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Río Negro

Plenaria de la Legislatura avaló el Presupuesto y el Paquete Fiscal para 2023

El ministro de Economía de la Provincia, Luis Vaisberg, explicó los alcances durante el encuentro.

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El proyecto de ley del Presupuesto 2023 obtuvo dictamen favorable por mayoría en la reunión plenaria de comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General y de Presupuesto y Hacienda, que se desarrolló ayer (15/12) a la mañana en la Legislatura de Río Negro. El ministro de Economía de la Provincia, Luis Vaisberg, explicó los alcances durante el encuentro.

El funcionario indicó que el Presupuesto de la Administración Provincial para el Ejercicio 2023 asciende a los $476.348.569.173 de pesos. El del ejercicio anterior había sido cercano a los 225.385 millones de pesos.

El ministro destacó que el presupuesto se centró en ejes transversales como la perspectiva de género, la mitigación del cambio climático, las políticas orientadas a reducir el déficit habitacional, la política integral energética y las obras e infraestructura. “Se presentan políticas públicas que diversifican la estructura productiva de Río Negro, con el objetivo de acompañar a todos los sectores económicos diversos, incluyendo el diferencial de la industria del conocimiento, la innovación y la tecnología de punta”.

Con respecto a la composición del gasto, describió que se contempla la suma de $430.966 millones en concepto de gastos totales, lo que representa un aumento nominal del 76,24% respecto al cierre estimado para el ejercicio 2022.

Del monto total presupuestado en gastos, $396.581.242.794 se destinarán a gastos corrientes, es decir, para salarios, bienes, servicios, intereses, prestaciones de seguridad social, etc. Mientras que para gastos de capital (erogaciones en concepto de inversión real directa y adquisición de activos financieros) se consignarán $34.385.292.812 y aplicaciones financieras por $45.382.033.567.

El ministro habló del gasto salarial dentro de lo que son los gastos totales, señaló que “hace varios años estamos entre un 65 y un 70 por ciento de participación y hemos podido afrontar los aumentos salariales aunque en el presupuesto anterior estaban previstos en un 35 %”.

“Es importante que cuando haya estimaciones fehacientes que permitan suponer que los ingresos van a ser mayores y que el índice inflacionario va a ser mayor, podamos aumentar el presupuesto para hacer las contrataciones del Estado como corresponde, para poder hacer mecanismos licitatorios y renovar convenios de acuerdo al proceso inflacionario”, expresó.

En cuanto a los recursos, el presupuesto prevé ingresos corrientes por $418.097.935.939, ingresos de capital por $10.928.455.854 y fuentes financieras por $47.322.177.380.

Analizando el ingreso perteneciente a los recursos provinciales, Vaisberg destacó que el impuesto más representativo que tiene la Provincia es el ingreso bruto tiene casi el mismo aumento tributario que el nacional y es cercano al 80 %. En cuanto a los ingresos pertenecientes a los impuestos inmobiliarios y automotor, la variación fue superior al esperado y ronda el 72 % lo que da un promedio general cuando hablamos de los impuestos provinciales de un 75 %.

Vaisberg hizo énfasis en que lo central de un Presupuesto es que, más allá de lo numérico, sirva como herramienta para afrontar cualquier tipo de coyuntura, esperada o inesperada,”herramienta que nos brindó el presupuesto 2022 votado en esta Legislatura”.

Afirmó que este presupuesto aborda la perspectiva de género a través de un sistema de registración presupuestaria que realiza cada ministro al momento de presentar un proyecto. La idea, expresó, es seguir agregando nuevos conceptos generales, como por ejemplo, el cambio climático.

Al final de la exposición, el mandatario aseguró que “el presupuesto está cumpliendo con una de las premisas teóricas en la parte práctica, es una herramienta para el Estado para poder cumplir con sus políticas públicas y tiene una tendencia a confluir en el equilibrio fiscal”.

El proyecto obtuvo dictamen de mayoría, con el voto favorable del Frente Renovador. Los bloques de Juntos por el Cambio y el Frente de Todos se tomaron las 48 horas para emitir su posición.

Paquete Fiscal 2023

El director ejecutivo de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia -ART-, Martín Kelly, presentó los proyectos que conforman el paquete fiscal del período 2023, que son la modificación a las leyes base y la ley impositiva anual.

La Ley Impositiva Anual incluye en un mismo cuerpo legal montos imponibles y alícuotas que estarán vigentes durante el ejercicio fiscal 2023 para los impuestos inmobiliario, sobre los ingresos brutos, de sellos, a las loterías, a las rifas, a los automotores, tasas retributivas de servicios, incentivos y bonificaciones, estabilidad fiscal y beneficios en los impuestos inmobiliarios y a los automotores para la Línea Sur.

