreditada en el caso.

La sentencia fijó una suma superior a los 6 millones y medio de pesos. El monto reconoció, en primer lugar, el daño estético derivado de la cicatriz que dejó la mordedura, considerada una alteración permanente de la apariencia física. El juez entendió que esa secuela debía ser reparada de manera autónoma, aun cuando no afectara de forma directa la capacidad laboral de la mujer.

También se reconoció el daño moral. El fallo destacó el carácter traumático del ataque, el miedo experimentado, la alteración de la tranquilidad personal y las limitaciones que el hecho impuso en la vida cotidiana de la víctima. La agresión, ocurrida de manera súbita y violenta, fue considerada suficiente para justificar una reparación económica relevante por la afectación espiritual sufrida. Además, se admitieron gastos médicos posteriores al episodio, vinculados a curaciones, medicamentos y atenciones necesarias como consecuencia directa del ataque.

El tribunal rechazó, en cambio, el reclamo por daño psicológico permanente. Un informe pericial concluyó que la mujer no presenta una patología psíquica ni una incapacidad duradera, sino reacciones esperables frente a un evento violento. Si bien se reconoció la existencia de angustia y conductas de evitación, estas no alcanzaron el umbral de una afección psicológica indemnizable como incapacidad. La sentencia no está firme porque puede ser apelada.

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Gremios

El Gobierno propuso suma compensatoria y actualizar salarios por IPC

ATE analizará la oferta, mientras que UPCN ya adelantó su rechazo asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

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El Gobierno de Río Negro retomó las negociaciones paritarias con los gremios ATE y UPCN, en el ámbito de la Mesa de la Función Pública. Se presentó una propuesta superadora que combina una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, con un esquema de actualización automática por IPC para los primeros 4 meses de 2026.

Los representantes de ATE adelantaron que «la decisión final la van a tomar las instancias orgánicas del sindicato», mientras que UPCN rechazó la propuesta asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

La oferta oficial consta de 4 ejes. En primer lugar, incluye una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025 por un total de $250.000. El monto se abonará por planilla complementaria en 2 cuotas iguales: la primera el 20 de febrero y la segunda el 20 de marzo.

Para la pauta salarial 2026, el Ejecutivo propuso un mecanismo de actualización automática bimestral basado en la evolución del IPC, que cubre los primeros 4 meses del año. Los haberes de febrero se ajustarán según el IPC de diciembre y enero, mientras que los de abril lo harán con los índices de febrero y marzo. A pedido de los gremios, el cálculo surgirá del promedio entre el IPC Nacional y el IPC Viedma.

Además, en marzo se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100% respecto del año anterior, alcanzando los $80.000 y los $160.000 en el caso de familias con hijos con discapacidad.

Por último, se confirmó el pago del concepto Indumentaria con un incremento interanual, que alcanzará los $250.000. El monto se depositará en 2 cuotas, el 17 abril y el 17 mayo.

«Estamos haciendo un gran esfuerzo, pero siempre con los pies sobre la tierra. No vamos a sacrificar la responsabilidad fiscal, porque el orden de las cuentas es lo único que nos permite garantizar el pago en tiempo y forma, un compromiso que esta gestión ha cumplido siempre», explicó la secretaria de la Función Pública.

Esquema de pagos y actualizaciones mes a mes

Con la propuesta de Gobierno, en febrero se abonaría la primera cuota de la compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, por un monto de $125.000, y se aplicará el aumento salarial correspondiente por IPC.

En marzo, se pagará la segunda cuota de la compensación extraordinaria, también por $125.000, y se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100%, que alcanzará los $80.000 por hijo y los $160.000 en el caso de hijos con discapacidad.

En abril se aplicará un nuevo aumento salarial por IPC y se abonará la primera cuota del concepto Indumentaria, por un monto de $125.000.

En mayo se completará el pago del concepto Indumentaria con la segunda cuota, también por $125.000.

La reunión fue encabezada por la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra, junto a sus pares de Hacienda, Natalia Crociati, y de Gobierno, Natalia Almonacid. Por los gremios participaron Mónica Miranda (UPCN) y Rodrigo Vicente (ATE).

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