El proyecto impositivo de Río Negro repetirá el esquema de topes para los aumentos de los tributos mayoritarios como son Inmobiliario y Automotores. Kelly explicó que continúan por la inflación y la situación actual y destacó que “ya casi no hay provincias que sigan con este esquema, por el contrario”.

En relación a los parámetros adoptados, el funcionario detalló que se concentraron en los datos de las variaciones de precios informadas por la Provincia, que llegó a “un acumulado del 83% en el período enero-octubre y un interanual del 93%”.

En cuanto a los planes de beneficios, la reducción por el pago anual y por cumplimiento, llegará al 50%.

Las modificaciones mantienen los lineamientos implementados por la actual administración en materia tributaria, lo que ha permitido mantener un incremento sostenido en la recaudación de los tributos provinciales, manteniendo los principios de igualdad y equidad en la tributación, sin perder de vista el objetivo de lograr la progresividad del sistema tributario provincial.

Impuesto Inmobiliario

Se incorpora la exigencia de que el solicitante debe encontrarse libre de deuda de todos los impuestos que administra la Agencia de Recaudación Tributaria.

En el Impuesto a los automotores, se propone establecer que se encontrarán exentos del pago del impuesto sobre los automotores los vehículos cuyos propietarios sean personas con discapacidad mayores de edad que puedan trasladarse o no por sus propios medios.

Para acceder a la exención para toda persona jubilada, pensionada, retirada o mayor de 65 años de edad, el solicitante debe ser responsable de pago de un solo vehículo.

En la Ley del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, estarán exentas del pago del gravamen aquellas personas con discapacidad que acrediten tal condición con certificado expedido por el Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad, siempre que se desempeñen en forma unipersonal y el monto del gravamen a abonar no supere el importe que a tal efecto establezca la reglamentación. Se suprime así la referencia a los mínimos de las actividades los cuales ya no existen.

Ley Impositiva Anual

Se mantiene al igual que años anteriores el dictado de una sola Ley Impositiva Anual que reúne en un mismo cuerpo legal todas las cuestiones relativas a los distintos impuestos que administra la Agencia de Recaudación Tributaria, incluyendo montos, alícuotas, impuestos mínimos, incentivos y bonificaciones, y en general todas las normas que de acuerdo al Código Fiscal y las Leyes Base deban dictarse anualmente para la determinación de dichos tributos.

Impuesto Inmobiliario

Se establece un incremento del monto base del impuesto del 82% respecto del periodo fiscal 2022, para cada registro parcelario siempre que el inmueble no posea incorporación de mejoras o cambios en el tipo de suelo. Se modifican asimismo los valores mínimos y máximos de las distintas categorías a efectos de mantener un adecuado equilibrio en la progresividad del impuesto.

Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Se mantienen las alícuotas fijadas para el año 2022.

Impuesto de sellos

Se mantienen los porcentajes establecidos para el período 2022. Se actualizaron los importes fijos determinados para ciertos actos y/o instrumentos. Se actualizó la escala para actos sobre inmuebles, incrementando los tramos en concordancia con el incremento en las escalas para el impuesto inmobiliario.

Incentivos y bonificaciones

Se mantiene el Régimen de Incentivos y Bonificaciones para contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y Automotor.

Respecto a las bonificaciones de Ingresos Brutos, para el ejercicio 2023 se mantiene el criterio aplicado a partir del ejercicio 2017, priorizando el otorgamiento del beneficio a quienes se encuadren como PYMES conforme la normativa nacional, tomando un parámetro general en línea con los objetivos del Programa de Recuperación Productiva, que abarca en consecuencia un mayor número de contribuyentes sujetos al beneficio, simplificando a su vez el encuadre dentro de la ley.

Se mantiene la posibilidad de obtener similar beneficio a los contribuyentes que se encuadren como PYMES, independientemente de la jurisdicción en la cual se encuentren radicados desarrollando sus actividades.

En cuanto a los porcentajes, se mantienen por actividad, independientemente del sector pero manteniendo la categoría de MiPyMe. Siendo de un 30% para aquellas actividades que tributen a una alícuota mayor al 4%. Un 20% para aquellas actividades que tributen a una alícuota mayor al 3% y menor o igual al 4%. Un 10% para aquellas actividades que tributen a una alícuota menor o igual al 3%.

Se respeta la bonificación para parques industriales, siendo de un porcentaje adicional del 10% sobre la bonificación general y para todas las actividades desarrolladas en los Parques Industriales de la Provincia de Río Negro, siempre que las mismas se desarrollen en ellos y el contribuyente se encuadre como MICRO, PEQUEÑA o MEDIANA empresa.

En el caso de empresas de transportes corresponde siempre que posea la guarda de los vehículos en los mencionados parques.

Se incrementa el porcentaje de bonificación en el impuesto inmobiliario de un 25% para el periodo fiscal 2022 a un 35% en el 2023, y de un 10% en el 2022 a un 20% en el 2023 dependiendo del importe de la valuación fiscal de los Inmuebles, la cual se fija para el periodo fiscal 2023 en $ 10.660.000,00.

El aumento del impuesto inmobiliario tiene como límite un 82% por encima del impuesto determinado para el período fiscal 2022, y aquellos contribuyentes que abonen en término sus obligaciones fiscales y que no posean deuda o la misma se encuentre regularizada, gozarán de un incremento del 62% respecto del periodo fiscal 2.022.

Respecto al impuesto a los automotores, se mantienen las bonificaciones en el 25% y 10% dependiendo de la valuación fiscal. El mencionado valor será fijado por la reglamentación, tal cual se realizó en el 2022. Se modifica al 50% la bonificación por pago total anticipado del inmobiliario, la cual quedará sujeta exclusivamente al comportamiento del contribuyente respecto del año anterior.

Regímenes especiales

Se mantiene el Régimen Especial que establece beneficios en el Impuesto a los Automotores (20%) y al Impuesto Inmobiliario rural para la Línea Sur (35%).

Se extiende para el 2023 el Régimen Especial de denuncia de venta registral, permitiendo la sustitución del sujeto obligado al pago sin la necesidad de la denuncia de venta fiscal, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

Por último, en las disposiciones finales se actualizan los importes de la valuación de los automotores a efectos del Código Fiscal, (detención y secuestro de vehículos con deuda) como así también el valor para eximir del impuesto de sellos a las pick ups relacionadas con las actividades de producción e industria frutihortícola.

En cuanto al dictamen de la comisión, los bloques de Juntos somos Río Negro y el Frente Renovador acompañaron el proyecto y los bloques de Unidad Ciudadana y el Frente de Todos se tomaron las 48 horas.

Judiciales

Una historia detrás de un cambio de apellido: cuando la identidad pesa más que el origen

El adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín.

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Un adolescente recurrió al Poder Judicial porque cargaba con un peso invisible: su apellido. Para él, ese nombre en su documento era solo un recordatorio de una ausencia total, lo que le provocaba rechazo y vergüenza.

En la escuela y con sus amigos, todos lo conocen por otro apellido: el de la persona que lo cuidó y lo sostuvo desde que tenía un año y medio. El padre de crianza ocupó el lugar que el progenitor dejó vacío por desinterés.

Aunque su madre ya no es pareja de ese hombre, el vínculo entre ellos permaneció intacto. Él lo acompaña a los actos escolares, lo apoya económicamente y comparte con él vacaciones y festejos familiares.

El fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la acción iniciada por el adolescente y ordenó la supresión del apellido paterno. También dispuso la rectificación de la partida de nacimiento para que el joven lleve el apellido del hombre que lo crio. Además, ordenó comunicar la decisión al Registro Civil para modificar el acta correspondiente y emitir un nuevo documento nacional de identidad.

Ante una consulta del Juzgado, el adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín. Durante el proceso intervino la Defensoría de Menores y se produjo prueba documental, testimonial y pericial psicológica. También se realizaron notificaciones al progenitor biológico, quien no se presentó en ningún momento. La fiscalía y el Registro Civil emitieron dictámenes favorables a la petición.

Los testigos coincidieron en que el joven no se identifica con el apellido paterno y reconoce como padre a quien lo acompañó en su crianza, con quien mantiene una relación cercana. También señalaron que, en ámbitos sociales, escolares y en redes, el adolescente ya utiliza ese apellido.

El fallo recordó que el derecho a la identidad incluye elementos como el nombre, la filiación y la pertenencia social y familiar. El Código Civil y Comercial permite modificar el nombre cuando existen justos motivos, lo que habilita valorar la dimensión dinámica de la identidad personal. En ese marco, la jueza consideró que el abandono del progenitor biológico y la consolidación de un vínculo socioafectivo con el padre de crianza constituyen razones suficientes para apartarse del principio de inmutabilidad del nombre.

También destacó la importancia del interés superior del adolescente y su derecho a ser escuchado. En la audiencia realizada durante el proceso, el joven reafirmó su decisión y explicó que reflexiona sobre el cambio de apellido desde hace años.

A partir de la prueba reunida, el Juzgado concluyó que el uso del apellido paterno genera una afectación en la identidad personal del adolescente y que la modificación solicitada refleja la realidad de sus vínculos familiares y sociales.

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Judiciales

Obra social deberá cubrir intervención facial en proceso de transición de género

La rinoplastía feminizante fue considerada parte del proceso de adecuación corporal por el Superior Tribunal de Justicia.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó una sentencia que ordenó garantizar la cobertura integral para una cirugía de rinoplastía feminizante solicitada por una afiliada a una obra social, en el marco de su proceso de adecuación corporal conforme a su identidad de género.

El caso llegó al máximo tribunal provincial a partir de la apelación presentada por la Provincia contra una sentencia de amparo que había reconocido el derecho de la afiliada a acceder a distintas intervenciones vinculadas con su proceso de transición. El recurso cuestionaba únicamente la cobertura de la rinoplastía feminizante.

Al analizar el planteo, el Superior Tribunal señaló que el debate central se vincula con el alcance del derecho a la identidad de género y con la interpretación de la normativa que regula las intervenciones médicas destinadas a adecuar el cuerpo a la identidad autopercibida.

La sentencia recordó que la Ley N° 26.743 de Identidad de Género reconoce ese derecho como un derecho humano fundamental. Establece que las personas mayores de edad pueden acceder a intervenciones quirúrgicas totales o parciales para adecuar su cuerpo, incluida la genitalidad, sin necesidad de autorización judicial o administrativa. Además, la norma dispone que las prestaciones vinculadas con estos tratamientos deben ser garantizadas por los efectores del sistema de salud.

En ese marco, el máximo Tribunal destacó que la reglamentación del artículo 11 de la ley enumera distintas cirugías vinculadas con los procesos de adecuación corporal, pero aclara expresamente que ese listado es de carácter «meramente enunciativo y no taxativo».

Para el Superior Tribunal, este punto resulta determinante para resolver el caso, ya que implica que la cobertura de las intervenciones no se limita exclusivamente a las prácticas detalladas en la reglamentación. En consecuencia, la evaluación de cada pedido debe realizarse considerando el objetivo de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la identidad de género.

La sentencia también analizó la indicación médica incorporada al expediente. Según el informe profesional, la rinoplastía feminizante forma parte del proceso de afirmación de género y se vincula con la necesidad de adecuar ciertos rasgos faciales a la identidad autopercibida, con impacto en el bienestar psicológico y en la calidad de vida.

Desde esa perspectiva, el tribunal señaló que el derecho a la salud debe interpretarse en sentido amplio, conforme al concepto adoptado por la Organización Mundial de la Salud, que comprende el bienestar físico, mental y social de las personas.

El fallo también remarcó que el proceso de adecuación corporal puede involucrar distintas intervenciones que, en conjunto, integran un abordaje médico destinado a armonizar la identidad de género con las características físicas de la persona. Así, confirmó la obligación de cobertura de la obra social.

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Agro

Avanza la limpieza de colectores clave para el riego en el Alto Valle

Actualmente ya se completaron 15,5 kilómetros de limpieza, lo que representa un avance cercano al 40% de la intervención prevista.

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El Gobierno de Río Negro, a través del Departamento Provincial de Aguas (DPA) y junto a los consorcios de riego, avanza con la limpieza de los colectores pluviales de la 6° y 7° zona al norte de Cervantes, Mainqué e Ingeniero Huergo. Los trabajos ya alcanzan un 40% de ejecución sobre un sistema clave para la producción.

Los trabajos son ejecutados por el DPA en conjunto con los consorcios de riego de la región y forman parte de las acciones permanentes de mantenimiento de la infraestructura hídrica que sostiene la producción frutícola del Valle.

Este sistema de colectores cumple una función fundamental en el manejo hídrico de la zona: recolecta y conduce los aportes pluviales desde el sector norte hasta su descarga en el río, permitiendo mantener la napa freática en niveles adecuados para los cultivos y eliminar los excesos de riego.

El conjunto de colectores tiene una extensión aproximada de 40 kilómetros. Actualmente ya se completaron 15,5 kilómetros de limpieza, lo que representa un avance cercano al 40% de la intervención prevista.

El inspector del DPA, Fernando Casares, explicó que «este sistema recolecta y conduce los aportes pluviales de la zona norte hasta su descarga en el río y es fundamental para mantener la freática en niveles adecuados para los cultivos y eliminar los excesos de riego».

Estas tareas se inscriben en el plan permanente de mantenimiento del sistema hídrico provincial, una infraestructura clave para el desarrollo productivo del Alto Valle.

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